CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
SENADO

Año 2001 VII Legislatura
Comisiones. Núm. 108
COMISION DE SOCIEDAD DE LA INFORMACION
Y DEL CONOCIMIENTO
PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. DOÑA MARIA MERCEDES
COLOMA PESQUERA
celebrada el martes,
27 de marzo de 2001


ORDEN DEL DIA:


--Comparecencia de don Rafael Mateu de Ros Cerezo, Secretario General y del Consejo de Administración de Bankinter (Número de expediente 715/000070).


--Nueva designación de miembros de la Ponencia de estudio de los derechos de concursantes y audiencia en relación con concursos, juegos y apuestas (Número de expediente 543/000007).


--Elección del Secretario Segundo de la Comisión (Número de expediente 541/000005).


--Comparecencia de don Juan Carlos García Cuartango, ingeniero de telecomunicaciones especializado en seguridad informática y colaborador de Kriptópolis (Número de expediente 715/000028).

Se abre la sesión a las once horas.

La señora PRESIDENTA: Buenos días, Señorías. Se abre la sesión.
¿Los portavoces tienen el acta de la sesión anterior? ¿Se puede entender aprobada por asentimiento? (Pausa.) Se aprueba.


--COMPARECENCIA DE DON RAFAEL MATEU DE ROS CEREZO, SECRETARIO GENERAL Y DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE BANKINTER (715/000070).

La señora PRESIDENTA: A continuación vamos a pasar al primer punto del orden del día, que es la comparecencia

de don Rafael Mateu de Ros Cerezo, Secretario General del Consejo de Administración de Bankinter. Bienvenido, señor Mateu, le agradecemos que haya aceptado amablemente la invitación de venir a comparecer a esta Comisión de la Sociedad de la Información del Senado, así como a sus dos compañeros, don Sebastián Albella, Abogado del Estado excedente y Asesor Jurídico de la Asociación Española de la Banca, AEB, y don Juan Manuel Cendoya, también de la Asesoría Jurídica de Bankinter, a los que damos igualmente la bienvenida a esta Comisión.
Sin más, le doy la palabra, y cuando quiera puede empezar.

El señor MATEU DE ROS CEREZO (Secretario General y del Consejo de Administración de Bankinter): Muchas gracias, señora Presidenta.
El objeto de esta presentación es hacerles algunas reflexiones sobre la situación del comercio electrónico en nuestro país, fundamentalmente desde el punto de vista del marco regulatorio aplicable al mismo, sobre todo respecto del sector bancario y de los mercados de valores.
Está a su disposición un amplio informe del cual voy a limitarme, para no excederme en el tiempo, a hacer un breve resumen en este momento. (El señor compareciente ilustra su intervención con la proyección de transparencias.) Como pueden ver, el número de usuarios de Internet en nuestro país está creciendo de una manera exponencial, y en el presente mes de marzo se prevé que estamos en torno a los 5,6 millones de usuarios. Incluso hay otras estadísticas menos contrastadas que elevan esa cifra a 8 u 8,5 millones de usuarios. Sin embargo, como pueden ver en la documentación que se les ha distribuido, el índice de penetración de Internet en el área de las finanzas --banca, seguros, servicios de inversión, mercados de valores-- está ciertamente retrasado si lo comparan con países de nuestro entorno, incluso con países menos desarrollados que el nuestro. No obstante, la oportunidad que Internet brinda a los servicios financieros es evidente. Los bancos y las entidades de crédito lo que venden es información, servicios, contenidos digitales, bytes, tráfico «online» puro con muy escasas excepciones. Es, por tanto, una oportunidad enorme para el desarrollo del sector financiero español la que ofrece Internet, y también existe un riesgo de desfase tecnológico para aquellas entidades que se queden atrasadas ante este reto.
Les voy a dar ahora una serie de cifras muy rápidas sobre la evolución de la banca «online» en el banco al que yo represento, Bankinter, simplemente como un botón de muestra para que vean ustedes que Internet no es una fantasía o un futurible, sino una realidad que ya está instalada en nuestra sociedad, que ha venido aquí para quedarse. Quizá el proceso de transición sea algo más lento del que hace un año se preveía, pero en todo caso resulta irreversible. Por ejemplo, pueden ver ustedes el incremento del número de clientes, que en este momento está ya en unos 300.000 clientes de banca en Internet sólo en Bankinter. El porcentaje de transacciones sobre el total del banco es del 34 ó 35 por ciento, con la expectativa de alcanzar el 50 por ciento antes de dos años a partir de esta fecha. Ustedes pueden apreciar en la representación gráfica en forma de tarta, que si sumamos en el caso de Bankinter los diferentes canales que integran lo que podríamos denominar banca a distancia, es decir, el canal en Internet más banca telefónica, banca electrónica y tarjetas de crédito, ya hay un 64 por ciento del total de las operaciones del banco que se realizan a través de medios de banca a distancia, frente al 36 por ciento que pertenecen a la red tradicional de oficinas.
Es muy importante destacar que además de un número considerable de clientes nuevos, la mayoría de los usuarios de Internet --de esos 300.000 clientes que decíamos antes-- son activos, en concreto un 52 por ciento, unos 155.000 clientes. En algunas áreas específicas, por ejemplo, el Broker «online» que es el portal de Bankinter a través del cual se realizan las operaciones de compraventa de valores, hay 150.000 clientes y el 80 por ciento del total de órdenes de compraventa de valores que canaliza el banco se realizan telemáticamente a través de él. Incluso en un área que podría parecer tan reacia en principio a la instrumentación telemática como son las hipotecas, en Bankinter hay ya un 33 por ciento para las que se tramitan «online» todo el proceso de formalización de la operación, exceptuado el trámite final de la firma ante notario, a través de Internet.
Y sin más nos vamos a situar en el marco regulador vigente. La primera característica que ofrece es la de una acusada fragmentación. Por un lado tenemos un grupo normativo regulador de la firma electrónica, la Directiva Europea de diciembre de 1999 y el Real Decreto-ley español de septiembre, que como ustedes saben fue previo a dicha directiva. Tenemos el grupo normativo regulador de la venta a distancia, que también deriva de una directiva matriz de la Unión Europea. Tenemos las disposiciones sobre condiciones generales de la contratación, las disposiciones generales sobre contratación con consumidores y, también, un grupo de normas ya emanadas con la finalidad puesta directamente en el campo del comercio electrónico. Aquí la norma fundamental es la Directiva Comunitaria de 8 de junio del año 2000, hay alguna otra Directiva como la de las entidades creadoras de dinero electrónico, y nuestro anteproyecto, cuya versión distribuida con anterioridad a esta fecha es la de 18 de enero de 2001, aunque recientemente se ha comenzado a conocer una ultimísima versión de 7 de marzo de este año derivada del trabajo de una Ponencia de la Comisión General de Codificación, a la que luego si nos da tiempo nos referiremos.
Sobre la Directiva de Comercio Electrónico solamente voy a dar un apunte, luego si quieren ustedes algún comentario específico estoy a su disposición. Es una directiva de carácter horizontal y de mínimos que se aplica a todos los servicios de la sociedad de la información, no sólo al comercio electrónico, y que pretende establecer en el seno de la Unión Europea el principio de control por el país de origen, de modo y manera que cualquier prestador de servicios de la sociedad de la información pueda actuar libremente en todo el territorio comunitario, sin necesidad de una autorización previa del Estado de acogida. Están además las normas, muy importantes, sobre

protección de datos personales --la LORTAD o ahora la Ley de 19 de diciembre de 1999, sus reglamentos, las instrucciones de la Agencia de Protección de Datos-- y luego existen diversas propuestas y proyectos en marcha como los que les menciono en esa transparencia.
También hay que destacar las normas de Derecho internacional privado. Uno de los problemas jurídicos fundamentales que plantea el mundo de Internet son las operaciones transfronterizas, el cosmopolitismo, la trasnacionalidad inherente al funcionamiento de una red global sin frontera, por ello hay que acudir a estos convenios tradicionales --el de Bruselas, sobre competencia judicial, y el de Roma, sobre legislación de fondo-- y, por supuesto, al recientísimo Reglamento comunitario sobre competencia judicial de 22 de diciembre.
Finalmente hay una serie enorme de leyes que, de una manera mayor o menor, se ven afectadas por el comercio electrónico. Son las que ustedes ven ahí, a las que cabría sumar la Ley General de Telecomunicaciones y toda la normativa que regula las telecomunicaciones a nivel europeo y español.
El tema en el que quiero centrarme en esta presentación es el de la seguridad tecnológica y el de la seguridad jurídica. Como seguramente ustedes saben, se dice --porque también ahí hay algo de mito, algo de alarmismo, a veces incluso podríamos decir de alarmismo interesado-- que la falta de confianza, la falta de seguridad, constituye uno de los óbices, uno de los obstáculos más importantes para el desarrollo de Internet en nuestro país y en la generalidad de los países. Siendo posiblemente eso así como fenómeno social o como fenómeno psicológico, lo cierto es que el tráfico electrónico está en este momento acogido a una serie de medidas de seguridad en la mayoría de las entidades que lo hacen probablemente tan digno de confianza --por lo menos en el sector bancario-- como los canales tradicionales e incluso en algún aspecto más; por ejemplo, en la materia --muy debatida-- del control y la prevención del blanqueo de capitales. En Internet, por esencia, no existe trasiego, no existe manejo de fondos en efectivo, con lo cual en cierto modo se pueden evitar muchos de los riesgos tradicionales de blanqueo de capitales que ofrecía el sistema financiero en la modalidad convencional de las sucursales físicas.
Se puede hablar de seguridad de los sistemas, seguridad de las transacciones y seguridad de los pagos. De estos tres polos del concepto de seguridad yo me voy a referir en especial, por la premura de tiempo, a la seguridad en las transacciones. Vamos a pasar, por tanto, todas las transparencias que hay sobre seguridad técnica aunque sí voy a referirme a la firma electrónica.
Todos habrán oído hablar del concepto de firma digital o firma electrónica en su doble modalidad de avanzada y no avanzada, pero muchas veces no sabemos en qué consiste exactamente. Eso que tienen ustedes ahora en pantalla y que se ve --lo siento-- un poco borroso --quizá lo vean mejor en papel; tenemos que recurrir todavía muchas veces al papel-- es la clave en la que consiste una firma digital. Una firma digital avanzada se compone de dos claves: la clave privada, que es la que está en poder del usuario, y la clave pública, que es la que está en poder de la entidad con la que el usuario está contratando; al final tanto una como otra se descomponen en un algoritmo, en una secuencia de caracteres matemáticos, que están encriptados y solamente se pueden descifrar poniendo en correlación esa clave privada con esa clave pública. Eso que ven ustedes es la serie algorítmica de una clave privada en realidad, una firma digital real. La seguridad de este sistema, del llamado PKI, «Public Infrastructure Key», es prácticamente absoluta. Según los técnicos en cifrado este tipo de firma digital es imposible de falsificar, algo que, como todos sabemos, no ocurre con la firma manuscrita o la firma ológrafa.
La legislación española, el Decreto-ley que antes les comentaba de septiembre de 1999, distingue estas dos modalidades de firma electrónica, avanzada y no avanzada. El dispositivo de seguridad es esencialmente el mismo, lo que ocurre es que la firma electrónica avanzada es aquella que ha sido expedida, certificada, facilitada por una entidad homologada y regulada por ese Decreto-ley, que son las entidades prestadoras de servicios de certificación. Lamentablemente, y por falta de desarrollo normativo, todavía no existen en España entidades prestadoras de servicios de certificación legalmente establecidas como tales, por lo que tampoco tenemos firma electrónica avanzada.
La firma electrónica avanzada es aquella para la que juega la presunción legal de asimilación --presunción «iuris et de iure»-- a la firma manuscrita. Por tanto, el documento electrónico firmado o sellado con la firma electrónica avanzada equivale a todos los efectos a un documento privado --incluso tal vez en un futuro pueda equivaler a un documento público--, mientras que en el caso de la firma electrónica no avanzada la validez legal de ese contrato electrónico dependerá de la prueba que se desarrolle en vía judicial.
La seguridad jurídica de las transacciones electrónicas se basa en el principio de la validez del consentimiento electrónico. Esto, que en algunos países de nuestro entorno es un concepto que ha costado ser introducido, incluso en los países anglosajones, no es nada nuevo para la tradición jurídica de los países latinos y concretamente de España. En España siempre se ha admitido la validez del contrato de compraventa y de cualquier otro contrato suscritos incluso en forma verbal y también en documento privado, y la excepción es lo otro; es decir, en nuestro caso el documento público es la excepción --aquellos casos en los que la ley expresamente exige la concurrencia de un notario, o antes de un corredor de comercio, para suscribir un determinado contrato-- y la regla general es la ausencia de formas, la libertad de formas, la libertad de contratación. La Directiva comunitaria y la nueva ley española, la futura ley de comercio electrónico, no hacen más que recoger este principio tradicional de nuestro ordenamiento jurídico y extenderlo al campo de la contratación telemática.
Podemos hablar de ausencia de forma escrita, validez y universalidad del consentimiento electrónico, universalidad en el sentido de que, en principio, cualquier tipo de contrato o de acto jurídico en el que puedan ustedes pensar es susceptible de ser realizado por vía electrónica. Nada

queda --con las excepciones que ahora indicaré-- fuera del campo de la contratación electrónica.
¿Cuáles son las excepciones? Las excepciones nos vienen marcadas por la Directiva comunitaria, que tendrá que ser reproducida o recogida en este punto por la ley española. Son muy pocas: los contratos inmobiliarios, los contratos que requieren por ley intervención pública, los contratos de garantía otorgados por particulares y los contratos de Derecho de familia y de sucesiones. Repito: operaciones inmobiliarias, operaciones en las que por ley tenga que intervenir un funcionario público, garantías otorgadas por personas privadas y materias de Derecho de familia y de sucesiones. Además dice la Directiva que el mantenimiento de estas excepciones deberá ser periódicamente justificado a Bruselas por parte de los Estados miembros; es decir, a lo que nos encaminamos en un futuro más o menos próximo es a la posibilidad de realizar telemáticamente cualquier tipo de operación jurídica.
Y con estas indicaciones generales vamos a pasar ya directamente a la parte final de mi presentación --el resto, todas las transparencias que hay sobre formación del contrato, lo tienen ustedes ahí a su disposición--, en la que hablamos de las necesidades y urgencias legislativas en nuestro país, por supuesto en la personal opinión de quien se dirige a ustedes.
En primer lugar hemos visto que existía una fragmentación y una descoordinación normativa muy importante en nuestro país. Posiblemente la clave para superar esa situación, en cierto modo caótica, radica en separar la contratación electrónica entre empresas y la contratación electrónica en la que intervengan consumidores; ahora mismo está todo un poco mezclado. En el caso de contratación electrónica entre empresas debe bastar el marco general de la nueva ley de comercio electrónico y las leyes generales de Derecho civil y de Derecho mercantil. En cambio, en el caso de que intervenga en la operación electrónica un consumidor parece lógico que exista una regulación tuitiva de los derechos de los particulares, de los clientes, pero esta regulación --en mi opinión-- debería estar separada del régimen general de la venta a distancia, entre otras cosas porque el fenómeno de Internet ofrece diferencias sustanciales con la tradicional venta por correspondencia, la venta por catálogo o la venta fuera de establecimiento mercantil.
En Internet es el propio cliente, el propio internauta el que toma la iniciativa. No es una persona que pasivamente sufra el envío de un catálogo o de una llamada, la presión de un distribuidor comercial que quiera a toda costa venderle un bien, un servicio o una mercancía, sino que es el propio internauta el que de manera libre y espontánea entra en Internet, compara, va pasando de un portal a otro simplemente apretando una tecla y, al final, si así lo desea, elige un bien o un servicio y lo contrata. Puede comparar perfectamente. En principio, no debe sufrir ningún tipo de confusión o engaño. En todo caso, es un consumidor más protegido y más informado que el consumidor tradicional. Y abogamos por ello, porque se incluya una normativa especial, bien sea en la ley de condiciones generales de la contratación o bien aprovechando la nueva ley de comercio electrónico, para regular las operaciones electrónicas, los contratos electrónicos con consumidores.
Y habría que aprovechar esta labor de reordenación normativa para expurgar o eliminar del ordenamiento jurídico algunas disposiciones, posiblemente acusadas por la doctrina con fundamento como nulas de pleno derecho, como el Real Decreto 1906/1999, sobre condiciones generales en las ventas a distancia. ¿Hace falta una regulación? Podrían ustedes preguntarse si no es más correcta la teoría de quienes opinan que Internet es un canal de relación o un mercado abierto que debe dejarse fluir libremente. Mi posición a este respecto es contraria. Creo que en Internet todavía se necesita, aunque sólo fuera para deshacer aquella imagen de la que hablábamos antes de desconfianza e inseguridad, un marco regulador mínimo y, además, como recientemente ha escrito en un libro el Profesor Muñoz Machado, hacer que el Derecho sea al final el único lenguaje común que permita vertebrar y ordenar de alguna manera la multiplicidad de contenidos que aparecen en la red.
En cuanto a la firma digital, les comentaba antes que España fue precursor en toda Europa, junto con Alemania, del desarrollo de la misma
--el Real Decreto-ley de septiembre de 1999 fue una norma saludada con alborozo por todo el sector-- y, sin embargo, he de decir que casi nos hemos quedado ahí; es decir, desde entonces no se ha hecho nada importante para la implantación efectiva de la firma digital en España.
Faltan todavía unas normas técnicas sobre las que han de crearse las entidades que tienen que homologar a los prestadores de servicios de certificación, y hasta que todo ese engranaje no se ponga en marcha no habrá en nuestro país firma digital avanzada.
Quiero puntualizar este tema porque se habla mucho de la firma digital avanzada pero la verdad es que todavía no existe en nuestro país; no existe ningún prestador de servicios ni ninguna firma digital avanzada como tal. Hay intentos, hay iniciativas precursoras pero nada todavía en firme.
Ley de comercio electrónico. Esta norma es todavía un anteproyecto y, por tanto, parecería prematuro cualquier juicio de valor que quisiéramos expresar respecto al mismo. Solamente quería puntualizar un aspecto que me parece importante. Este proyecto de ley tiene contenidos muy amplios pero me voy a referir, en concreto, al capítulo del mismo que se refiere a los contratos celebrados por vía electrónica dentro de la temática de esta presentación sobre la seguridad jurídica en Internet.
Las versiones anteriores del anteproyecto --me referiré a la penúltima, que es la de 18 de enero de este año, muy reciente, por tanto-- eran bastantes precisas en esta materia de la contratación electrónica y, además, fueron mejorando en las versiones sucesivas y esa versión
--repito-- de 18 de enero establecía de forma muy clara que el contrato electrónico equivalía a un contrato privado. La ley --leyes, por ahí hay muchas, como algunas de las que he expuesto antes-- exige que el contrato se documente obligatoriamente en un escrito. Hasta ahora valía la firma electrónica, tanto la avanzada como la no avanzada, es decir, una equivalencia, una cláusula o principio general de equivalencia

funcional entre contrato privado, incluso cuando la ley lo exige con carácter escrito obligatorio. Sin embargo, este último borrador, muy reciente, de 7 de marzo del presente año, que yo conocí ayer mismo, no recoge ya ese principio, lo cual puede resultar bastante preocupante, si es que esa versión es la que luego prospera, cara al desarrollo no sólo de la banca «online», sino, en general, de los servicios electrónicos, del comercio electrónico en nuestro país, porque imagínense ustedes: si cualquier internauta no puede firmar electrónicamente, no puede prestar su voluntad electrónicamente y tiene que ir a un centro físico, a una oficina, un lugar de contratación, un establecimiento, una tienda tradicional para firmar el contrato, entonces realmente nos encontraríamos a la cola, si no lo estamos ya, del desarrollo del comercio electrónico en nuestro país. Por tanto, esperamos que ese paso atrás que parece representar esa ultimísima versión del anteproyecto sea corregido a lo largo de su tramitación como tal o luego, en vía parlamentaria.
Hay un anteproyecto de ley financiera que toca marginalmente alguna cuestión sobre contratación electrónica y nos gustaría que la legislación procesal fuera más concisa. Es una pena también porque la Ley de Enjuiciamiento Civil, como bien saben ustedes, es recientísima y, sin embargo, no recoge las características singulares de la prueba electrónica. Los medios telemáticos son mencionados, un poco de pasada, como fuente de prueba, pero no como medio de prueba autónoma.
Documento público electrónico. Este es otro aspecto sobre el que consideramos insuficiente el anteproyecto de ley de comercio electrónico.
En otros países --me remito a la experiencia de Italia-- existe la regulación del documento electrónico. Al final de todo el proceso --creo que es una cuestión de años--, acabaremos teniendo en nuestro país y en los de nuestro entorno la fe pública electrónica, es decir, la posibilidad de que, en aquellas operaciones en que la ley siga exigiendo la intervención de fedatario público, éste pueda otorgar su juicio de capacidad y su validación del documento electrónico a distancia sin necesidad de unidad de acto formal de los comparecientes.
En cuanto a la protección jurídica del software, es un tema sobre el que he de decir que la legislación de los demás países europeos sí es insuficiente. En España, el software está protegido como programa de ordenador por la Ley de Propiedad Intelectual. Hay un Registro de la Propiedad Intelectual pero no es un registro constitutivo, sino declarativo. Por tanto, al final, la inscripción de un software en el Registro de la Propiedad Intelectual no crea más que una presunción probatoria, que puede ser deshecha en vía judicial. El problema es que en Internet, como en otros desarrollos tecnológicos, el software es sólo una parte de la obra. Muchas veces lo importante no es el código fuente, el programa de ordenador que subyace, sino el modelo de negocio, la idea de negocio y eso hoy por hoy no tiene en nuestras leyes, ni en la de la Propiedad Intelectual ni, como patente, en la Ley de Propiedad Industrial, un marco de protección adecuado.
La regulación de los nombres de dominio fue acometida por la Orden Ministerial de 21 de marzo de 2000 y la verdad es que es una regulación un tanto rigurosa. Prácticamente, exige ser titular de una marca para poder inscribir un nombre de dominio con la misma denominación y lo cierto es que las denominaciones «punto.es» están poco extendidas. No ha sido un éxito esta regulación y posiblemente habría que reconsiderarla.
En cuanto a la posición de nuestro país en la Unión Europea --yo comprendo las dificultades de toda índole que lo que voy a decir encierra y la utopía de mis palabras--, a veces nos gustaría en los sectores regulados que fuera un poco más contundente. Por ejemplo, se está tramitando ahora, ya en avanzada fase de elaboración, una propuesta de directiva sobre venta a distancia de servicios financieros. Esta propuesta de directiva puede ser contraria al desarrollo de la banca telemática en España. Incluye la regulación de Internet como si fuera una modalidad más de venta a distancia, frente a lo que antes les comentaba y parece de sentido común, es decir, que son cosas diferentes, y, sobre todo, entre otras regulaciones discutibles, concede a los clientes el derecho de libre retractación, es decir, la posibilidad de que un cliente deshaga sin motivo alguno la operación contratada en un plazo que establecerán las legislaciones nacionales entre 14 y 30 días. Esto está excluido en determinados tipos de contratos bancarios, por ejemplo, los contratos de valores, la compra-venta de valores, pero se aplicará al común de contratos bancarios y ya pueden ustedes imaginarse la inseguridad que eso motiva en los bancos «online» y las empresas de inversión «online».
Y finalmente, en cuanto al tema de los incentivos fiscales, como en tantos ámbitos económicos, el Estado, a través de la regulación del régimen fiscal de las actividades objeto de regulación, puede contribuir de una manera muy efectiva al éxito, al desarrollo, a la consolidación o implantación del sector regulado, en este caso del comercio electrónico.
En opinión del que les habla, el marco que tenemos en España es claramente mejorable. Tenemos unas deducciones por I+D que fueron mejoradas y completadas hace dos años con la deducción en IT --Innovación Tecnológica.
¿Qué ocurre? ¿Por qué, en mi opinión, son criticables estas deducciones? Porque están ancladas al concepto tradicional de I+D en el sentido de invención, originalidad y producción informática nueva, y en el mundo del comercio electrónico de Internet las cosas normalmente no son así.
España es un país importador de licencias tecnológicas, y lo que hacen las empresas de comercio electrónico españolas básicamente es construir desarrollos informáticos sobre licencias que ya han adquirido. Por tanto, al faltar ese elemento de originalidad radical y absoluta, no es aplicable ninguna de esas deducciones establecidas en la Ley y en el reglamento del Impuesto sobre Sociedades, o dicho en otras palabras, esas deducciones solamente son aplicables a las empresas de producción informática, pero no a las empresas dedicadas al tráfico electrónico.
En nuestro caso, invertimos, más o menos, el 25 por ciento del total de los costes de transformación del banco en desarrollos tecnológicos. Estoy hablando de 9 ó 10.000 millones de pesetas al año. De eso absolutamente nada,

cero, es deducible fiscalmente, pues no parece que tengamos una plataforma de incentivos fiscales adecuados en la empresa española. Hay algunas deducciones por compra de hardware y software relacionado con Internet, pero son únicamente aplicables a las pymes, empresas con facturación anual inferior a 500 millones de pesetas --un concepto muy bajo de pyme-- y, finalmente, hay unas deducciones por formación en Internet que son aplicables a todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, pero tienen un importe de sólo el 5 por ciento del total de esas inversiones en formación.
Con esta referencia al marco fiscal, y pidiendo perdón a la Presidenta por haberme excedido unos minutos en el tiempo concedido, acabo mi intervención.
Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mateu.
Se ha limitado muy bien a los tiempos, y se lo agradecemos.
A continuación, abrimos un turno de portavoces.
Por el Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, tiene la palabra el Senador Gibert.

El señor GIBERT I BOSCH: Muchas gracias, señora Presidenta.
Señor Mateu, le agradezco mucho la concisión de su intervención. Si no nos desautoriza en este sentido, supongo que nos permitirá ponernos en contacto con usted cuando tengamos alguna duda que se nos planteará en los próximos procesos legislativos para lo que nos interesará conocer opiniones diversas desde la realidad del comercio o del funcionamiento de las cosas.
Habría varias cosas que me gustaría comentar, pero me limitaré a una sola que es la que en este momento tiene un interés central para mí. Antes de ello, les pido disculpas porque tendré que ausentarme y no quisiera que lo interpretasen como falta de interés, ya que es por motivo de una obligación necesaria.
El tema que quería plantearle es relativo a la firma digital en un aspecto que no ha tratado pues en los últimos días he recibido algunos «inputs» que me parecen preocupantes.
Si no lo he entendido mal, el sistema de claves elaborado por la Fábrica de la Moneda en el caso de la Agencia Tributaria y en el de la Seguridad Social es un sistema distinto. Por otra parte, últimamente he oído hablar de centros de certificación que quieren promover algunas Comunidades Autónomas. Todo eso me preocupa, ya que a priori una clave personal o de una sociedad para la firma electrónica debería ser una única clave universal, y si esto no fuera posible, al menos que lo fuera a nivel de la Unión Europea. La proliferación de sistemas y de claves parece un inconveniente que podría convertirse en bastante grave. Me gustaría saber su opinión al respecto.
Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, Senador Gibert.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador Chivite.

El señor CHIVITE CORNAGO: Muchas gracias, señora Presidenta.
Al igual que ha hecho el Senador Gibert, quiero agradecerle al señor Mateu su presencia aquí y su exposición concreta, que no por ello deja de tener su profundidad, sobre todo, porque en las conclusiones que nos ha expuesto, y que aparecen en el documento de presentación, lógicamente yo lo he estimado como una serie de listado de deberes a ambas Cámaras para armonizar de alguna manera esa dispersión legal o normativa que hoy existe. Por otra parte, también quiero disculpar, y lo quería hacer aquí, a nuestro portavoz, el Senador Lavilla, que tenía previsto intervenir en esta Comisión, pero que está atendiendo a un problema muy real y muy humano, como es el hecho de que unos cuantos cientos de trabajadores corren el riesgo de que en su localidad cierren la empresa en la que durante años han venido prestando servicios. El me lo ha encomendado así; así lo transmito porque comparto esa sensibilidad que él tiene hoy trabajando para que esos puestos se mantengan.
Paso a lo que es el ámbito de la intervención. Después de esos ocho o nueve puntos de conclusiones en donde hay mucho trabajo por hacer, mucha normativa por armonizar en un mercado en el que en relación con el ámbito mundial Internet ya no tiene barreras. Por eso, incluso cuando hacemos referencia al ámbito de la Unión Europea es insuficiente, puesto que nos encontramos con una necesidad de armonización de conjunto que pudiera ser muy bien en el marco de la OMC. Además, tenemos competencias en muchas de las autonomías que configuran la pluralidad y la realidad territorial e institucional de este país, competencias en materia de desarrollo y regulación del comercio, es decir, también habrá que tener en cuenta en cualquiera de los procesos cómo evalúa usted al respecto esas competencias reconocidas a las diferentes Comunidades Autónomas. Por qué no decirlo, esto tiene unos soportes y efectivamente hay varios agentes que son necesarios, imprescindibles para que toda esta nueva cultura del Internet universalizado pueda discurrir con fluidez, como todo lo que son los soportes de infraestructuras físicas, incluso los soportes de infraestructuras tridimensionales que se necesitan para que esta nueva cultura pueda realmente ser universal --me estoy refiriendo también a las entidades locales.
Por lo tanto, hay muchísima tarea por resolver, y usted nos expone aquí
--y me parece muy bien-- la enumeración de qué hacer. Nos ha apuntado también por qué camino entiende que debíamos seguir en cuanto a firma electrónica, a calidad, a la seguridad de las transacciones, etcétera, pero uno de los elementos que priman en esta nueva cultura que ha cambiado la distancia por el tiempo, es precisamente cuándo hacerlo. Es decir, si ya estamos retrasados, como apuntaban, en la aplicación de algo en lo que fuimos pioneros, como era la regulación o la definición de la firma electrónica, debemos no sólo ir avanzando en el número de usuarios sino también adecuar nuestra estadística para medir su número y establecer cuándo hacerlo.


¿Cuál es su opinión sobre qué velocidad y a qué ritmo se debe hacer para no quedar descolgados de esta nueva cultura de nuestras relaciones humanas y comerciales a través de las nuevas tecnologías? La opinión de mi Grupo es que tenemos que navegar porque nos han puesto a navegar a todos, pero lo tendremos que hacer, a ser posible, en un trasatlántico y no en una patera, sobre todo para evitar el riesgo de naufragar.
Reitero la pregunta: ¿cuál es su opinión respecto a los ritmos que tendríamos que implementar no sólo en la legislación, sino en todos esos recursos económicos? Al final, todo se traduce a cuánto dinero estamos dispuestos a poner para que en algo que estamos un poco retrasados podamos avanzar, situarnos en la misma línea de salida y a partir de ahí avanzar a la misma velocidad.
Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, Senador Chivite.
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la Senadora Delgado.

La señora DELGADO GARCIA: Muchas gracias, señora Presidenta.
Me uno a las palabras de bienvenida dirigidas al señor Mateu por comparecer en esta Comisión de la Sociedad de la Información. Quiero agradecerle su exposición y muy especialmente el documento, que nos ha dejado porque nos facilita que luego podamos hacer un estudio más detallado, con más tiempo y reposo, sobre los aspectos que usted aquí nos ha comentado.
Al hilo de su exposición, y por lo que había estado viendo estos días, quería hacerle algunas preguntas. Usted dice que Internet no es una fantasía, que ha habido un incremento, lo cual es un dato muy positivo.
Pienso que hay una ventaja, puesto que los productos que ustedes ofrecen son virtuales. En las ponencias que hemos celebrado anteriormente a su comparecencia con representantes del mundo del comercio electrónico no dejaba de ser un inconveniente el que algunos productos, al no ser virtuales, tuviesen dificultades de distribución o de llegada al consumidor que frena un poco el comercio electrónico. En este caso, la banca juega con ventaja, lo cual es un aspecto a tener en cuenta y positivo.
Usted ha dicho, con todos los inconvenientes que hemos visto que hay en cuanto a seguridad y en cuanto a firma electrónica, que se están llevando a cabo actuaciones bancarias por Internet en un 64 por ciento frente a un 36 por ciento de las oficinas bancarias, de las sucursales, que pienso yo que es a lo que usted se refería.
Me ha venido a la cabeza un texto que leí en mayo o junio de 2000 donde se decía que en España se habían cerrado en los bancos en general --no el de usted por supuesto, sino todos en general-- unas 545 sucursales.
¿Puede, dado este incremento de la banca a través de Internet, llegar un momento en que las sucursales tiendan a desaparecer? ¿Hay una política bancaria para que se mantenga, aunque no sea equilibrada, esa presencia física que supone el mostrador para atender al cliente o es quizás un objetivo a medio o largo plazo, pero que se cuenta con que llegue un momento en que puedan desaparecer? Me llamaba también la atención un término que le quería comentar porque a los que no estamos metidos en el mundo de la banca nos sorprende un poco.
Leía que, precisamente, a causa de la competencia, más en Europa que en España por la implantación de la banca, están entrando en el sector bancos que no tienen presencia física, sino que nacen puramente «online».
A este respecto se hablaba del término de «canibalización». Le agradecería que si pudiera abundar un poquito en él lo hiciera. Más o menos se entiende un poco, pero resulta un tanto agresivo hablar de canibalización o de productos o de tipología de clientes.
He tomado nota, a pesar de que las tenemos aquí por escrito, de esas recomendaciones, porque me parecen muy interesantes, que usted nos hace sobre seguridad. De todas formas, un estudio de la «Meridien Research», de marzo de 2001, decía que mundialmente y con mayor peso en Estados Unidos, el fraude de operaciones de pago «online» se estimaba que era de 284.000 millones de pesetas el año pasado y decía, incluso, que la mayor parte de ellos estaban registrados en Estados Unidos. No sé el dato. Ha sido proporcionado por esta empresa. No sé si será ajustado o será un poco desproporcionado.
Esto evidentemente es un freno para las empresas de comercio electrónico.
Este es un tema que ha sido siempre abordado por la mayoría de los comparecientes que han venido antes que usted. Me refiero a ese miedo que tiene el cliente a las transacciones que impiden que el comercio electrónico avance.
Otro estudio --éste ya hecho por la Pricewaterhouse Coopers-- sobre comercio electrónico indicaba que España es el segundo país con menos fe en el comercio electrónico. Una media de un 15 por ciento mira a la red frente a una media europea de un 23 por ciento.
Pienso que todas esas propuestas que usted nos ha hecho sobre seguridad en la red van a contribuir a que esto se vaya subsanando. Mi pregunta es la siguiente: ¿En estos momentos, tal y como está la situación, qué ventajas ofrece la banca electrónica a las empresas? ¿Qué encuentra en esta banca electrónica una empresa que se dedique al comercio electrónico? La tradición de los bancos de toda la vida ha sido vender seguridad. Es la imagen que siempre tenemos. Incluso, la arquitectura del siglo XIX de los bancos se basaba en los edificios sólidos para transmitir una imagen de seguridad a cualquier ciudadano que se acercaba a sus instituciones.
En estos momentos, ¿qué ofrecen ustedes a estas empresas que les pueda, sabiendo las deficiencias que usted nos ha contado, tranquilizar y garantizar que pueden embarcarse en el comercio electrónico? La otra pregunta que tenía era de cara al ciudadano. Estoy de acuerdo con usted en que se ha avanzado mucho. Las cifras que usted nos ha dado, teniendo en cuenta las limitación que nos ha apuntado, son positivas y optimistas. También es verdad que parece existir una barrera psicológica por parte del ciudadano. Se repite ya como un tópico. Todo el mundo pone además el mismo ejemplo. Cuando vamos a un restaurante y le damos la tarjeta al camarero

estamos tranquilos. Todo el mundo repetimos este ejemplo. A lo mejor es que no tenemos otro. Existe verdaderamente una barrera psicológica que es la presencia física. Si yo le doy la tarjeta al camarero y se la lleva, de alguna manera hay un señor con el que puedo hablar y a quien se la puedo pedir o reclamar. Esa presencia física en los momentos en que se están incorporando las transacciones importantes parece importante. Por eso, la pregunta que le quería hacer es la siguiente: ¿Son las transacciones importantes las que van aumentando o las de pequeño calado? ¿Tiene el ciudadano ese temor a que no haya un señor detrás de una máquina al cual se pueda dirigir? Al hablar de esto me viene a la mente una idea que leí en una revista.
Una empresa --a ver si recuerdo bien el nombre-- del Estado de Utah, Estados Unidos, «Ilumins», se había planteado crear una especie de iconos, de imágenes en Internet, incluso, algún tipo de vídeo con un programa que llamaban «el apretón de manos». El que se pueda ver gente en torno a una mesa, aunque sea con iconos o con vídeos, es importante, precisamente porque se estaban planteando que una de las barreras que tenían era la psicológica de la presencia de la persona.
No sé si ustedes --como me imagino-- tendrán en su institución un departamento para investigar, para estudiar y para hacer encuestas para que los españoles podamos saber si esa barrera psicológica nos afecta o no. A lo mejor los americanos son más exagerados que nosotros en ese sentido. Quizás deba contar una anécdota porque le habrá pasado a más personas. Cuando vas al cajero automático se te puede quedar la tarjeta metida dentro por lo que sea. La garantía de que tienes un señor allí a quien puedes decirle que la tarjeta se ha quedado dentro psicológicamente nos influye. ¿Qué envergadura tiene este aumento de transacciones? ¿Habría, para lanzarse a cuestiones de más dinero, de más calado o de más profundidad, que salvar esa barrera o hay que esperar que se vaya dando ese cambio de actitud en el ciudadano español? Por último, quiero hacer una pregunta, pero ésa sí que les aseguro que no es mía, que la traigo porque me la habían pasado a mi correo electrónico.
Es una pregunta de un ciudadano y es: ¿Qué previsiones tienen ustedes sobre la implantación del monedero electrónico? Me explicaba una serie de ventajas que tiene el monedero electrónico, sobre todo en cantidades pequeñas y me transmitía el encargo, en la medida en que fuera posible, de que yo les transmitiera a ustedes esta pregunta.
Repito que le estoy muy agradecida por su información y, sobre todo, por la documentación que nos ha dejado que va a ser de mucho provecho para nosotros.
Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, Senadora Delgado.
Para contestar a las preguntas de los diferentes portavoces, tiene la palabra el señor Mateu.

El señor MATEU DE ROS CEREZO (Secretario General y del Consejo de Administración de Bankinter): Muchas gracias, señora Presidenta.
Voy a contestarles por el mismo orden en que se han producido sus intervenciones. En primer lugar, quiero aclarar, aunque sea innecesario, que en la última parte de mi intervención estaba lejos de establecer un listado de deberes --no soy quien para hacerlo-- y sí una relación de inquietudes que, si sus señorías desean, podrían convertirse en tareas.
Señor Gibert, en relación con el tema de la firma digital tenemos que partir del marco comunitario. España tiene como los demás Estados miembros un margen de actuación. Hay una Directiva comunitaria de diciembre de 1999 y nos guste más o menos el modelo tecnológico que sigue esa directiva --a mí me gusta más el de la legislación norteamericana sobre firma electrónica-- que es el que está establecido. En esta cuestión ocurre lo mismo que con el visado de Colombia: no nos gusta, pero, ¿qué vamos a hacer? Esa directiva comunitaria establece dos principios. Por un lado, el de libertad de establecimiento de prestadores de servicios de certificación.
Es decir, la concesión de certificados digitales no es una actividad sujeta al monopolio de los Estados o las autoridades autonómicas o regionales, sino de libre prestación por parte de empresas y particulares, que sólo están sujetos a un trámite de homologación o de verificación administrativa.
El segundo principio al que se acoge la legislación comunitaria es el de unidad tecnológica. La directiva adopta el sistema de la infraestructura de doble clave asimétrica y considera que éste es el único a través del cual se puede hacer firma electrónica avanzada en Europa. Sin embargo, hay una cuestión a la que no se refiere la directiva --y, por tanto, sobre la que hay un margen de libertad--, como es la relativa al soporte de la firma digital, que es compatible con diferentes soportes: puede estar en una tarjeta de plástico inteligente, puede ser un dispositivo incorporado al disco duro del ordenador, es compatible, a través de un chip, con las tarjetas de crédito y de pago tradicionales, puede incorporarse a través del protocolo SET a la telefonía móvil, etcétera.
Como ven, sobre esta cuestión caben una pluralidad de soluciones, pero repito que siempre se utiliza el sistema de doble clave asimétrica.
En mi opinión, el principio de libertad será difícilmente armonizable con la existencia de algo que en teoría podría haber sido una mejor solución tanto técnica como prácticamente. Me refiero al DNI digital. Por tanto, no va a haber DNI digital, o dicho de otra manera, puede haber un DNI digital para determinadas relaciones entre el ciudadano y la Administración, pero existirán una pluralidad de prestadores, y espero que esa pluralidad sea controlada, como en Alemania, donde existe una firma digital desde 1997 y hay un número muy reducido de prestadores de servicios. Lo que no creo es que lleguemos a la figura del llavero y que cada persona tenga que llevar doce o trece claves digitales o tarjetas, una para contratar con su banco, otra para contratar con El Corte Inglés, otra más, para la Agencia Tributaria... Espero que no acabemos en un caos de ese tipo.
En relación con las iniciativas administrativas, aunque no soy competente para hablar de esos temas, me consta que la Administración del Estado
--concretamente el Ministerio

de Economía-- está promoviendo un sistema de certificación única a través de los servicios técnicos de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y siguiendo el ejemplo, en mi opinión muy positivo y loable, de la Agencia Tributaria y la posibilidad de la presentación telemática de impuestos.
Por tanto, pienso que habrá una unidad en lo que se refiere a las relaciones ciudadano-Administración pública y una pluralidad de entidades prestadoras del servicio de certificación en lo que respecta a la sociedad en general.
Y paso ahora a contestar al Senador Chivite. Plantea usted dos temas, uno de ellos complejo: el de las competencias autonómicas en materia de comercio, sobre el cual no soy un experto, se lo confieso. De acuerdo con el marco general de la Ley de ordenación del comercio minorista, las Comunidades Autónomas --no sé si todas ellas o sólo algunas, pero desde luego sí las más importantes-- tienen competencias en algún caso destacadas en materia de ordenación del comercio.
Creo que en un asunto que afecta a la globalidad de la economía española y sobre el que además existen normas centrales muy importantes establecidas por el marco comunitario el Estado debe hacer un esfuerzo de coordinación. Así pues, quizá en aspectos complementarios de la transacción telemática, como la logística, la parte correspondiente a la revisión de mercancías, etcétera, pueda entrar en juego la legislación autonómica, pero en lo que respecta a la contratación telemática, a la contratación electrónica, a la contratación «online» en sí misma, entiendo que la futura ley de comercio electrónico va a tener un carácter único y por supuesto básico en todo lo que refiere a la legislación en la materia.
También ha preguntado usted sobre el ritmo, la velocidad, el «tempus» aplicable a todas estas cuestiones. Pues bien, creo que hay tres temas a los que se les puede poner la marca de urgencia. Uno de ellos --ya lo he dicho-- es el desarrollo de la firma electrónica. Realmente en este caso el esfuerzo importante ya se ha hecho y lo que queda ahora es rematar la jugada. Y sería muy interesante que en materia de firma electrónica España se pudiera convertir en un centro de excelencia tecnológica, porque eso nos situaría muy bien no sólo ante Europa sino también ante toda la comunidad latinoamericana, que en estos temas, como en tantos otros nos está mirando constantemente. Esa sería en mi opinión la primera urgencia.
La segunda, por supuesto, es tramitar con la mayor celeridad posible la nueva ley de comercio electrónico, expurgándola de esos puntos de duda que ya he comentado y que podrían suponer un paso atrás, como la exigencia de un pacto expreso previo o cierta desconfianza que todavía rezuma la ley hacia el contrato electrónico. Creo que esa ley es francamente mejorable.
Y la tercera cuestión urgente son las medidas fiscales, que quizá sea lo más fácil porque en este caso no estamos hablando de leyes sino sólo de interpretaciones de reglamentos administrativos. En este sentido, nos gustaría ver --y creo que expreso la opinión común del sector-- una actitud un tanto más flexible por parte del centro directivo competente en la materia, que como ustedes saben es la Dirección General de Tributos, que en estos momentos tiene planteadas importantes consultas, una de ellas nuestras, sobre cómo se puede interpretar toda la normativa de I+D+innovación tecnológica de tal manera que se recojan, aunque sólo sea en parte, los desarrollos de Internet aunque no sean rigurosamente originales. En cualquier caso, estas consultas todavía están pendientes de contestación.
Por otra parte, como ustedes saben, a nivel del Gobierno existe el plan de acción denominado Info XXI, en el que se recoge un catálogo de medidas y acciones. Pero repito que los tres temas más urgentes en mi opinión son la firma digital, la ley de comercio electrónico y los incentivos fiscales.
Finalmente, paso a referirme a la documentadísima intervención de la Senadora Delgado. En primer lugar, señoría, le ruego que me facilite varios de los informes que usted ha mencionado y que yo no conozco en reciprocidad a la información que les he proporcionado, que se completa con mi puesta a disposición --creo que todos ustedes tienen mi tarjeta-- para cualquier ayuda que humildemente les pueda prestar tanto ahora como en el futuro, cuando alguna de estas normas llegue, como ocurrirá, a esta Cámara.
Como usted muy bien ha apuntado, la banca tiene una gran ventaja en relación con otras empresas de comercio electrónico --cuyos representantes me imagino que ya habrán comparecido en esta Comisión--, consistente en que en nuestro caso podemos hacer casi todas las operaciones «online» pura y duramente sin necesidad de enviar con posterioridad una mercancía, con todos los problemas de pago, logística, riesgo, etcétera, que eso entraña.
Por otro lado, nosotros tenemos unos sistemas de pagos interbancarios:
los traspasos y transferencias interbancarias, que evitan la necesidad de utilizar tarjetas de crédito. Y así, cuando captamos un cliente nuevo en Internet --que puede entrar en nuestra subasta de depósitos o en cualquier otro servicio--, como no tenía cuenta abierta en Bankinter con anterioridad su dinero procede únicamente de otras cuentas bancarias y, por tanto, afortunadamente desconocemos los riegos inherentes al uso de su tarjeta de crédito.
Con la firma electrónica avanzada y la aplicación del mismo criterio técnico de la firma avanzada a las tarjetas de crédito y débito que es el protocolo SET, los riesgos de fraude, suplantación y uso indebido de las tarjetas de crédito quedarán suprimidos en gran parte, por no decir casi totalmente, y en el comercio electrónico normal de las empresas, los portales, etcétera, se verán notablemente disminuidos.
Es cierto, y usted lo ha apuntado, que existe un factor psicológico importante. A este respecto, hace unos días leía --no recuerdo si fue en «Expansión» o en «5 Días»-- unas contundentes declaraciones de un sociólogo muy conocido, Amando de Miguel, quien decía que los españoles nunca compraremos por Internet. Después, leyendo el artículo pude comprobar, como pasa tantas veces, que matizaba esas afirmaciones y decía que no compraremos nunca por Internet vinculado al ordenador. Pero eso es algo que tendremos que ir superando porque Internet vinculado al ordenador será una de las alternativas disponibles; también habrá Internet vinculado al móvil, a la televisión, etcétera.


Es decir, habrá unas modalidades mucho más cómodas y familiares para el consumidor y el cliente normales que las que se derivan de tener un ordenador en casa con determinada potencia.
Creo que en este tema nuestra sociedad nos sorprenderá, como ocurrió con la telefonía móvil, que también se pensaba que era un fenómeno de los italianos que en España no iba a triunfar y ahora no sé cuántos millones de teléfonos móviles hay ahora en España, quizá catorce o dieciséis. Y no sé lo que harán los hijos de sus señorías, pero todos los míos tienen un teléfono móvil, y bien que lo sabemos cuando tenemos que pagar las facturas. Por tanto, creo que este país, que es una organización muy inteligente, como diría José Antonio Marina, para todo lo relativo a la recepción de novedades útiles que se traduzcan en productividad, también será un país pionero en la implantación y el desarrollo de la sociedad de la información. El dato que le comento es así. El 64 por ciento del total de las operaciones del Banco se realizan por Banca a distancia, lo que sucede es que, como verá usted en el cuadro, ahí está incluido, no sólo Internet, sino también Banca telefónica y algunas otras modalidades de contratación. En este momento, en Internet, la Banca pura y dura supone un 36 por ciento aproximadamente, que es mucho. Ahí se hacen transacciones de todos los niveles y de todos los importes, incluidas algunas cantidades muy importantes de base. Lo que ocurre es que
--remarco-- existe esa diferencia entre lo que son servicios financieros y algunas otras actividades digitalizadas, por ejemplo, la música en formato MP3, la descarga de programas de «software», la prestación de servicios de información, la reserva de viajes, todo ese tipo de actividades que se pueden llevar a cabo plenamente por vía digital, y lo que es el comercio tradicional, en el que hay una parte «online» y otra «offline» de envío y recepción de la mercancía. Para esta segunda parte del comercio electrónico, Internet va a ser probablemente, por no decir con seguridad, un medio, un mercado adecuado para transacciones de importes medio y bajos. No creo que nunca ninguno de nosotros, cuando tengamos que realizar una inversión importante, como la adquisición de un coche o de una casa, la hagamos plenamente por vía telemática. Lo que pasa es que, ahí, Internet te está dando ya una información muy importante que luego habrá que rematar mediante un negocio tradicional.
Pero insisto en que el caso de los servicios financieros es muy especial.
¿Qué ocurrirá con las sucursales bancarias? --y creo que con esto acabo con las preguntas que me formulaba su señoría--. Hay estrategias diferentes. Por fortuna, la Banca española es muy competitiva, y en el sector existen diferentes modos de entender el negocio, lo que no quiere decir que unos sean acertados y otros erróneos, unos mejores y otros peores, sino simplemente que son distintos y responden a la diferente fisonomía de las entidades y a su diferente perfil de clientes.
Bankinter, por ejemplo, es un Banco muy volcado en medios urbanos --no tenemos casi presencia rural-- y en clientes con perfil de segmento medio, alto o muy alto, por tanto, la penetración de Internet y de las nuevas tecnologías en esa base de clientes es mucho más importante que en otros segmentos de la población española. Nosotros nos dirigimos a ese tipo de clientes y, de ahí nuestra apuesta tan decidida por la Banca «online» pero hay otras entidades, otros Bancos, Cajas de Ahorros, que persiguen una estrategia diferente, se dirigen a otras, capas de la población, y ahí puede tener sentido que sigan abriendo sucursales. No hay incompatibilidad entre esas estrategias diferentes.
Por otra parte, en nuestro caso hemos experimentado en carne propia algo que ciertos Bancos norteamericanos ya nos habían comentado, y es que es mejor una estrategia multicanal que una estrategia basada únicamente en Internet. Al cliente le gusta contar con el apoyo de otros canales de relación, como la Banca telefónica, como la oficina más o menos cercana, para poder ampliar determinadas informaciones, rematar determinadas operaciones, asesorarse sobre inversiones importantes. Posiblemente vaya a tener más éxito ese modelo multicanal, que es el que nosotros seguimos, que el de aquellas entidades que desarrollan Bancas puramente «online».
Señora Presidenta, señorías, creo que con esto he contestado a todas la preguntas. (La señora Delgado García pide la palabra.)
La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la Senadora Delgado.

La señora DELGADO GARCIA: Gracias, señora Presidenta.
Tengo pendiente la pregunta, relativa al monedero electrónico, que me ha enviado por correo electrónico la persona que antes cité, y a la que deseo contestar.
Gracias.

La señora PRESIDENTA: Tiene usted la palabra.

El señor MATEU DE ROS CEREZO (Secretario General y del Consejo de Administración de Bankinter): Gracias.
Tiene usted razón; se me había olvidado.
No soy un especialista en medios de pago y, por tanto, lo que diga aquí sobre este asunto tómenlo un poco a beneficio de inventario.
La idea del monedero electrónico entronca con lo que antes comentaba yo, es decir, con los micropagos. Internet va a ser un mundo donde se van a canalizar muchas transacciones de niveles inferiores a 100.000 ó 150.000 pesetas, y está creando ya sus propios sistemas de pagos, diferentes de las tarjetas de crédito: sistemas de pago vía «e-mail», como el de la empresa norteamericana Paypal, tarjetas chip especialmente hechas con límites especiales para Internet, y es ahí donde se entronca la posibilidad de la utilización del monedero electrónico, del dinero electrónico, los zakis, o sea, cupones electrónicos, y todo este tipo de iniciativas. Lo que sí es importante, aunque no lo he situado entre las prioridades, es destacar que también existe una falta importante de regulación en esta materia. Estos medios de pago específicos del comercio electrónico no se encuentran regulados todavía en nuestro país. Hay una directiva de la Unión Europea, del año 2000, sobre entidades

creadoras de dinero electrónico, y uno de los objetivos del anteproyecto de ley financiera es precisamente transponer a nuestro ordenamiento jurídico la directiva comunitaria sobre dinero electrónico, que será el marco común para todas estas modalidades de pago. Es todo lo que le puedo comentar a su señoría.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mateu.
¿Algún Senador desea formular una pregunta muy concreta? El siguiente compareciente ya está dentro de la sala. (Pausa.) Señor Mateu, le agradecemos enormemente la exposición, así como su clara y exhaustiva comparecencia. Puesto que vemos que es un gran conocedor del comercio electrónico, tomamos buena nota de lo que algún Senador ya le ha anunciado, que es que, posiblemente, «lo utilizaremos» -- en el buen sentido de la palabra-- (Risas.), para que nos explique alguna cuestión que se nos pueda plantear cuando llegue a esta Cámara el proyecto de ley de comercio electrónico.
Si en algún momento determinado surge alguna cuestión que a usted le parezca que nos podría venir bien para los estudios que está llevando a cabo esta Comisión, le ruego que nos la haga llegar. Será muy bien acogida.
Muchísimas gracias.


--NUEVA DESIGNACION DE MIEMBROS DE LA PONENCIA DE ESTUDIO DE LOS DERECHOS DE CONCURSANTES Y AUDIENCIA EN RELACION CON CONCURSOS, JUEGOS Y APUESTAS (543/000007).

La señora PRESIDENTA: Señorías, vamos a cambiar el orden del día.
Vamos a designar a los miembros de la Ponencia de estudio de los derechos de concursantes y audiencia en relación con concursos, juegos y apuestas televisivos, que serían la Senadora Arnáiz de las Revillas García y el Senador Mesa Ciriza, del Grupo Parlamentario Socialista.
¿Hay alguna objeción? (Pausa.) Quedan ratificados.


--ELECCION DEL SECRETARIO SEGUNDO DE LA COMISION (541/000005).

La señora PRESIDENTA: Pasamos al otro punto del orden del día: Elección del Secretario Segundo de la Comisión.
Está propuesto el Senador don Fidel Mesa.
¿Se aprueba? (Pausa.) Queda aprobado.
Aunque el Senador Mesa no está presente en este momento en la sala le damos la bienvenida a la Mesa de la Comisión.

El señor CHIVITE CORNAGO: El Senador Mesa esperaba que se procediese a la elección al finalizar la Comisión, y además ha tenido que acudir a la Comisión de Presupuestos que también se está celebrando en estos momentos.

La señora PRESIDENTA: No se preocupe, señoría. El Senador Mesa queda excusado y a su vez ratificado como Secretario Segundo de la Comisión.


--COMPARECENCIA DE DON JUAN CARLOS GARCIA CUARTANGO, INGENIERO DE TELECOMUNICACIONES ESPECIALIZADO EN SEGURIDAD INFORMATICA Y COLABORADOR DE KRIPTOPOLIS (715/000028).

La señora PRESIDENTA: Pasamos a la comparecencia de don Juan Carlos García Cuartango, ingeniero de telecomunicaciones especializado en seguridad informática y colaborador de Kriptópolis.
Le agradecemos enormemente que haya accedido a venir a esta Comisión.
Tiene usted la palabra.

El señor GARCIA CUARTANGO (Ingeniero de Telelecomunicaciones especializado en seguridad informática y colaborador de Kriptópolis):
Buenos días a todos. Quiero agradecer en primer lugar a esta Comisión y a su Presidenta por el honor que supone para mí comparecer ante este selecto foro.
Voy a proporcionarles una visión desde el punto de vista del usuario, un usuario ciertamente un poco especializado puesto que soy ingeniero de telecomunicaciones, llevo 18 años trabajando en las tecnologías de la información y conozco el campo de Internet desde su nacimiento en España hace unos siete u ocho años. (El señor compareciente ilustra su intervención con la proyección de transparencias.) Soy miembro de Kriptópolis, el primer foro de seguridad español que aparece en Internet, que fue fundado en 1996 por un santanderino, José Manuel Gómez, cuyo objetivo es la defensa de los derechos de los usuarios en Internet y sobre todo el derecho a la integridad y a la seguridad en la red. Kriptópolis publica un boletín semanal al que pueden suscribirse sus señorías con la dirección Kriptópolis.com. Tenemos unos 30.000 lectores hispanohablantes por todo el mundo; más de la mitad son españoles, pero tenemos una buena capacidad de difusión, fundamentalmente en Sudamérica, en Argentina, Chile y Colombia, y bastante en Méjico. Es una organización sin ánimo de lucro, es decir, ni siquiera recaudamos para los gastos --incluso nos cuesta dinero personalmente mantener el sitio web.
Voy a referirme ahora a las tres condiciones de éxito para el comercio electrónico. Para que este comercio se produzca tienen que darse tres factores. En primer lugar, el ciudadano tiene que tener acceso a la red.
Después existen una serie de condicionamientos culturales, algunos de los cuales ya habrán surgido en la comparecencia anterior, y por último están los aspectos de seguridad en los que paso a centrarme.


Para que haya acceso a la red se necesita que los hogares españoles puedan acceder a ella. La situación española parece que es bastante buena. Según el Centro de Investigaciones Sociológicas un 37 por ciento de españoles tenían ordenadores domésticos ya en el año 2000, y había un millón 750.000 accesos domésticos a Internet. Aunque dicen que en España somos cuatro millones de usuarios aquí hablamos de usuarios domésticos, el resto lo serían vía empresas o vía universidades.
El problema de acceso es que no hay una calidad de servicio definido. En telefonía clásica ha habido históricamente una serie de normas técnicas que definen lo que es la calidad del servicio. En Internet los usuarios se quejan de que no hay una calidad de servicio estándar, es decir, hay gente que dice que la red le funciona bien en tanto que otros dicen lo contrario.
Otro problema de acceso a la red es, en mi opinión, el de la formación.
Para acceder a la red hacen falta una serie de conocimientos de informática y sobre la red. Es una realidad que en España hay muchísimos ordenadores sin uso por falta de formación. A veces la gente compra un ordenador para los niños o para su propio uso y al final ese ordenador no se utiliza por falta de formación. Creo que a este respecto los poderes públicos deberían hacer un esfuerzo por incentivar la formación. Puesto que afortunadamente el nivel económico de este país parece que ya permite que en la mayoría de los hogares haya un ordenador, ahora falta la segunda parte, aprender a utilizarlo.
Por último me gustaría remarcar la marginación de la población rural. Las leyes españolas sobre telecomunicación --aunque no soy especialista en ellas-- garantizan a todos los ciudadanos el acceso a la telefonía básica, la de voz --por ejemplo en una ley de los años setenta--, y en cualquier pueblo de España tenemos acceso de voz. Pero, ¿qué ocurre con Internet? Existe cantidad de accesos en núcleos pequeños de población vía radio. Aunque sea con tarifa de conexión normal de telefonía estas conexiones no permiten el acceso a Internet, y en Kriptópolis recibimos constantes quejas de usuarios que viven en Galicia o en núcleos rurales pequeños cuya compañía no les da acceso a Internet, lo que supone una marginación. En el siglo XXI el acceso a datos debe ser tan básico como el acceso a la telefonía clásica.
Condicionamientos culturales. Creo que esto se ha mencionado ya en la comparecencia anterior, pero quería decirles que tenemos aquí un estudio de MMX-Europe de hace poco tiempo en el que se observan las visitas de los usuarios de Internet en España, en Europa y en Estados Unidos y, efectivamente, todos visitamos los portales para pasar después a servicios, etcétera. Pero, hablando de comercio electrónico, resulta significativo que en España los sitios de comercio electrónico de la red no aparecen entre los diez más visitados mientras que en Europa están en el sexto lugar y en Estados Unidos están en el cuarto. Es decir, aquí hay una diferenciación sociológica respecto de los usuarios porque culturalmente el usuario español y el europeo son bastante similares.
Como se decía en la presentación anterior, el usuario español es inteligente y está entrando muy bien en estas tecnologías, pero en cualquier caso es interesante destacar cómo el comercio electrónico no aparece entre nuestras prioridades.
En estos condicionamientos culturales parece que no se percibe un beneficio en la compra de bienes. El comercio tradicional en Internet no está entrando demasiado bien en España. Los sociólogos dicen que nosotros tenemos la cultura clásica de comprar en el comercio tradicional, en la calle y viendo el género. Por otra parte, en nuestro país existe un cierto desprestigio en ese otro tipo de comercio por lo poco que se ha conseguido tradicionalmente a través de la venta por catálogo. Hace unos años nos vendían cultivo de champiñón en casa o fresas gigantes y cosas así, pero esa venta no caía demasiado bien, lo que, repito, ha incidido negativamente en el comercio electrónico. En cambio, el comercio electrónico está despegando a unos ritmos impresionantes cuando se percibe un claro beneficio, especialmente en la compra de servicios, por ejemplo en la banca como se ha dicho anteriormente. Efectivamente, la banca está explotando en España. Todos empezamos a operar ya con los bancos desde casa, y sobre todo cuando eso nos supone un ahorro de tiempo y de disponibilidad del servicio: tenemos la banca a nuestra disposición las 24 horas.
Otro sector en que está funcionando bien el comercio electrónico es en el de viajes. Para contratar un viaje antes perdíamos dos horas en la agencia viendo el hotel o el vuelo elegido y ahora podemos solucionarlo todo desde nuestra propia casa.
Respecto a la Banca, sólo quiero mencionarles ahora un sondeo de la Asociación de Usuarios de Internet que es un web muy interesante porque está lleno de estadísticas; es el sitio de referencia de estadísticas en España para mí. En este sondeo se refleja que los aspectos más valorados son la disponibilidad, la comodidad, la rapidez, etcétera, pero en los aspectos que limitan el uso vemos que el más importante es la falta de seguridad. Por ello voy a referirme a continuación a los aspectos de seguridad en Internet.
Voy a darles una visión de la seguridad más generalista que la que han visto sus señorías antes. Yo me muevo en ambientes de seguridad más generalizados. Conozco el entorno de lo que se ha dado en llamar «hackers». La seguridad es un limitador del comercio electrónico. Vamos a ver qué inseguridades existen, cuáles son las amenazas, algunas cifras, un par de soluciones técnicas y unas conclusiones.
Cuando se habla de seguridad hay cuatro reglas básicas. He estado leyendo el proyecto de ley de comercio electrónico y no se habla de esto. Hay muy pocos aspectos técnicos recogidos en ella; no sé si se debería recogerse eso en el Reglamento porque, repito, no sé nada de leyes. Cuando hablamos de seguridad, ¿de qué estamos hablando en realidad? Para que una transacción sea segura tienen que darse cuatro condiciones.
La primera de ellas es la confidencialidad: en principio, la transacción electrónica sólo es inteligible para los participantes; no tiene que ser pública para el resto del mundo. Esta cuestión está relacionada con las técnicas de cifrado, del mismo modo que el correo tiene

que ser confidencial, tenemos el derecho a que una transacción también lo sea.
La condición más crítica es la autenticación. ¿Qué es la autenticación? Es la verificación de que cada cual es quien dice ser. Si yo me conecto al web de Bankinter quiero estar seguro de que ésa es la página de Bankinter y no de otro banco. También sucede a la inversa, cuando hago una transacción con Bankinter, este Banco quiere que sea yo el que realmente la estoy haciendo. Por tanto, es necesaria la autenticación y ésta se consigue por el clásico mecanismo de introducir un usuario y un «password», una tarjeta, por procedimientos biométricos, etcétera.
La tercera regla de la seguridad es la integridad. Es decir, la información no puede ser alterada en el trayecto que va desde mi sistema hasta que entra en el sistema al que va dirigida. Sería triste que alguien modificara por el camino una cifra en una transacción de 1.000 pesetas.
La última regla, más filosófica, es la de no repudio; es decir, que las partes no puedan negar su participación en la transacción. Mientras que los tres primeros puntos son cuestiones de ingeniería, el no repudio está relacionado con las leyes.
¿Por qué Internet es inseguro? Se nos llena la boca hablando de nuevas tecnologías pero, realmente, de nuevas tienen bastante poco. Internet parece muy novedosa y está de moda, pero la verdad es que ya tiene 30 años. Esta red se construyó para permitir el acceso a los usuarios de confianza y no al público, en general. Cuando se diseñó la red, los usuarios de Internet eran usuarios autorizados y, por decirlo de alguna manera, serios; además, no se diseñó para fines comerciales sino para compartir información entre centros académicos y de defensa. Se pretendía que fuese una red nacional, de Estados Unidos, y no mundial y las direcciones de Internet están dimensionadas a ese nivel. Ahora hay problemas con la numeración de Internet porque se está quedando pequeña.
Por otro lado, no se diseñó, en absoluto, para proteger la seguridad lógica sino para proteger la seguridad física; estaba compuesta de una serie de nodos de tal manera que, si alguno se estropeaba, tenía que seguir funcionando. Se estaba pensando en catástrofes nucleares, ataques de los chinos, en la guerra con los rusos... No se pensó nunca en Internet como un medio de comercio electrónico.
El otro elemento de la red es el «software». Lo que llamamos la moderna tecnología del «software» también es una denominación falsa porque ha quedado obsoleta. Nuestros sistemas de «software» están basados en Unix, que es un sistema operativo académico que también se diseñó hace 30 años; los sistemas Windows proceden del MS-DOS, que es un sistema operativo de sobremesa, bastante antiguo también; programamos en lenguaje «C», que se diseñó para aprender y no para producir «software»; además, está de moda utilizar un lenguaje que se llama Java que, realmente, se diseñó para programar electrodomésticos y estamos haciendo transacciones con estas herramientas tan rupestres.
Actualmente, el «software» es casi un monopolio; antes habla «software» de muchas marcas, pero ahora es un monopolio de dos o tres marcas. Por otra parte, el «software» crece en complejidad, las máquinas hacen cada vez más cosas y son más bonitas, pero la tecnología del «software» no ha evolucionado, trabajamos como hace 30 años, como los egipcios. Cuando hay que hacer un programa más grande se consigue a base de incluir a más personal, lo que produce errores de programación y agujeros de seguridad.
Según se puede apreciar en la pantalla, el código en Windows 3.11 tenía alrededor de 500.000 líneas de programa, mientras que el Windows 2000 tiene, más o menos, 45 millones. En 20 años se ha multiplicado la complejidad del «software» pero, puesto que utilizamos las mismas técnicas, hay 20 veces más probabilidades de error, lo que provoca agujeros de seguridad.
¿Cuáles son las amenazas? Aprovechando la vulnerabilidad de estas tecnologías --que ya hemos visto que no son nada modernas y están obsoletas, técnicamente--, hay delincuentes en la red que buscan conseguir una serie de beneficios. El problema es que al no haber variedad ni en «software» ni en «hardware», un atacante --un hipotético «hacker» o un delincuente-- tiene las mismas armas que el objetivo a atacar. Es decir, con un ordenador de 100.000 pesetas tengo reproducido el sistema de un Banco, probablemente, la única diferencia es que el Banco tiene un ordenador más grande y más caro --puede que de 100 millones de pesetas--, pero el sistema operativo es el mismo y se pueden explotar las vulnerabilidades de seguridad para delinquir contra esa máquina; éste es uno de los problemas que existen hoy en día. Antes no se podía actuar así, un Banco tenía un «mainframe», que costaba 1.000 millones de pesetas y nadie tenía en su casa un ordenador pero, ahora, tiene todo el mundo lo mismo que se está atacando.
Por otra parte, se dice que los «hackers» son muy listos, pero es falso.
Los útiles para cometer acciones ilegales en la red están avanzando día a día --como se puede ver en la pantalla--, mientras que el nivel de conocimientos requeridos para llevarlas a cabo es cada vez menor. Por tanto, para ser un «hacker» no hace falta ser un genio, sólo hay que buscar las herramientas adecuadas, ir a los foros adecuados y tener un mínimo de conocimientos técnicos.
¿Cuáles son las consecuencias de las debilidades y amenazas? Son las que todos sabemos: accesos ilegales a la información, modificación de páginas web, robos de información, fraudes, daños a los sistemas y denegación de servicios. Estos últimos ataques lo único que persiguen es dejar una máquina sin funcionamiento para que los usuarios no tengan servicio, lo que ha causado --sobre todo en el último año, que se pusieron de moda-- pérdidas multimillonarias en todo el mundo. Otro problema es la distribución de virus. Ultimamente, hemos visto que los virus son un peligro a través del correo. La consecuencia de todo lo anterior es que hay miedo hacia el comercio electrónico.
¿Qué tipo de ataques se producen? En España no hay datos pero, según mi experiencia, la mayor parte de las empresas no se dan cuenta de que están recibiendo un ataque; alguien les roba la cartera, pero no se dan cuenta.
No tengo cifras, pero me consta empíricamente.
En América, el Computer Security Institute hace todos los años una encuesta entre grandes empresas y agencias gubernamentales y, según los resultados de las mismas: 25

usuarios tuvieron robos de información, hubo 90 penetraciones de sistemas, 87 abusos de Internet, etcétera; es decir, los ataques son reales. Desgraciadamente, en España también son reales, pero los usuarios no suelen enterarse.
Estos ataques ocasionan una serie de pérdidas económicas y, aunque el problema principal lo han provocado los virus --creo que en España ocurre lo mismo--, también producen pérdidas económicas el robo de información y la penetración de sistemas.
¿Cuál es el origen de los ataques? Hay ataques entre Gobiernos de distintos países, ataques a compañías extranjeras, de «hackers» independientes, de la competencia --empresas que se atacan mutuamente-- y de empleados deshonestos. Los mayores daños los causan estos últimos: un empleado que tiene algún contencioso con su empresa, se va y toma sus medidas. Esta situación se ha producido recientemente en una gran empresa española y se ha entablado un pleito.
Es interesante conocer que también hay ataques entre gobiernos. Anteayer, el asesor de seguridad de la Casa Blanca decía que esto es la moderna guerra fría.
Voy a mencionar una serie de soluciones técnicas para hacer frente a estos problemas. En primer lugar, hay que mencionar el proyecto CERES, de firma electrónica --que ya he mencionado antes-- que, personalmente, me parece un logro. Después de utilizarlo y analizarlo, se puede apreciar que conlleva una tecnología que debe ser potenciada y que no debemos dejar pasar porque nos puede poner en una situación de liderazgo mundial.
Por último, antes también se ha mencionado la obsolescencia de la tarjeta de crédito y, por tanto, parece ser que el futuro de la seguridad del sistema se va a encaminar a través del teléfono móvil. La tecnología de las tarjetas que llevan los teléfonos móviles es bastante buena y casi imposible de duplicar, lo que permite una autenticación de usuarios; es decir, tiene que ser el propietario quien teclee lo que haya que teclear.
De esta manera, en lugar de poner la tarjeta electrónica cuando se compra por Internet --lo que nos da pánico--, el comercio en el que se ha comprado llama al Banco para informarle de la operación y el Banco llama al móvil de su cliente para decirle el importe, cuál es el comercio en el que se está comprando y pedir la conformidad y un código de identificación. Así, se paga a través del Banco y del móvil, por lo que es muy difícil que haya fraude. Técnicamente, es un sistema bastante revolucionario a nivel mundial y, además, funciona sin modificar los teléfonos móviles actuales; es un sistema que están desarrollando Telefónica y el Banco Bilbao-Vizcaya.
Mis conclusiones personales son las siguientes. El comercio está despegando en España; hay una serie de resistencias de los usuarios, pero se pueden vencer; las perspectivas son muy buenas cuando el usuario percibe un valor añadido claro, como es el caso de la Banca, y no creo que Internet pueda sustituir al comercio tradicional, por los condicionamientos sociológicos, lo cual incluso puede ser bueno para nuestra economía. Por último, se necesita potenciar la seguridad de las transacciones del comercio con soluciones tecnológicas, siendo importante la formación del usuario, además de con normativas sobre seguridad.
Insisto en que la ley de comercio electrónico hace muy pocas referencias a la seguridad.
Eso es todo lo que quería comentarles, y si tienen preguntas, estaré encantado de contestarlas.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor García Cuartango.
Abrimos el turno de portavoces. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador Chivite.

El señor CHIVITE CORNAGO: Muchas gracias, señora Presidenta.
Doy la bienvenida a don Juan Carlos García, y le traslado un saludo virtual de nuestro portavoz, Félix Lavilla, que así me lo ha encomendado, porque no podía estar hoy presente.
Comparto en gran parte el análisis que usted hace basado en las debilidades propias del sistema y en las amenazas externas a que está sometido, y, cómo no, he tomado buena nota de lo que son las fortalezas fundamentales que usted ha apuntado, en relación con el proyecto CERES, que puede suponer para nosotros, al igual que la extensión del sistema de móvil-pago, situar a España a la cabeza, ser líder en Europa, y poder así vencer, de alguna manera, esas resistencias culturales que nos impiden tener un desarrollo paralelo, o incluso un desarrollo mayor en esos sistemas de comercio electrónico.
Ultimamente se está hablando de un tema que no se ha apuntado por usted aquí, y sobre el que me gustaría conocer su opinión --que más que una amenaza externa será una debilidad del propio sistema--, que es la garantía de conservación de la información. Ahora están apareciendo unas informaciones que ponen en entredicho la duración de los soportes actuales de información, CD con una limitación temporal que ronda los 40/50 años lo que puede resultar en un tiempo determinado un riesgo bastante importante para la conservación de toda nuestra historia, que hoy se está trasladando del papel a los sistemas digitales. Creo que ahí está el nudo gordiano de la cuestión.
También quisiera saber su opinión respecto a los sistemas de «software» ya obsoletos, incluso de las propias máquinas herramienta que utilizamos para su manejo. Si apostamos por la universalización del sistema, para dar mayor accesibilidad y para permitir que estas tecnologías se desarrollen incluso en el medio rural, ¿cómo compatibilizamos eso con la universalización del concepto seguridad, en su más amplio sentido? Quisiera hacer un apunte en relación con el comentario que ha hecho a la accesibilidad desde el medio rural. En estos momentos se están aprobando los programas de desarrollo rural --que quedan pendientes de lo que fue la conocida Agenda 2000--, y desde un punto de vista de soporte financiero, quisiera saber si no sería oportuno --y le solicito su opinión-- incorporarlos como una de las líneas contempladas en esos programas de desarrollo rural, como uno de los elementos fundamentales para igualar territorialmente a todos los ciudadanos, vivamos en un medio rural --como es mi caso-- o en un medio urbano, e incorporarles así a estos nuevos sistemas de desarrollo; es decir, si

dentro de las nuevas tecnologías, Internet tiene que ser una línea, o no, dentro de los programas de desarrollo rural, como puede ser la conservación del agroambiente, el desarrollo de la artesanía, etcétera.
Nada más y muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, Senador Chivite.
En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Colsa.

El señor COLSA BUENO: Muchas gracias, señora Presidenta.
En primer lugar, quiero dar la bienvenida a esta Comisión a don Juan Carlos García, felicitarle por su intervención, y sobre todo por la página que tiene, que me parece bastante atractiva, Kriptópolis, además de por sus contenidos, porque es española, y porque es importante que en España tengamos alguien que nos ayude a entender qué es la seguridad en Internet, que yo creo que es quizá uno de los puntos más importantes sobre los que se puede hablar en materia del fenómeno del uso de la red.
Antes de formularle las preguntas, que algunas de ellas ya tenía preparadas después de visitar su página, sí me gustaría introducirlas con un comentario breve sobre Internet. Desde que nació esta Comisión, por aquí ha desfilado todo tipo de profesionales de mucha reputación y nos han dado su visión sobre qué es Internet, cómo influye en nuestras vidas, algunos incluso dicen que es una especie de realidad paralela a la realidad física, y yo creo que realmente es una parte de nuestra realidad física, porque al fin y al cabo aunque nos movemos en un mundo virtual, nos influye físicamente, incluso a los que no quieren estar en la red, no a los que no pueden --que es un apartado muy importante--, sino a los que, por lo que sea, generacionalmente hablando, o porque rechazan el canal más utilizado para acceder a la red, que es el PC en estos momentos, no están en la red. Aun así, yo creo que la red les influye de una manera muy importante.
En ese sentido, lo que sobre todo se puede decir de la red es que es comercio electrónico, se utiliza también para correo electrónico, pero donde está llegando a los capitales privados, invirtiendo en la red fundamentalmente, es a través del comercio, y ahí entramos en el tema de la seguridad, que es donde yo sí quisiera hacerle una serie de preguntas muy concretas.
El problema de la sensación que puede generar en un usuario la falta de seguridad en la red, ¿puede ser producida quizá por el desconocimiento de lo que realmente es la red o de cómo se producen las relaciones dentro de ella? Usted ha aludido, como uno de los puntos necesarios de actuación, al de la formación. Quizá en la vida real puede ocurrir que cuando desconoces algo sueles tener miedo ante lo desconocido; en este caso, el desconocer cómo se producen las relaciones dentro de la red o la seguridad de esas relaciones, puede generar ese miedo, y ese miedo generar rechazo; esto afecta de forma muy importante al principio de seguridad jurídica o de seguridad en el tráfico mercantil, que es de lo que estamos hablando al final.
Me gustaría saber su opinión sobre qué nivel de seguridad tenemos ahora mismo en España. La persona que ha intervenido anteriormente, al hablar de los sistemas de seguridad de encriptación de datos que fundamentalmente tiene la Banca en España, que yo creo que es el sector que más está invirtiendo en este tipo de sistemas, hablaba de que era un nivel de seguridad casi fiable al cien por cien. Ha llegado incluso a decir, si no recuerdo mal, que la firma digital era un sistema casi inexpugnable. Por lo que yo he leído en su página y en otro tipo de revistas, precisamente si hay algo que no se puede afirmar con tanta seguridad es que en la red haya algo inexpugnable, lo cual no quiere decir que esa seguridad tenga que ser más imperfecta que la que puede existir en el mundo real. Yo soy de los que piensan que en el mundo real existen niveles muy importantes de inseguridad, y quizá en algunos momentos más graves que los que puedan existir en la red.
También quisiera conocer su opinión sobre el nivel de dependencia tecnológica, en cuanto a seguridad en la red, de la Unión Europea con respecto a Estados Unidos. Muchos hemos oído hablar del programa Echelon y me ha sorprendido bastante, incluso me ha generado cierto desasosiego conocer qué es lo que estaba ocurriendo con esta red Echelon --no sé si será programa, red o qué será, al fin y al cabo--. Si eso es así y si seguimos dependiendo de Estados Unidos, ¿cuánto tiempo estima usted que la Unión Europea tardaría en despegarse y en crear sus propios sistemas de encriptación, no sé si armónicos o no; no sé si España tendrá los suyos, Francia los suyos, Alemania los suyos? En su página he leído la noticia de que los sistemas de inteligencia alemanes están muy preocupados por la dependencia con Estados Unidos, sobre todo porque éste tiene acceso a los códigos que utiliza, y ellos consideran que deben crear su propia red de seguridad. Yo me pregunto si esa red va a ser sólo alemana o va a ser una red europea que nos haga independientes no sólo frente a Estados Unidos, sino también frente a otros países.
Otra pregunta es si usted cree que sería necesaria la armonización; es decir, que los sistemas de encriptación y de seguridad en la red dentro de la Unión Europea se realicen a través de un sólo sistema público, a veces trabajando con algún sistema privado, como antes se planteaba respecto a la certificación digital de relaciones dentro de la Administración, que es lo que está poniendo en marcha la Agencia Tributaria a través de la Fábrica de Moneda y Timbre, y agencias privadas de certificación de firma digital para la relación entre los usuarios y no entre la Administración y los usuarios. ¿Debe ser el Estado el que lidere la seguridad dentro de la red, o al margen del Estado se podría confiar en otro tipo de organizaciones que no fueran estatales? Nos preocupa la seguridad dentro de la red, pero también puede ser preocupante qué ocurre con la libertad dentro de la red al incrementar las medidas de seguridad. Al intentar generar un nivel de protección importante dentro de la red, como un espacio físico, podría ocurrir que la privacidad se viera dañada, y si algo se está produciendo en la red es que existe más libertad de relación entre las personas que en la realidad física, y las medidas de seguridad en

las relaciones dentro de la red, ¿podrían poner en peligro los niveles de libertad? Una última pregunta es si tiene algún dato sobre qué nivel de uso tienen ahora mismo en España --por referirnos a una zona geográfica concreta dentro de la Unión Europea-- los programas de infiltración de datos entre usuarios privados.
También me gustaría saber cómo mantienen ustedes su propia página. En uno de sus apartados, Kriptópolis habla de su independencia a la hora de opinar porque es una página que se automantiene. No sé qué coste puede tener su página dentro de la red y cómo financian ese coste. Nada más y muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, Senador Colsa.
Para contestar a las preguntas de los grupos parlamentarios tiene la palabra el señor García.

El señor GARCIA CUARTANGO (Ingeniero de telecomunicaciones especializado en seguridad informática y colaborador de Kriptópolis): Voy a responder siguiendo el orden en que han sido planteadas las preguntas.
Empiezo contestando al señor Chivite. Respecto a la limitación de los soportes, los cambios de ciclos se han producido sistemáticamente. Del papel obsolescente se pasó al microfilm, y de éste a los soportes. Todos los soportes son obsoletos: los CD-ROM durarán unos años, y el ciclo seguirá, de ahí pasamos al DVD (Digital Video Disc), y posteriormente al siguiente soporte, ya se habla de soportes cuánticos y biológicos. Yo entiendo que ese cambio seguirá produciéndose siempre.
Respecto al «software» obsoleto, y su seguridad es cierto y lo que usted ha planteado ocurre. Yo tengo el mismo «software» que el Banco, lo que tiene sus ventajas y sus desventajas. Es una ventaja cultural puesto que es una democratización de la tecnología de la información, pero en el aspecto de la seguridad es una desventaja. La solución vendría por crear sistemas operativos de calidad que sean compatibles, que puedan estar en una empresa o en un hogar, pero que los niveles de seguridad sean adecuados para hacer transacciones.
Respecto a que le parece formidable que se potencie el «software», ahora hay una realidad: yo no puedo irme a trabajar a Burgos, que es mi pueblo, porque mi conexión es un teléfono fijo vía radio y no puedo pedir Internet, lo que supone una limitación para ciertas zonas rurales.
Cualquier persona que quiera montar un hotel rural, que ahora está de moda, y quiera promocionarlo, no puede desde su casa recibir correo electrónico, y eso es triste y considero que eso habría que potenciarlo.
Hoy en día no hay economía rural sin Internet, por lo que su idea me parece muy interesante.
El Senador Colsa me ha planteado bastantes cuestiones. Estoy de acuerdo en que la seguridad y la formación están íntimamente relacionadas. Un ejemplo clásico son las olas de virus que estamos sufriendo, que se producen por ignorancia de los usuarios. Si a un señor le mandan por correo electrónico un programa ejecutable y éste lo pincha y lo ejecuta, lo hace por ignorancia absoluta, al igual que la gente que introduce la tarjeta de crédito en lugares de dudosa moralidad o procedencia, se arriesga a que dicha tarjeta aparezca en cualquier sitio, y eso se hace por falta de formación. No es lo mismo introducir el número de tarjeta en el TPV de Banesto que en un lugar extraño de XXX (Risas.), y eso se hace por ignorancia. La seguridad pasa por la formación.
¿La firma digital es inexpugnable? Se considera casi inexpugnable, depende de las condiciones tecnológicas. En Francia, por ejemplo, la tarjeta bancaria se rompió en la firma digital porque era una clave de 380 bits que en el año 1980 se pensaba que era inexpugnable, pero en el 2000 fue expugnable y se produjeron graves problemas. Hoy por hoy se considera inexpugnable, pero como esto evoluciona muy rápido, lo que hoy se considera inexpugnable dentro de diez años será una basura. Eso es lo que pasó con el algoritmo DS, el estándar de encriptación que en los años ochenta se consideraba maravilloso y ahora se rompe con una máquina de cien mil pesetas.
La dependencia tecnológica con Estados Unidos es muy grande --no en asuntos criptográficos--, puesto que todos los sistemas, tanto el «hardware» como el «software» son americanos. Existen empresas europeas, como Siemens, que hacen ordenadores, pero los chips de los que se componen los ordenadores son de Intel, que están hechos en América. El sistema operativo es Windows, Unix o Linux, que en parte es americano porque es un sistema operativo abierto. La dependencia tecnológica es obvia, sencillamente porque todos los microprocesadores son americanos.
Respecto a Echelon, creo que ha sido mitificado. Existir, parece que existe, pero se ha dicho que Echelon es una oreja cósmica que lo escucha todo. Yo creo que es imposible técnicamente, por una sencilla razón, la existencia de Echelon como una oreja cósmica que escucha todo implica tener una duplicación en las infraestructuras de telecomunicaciones. Yo dudo mucho que la organización Echelon tenga las mismas infraestructuras de telecomunicaciones que Telefónica de España, que Deutsche Telekom, que ATT o que la British Telecom. Eso implicaría una inversión de recursos tan monstruosa que no cabe en mi cabeza, y aparte de eso necesitaría satélites para retransmitir. Sí parece que Echelon es una organización selectiva, yo considero que Echelon está «al loro», pero que escucha lo que le interesa, probablemente transacciones comerciales y temas de defensa, pero dudo mucho que sea capaz de escuchar nuestras conversaciones diarias y los correos electrónicos con nuestros amigos por la sencilla razón de que los recursos que necesitaría serían infinitos.
La armonización europea respecto a cuestiones de seguridad que se está haciendo, técnicamente viene por la vía de hecho, aunque siempre influida por América. Ya hay un nuevo algoritmo estándar de cifrado que se llama Reingold, un nombre impronunciable que, por cierto, han diseñado en Holanda y se ha adaptado a América como estándar universal.
En temas de criptografía sí hay «software» europeos, eso no es problema, el problema es el sistema operativo, lo

que hay detrás, lo que no controlamos. Un «software» criptográfico se puede hacer a escala nacional, no hay ningún problema.
Respecto a si el Estado debe ser líder en seguridad, yo considero que debe liderar cierta parte de la seguridad. En la firma electrónica a mí me parece muy buena la idea de que haya una entidad de certificación que sea el Estado. Yo me fío bastante del Estado, más que de las entidades privadas. Aquí se habla de que en Europa va a ser igual que en América, donde cualquiera puede certificarlo. Les cuento lo que ha pasado hace tres días en Microsoft. La principal agencia americana de certificación se llama Verisign, que es una empresa gigantesca que se dedica a emitir certificados. Llama un señor que no se sabe quién es, diciendo que era de Microsoft solicitando unos certificados para la firma de «software» y componentes y Verisign le ha dado dos certificados digitales, dos firmas electrónicas. ¿Qué ocurre? Que ahora puede haber por el mundo virus que están firmados aparentemente por Microsoft; es decir, me llega un correo y se me pregunta si deseo ejecutar el programa que está garantizado por Microsoft. Por tanto, uno de los peligros es que estas cuestiones sean privadas, que finalmente constituya un negocio. Si lo ha conseguido alguien que afirma pertenecer a Microsoft a una persona que dice proceder de una firma de menos nivel no se le debe verificar nada. La conclusión es que se lo deben conceder a todo el mundo y por tanto, es bueno que el Estado sea algo más serio en esta cuestión.
Considero que la libertad en la red y su seguridad son perfectamente compatibles. Es cierto que las herramientas de seguridad en la red tienen un doble uso: yo puedo usar las herramientas de cifrado de mi correo simplemente por confidencialidad, de la misma forma que introduzco una carta en un sobre. He participado en algún seminario sobre el ciberterrorismo y debemos ser conscientes de que la delincuencia internacional utiliza la red como medio de telecomunicaciones porque es barato, rápido y seguro; es decir, hay técnicas como el PGP que son básicamente inexpugnables, así como la esteganografía, la ocultación de mensajes en imágenes, es indetectable; técnicas que son utilizadas por la delincuencia y tenemos que convivir con ello.
El nivel de uso en las formas de encriptación de datos es mínimo; normalmente la gente envía sus correos en clave; es como si en lugar de enviar cartas se mandaran postales, ésta es la realidad, pero no sólo es esto, además se pueden falsificar, se pueden modificar por el camino.
Ustedes saben que en el correo no existe una autentificación, ahora puedo enviar a cualquiera de ustedes una carta que aparentemente puede venir de Ronald Reagan, es decir, al no estar firmado el encabezamiento no dice nada; si como mínimo no está firmado, no hará falta que esté cifrado, nunca sabremos de dónde viene.
Por último, con relación a Kriptópolis he de decir que el coste es pequeño, aproximadamente pagamos 20.000 pesetas al mes, básicamente el soporte del sitio «web»; hay algunos «banner» de publicidad que no dan ningún dinero y algunos anuncios de trabajo, pero básicamente todos los que colaboramos lo hacemos de forma gratuita, incluso muchos lectores también colaboran y nos escriben.
Si no hay más preguntas, quedo a su disposición para cualquier otra aclaración sobre temas de seguridad que ustedes necesiten.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor García.
¿Algún Senador desea hacer otra pregunta? (Pausa.) En primer lugar, quiero agradecer el soporte técnico porque no pertenece a esta Comisión ni a esta Casa y se ha brindado a colaborar de forma totalmente altruista. Muchas gracias por habernos facilitado la presentación del PowerPoint.
Quiero agradecer igualmente al señor García Cuartango su comparecencia en esta Comisión y su visión realista de lo que está sucediendo; asimismo me gustaría que nos tuviera en cuenta porque seguramente vamos a necesitarle para alguna otra cuestión.
Muchísimas gracias.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

Eran las doce horas y cincuenta y cinco minutos.