ORDEN DEL DIA:
Comparecencia, a petición del Grupo Parlamentario Popular, del Ministro de Justicia, Excmo. Sr. D. Juan Fernando López Aguilar:
--Para informar sobre la puesta en marcha de los Juzgados de lo Mercantil. (Número de expediente 711/000071).
--Para informar sobre las razones que motivan al Gobierno a modificar la regulación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, respecto al ejercicio ordinario de la potestad de nombramiento de cargos judiciales atribuido al Consejo General del Poder Judicial. (Número de expediente 711/000082).
Comparecencia del Fiscal General del Estado, Excmo. Sr. D. Cándido Conde-Pumpido Tourón:
--A petición de D. José Joaquín Peñarrubia Agius, del Grupo Parlamentario Popular, para explicar los criterios seguidos a la hora de proponer el nombramiento de Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. (Número de expediente 713/000067).
--A petición propia, para informar sobre el contenido de la Memoria de la Fiscalía General del Estado y para presentar las líneas básicas y previsiones de actuación de la misma y del Ministerio Fiscal. (Número de expediente 713/000097).
Se abre la sesión a las diez horas y diez minutos.
La señora PRESIDENTA: Señorías, buenos días a todos y a todas. Vamos a dar inicio a la sesión.
¿Alguna observación sobre el acta de la reunión anterior? (Pausa.) Damos por aprobada el acta de la sesión anterior.
COMPARECENCIA, A PETICION DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, DEL MINISTRO DE JUSTICIA, EXCELENTISIMO SEÑOR DON JUAN FERNANDO LOPEZ AGUILAR:
--PARA INFORMAR SOBRE LA PUESTA EN MARCHA DE LOS JUZGADOS DE LO MERCANTIL (711/000071).
La señora PRESIDENTA: Vamos a sustanciar la primera comparecencia de la mañana, que es la solicitada por el Grupo Parlamentario Popular para informar sobre la puesta en marcha de los juzgados de lo mercantil.
Cuando quiera, señor ministro, tiene la palabra.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Gracias, señora presidenta. Muy buenos días, señoras y señores senadores.
Estoy muy complacido de comparecer esta mañana ante esta comisión del Senado para informar, como requiere el objeto de la comparecencia, sobre la implantación de los juzgados de lo mercantil de acuerdo con lo previsto en las leyes que instituyeron esta especialización en el orden jurisdiccional civil: la Ley 22/2003, de 9 de julio, acompañada de la Ley Orgánica 8/2003, de la misma fecha, en las que se renovó de manera integral la legislación concursal, que como todos pueden recordar traía causa de piezas muy vetustas --muy venerables pero vetustas-- de nuestro ordenamiento jurídico. Esta legislación concursal se remontaba al primer tercio del siglo XIX y ha sido modificada de manera integral con un talante, con un alcance innovador realmente encomiable, porque además contó --como todos podemos recordar-- con un trabajo legislativo concienzudo que se benefició de la participación constructiva de la práctica totalidad de los grupos con representación parlamentaria. De modo que esta innovación constituye una de las consecuciones dignas de ser apreciadas como tales de la anterior legislatura y con la que, lógicamente, en esta VIII Legislatura el Gobierno emergido de las urnas el 14 de marzo debía mostrar un compromiso inequívoco de diligencia en lo relativo a su puesta en funcionamiento y al acometimiento de los reglamentos de desarrollo. En eso estamos, éste es el compromiso que está llevando adelante el Gobierno, desde luego el Ministerio de Justicia, y yo comparezco para ofrecer algunas pinceladas acerca de cuál ha sido el guión descrito esencialmente por los hechos y por los datos que obran en nuestro conocimiento desde la entrada en vigor de la ley y el inicio del funcionamiento de estos órganos especializados del orden jurisdiccional civil en materia mercantil a partir del pasado 1º de septiembre, de acuerdo con el calendario previsto.
Déjenme recordar que, efectivamente, de acuerdo con lo dispuesto en la ley orgánica que modificó la Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en vigor desde el 15 de enero de 2004, se estableció que la puesta efectiva en funcionamiento de los juzgados de lo mercantil tendría lugar el pasado 1º de septiembre. Como es conocido, la citada ley orgánica contemplaba tres distintas modalidades de atención a la demanda existente sobre la puesta en funcionamiento de la llamada justicia mercantil --como digo, una especialización en el orden jurisdiccional civil--. La primera sería la creación de juzgados de lo mercantil, dedicados por tanto exclusivamente desde el momento de su puesta en marcha a dicha materia. La segunda, la transformación de juzgados de primera instancia y de juzgados de primera instancia e instrucción en funcionamiento ya en el momento de la entrada en vigor del nuevo sistema, en juzgados de lo mercantil en aquellas provincias en las que, en atención al volumen de asuntos, no fuera necesaria una ampliación de la planta judicial. Y la tercera modalidad consistía en la compatibilización en los mismos juzgados de materias mercantiles de ámbito provincial con las del resto del orden jurisdiccional civil del respectivo partido judicial. Son tres modalidades organizativas absolutamente legítimas y razonables, vista la inexorable limitación de los recursos disponibles a la hora de atender la demanda especializada de respuesta del sistema judicial sobre asuntos de naturaleza mercantil que estuviesen cubiertos por la nueva normativa concursal.
Pues bien, debo partir del recordatorio de que en el momento de la entrada en acción del nuevo Gobierno hay unas coordenadas indisponibles para encuadrar la maniobra de implantación de estos juzgados de lo mercantil y el trabajo de desarrollo reglamentario que corresponde a este nuevo Gobierno en ejercicio. Estas coordenadas están establecidas por la legislación presupuestaria y por las previsiones del anterior Gobierno relativas a la creación de plazas para el año todavía en curso, que es este año 2004.
Es sabido que la previsión de creación de plazas y consecuentemente de incremento de la planta judicial establecida por el anterior Gobierno fue de 50 para este ejercicio presupuestario de 2004. Es un número no muy elevado y, como se puede recordar, no obtuvo objeciones por parte de buen número de comunidades autónomas, que en los últimos tiempos han mostrado una voluntad política bastante inusitada de crecimiento en su exigencia de incremento de la planta judicial, ni tampoco del Consejo General del Poder Judicial, que avaló esa apuesta de creación de 50 plazas para el año 2004. Lo cierto es que esa previsión limitaba de manera clara el margen de maniobra del Gobierno entrante a partir del 14 de marzo en la creación de juzgados de lo mercantil.
En esas coordenadas, que son ciertamente constrictivas, el Gobierno socialista ha hecho una apuesta clara por priorizar entre sus objetivos el asegurar que los juzgados de lo mercantil entrasen en funcionamiento en condiciones de atender la demanda, desde el punto de vista cuantitativo
--tal y como se objetivaba con los datos cuantitativos disponibles--, de modo que se encomendaba el ejercicio de la actividad jurisdiccional a los asuntos mercantiles en una apuesta por una Justicia moderna, ágil y capaz de garantizar una respuesta, en términos de tutela judicial efectiva, eficaz y eficiente.
Para el cumplimiento de ese objetivo, el Gobierno dictó el Real-Decreto 1649/2004, de 9 de julio, de modo que, pese a la limitación cuantitativa ineludible que acabo de exponer, se creasen 37 nuevas unidades judiciales para atender litigios en materias mercantiles; es decir, de 50 a 37 estaban en disposición de atender la demanda de Justicia en materia mercantil; es una apuesta en la que claramente se está priorizando la posibilidad de la implantación de la jurisdicción especializada en materia mercantil. En concreto, la previsión fue de una plaza de magistrado para la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante en su condición de marca europea comunitaria; 24 juzgados con jurisdicción exclusiva en materia mercantil 10 Juzgados de Primera Instancia y 2 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que compatibilizarían el conocimiento de materias mercantiles en su provincia con las del resto del orden jurisdiccional civil de su respectivo partido judicial.
Asimismo, se dispuso que, en aquellas provincias donde no fueran creadas ex novo juzgados de lo mercantil ni juzgados de Primera Instancia e Instrucción que compatibilizasen sus materias mercantiles con las propias de su partido judicial, sería igualmente aplicable lo dispuesto en el artículo 19 bis c) de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, que permite la compatibilización en un mismo juzgado de las materias mercantiles con las del resto de la jurisdicción civil de la respectiva demarcación. Es un mecanismo perfectamente legítimo que disipa todas las dudas que se pudieran suscitar en relación con la competencia en materia mercantil en aquellas demarcaciones o ámbitos demarcacionales en los que no estuviese claro de antemano y por la ley cuál sería el juzgado que debería entender de la materia mercantil. Evidentemente, esto requiere el concurso de las Juntas de jueces y del Consejo General del Poder Judicial, en un mecanismo perfectamente prevenido por la ley, para asegurar que, en todo caso, en toda la geografía judicial española la jurisdicción mercantil estaría en disposición de entrar en funcionamiento de manera adecuada.
A tenor de lo expuesto, se acredita que todas las provincias cuentan desde el 1º de septiembre de 2004 con al menos un juzgado competente en materia mercantil, ya sea en términos exclusivos o bien ejerciendo la jurisdicción en compatibilidad con otras de la jurisdicción civil.
Pues bien, debe resaltarse que al establecer en el Real-Decreto citado el número de unidades de nueva creación en materia mercantil, el Gobierno no se atuvo al modelo fijado por el Consejo General del Poder Judicial, es decir, al establecimiento objetivo de rendimiento, lo que se denomina el módulo de rendimiento, que había establecido como número de asuntos que justificarían la creación de un juzgado de lo mercantil en 400 asuntos de materia mercantil, 400 concursos ingresados anualmente. Como se sabe, este número, ciertamente elevado, justificaba la dimensión, en principio muy constrictiva y limitada, de la planta de especialización en materia mercantil prevenida por el anterior Gobierno, que en su Memoria de acompañamiento de la legislación mercantil, con cuya referencia inicié esta intervención, limitaba asimismo a 26 el número de juzgados de lo mercantil que serían precisos en su primera fase de implantación, lógicamente de acuerdo con esa apuesta restrictiva con la que definía su previsión de crecimiento de la planta total de la jurisdicción del conjunto de la Justicia para el año siguiente 2004.
Pues bien, frente a ello, el Gobierno evaluó que el número podría ser reducido al de 280 asuntos al objeto de intentar extender, dentro de los márgenes muy limitativos, de hasta 50, con los que estábamos obligados a actuar la posibilidad de garantizar la tutela judicial en materia mercantil, que es la que debe inspirar nuestra acción política en la materia.
En efecto, aun así, a pesar de este esfuerzo --que es difícil negarle al Gobierno-- en la implantación de los juzgados de lo mercantil, es cierto que se produjeron --todos lo tenemos presente-- numerosas críticas en esa fase de implantación tanto por parte del Consejo General del Poder Judicial como por parte de algunas comunidades autónomas y algunas instancias profesionales planteando una serie de objeciones, a las que me gustaría salir al paso con los datos puestos de manifiesto por la realidad, por supuesto al margen --y no es ocioso explicitarlo-- de la posibilidad, que está al alcance de cualquiera, de contrastar el discurso que determinadas instituciones manejaron en la fase en la que le tocaba al Gobierno socialista ejercer su responsabilidad con respecto del que habían utilizado hasta el momento de la alternancia en el Gobierno, es decir, durante toda la fase anterior. Creo que es bastante ostensible el cambio a veces dramático de planteamiento y de aproximación a los problemas que hemos podido observar en algunos interlocutores, por supuesto dignos de todo respeto, en el ámbito de la Justicia. Imagino que de eso también habrá oportunidad de hacer algún señalamiento con carácter posterior, pero a poco que uno ponga en contraste el tipo de planteamiento reivindicativo con que viene manifestando sus pretensiones en los últimos meses con respecto de la ejecutoria de todos los años en los que la responsabilidad estuvo en manos del anterior Gobierno, uno podrá obtener las inferencias y las consecuencias en relación con la sinceridad y, si se me permite también, con la honestidad intelectual de esos planteamientos.
Lo relativo es que una de estas objeciones ha sido la de que la planta creada resultaría insuficiente para atender el número de asuntos de los que los nuevos juzgados de lo mercantil debían conocer. Los datos estadísticos disponibles, que son los facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, responsable de la estadística judicial, como todo el mundo sabe, demuestran que esa crítica no estaba puesta en razón y, por tanto, no ha resultado acertado el pronóstico negativo de desbordamiento inmediato. De hecho, las tablas de datos, repito, a disposición de todos porque son las propias de la estadística que maneja el Consejo General del Poder Judicial, ponen de manifiesto que el
conjunto de las demarcaciones judiciales, el número de asuntos de lo mercantil ingresados hasta el momento arroja un promedio de 12,5. Es decir, en absoluto hemos bordeado nada que se parezca a un extravasamiento o una saturación instantánea de la jurisdicción de lo mercantil. De hecho, la mayor parte de los juzgados de lo mercantil, incluso aquellos que recibieron jurisdicción especializada y exclusiva, manejan módulos razonablemente gestionables de acuerdo con los patrones de rendimiento exigibles a los órganos judiciales de titularidad unipersonal. Así, por ejemplo, Cádiz, un solo asunto; Palma de Mallorca, 34; Las Palmas de Gran Canaria, 17; Santa Cruz de Tenerife, 7. En fin, hay datos de mayor significación cuantitativa y otros de mucho menor, pero lo cierto es que el promedio de entrada de asuntos especializados de lo mercantil en los órganos que han recibido el encargo de ostentar esta jurisdicción es de 12,5 en el tiempo que ha transcurrido entre el 1º de septiembre y el 23 de noviembre de 2004, que es la fecha en la que los datos resultan disponibles.
De manera que esta primera crítica --podemos entrar en el detalle de los números-- resultaba un punto exagerada en su capacidad de anticipación de una saturación instantánea, desmentida, a la vista de los datos, por la realidad. Pero una vez más, con toda razonabilidad no cabrá sino adelantar de nuevo, que estamos dispuestos a atender esos datos de la realidad en el curso de una ejecutoria de mayor envergadura y, por supuesto, a proveer las soluciones que la demanda vaya exigiendo, sin ningún planteamiento apriorístico, ni ninguna sujeción de tipo dogmático con respecto de la flexibilidad y el pragmatismo, con los que habrá que ir administrando las soluciones.
Los datos disponibles para atender este primer frente los tenemos completos durante el mes de septiembre con respecto de todos los órganos judiciales unipersonales, que en toda la geografía española han recibido el encargo de atender los asuntos de lo mercantil. Los tenemos hasta el 23 de noviembre en los juzgados de lo mercantil del País Vasco, que nos han ofrecido una estadística cuantitativamente más detallada. De modo que, en el juzgado de lo mercantil de Bilbao el número de asuntos ingresados ha sido de 54; en el de lo mercantil de San Sebastián ha sido de 20, y en el juzgado de lo mercantil de Vitoria, de 28. Los tenemos desglosados con perfecto detalle por el tipo de asunto, pero invitando, en definitiva, a la conclusión de que a la vista de lo expuesto, la carga de trabajo es asumible de acuerdo con los criterios que con carácter general vienen definiendo la relación entre ratio de entrada y generación de nuevos órganos judiciales que, como saben, exige un procedimiento complejo de colaboración interinstitucional e interadministrativa, en la que el ministerio, sin duda, tiene que poner una parte final y sustantiva en la decisión, pero no exclusiva ni excluyente de algunas otras muy importantes. Además, cabe señalar que un 60 por ciento de los concursos que ha evidenciado la realidad son de pequeño volumen, es decir, menos de un millón de euros por pasivo, y un 65 por ciento de los concursos pertenecen al género de aquellos en los que no se produce fase de negociación de convenio, sino directamente fase de liquidación, lo que simplifica su tratamiento procesal.
Debe señalarse también que en las previsiones para el desarrollo de la planta judicial correspondientes al año 2005, el Gobierno está efectuando una apuesta, pienso que bastante considerable, de crecimiento de la capacidad de respuesta del sistema judicial en su conjunto. Prevemos un crecimiento de 250 nuevas unidades judiciales, de las que se contemplan ocho juzgados más de lo mercantil, cuya creación y constitución obedecerá a la evolución de la carga de trabajo de los que ya están en funcionamiento. En el primer borrador elaborado por el Consejo General del Poder Judicial sobre las necesidades para completar la planta judicial en la presente legislatura no se ha solicitado siquiera la creación de nuevos juzgados de lo mercantil para el año 2005, lo que parece traducir la evidencia de que el Consejo General del Poder Judicial constata que las críticas iniciales con respecto de la insuficiencia de la planta de los juzgados de lo mercantil para atender a la realidad de la evolución de esta jurisdicción resultaban asimismo exageradas o infundadas.
Algunas comunidades autónomas, como Madrid, Valencia, el País Vasco, Navarra y Galicia, han incluido en sus demandas ante el Ministerio de Justicia algún juzgado de lo mercantil para la programación de órganos judiciales para el próximo año 2005. Y debo decir en este sentido, que el Gobierno ha intentado desde el principio de su ejecutoria en esta legislatura hacer del diálogo y, por supuesto, de su disposición a escuchar los planteamientos y las demandas de las comunidades autónomas, una constante. En apenas siete meses hemos celebrado ya dos reuniones de la conferencia sectorial en materia de Justicia, que ha pasado años sin reunirse. Por tanto, tenemos una actividad intensa. Cada una de estas conferencias sectoriales, lógicamente, viene precedida por un conjunto de reuniones de la comisión técnica, que hacen su trabajo para desbrozar el orden del día. Debo decir, además, que los órdenes del día de estas dos reuniones que hemos celebrado, la primera el 26 de julio y la segunda el 23 de noviembre, con participación de todas las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia, han sido los más densos que recuerda la historia de la conferencia sectorial, al menos seis puntos en cada uno de los órdenes del día. Una reunión, por tanto, de varias horas, en la que hemos ido dando cuenta de los asuntos después de haberlos desbrozado en una serie de reuniones técnicas preparatorias. Y estamos intentando hacer del diálogo y de la búsqueda activa del consenso --no será posible siempre en todos y cada uno de los puntos, pero lo estamos intentando-- una técnica para la aproximación de los problemas. Y a ese respecto creo que los resultados avalan que esta ejecutoria está traduciendo este principio por el que creemos que es posible integrar la diversidad y las singularidades en la acción política que corresponde al Gobierno de la nación, respetando los respectivos y legítimos ámbitos de competencia y atribuciones. Así, Madrid ha solicitado la creación de dos juzgados más de lo mercantil; Valencia, un juzgado de lo mercantil en Castellón y uno más en Alicante; el País Vasco, la creación del juzgado de lo mercantil número dos de Bilbao; Navarra, la creación de un juzgado
de lo mercantil exclusivo en Pamplona; y Galicia, la creación de un juzgado de lo mercantil, el número dos, de Pontevedra con sede en Vigo.
De manera que, todas estas pretensiones pueden encajar dentro de la perspectiva de crecimiento de la planta que, como digo, traduce el esfuerzo que el Gobierno está haciendo por incrementar la capacidad de respuesta del sistema judicial. Sólo la Comunidad de Madrid ha solicitado la creación de una sección especializada en derecho mercantil en la Audiencia Provincial.
Bien, creo que todos estos datos ponen de manifiesto que la carga de trabajo está siendo atendida de un modo suficiente por los órganos creados hasta la fecha. Y que en todo caso, el Gobierno está haciendo un seguimiento ajustado y permanente del número y clase de asuntos ingresados en los juzgados de lo mercantil para estar en condiciones de responder con diligencia a la perspectiva de un aumento de la planta, sin que en estos momentos se evidencie como absolutamente necesaria o imperiosa. Pero desde luego estamos dispuestos a trabajar sobre ello y a manifestar nuestra disposición a incrementar la planta, especializando órganos en lo mercantil en el supuesto de que la evolución de la carga de trabajo lo justifique con claridad.
En segundo lugar, hay que mencionar que también se ha puesto énfasis en la aproximación crítica a la fase de implantación de los juzgados de lo mercantil sobre la importancia de la especialización de sus titulares, es decir, de que los órganos estén ocupados por especialistas. La voluntad del Gobierno ha sido la de que, efectivamente, las plazas ofertadas para la provisión de los juzgados de lo mercantil sean cubiertas por magistrados especialistas en la materia, es decir, que hayan hecho los concursos de especialización en materia mercantil. El concurso-oposición fue convocado al efecto por el Consejo General del Poder Judicial, que es el que tiene la competencia constitucional sobre nombramientos. Y fueron seleccionados a través de este concurso-oposición 37 magistrados especialistas en su momento. De acuerdo con este patrón, la mayoría de los juzgados de lo mercantil y de las plazas del tribunal de marca comunitaria han sido cubiertas por estos magistrados especialistas. El Gobierno no puede responder, como es obvio, de la totalidad de esa cobertura respecto del conjunto de magistrados que superaron el concurso-oposición, porque corresponde a una Administración en la que el Gobierno no puede subrogarse o ingerirse con respecto de la voluntad de esos sujetos, jueces y magistrados, hombres y mujeres que superaron el concurso-oposición, ni puede, por supuesto, suplir o responder de la falta de interés de algunos de ellos por las plazas creadas, pero lo cierto es que mayoría han sido cubiertas por juzgados de lo mercantil.
En tercer término, una crítica que hemos escuchado igualmente es la de que era preciso acompañar la implantación de juzgados unipersonales por secciones especializadas de lo mercantil en las audiencias provinciales.
Y debo decir que la propia estructura de los procedimientos judiciales presenta como innecesaria la creación inmediata en la fase de establecimiento de esta especialización jurisdiccional porque, pura y simplemente, esas secciones en las audiencias provinciales por su condición de tribunal de apelación o de segunda instancia, no podrían tener inicialmente el número de asuntos que justificara su existencia hasta en tanto no se vayan concluyendo, como mínimo, los procedimientos mercantiles de la primera instancia y vayan llegando por su orden a las audiencias provinciales los asuntos en apelación o segunda instancia. De manera que no se justifica la creación de las secciones en las audiencias provinciales, de manera objetiva al menos, desde el primer día de creación de los juzgados.
Hemos escuchado, frente a esta respuesta, que podría darse la posibilidad de que esas secciones se ocuparan de apelaciones relativas a asuntos mercantiles preexistentes a la creación de los juzgados de lo mercantil, pero esta posibilidad tampoco ha resultado justificada, al menos por dos razones: primero, por la suposición de una carga innecesaria de las nuevas secciones, que bloquearía la resolución rápida de los recursos contra las sentencias y asuntos de los nuevos juzgados de lo mercantil; segundo, porque conllevaría la creación de secciones especializadas en todo el territorio del Estado, no existiendo en el momento actual un número suficiente de especialistas para cubrir los juzgados de lo mercantil y dichas secciones, en un proceso que, como acabo de recordar, involucra ineludiblemente la competencia y la participación decisiva del Consejo General del Poder Judicial. Por ello, parece razonable y aconsejable la creación de secciones especializadas de lo mercantil en la medida en que el volumen de litigiosidad real vaya aumentando y vaya así exigiéndose, sin perjuicio de la creación próxima de la sección de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que antes se ha hecho referencia y que atenderemos.
Finalmente se ha escuchado también una aproximación crítica con respecto a la necesaria dotación funcionarial de los juzgados de lo mercantil creados, aduciéndose la insuficiencia respecto de la situación actual, y a este respecto tengo que decirles, señorías, que el ministerio está trabajando con diligencia en la puesta en marcha del nuevo modelo de oficina judicial. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia está trabajando sobre ese nuevo diseño de la oficina judicial, obligado por la Ley Orgánica 19/2003, que modificó la Orgánica del Poder Judicial, y en la que se establecen por el Ministerio de Justicia las dotaciones básicas de las unidades procesales de apoyo directo para los distintos órganos, fijando la dotación correspondiente a los juzgados de lo mercantil en: un secretario judicial, al frente de dos de dichas unidades; un funcionario del cuerpo de gestión procesal y administrativa, un funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa. Esta dotación básica puede ser estimada suficiente, no sólo por el ministerio, sino también por la totalidad de las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de Justicia, habida cuenta de que el nuevo modelo de oficina judicial, que es el consagrado
--recuerdo-- en la ley que he citado, en el que además de dichas unidades de apoyo deben existir servicios comunes procesales que asumen labores centralizadas de gestión y apoyo a estos órganos judiciales, requiere también la cooperación imprescindible de las comunidades autónomas. Está previsto que se implanten en los órganos jurisdiccionales situados en el ámbito competencial del Ministerio de Justicia y en las
comunidades autónomas, de modo que juegue un papel decisivo el servicio común que deberá asumir la ordenación del procedimiento, descargando así las unidades de apoyo en las cuestiones relativas a la ordenación de los trámites.
Además, la dotación de plantilla de los recientemente creados juzgados de lo mercantil ha sido la misma con la que se han venido creando, hasta la fecha, los juzgados de primera instancia y los de primera instancia e instrucción, es decir, para los juzgados llamados mixtos que tramitan materias mercantiles y de otra naturaleza, tres funcionarios del cuerpo de gestión, cuatro del cuerpo de tramitación y dos del cuerpo de auxilio.
Para los juzgados de primera instancia que comparten materias mercantiles con las civiles, dos funcionarios del cuerpo de gestión, tres del cuerpo de tramitación y uno del cuerpo de auxilio judicial; y para los juzgados exclusivamente mercantiles, dos funcionarios del cuerpo de gestión, dos del cuerpo de tramitación y uno del cuerpo de auxilio. Ninguno de los magistrados titulares de estos juzgados ha hecho llegar hasta el Ministerio de Justicia ninguna queja por la dotación funcionarial de estos equipos de apoyo con los que están trabajando estos órganos una vez constituidos, de manera que no resta sino, en base a los resultados estadísticos y a la argumentación expuesta en esta comparecencia, evaluar de manera razonablemente satisfactoria la implantación de los juzgados de lo mercantil, finalizando este primer trimestre desde su puesta en funcionamiento, y la asunción de su carga de trabajo, así como por supuesto manifestar razonablemente la mejor disponibilidad a continuar muy atentos a los datos que la realidad nos vaya poniendo de manifiesto para intentar, con la ayuda de todos, mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia en este ámbito especializado, como en todos los demás, y contar para ello, lógicamente, con todos los eslabones de esta cadena que es especialmente complicada a la hora de ordenar el procedimiento y la imbricación de las distintas voluntades políticas que es preciso tener en cuenta para que las soluciones se plasmen positivamente en la percepción de la Administración de Justicia por la ciudadanía. Esta idea la he reiterado de nuevo ante las comunidades autónomas que asistieron a la conferencia sectorial la semana pasada; agradecí a las comunidades autónomas el apoyo a las medidas del Gobierno en la implantación del nuevo modelo de oficina judicial y el consenso básico con el que las comunidades autónomas han participado en la definición de los órganos jurisdiccionales que tendrán cabida dentro de la apuesta de crecimiento de la planta judicial que pondremos en marcha para el próximo ejercicio presupuestario 2005.
Debo subrayar que en la mayor parte de las comunidades autónomas, la adecuación, la correspondencia entre la respuesta que ha podido promover o impulsar el Gobierno y la demanda planteada inicialmente por éstas era del cien por cien. Hemos atendido la totalidad de la demanda, en algún caso incluso con largura, con algún órgano adicional con respecto de los que inicialmente planteaba en su demanda la propia comunidad autónoma.
Por tanto, creo que estamos en un camino razonable para ir atendiendo los problemas en la medida en que se vayan poniendo de manifiesto en el curso de la legislatura. Ahora les escucharé con mucho gusto.
Nada más y muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias a usted, señor ministro.
Por el Grupo Parlamentario Popular, solicitante de la comparecencia, tiene la palabra su portavoz, señor Conde Bajén.
El señor CONDE BAJEN: Con la venia, señora presidenta.
Muchas gracias, señor ministro, por su presencia en esta comisión para atender la petición de comparecencia que le hemos formulado por parte del Grupo Parlamentario Popular. Como sabe su señoría, la práctica y usos parlamentarios conciben dos modos distintos de pedir la comparecencia de un ministro: uno, para poder debatir sobre planteamientos políticos diferentes, y otro, para recibir información cumplida por parte del Gobierno de asuntos que se consideran de actualidad política o de interés para la ciudadanía. En este segundo grupo es en el que habría de enmarcase la petición de comparecencia que le hemos formulado, al efecto de que se nos informe sobre la puesta en marcha de los juzgados de lo mercantil.
Efectivamente, lo que quiere el Grupo Parlamentario Popular en el Senado es conocer, de mano directa del ministro de Justicia, responsable por tanto de la prestación del servicio público de la justicia en España, cómo está implantándose, incluso a los pocos meses de su puesta en vigor, la nueva jurisdicción de lo mercantil; una jurisdicción nueva, dentro del orden jurisdiccional civil, emanada de una legislación también nueva, como su señoría ha tenido ocasión de recordar en el comienzo de su intervención, nacida por cierto en la pasada legislatura. Y es muy de agradecer, señor ministro, que haya usted valorado tan positivamente una actuación derivada de la pasada legislatura, habida cuenta de que en esa causa general que el Gobierno socialista está haciendo ahora respecto de la legislatura anterior, parece ser que la legislación mercantil se salva de la quema, y no resulta atacada, como el resto de la labor del Gobierno en su conjunto, por sus compañeros de gabinete. Pero, en fin, tenemos una nueva legislación mercantil y queríamos saber cómo está funcionando esta puesta en marcha de los juzgados.
Le agradezco, señor ministro, la información cumplida y además en sede parlamentaria, porque también es cierto que hemos pedido la comparecencia para poder conocer, en su propio ámbito y en su propia sede, la información del Gobierno. Ya sabemos de la tendencia que tienen tanto usted como otros compañeros de su gabinete a informar sobre las cuestiones más importantes de la política en programas de televisión; ya los lunes tenemos que seguir con atención la televisión pública, quizá con más interés incluso que los «Diarios de Sesiones» de ésta o de la otra Cámara, pero en cualquier caso es muy de agradecer, señor ministro, que por esta vez al menos, sea en sede parlamentaria y conste en el «Diario de Sesiones» la información que --insisto, he de felicitarle-- se nos está dando.
Por otra parte, esto nos da la oportunidad de demostrarle, señor ministro, que el Grupo Parlamentario Popular también está en disposición de poder cooperar y coadyuvar a la solución de los retos, de las oportunidades que se abren a cada momento para mejorar la situación de los ciudadanos, en este caso en relación con el servicio público de Justicia. Insisto en felicitarle por la información que nos ha facilitado, que estudiaremos atentamente.
Señor ministro, después de escuchar su intervención hemos podido comprobar que existe una carga de trabajo bastante heterogénea en los distintos juzgados. Algunos de ellos, en los primeros tres meses de puesta en funcionamiento, están agotando el módulo anual que su propio Gobierno tenía previsto. He tomado nota, por ejemplo, de que había juzgados que habían ingresado 12,5 asuntos en estos meses, de lo que resultaría un módulo medio de 50 asuntos por año; y, sin embargo, en otros de los juzgados a los que usted ha hecho referencia, prácticamente ya se estaba cubriendo el módulo previsto por el Gobierno para todo el año. Nos interesa saber, señor ministro --y es un dato que no nos ha facilitado--, cuál es la carga de trabajo que específicamente tienen los juzgados de lo mercantil que compatibilizan sus funciones con el resto de la jurisdicción civil y, por supuesto, aquellos que la compatibilizan con la jurisdicción penal, en cuanto que también son juzgados de instrucción.
En este sentido, señor ministro, reconocerá conmigo que no es lo mismo un juzgado que ingrese 12,5 asuntos sólo de lo mercantil --por ser únicamente juzgado de lo mercantil--, que un juzgado que ingrese la misma cantidad de asuntos pero que, al propio tiempo, tenga que ocuparse de todo tipo de causas del orden jurisdiccional civil y, más aún, si ello ha de compatibilizarse incluso con las labores instructoras propias del juzgado de instrucción. Señor ministro, nos interesaría conocer ese dato en concreto, si dispone de él en este momento y, si no es así --que también sería comprensible que no hubiera podido traer todos los datos, adivinando el tipo de preguntas que pudieran hacerle los distintos grupos parlamentarios--, que nos lo hiciera llegar a la mayor brevedad, para su análisis y estudio.
Señor ministro, prácticamente me voy a quedar con dos de sus últimas afirmaciones: la voluntad del Gobierno de seguir especializando órganos dentro de la planta judicial, en este nuevo orden jurisdiccional, y la voluntad, además, de cubrirlos con especialistas, que es exactamente el criterio que anima al Grupo Parlamentario Popular y, por lo tanto, una línea de posible coincidencia.
En cualquier caso, nos gustaría que cada provincia de España contase con un juzgado único de lo mercantil, en un horizonte temporal breve. Creemos que ese debe ser un objetivo a cumplir por parte del Gobierno, que también debe ser cubierto por estas Cortes Generales en la parte que les corresponda, a fin de prestar un servicio de proximidad, especializado y, sobre todo, en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional.
Esta nueva figura del juzgado de lo mercantil exclusivo es una buena invención, porque no queremos que haya ciudadanos en determinadas provincias de España que no disfruten de esa misma posibilidad y, por el contrario, que algunos ciudadanos por vivir en determinados puntos de España dispongan de un mejor servicio público de Justicia. Ese es un techo irrenunciable por parte del Grupo Parlamentario Popular y nos gustaría conocer el criterio del Gobierno en orden a conseguir este objetivo.
Por lo demás, señor ministro, creo que hemos mostrado --como decía anteriormente--, que hay asuntos en los que podemos trabajar conjuntamente, en los que podemos pedir información sin discutir y en los que el Grupo Parlamentario Popular --si nos lo permiten ustedes que, por lo visto, tienen el monopolio--, también tenemos buen talante y afán de diálogo, aunque modestamente, porque ya sabemos quién tiene patentada la marca política sobre el particular.
Nada más, señor ministro, únicamente insisto en pedirle los datos sobre los juzgados que compatibilizan funciones mercantiles con otras y, si es criterio del Gobierno la creación de un juzgado único y específico de lo mercantil por provincia.
Muchas gracias, señor ministro.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Conde.
Los portavoces de los grupos parlamentarios Mixto y de Coalición Canaria no están presentes en la Sala; por lo tanto, le corresponde iniciar el turno de palabra al portavoz de Convergència i Unió, señor Badia.
El señor BADIA I CHANCHO: Muchas gracias, señora presidenta.
Señor ministro, en primer lugar, quiero darle las gracias por su presencia en esta comisión y por la información que nos ha hecho llegar.
Mi grupo parlamentario entiende que pronto vamos a disponer de la experiencia de los tres primeros meses de funcionamiento de los juzgados de lo mercantil que, como usted bien conoce, son fruto de la aprobación en su momento de la Ley Concursal y que se basaban, sobre todo, en esa especialización y en ese alto grado de formación técnica de los jueces.
Me gustaría conocer también cuál es la posición del ministerio con respecto a la necesidad de creación de nuevos juzgados, que en su momento ya planteamos.
Desde luego, quiero poner de relieve nuestra voluntad de colaboración con el Gobierno, en todo aquello que éste nos permita. Creemos que la puesta en marcha de los juzgados de lo mercantil ha supuesto un avance importante y, como decía el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, posteriormente veremos si cuenta con los avales económicos necesarios para cumplir la función para la que han sido creados.
Muchas gracias, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Badia.
Tampoco está presente el portavoz del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos y, por lo tanto, le corresponde iniciar su intervención al portavoz de Entesa Catalana de Progrés, señor Bofill.
El señor Bofill ABELLO: Gracias, señora presidenta.
Buenos días, señor ministro.
Señorías, por lo que se refiere a los juzgados de lo mercantil, he de decir que he tenido oportunidad de hablar con la Consellera de Justicia de Cataluña y, más o menos, me vino a decir que consideran prematuro hacer una valoración del número de causas sustanciadas porque la propia abogacía ha detectado, de hecho, una cierta retención ante una jurisdicción novedosa. Por ello, nos remitimos todavía a los datos de la memoria del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y a la propia demanda del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya que solicitó, en su momento, la creación de diez juzgados mercantiles, basándose justamente en el número de causas de este tipo sustanciadas hasta ese momento en otros juzgados.
En la práctica, se han creado siete juzgados: cuatro, en la demarcación de Barcelona, donde se solicitaron siete; y, uno, en cada una de las otras circunscripciones provinciales y, estos últimos, con competencias de hecho compatibilizadas con juzgados de primera instancia. En este sentido, nos gustaría saber cuál es la previsión de crecimiento respecto a Cataluña --que creemos que todavía no hay ninguna--, para el próximo año.
Desde Cataluña planteamos una cuestión que, en cierta manera, va un poco contracorriente con lo que está pidiendo el Grupo Parlamentario Popular.
En este sentido, creemos que se debería terminar con el concepto provincial de la adscripción en el momento de hablar de la planta judicial y hacer una mayor referencia a la demanda social efectiva, lo que nos llevaría a considerar más necesaria la creación de un juzgado mercantil en Sabadell o en una plaza en la que se sustancien un gran número de causas mercantiles, que en algunas capitales de provincia en las que el volumen, quizá, continúe siendo mediano --tal y como nos ha descrito el señor ministro--, y que por lo tanto, podría ser compatible con otras funciones judiciales, como la de los juzgados de primera instancia. Por lo tanto, consideramos que se debe terminar con este concepto provincialista que, en todo caso, no debería llevar a obviar la realidad autonómica. En este sentido, en el caso de Navarra, por ejemplo, estaría perfectamente justificada la creación de un juzgado mercantil porque nos debemos ajustar, sobre todo en este terreno, a un criterio quizá político, que es el del Estado autonómico, pero, en cambio, por lo que se refiere a las provincias se debe ir más a criterios funcionales y a un criterio de la demanda social en función de las causas reales que hay planteadas.
De hecho, en relación con la planta judicial, nos ha dicho el señor ministro que se han atendido con holgura las demandas de las comunidades autónomas, incluso más allá de lo que estas mismas solicitaban; pero esto, si bien es cierto en muchos casos, no lo es justamente para el caso de Cataluña que desde hace tiempo tiene competencias en el terreno de Justicia. Nos tememos que esto sea en beneficio a un posible traspaso de competencias a otras comunidades autónomas, porque ha perjudicado a Cataluña y esperamos que, de cara a próximos ejercicios, se tengan en cuenta las demandas que se haden desde la «Generalitat de Catalunya»; concretamente este año se solicitaba 38 órganos judiciales, sin contar los especializados en la violencia de género, y se han concedido 30, incluidos los especializados en estos casos. Desde Cataluña esperamos que en el próximo ejercicio se puedan cubrir estos déficit, porque se puede hablar de justicia eficaz y próxima al ciudadano, pero no hacerla efectivamente próxima y eficaz.
Al margen de esta cuestión de la planta judicial, y por lo que se refiere a la puesta en funcionamiento de estos nuevos juzgados, desde Cataluña no podemos dejar de expresar nuestro malestar por la no consideración del conocimiento de la lengua oficial y del derecho civil especial o foral propio de las comunidades autónomas como requisito, o al menos como mérito preferente, para la provisión de las plazas de estos nuevos juzgados, cosa que excluía de forma expresa la convocatoria del concurso para la provisión de estas plazas y que ha sido motivo de un recurso ante el Tribunal Supremo por parte de la «Generalitat de Catalunya». Por desgracia, éste no es más que un botón de muestra de la sistemática desconsideración del conocimiento de la lengua catalana en la provisión de plazas judiciales en Cataluña y éste no es un tema menor. Tenemos que resolver entre todos esta situación que de hecho discrimina negativamente a una parte de los ciudadanos en el momento de acceder a la Administración de Justicia. En este sentido quiero recordar que el pleno del Congreso de los Diputados aprobó, el pasado 1º de julio, tomar en consideración una proposición del «Parlament de Catalunya» para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial que introduce como requisito para el ejercicio la obligación de conocer la lengua y el Derecho civil propio de una comunidad autónoma por parte de jueces y magistrados y del conjunto del personal de la Administración de Justicia. El texto inicial de esta propuesta de reforma se ha remitido al Consejo General del Poder Judicial y, como diría Sancho, con el Consejo hemos topado nuevamente porque este organismo en su informe apunta una posible inconstitucionalidad de esta propuesta del «Parlament de Catalunya» de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, propuesta que esperamos ver prosperar, a pesar de todo, en estas Cortes, ya que el informe del Consejo no es vinculante. En este sentido han sido acogidos muy favorablemente en Cataluña, señor ministro, sus recientes declaraciones en Girona, en el marco de la Asamblea anual de la asociación de jueces y magistrados Francisco Vitoria, según las cuales esta es una iniciativa parlamentaria y es al parlamento al que corresponde en estos momentos dominar el curso del procedimiento. Es posible --afirmaba usted--, de acuerdo con la Constitución, promover la cooficialidad lingüística y el uso de las lenguas cooficiales, sin que ello suponga ningún desdoro ni de la unidad ni de la independencia en su conjunto del poder judicial, y sin que eso reporte efectos negativos a la estructura u organización del poder judicial. Esperamos que se ratifique también en estas palabras.
Nos congratulamos de sus explicaciones y del detalle que nos ha dado del desarrollo de los juzgados de lo mercantil, siempre teniendo en cuenta la salvedad de que quizás es prematuro sacar de estos datos una conclusión definitiva por lo que se refiere a lo que va a ser la realidad en los próximos meses de estos juzgados.
Muchas gracias, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Bofill.
Cierra este primer turno el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, el señor Marín Rite.
El señor MARIN RITE: Muchas gracias, señora presidenta.
Señorías, señor ministro, la forma en la que se ha producido la comparecencia casi ahorraría mi intervención, no obstante quisiera hacerlo con mucha brevedad para, en primer término, saludarle, darle la bienvenida a la Comisión, como siempre, y mostrar nuestra satisfacción por la comparecencia. Estamos conformes con la totalidad de su intervención y no porque estemos en la posición del grupo que apoya al Gobierno, sino porque realmente su intervención ha estado acompañada por datos objetivos, por números, por estadísticas que indican cómo la puesta en marcha de los juzgados de lo mercantil se está produciendo de una manera --diría yo-- muy razonable y muy de acuerdo con las previsiones de la ley. Tengo quizás una pequeña ventaja, y es que fui ponente de la Ley concursal, y alguna reflexión podríamos hacer algún día sobre las propiedades de las leyes. La Ley Concursal es nuestra ley; muchos socialistas trabajamos mucho en esa ley; podemos recordar ahora al senador Galán, a la senadora Camilleri, etcétera, y del trabajo conjunto de todos ellos y del trabajo del profesor Olivencia, del Gobierno y de otros muchos sale la Ley Concursal. Los juzgados de lo mercantil son nuestros juzgados de lo mercantil también. Por lo tanto, no podría yo entender esa especie que algunas veces aparece en el aire de que un gobierno trata peor las leyes que no son de su impulso. Algo de eso dicen las malas lenguas que ocurrió con el Código Penal. Pero eso no puede ni debe ocurrir.
La Ley Concursal y la Ley Orgánica que la acompaña que es la que trata el aspecto procesal de la reforma concursal, estableció unas cautelas que a mí me parecen fundamentales. La ley no sabía cuántos juzgados hacía falta, porque es muy difícil saber eso en materia de justicia --por lo menos es difícil saberlo en un momento determinado-- y la Ley Concursal dejó abierta la competencia territorial y la competencia objetiva
--fíjese que curioso, pues esto no ocurre casi en ninguna ley--. Si examinamos la Ley Concursal comprobamos que la ley habla de juzgados de una provincia, de juzgados de un partido judicial, de dos partidos judiciales, de dos provincias; es decir, la propia Ley Concursal deja abierta la competencia territorial, y lo hace conscientemente. En la exposición de motivos y en el debate parlamentario, como no podía ser de otra forma, salió este asunto. Pero al mismo tiempo, la Ley Concursal deja abierta la competencia, incluso, objetiva. En el dictado de competencias hay materias que no son concursales y quedan fuera de la competencia materias que sí son concursales. También es una posición intencionada de la ley. La ley en esto adopta una posición de prudencia y deja la competencia abierta para ir viendo --como también ha dicho el ministro-- cuáles van a ser las necesidades de la implantación. Y las necesidades concursales, las necesidades de enjuiciamiento concursal de los distintos territorios nos darán en realidad lo que hace falta. No tendría sentido ir a la creación de nuevos juzgados en un lugar donde hay una cantidad muy pequeña de asuntos --y convertiríamos el juzgado en una especie de magnífico balneario--y en otros lugares no crearlo, cuando realmente el juez está desbordado por el trabajo.
Me gustaría saber --no sé si será posible en estos momentos-- la comparación de la carga y de la pendencia --si es posible hablar de pendencia en un juzgado recién creado-- en los juzgados de lo mercantil y en el resto de la Administración de Justicia española. Este será un dato que más adelante, sin duda alguna, manejaremos.
En definitiva, el desarrollo de la Ley Concursal ha sido afrontado por el Gobierno con absoluta lealtad, prontitud y eficacia y los caracteres abiertos que este asunto tiene --y que ya la Ley Concursal preveía que debían quedarse abiertos-- son en definitiva una muestra de prudencia que nos puede llevar a que en el futuro tengamos la planta adecuada a la realidad y a las necesidades de la Justicia concursal. Por otra parte, en ello tenemos que estar todos de acuerdo, teniendo en cuenta las carencias generales del sistema de Administración de Justicia española, donde si hay algo que no se puede hacer es, sin duda alguna, despilfarrar.
Nada más y muchas gracias. (La señora España Moya pide la palabra.)
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Marín Rite.
Tiene la palabra la señora España.
La señora ESPAÑA MOYA: Disculpe, quería preguntar a la presidenta si no va a haber un turno de intervención de los demás senadores.
La señora PRESIDENTA: Señora senadora, cuando termine el turno de réplica de los portavoces de los grupos se dará la palabra a los senadores que quieran hacer algún comentario o alguna aclaración al ministro.
La señora ESPAÑA MOYA: Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: El señor ministro tiene la palabra.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Muchas gracias, señora presidenta.
Agradezco a todos los intervinientes y a los portavoces de los distintos grupos parlamentarios sus consideraciones, y, de nuevo, reitero la mejor disposición del Gobierno a trasladar cuantas veces haga falta la documentación, sea en comparecencia en este acto formal, sea por escrito, que es el modo en que se sustancia la mayor parte de la información que el Gobierno puede y debe proveer a los miembros de las dos Cámaras en nuestro Parlamento para así ayudar al mejor cumplimiento de su función representativa. Por lo demás, los datos que en esta ocasión pueden ilustrar el conocimiento de los miembros de esta comisión son de acceso general y universal por su definición. Son datos suministrados por la Sección Estadística del Consejo General
del Poder Judicial en un informe que está al alcance de cualquiera imprimir o conseguir por cualquier fuente de conocimiento, desde luego la informática, y son los que, en definitiva, pueden ir en el curso del tiempo abasteciendo y nutriendo el razonamiento político que debe inspirar la acción en lo sucesivo. Pero como creo que es obligado, en el segundo turno saldré al encuentro de algunas de las consideraciones que se me han puesto de manifiesto.
En primer lugar, quiero agradecer al portavoz del Grupo Parlamentario Popular el tono cordial y constructivo, así como su ofrecimiento. Quiero señalarle que la consideración que ha hecho con respecto a que toda legislatura produce un trabajo que a partir de su inserción en el «Boletín Oficial del Estado» es patrimonio común de todos los españoles, es la mía, es la convicción con la que trabajo todos los días, y de hecho es el estilo que intento imprimir a mi propia acción política ahora en el Gobierno, como en los cuatro años anteriores, los primeros en los que tuve el privilegio de ser miembro del Congreso de los Diputados en la oposición. Así se lo hice presente a lo largo de toda la legislatura a los sucesivos ministros de Justicia del Gobierno del Partido Popular con los que tuve el privilegio de mantener interlocución y, en la medida de nuestras posibilidades, también colaboración. Creo que se puso de manifiesto en el seno de lo que se denominó el Pacto para la Reforma de la Justicia, pero además de eso, que no es poco, en todo lo demás, y además creo que es obligado. Por tanto, es bueno escuchárselo a usted, portavoz del Grupo Parlamentario Popular, porque yo me he visto en la situación en las últimas semanas de tener que recordar a su grupo que las legislaturas no están para ser inútiles ni para ser estériles, ni muchísimo menos para apostar expresamente por ello, que la acción política de ningún grupo parlamentario en una democracia pluralista puede estar inspirada por el principio de cuanto peor, mejor, toda la legislatura tiene el deber con la ciudadanía de satisfacer una agenda y resolver problemas, lo cual es perfectamente compatible con la acción Gobierno-oposición que expresa la dinámica política en esa democracia pluralista.
Ha hecho una consideración respecto a que este acto parlamentario cumple su cometido de informar más allá del formato de debates que ahora va abriéndose paso en la televisión pública. Ello me brinda la ocasión de recordar que la televisión pública, a mi juicio, debe cumplir esa función más que ninguna otra y, desde luego, más que ninguna otra televisión. Por tanto, no expresaré ningún reproche al hecho, que creo que debemos celebrar, de que no por casualidad, al hilo de las coordenadas políticas de esta legislatura, esté recuperándose el debate para la televisión pública, que es una función esencial en la democracia; no expresaré ningún reproche ni ninguna consideración adicional respecto de las limitaciones que inevitablemente tienen los formatos en los debates televisivos, tan constrictivos en materia de tiempo y de puesta en escena. Pero creo que aún así, con todas las limitaciones y con todo el rechazo o la reluctancia que nos puedan producir algunos de los aspectos de la puesta en escena y de los formatos de los programas de televisión, inevitablemente tan constrictivos y tan estresantes en tantos sentidos, ésa es la función que debe cumplir la televisión pública en acompañamiento de la política que se ejerce en las instituciones.
Precisamente por ello creo que está bastante fuera del sentido común intentar cargar la tinta en el tipo de debate que pueda producirse en los medios de comunicación en desdoro de la política representativa institucional, porque es aquí donde debe tener lugar la verdadera interlocución entre el Gobierno y el Parlamento y, desde luego, de los grupos parlamentarios entre sí.
Le digo, por tanto, que esa colaboración positiva será bienvenida. Yo la voy a buscar, se lo dije la pasada semana al portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en materia de Justicia, porque él insistía, con motivos que seguramente ahora no vienen a cuento, en que lo diera por desconvocado de cualquier interlocución en el resto de la legislatura. Me parece que esos estrambotes en la política democrática tienen poco sentido, que estamos abocados a encontrarnos y desencontrarnos; a mí me sucedió, como portavoz en la oposición, en la pasada legislatura y creo que la obligación es sobreponerse a los puntos de desencuentro para acudir a los puntos de encuentro. La Ley Concursal es una manifestación de que la legislatura pasada obró un trabajo, no es el único, hay otros muchos de los que he tenido reconocimiento. Así pues, no se me podrá imputar no haber reconocido o saludado los activos en el haber de los equipos anteriores en el Ministerio de Justicia durante los años de Gobierno del Partido Popular, es la obligación de todo buen demócrata e incluso del estilo más elemental que se le debe al respeto y al decoro de la acción política, por tanto le agradeceré por anticipado, como el otro día le dije igualmente al portavoz del Grupo Parlamentario Popular, esa colaboración que es necesaria para ir evaluando los datos de la realidad, intentando proveer las respuestas adecuadas.
Ya he completado la pregunta en relación con la implantación de los juzgados de lo mercantil, y puedo comentarle que, efectivamente, estos datos, que son públicos y que no tengo ningún inconveniente en ponerle de manifiesto por escrito cuanto antes, nos están señalando que la mayor parte de los juzgados que han recibido competencia en materia mercantil reflejan índices de actividad muy bajos. Algunos de ellos dibujan un pico en alza sobre el que habrá que permanecer atento para ver qué tiene de representativo algún problema que merezca respuesta. Quizá el tiempo de implantación no es lo suficientemente largo como para ser representativo, de hecho este dato lo reconoce el propio Consejo General del Poder Judicial en la introducción de esta versión estadística, de la impresión de todas las tablas y datos estadísticos disponibles hasta el momento en la Sección de Estadística del propio Consejo General del Poder Judicial.
El propio Consejo manifiesta que será necesario disponer de datos de una sucesión de trimestres para poder sacar conclusiones válidas de lo que por el momento no es un seguimiento suficientemente representativo, teniendo en cuenta que el único mes enteramente analizado en todas las provincias, en todas las demarcaciones, es el de septiembre. Lo que sí señala el Consejo General del Poder Judicial es que, a la vista de los datos obtenidos, no se infiere como consecuencia que está en
la capacidad de propuesta del Consejo General del Poder Judicial la demanda de nuevos órganos especializados en materia mercantil, como prueba el hecho de que el propio Consejo General del Poder Judicial, a la hora de adelantar las previsiones en lo que se denomina la relación de necesidades para la Administración de Justicia, no está considerando la materia mercantil como una materia requerida de incremento de la planta, lo que tendré oportunidad de singularizar en el caso de Cataluña, que ha puesto énfasis en este elemento.
Como digo, hay algunas demarcaciones en las que, efectivamente, se compatibiliza la materia mercantil con la materia civil en un juzgado de primera instancia, que recibe la encomienda en materia mercantil por parte del Tribunal Superior de Justicia, en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y, sin embargo, se observan cifras de mayor alcance. Sería el caso del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Granada, que contempla 14 asuntos; el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Zaragoza, que contempla 60 --es una cifra importante--; el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid, que contempla 25, o el Juzgado de Primera Instancia número seis de Badajoz, que contempla 12.
Del resto, salvo que quieran que les diga la relación completa --no creo que sea necesario--, no veo ninguna cifra equiparable a éstas. La mayor parte de ellas son cifras muy manejables que, lógicamente, marcan una diferencia con respecto de aquellos juzgados especializados exclusivamente en lo mercantil. Evidentemente, son los juzgados de lo mercantil los que han podido contemplar un volumen de asuntos que la mayor parte de los casos puede rayar en la veintena, en otros casos en la treintena, como es el caso de los Juzgados de lo Mercantil especializados números 1, 2 y 3 de Barcelona, con jurisdicción exclusiva en lo mercantil, o el de Palma de Mallorca, también cerca de la treintena. Como digo, hay que tener en cuenta que están especializados en lo mercantil y, por tanto, avocan toda la competencia de asuntos y de concursos de la respectiva demarcación. Por lo tanto, no es extraño ni resulta preocupante su proyección con respecto de lo que pueda ser el curso de la anualidad.
Me pregunta el senador Conde sobre la previsión de aspirar a implantar juzgados de lo mercantil en cada provincia de España. Mi respuesta, bienintencionada, sería que ojalá pudiésemos implantar juzgados especializados en todos los ámbitos de especialización imaginables.
Lógicamente, trabajando como lo hacemos, con recursos limitados, tenemos que ordenar prioridades, pero en principio, ni el propio Consejo General del Poder Judicial ni las comunidades autónomas lo demandan, y no parece razonable que trabajando con recursos limitados y con una previsión de 250 nuevas unidades judiciales para un ejercicio presupuestario sucesivo
--creo que es la previsión de incremento de la planta más notable que recordamos desde los años ochenta--, dedicásemos tal volumen de recursos a la implantación de unos juzgados de lo mercantil que, inevitablemente, porque todo en economía es así, perjudicaría la atención a la demanda de atención especializada y, por supuesto, de otros órdenes de la jurisdicción.
Las demarcaciones de la justicia requieren también crecimiento en materia social, en materia de juzgados de instrucción, de primera instancia e instrucción y, por lo tanto, hay que prever todas esas perspectivas en conjugación con los de la especialización mercantil.
Como digo, siempre hay un acento político en la medida en que la España autonómica requiere ese esfuerzo cuando la comunidad autónoma, con competencias asumidas en materia de Justicia, ha hecho esa apuesta específica y se la ha hecho saber al Gobierno, que tiene que cumplir también su parte del trabajo. Ese puede ser manifiestamente el caso de Navarra con el Juzgado de lo Mercantil especializado en Pamplona, cuya previsión de crecimiento se espera para el próximo año. ¿Por qué? Porque es una comunidad autónoma uniprovincial que, efectivamente, tiene competencias asumidas en materia de Justicia, porque así lo ha pedido y porque así se lo ha hecho llegar al Gobierno que, en el ejercicio de su autonomía política y del margen de maniobra de que dispone legítimamente, ha hecho esa priorización.
Sin embargo, debo decir en honor a la verdad que, desde el punto de vista cuantitativo, tampoco se justifica por el volumen de asuntos de que entiende la jurisdicción mercantil en Navarra, que es muy pequeño, muy por debajo del módulo, muy por debajo de 280, pero en la medida en que Navarra ha hecho una apuesta política muy insistente y ha asumido su parte de responsabilidad por esa apuesta política, lo que inevitablemente puede perjudicar la implantación de otros órganos en otros órdenes de la jurisdicción o especializados en otros ámbitos, por la colaboración interinstitucional que nos debemos en el Estado autonómico parece ineludible atender esa petición, a la vista también de la singularidad que plantea una comunidad autónoma uniprovincial.
¿Por qué decimos esto? Porque creo que en este foro, en una comparecencia que permite un cierto margen para la reflexión, conviene llamar la atención sobre la importancia de intentar evitar, poniendo todos de nuestra parte, la irracionalidad en política, y la irracionalidad, como ustedes saben muy bien, señorías, es un frecuentísimo instinto en la política. Me refiero al hecho de plantear demandas que no se sostienen de manera racional por alguna razón simbólica que acaba prendiendo con fuerza en el conjunto de la ciudadanía, a menudo también en los medios de comunicación, o se agita de manera artificiosa, pero que no se sostiene racionalmente. Yo diría que con los juzgados de lo mercantil estamos obligados a tener especial cuidado de no permitirnos la indulgencia de deslizarnos en la irracionalidad a la hora de administrar recursos escasos, porque hemos escuchado algunas demandas, sin que con ello se acompañe ningún acento deslegitimador ni descalificador, que han tenido tintes de irracionalidad, demandas en las cuales supuestamente en una capital de provincia, por razones de prestigio, por razones simbólicas, porque tiene algún otro órgano, porque el colegio de abogados ha escrito un manifiesto, porque eso se ha publicado en todas las páginas de los periódicos, es absolutamente imprescindible e ineludible instalar un juzgado de lo mercantil, cuando lo cierto y real es que en absoluto los datos de la realidad ponen
de manifiesto esa demanda. Por tanto, sin perjuicio, como digo, de la prevención que debemos tener con respecto de esa espiral, que puede llevarnos a menudo a soluciones antieconómicas o de escasa justificación en términos objetivos, parece que en el caso de Navarra puede y debe ser atendido.
Pasaré a comentar también alguna otra cuestión que se me ha planteado en los distintos turnos, en particular por parte del portavoz del Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, relativa a la previsión de crecimiento para Cataluña. A ese respecto, la apuesta de crecimiento de 250 nuevos órganos judiciales para el año que viene contempla de manera bastante satisfactoria la demanda planteada por Cataluña. También desde luego la planteada por el Tribunal Superior de Justicia y por el propio Consejo General del Poder Judicial para Cataluña, de manera que este es uno de los casos de correspondencia y de satisfacción al cien por cien.
No quiero decir con ello que se satisfaga al cien por cien las necesidades de justicia de Cataluña, sino que en este esfuerzo de interlocución razonada, siendo Cataluña consciente de las limitaciones presupuestarias, del esfuerzo que la propia Cataluña tiene que aportar para crecer --consideraciones también al portavoz del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, que ha preguntado en relación con las necesidades de justicia de Cataluña--, teniendo en cuenta que hace falta una inversión conjugada tanto por parte de la Generalitat como por parte del Gobierno, la previsión de crecimiento de nuevos 32 órganos judiciales para Cataluña el año próximo viene a atender la demanda planteada.
Teniendo en cuenta que la satisfacción de la implantación de los juzgados de lo mercantil en primera hornada resultaba bastante adecuada, no ha existido una demanda de incremento de especialización de lo mercantil en Cataluña. Por tanto, no existe una previsión inmediata de crecimiento, sin perjuicio de que en lo sucesivo pueda atenderse esa demanda según se vaya planteando.
Por otra parte, planteaba la consideración relativa a Navarra, y creo que acabo de dar una explicación a ese propósito.
Con respecto a un asunto que no es central en esta comparecencia, que es el relativo a las lenguas cooficiales vinculado al texto que en estos momentos se encuentra en tramitación en este Parlamento, debo decir al respecto que, por supuesto, respeto las iniciativas que el Parlamento decide tramitar y tomar en consideración, así como el trabajo que hagan los grupos parlamentarios, pero desde luego sostenemos la convicción de que el Estado autonómico, con todos sus mimbres, nos está mandatando, a los que tenemos responsabilidades políticas, a hacer un continuo ejercicio de integración a la búsqueda de soluciones razonables. Eso en lo que respecta a la ordenación de las competencias, a la aportación de recursos, a las previsiones presupuestarias, y también en el manejo de una cuestión tan sensible como es la cooficialidad lingüística. Es un dato inexorable del Estado de las autonomías que se recoge en el artículo tres de la Constitución, al referirse a las lenguas que los estatutos decidan reconocer como cooficiales en su respectivo ámbito. Por tanto, adquieren un estatus que debe ser validado en los distintos desarrollos del ordenamiento jurídico porque, de otra forma, la cooficialidad de esa lengua sería virtual y carente de contenido. Creo que eso hay que respetarlo, y estoy profundamente convencido de ello. Y además estoy convencido desde el punto de vista constitucional. No tengo ninguna duda de que eso es posible sin perjuicio de la unidad e independencia del Poder Judicial, aquí y en todos los países donde existe cooficialidad lingüística. La unidad esencial de la jurisdicción, que es la que en definitiva garantiza un ordenamiento jurídico regido por una fuente suprema, que es la Constitución, que garantiza la interpretación conforme a unos mismos principios y respetando derechos fundamentales, que son tales para todos los ciudadanos independientemente de su lugar de residencia, nos está obligando a que la cooficialidad lingüística tenga presencia, es decir, no sea solamente una invocación virtual, «un flatus vocis», y habría que buscar soluciones para ello. Creo que eso es perfectamente posible. Nos hemos comprometido a trabajar en ello, y yo he dicho que uno de los propósitos de esta legislatura en materia de Justicia es el del impulso a la España autonómica, lo que significa completar el mapa de traspasos con respecto a aquellas comunidades autónomas que, siendo titulares de importantes competencias, no las ejercen todavía. Este hecho debe preocuparnos a todos porque, además, es bastante sintomático de males de una cierta profundidad en la Administración de Justicia. Creo que es muy sintomático de que la Administración de Justicia tiene problemas que deberían preocuparnos a todos, como puede ser el que comunidades autónomas, que son las legítimas propietarias de esas competencias y atribuciones en sus estatutos de autonomía no las quieran ejercer. Repito que esto es muy sintomático aunque me parece que se subraya poco. Se subraya muy poco que es revelador que las comunidades autónomas, que tienen importantes competencias en materia de Justicia, estén haciendo, desde hace ya unos cuantos años, todo lo posible para no ejercerlas. Me parece muy revelador y creo que ahí hay materia como para preocuparse. Tenemos que ir a una ordenación razonable de la distribución de competencias que incremente esa capacidad de colaboración en el ejercicio de las competencias propias, pero también de cumplir la Constitución, por supuesto, en lo relativo a los tribunales superiores de Justicia y en lo relativo a la cooficialidad lingüística. Por tanto, sin ser este asunto el central de esta comparecencia, tenga por seguro, señoría, que vamos a trabajar constructivamente para buscar soluciones que resulten satisfactorias.
Finalmente, quiero expresarle al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista mi gratitud y reconocimiento por el tono que ha empleado y por su disposición para completar los datos cuantitativos disponibles por escrito acompañados de toda la documentación. Se revisará la apreciación política que nos merecen estos datos en la medida en que vayan evolucionando y resulten más fiables, es decir, tengan una mayor consistencia en lo que tengan de revelador del curso de los acontecimientos, de la dirección de las cosas que requieren una respuesta. Pero ya le adelanto que estaremos disponibles para ir adoptando las
soluciones flexibles que la realidad nos vaya imponiendo. Y para ello les digo que voy a intentar impulsar de verdad esa conversación necesaria con las comunidades autónomas respecto de la que ya ha habido manifestación en dos ocasiones sucesivas en la Conferencia Sectorial. Dar satisfacción al cien por cien a las demandas de todos es algo que resulta imposible ni tenemos por qué aspirar a ello, pero sí debemos aspirar a que buscando consensos básicos nos vayamos comprometiendo a ir cooperando y poniendo en común las posibles soluciones en una materia tan delicada, movediza y de tan difícil manejo desde el punto de vista político precisamente por la pluralidad de actores e instituciones que son necesarios para que las soluciones lleguen a plasmarse en la realidad.
Gracias.
El señor PRESIDENTA: Gracias, señor ministro.
En turno de portavoces tiene la palabra el senador señor Conde.
El señor CONDE BAJEN: Muchas gracias, señora presidenta.
Señor ministro, vuelvo a agradecerle los datos que me proporciona, pero lamentablemente, y tal y como sospechábamos, efectivamente hay juzgados de primera instancia que tienen de por sí una carga de trabajo propia de su función como tales juzgados de primera instancia --insisto en ello--, juzgados que han visto sobrecargado su trabajo por su compatibilidad con juzgados de lo mercantil. Y el señor ministro ha proporcionado a la Cámara los datos, el más espectacular de todos ellos el de un Juzgado de Primera Instancia de Zaragoza con 60 concursos en un año.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Si me permite, señor Conde, no quiero interrumpirle, pero quizá sea oportuno que le diga que me han pasado una nota en la que se me corrige a la baja ese dato que está, efectivamente, en la estadística que manejo. En lugar de esa cifra es la de 45, de los cuales uno es un concurso. Quizá estos datos deban ser afinados, cosa que averiguaré, pero en todo caso sigue siendo un dato elevado y preocupante.
La señora PRESIDENTA: Es una interrupción, pero parece que va con el diálogo que mantienen sus señorías esta mañana.
El señor CONDE BAJEN: No, señora presidenta, no tengo ningún inconveniente. Esta comparecencia interactiva también puede ser productiva. Le agradezco al señor ministro la interrupción. Yo no dirijo los debates, lo hace la señora presidenta, pero al menos a este portavoz que tiene el gusto y el honor de hacer uso de la palabra en este momento le sirve, sin duda, puesto que lo que queremos son datos.
En todo caso, señor ministro, reconocerá que la nueva cifra que usted me proporciona es cuatro veces la media de la que nos había proporcionado anteriormente, y creo que alguna conclusión debería manifestar el ministro, o por lo menos un comienzo de decisión, una preocupación o el anuncio de una intención en relación con casos precisamente como éste, que es justamente lo que le pedíamos, señor ministro. ¿Sería razonable que en Zaragoza hubiese un juzgado de lo mercantil específicamente dedicado a asuntos estrictamente mercantiles y concursales a la vista del dato que se nos ha proporcionado? Pues parece evidente que sí ante el simple enunciado del dato. Y agradeciéndole los datos, señor ministro, nos ha faltado ver cuál es el ánimo del Gobierno en orden a solucionar lo que, obviamente, es un problema.
Señor ministro, hay también otra cuestión que considero importante. Su señoría se ha referido a cómo se ha creado una cierta demanda social, a cómo ha habido una pretensión por parte de distintas localidades, comunidades autónomas y provincias a tener juzgados de lo mercantil, cuando, según el Gobierno, no existe una carga objetiva de trabajo que justificase la implantación de tales juzgados. Pero, señor ministro, en mi opinión hay un elemento fundamental, que es la especialización de los jueces. Cuando se aprobó esta ley, se hizo especial hincapié en que sería una jurisdicción especializada, en que los jueces y magistrados que cubrirían esas plazas no serían cualesquiera jueces o magistrados, sino que serían jueces específicamente formados para esa función. Eso, naturalmente, ha generado una cierta demanda social respecto de contar con esos especialistas. Si se dice que el conocimiento de esta legislación nueva por parte de jueces especialistas va a proporcionar una mayor seguridad jurídica a los acreedores para el cobro, a los empresarios para no tener que liquidar sus empresas, a los trabajadores para no verse incursos en procedimientos de regulación de empleo, y todo eso se fundamenta --insisto en ello-- en la específica preparación de los jueces para afrontar este tipo de asuntos, parece muy lógico que todo el mundo quiera contar con ese tipo de especialistas.
Y permítaseme hacerle un comentario al portavoz señor Bofill, comentario que le hago más que nada porque forma parte del grupo político que sustenta al Gobierno. Decía su señoría como queja, y me parece extraordinariamente legítimo, que no se había tenido en cuenta la específica formación de los jueces que cubren los juzgados de lo mercantil en Cataluña según el Derecho Foral catalán. Este comentario de su señoría, lo repito, es muy legítimo, pero volviendo ese argumento por pasiva parece muy lógico que un señor de Toledo quiera tener un juez de lo mercantil especialista en lo mercantil. Y según ese mismo criterio que se expone por parte de la Entesa, extensivo, no al Derecho Foral, sino al específico Derecho Mercantil, es también lógico que todo el mundo quiera participar del mismo criterio. Señor ministro, probablemente ésa sea la causa por la que en una provincia como Cuenca, donde a lo mejor resulta que el número de concursos al año no sube de tres, se quiera tener a un especialista ocupándose de esos tres concursos que puedan existir en su provincia. ¿Somos los políticos los responsables de haber creado esa demanda social? Muy probablemente. ¿Hemos elevado tanto la confianza de los ciudadanos respecto de la especialización que ahora los ciudadanos reclaman especialistas para resolver
este tipo de litigios? Muy posiblemente. Pero, claro, hay un dicho popular que se me permitirá recordar ahora: El que rompe, paga. Es decir, paga y se lleva los cascotes a su casa. Si es la política la que ha generado esa demanda y esa expectativa social, será la política la que tenga que arreglar esa demanda social generada.
Señor ministro, yo sólo pido que se reflexione sobre el particular, sobre el afán legítimo de los ciudadanos de poder gozar del mismo nivel de prestación del servicio público de la Justicia en cualquier punto del territorio nacional, sea ese punto una provincia o sea un partido judicial, pero que al menos sea accesible, sea cual sea el ámbito jurisdiccional que se cree, pero, insisto, que lo sea por todos los ciudadanos españoles con un criterio de igualdad constitucionalmente impuesto, y desde luego, irrenunciable por parte del Partido Popular.
He terminado de hablar sobre el tema de los juzgados de lo mercantil estrictamente, pero se han hecho una serie de consideraciones en virtud de las cuales espero me permitan la Presidencia, el señor ministro y mis colegas que haga alguna mención al respecto. ¿Quién tiene el «copy right» de una ley? ¿A quién pertenece? Pues en mi opinión pertenece al pueblo soberano, que es el que la aprueba. Sin duda, el Gobierno tiene una determinada iniciativa al respecto, las Cámaras, como representantes de la nación, son las que convierten esa voluntad de regulación en una norma de obligado cumplimiento, pero sin duda se puede reconocer a las personas que específicamente trabajaron sobre el particular un especial patrocinio, por decirlo de alguna manera, entre otros el señor Marín Rite, a quien evidentemente se reconoce dicho patrocinio.
No obstante, señor Marín Rite, el asunto no es tal y como usted lo enuncia. Lo que a nosotros nos llamaba la atención, y nos la sigue llamando, es esa causa general contra la legislación de las dos últimas legislaturas manifestada, por ejemplo --y tendremos ocasión de hablar de ello a continuación--, respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Decía su señoría que la nueva Ley Concursal fue fruto de un pacto y que, en consecuencia, es de todos, pero también la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial fue fruto de un pacto en el que ustedes participaron, y no habiendo trascurrido aún un año de legislatura, mire dónde estamos y cómo estamos. Así pues, parece que efectivamente hay cierta tendencia por parte del partido político al que pertenece el Gobierno a desdecirse de sus pactos.
¿Qué podríamos decir sobre el particular al propio ministro de Justicia, autor, patrocinador, impulsor y uno de los principales artífices del Pacto por la Justicia en la pasada legislatura, pero que también fue quien rompió dicho pacto en dicha legislatura? Y aquí enlazo con su manifestación hecha en relación con el portavoz del Grupo Parlamentario en el Congreso de los Diputados en la Comisión de Justicia, señor Astarloa. Usted decía, señor ministro --y no recuerdo exactamente el adjetivo que usted empleó--, que no es admisible que se rompan los puentes de colaboración con el Gobierno. Puede que tenga usted razón, pero esto no es coherente con su propia postura, porque usted denunció el Pacto por la Justicia en la pasada legislatura.
No sé si fue usted solo o en compañía de otros el responsable de la ruptura del Pacto por la Justicia en una actitud que a mí me parece lamentable, aunque tiendo a pensar que la hoy día vicepresidenta del Gobierno es fundamental responsable de aquel zapatazo encima de la mesa, zapatazo, eso sí, de tacón de marca para poder salir en el «Vogue». Señor ministro, volvemos a una crítica que ya he hecho en la Cámara en otras ocasiones y que me voy a aburrir de repetir en lo que queda de legislatura, y es su pretensión en un afán, siguiendo probablemente a las escuelas marxistas del Derecho, de uso alternativo del Derecho, de que haya cosas que valen cuando ustedes están en la oposición que, sin embargo, no valen cuando están en el Gobierno. En un caso valen ciertas cosas que no valen en otro. Cuando ustedes están en la oposición resulta que se pueden permitir el lujo de romper un Pacto por la Justicia porque sí, porque toca celebrar elecciones a la vuelta de unos meses, pero cuando están en el Gobierno exigen e imponen, porque si no descalifican, la necesidad de ese pacto.
Señor ministro, nosotros estamos en la mejor de las disposiciones, salvo que nos echen de la posibilidad de un consenso. Aludía usted, sin citarla, a la causa a la que obedece todo esto. Obviamente, si el Gobierno acusa al Grupo Parlamentario Popular de haber promovido nada menos que un golpe de Estado en Venezuela, comprenderá que la disposición para sentarse en una mesa es bastante limitada por parte de quien recibe semejante descalificación, sobre todo cuando no se dan excusas ni explicaciones cumplidas por parte de quien lanza semejante ataque.
Y aquí enlazo también con otra cuestión. Dice usted que la televisión pública debe dedicarse a promover el debate. Sin duda eso es algo que nos parece perfecto; pero el problema no está en quién organiza el debate, sino en que, quien acudiendo a ese tipo de debates, da información en esos programas de televisión que, sin embargo, hurta a las Cámaras. En este asunto concreto el problema no está en la directora general de Televisión, ni en el presentador del programa, sino, como digo, en quien acude allí a decir en ese lugar lo que luego no dice donde debe hacerlo y sin respetar la preeminencia que entendemos tienen las Cámaras en nuestro sistema constitucional. Y dice también que hay un formato constrictivo.
Señor ministro, realmente a muchos de ustedes no sólo no se les nota constreñidos, sino tremendamente desahogados, y menos mal que sólo son 59 segundos, porque de lo contrario, si fuese menos constrictivo, no me cabe duda de que terminaríamos siendo el toro que mató a Manolete.
En cualquier caso, esto ha sido una digresión sobre ciertos temas introducidos por el propio ministro. Por mi parte quiero terminar agradeciendo al ministro los datos que nos ha proporcionado e instándole a que reconsidere la cuestión que hemos planteado, el legítimo afán de los ciudadanos de disfrutar de magistrados especialistas en un orden nuevo en el que hemos depositado muchas esperanzas quienes nos sentamos a este lado de la mesa, es decir, los políticos respecto de los ciudadanos, y que seamos capaces de poder satisfacer tales demandas, que seamos capaces de
no defraudar esas expectativas en una nueva legislación y de organizar la prestación del servicio público de Justicia en condiciones de igualdad para todos los ciudadanos de España, cualquiera que sea su lugar de residencia.
Muchas gracias, señora presidenta, y gracias también a usted, señor ministro.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Conde.
¿Senador Bofill, desea hacer uso de su turno?
El señor BOFILL ABELLO: Sí, señora presidenta. Deseo precisar mi acuerdo con el señor ministro en lo que se refiere al tema de la racionalidad y a la distribución de los juzgados. En este sentido iba justamente mi intervención respecto de la adscripción provincial.
Consideramos que existe un problema político y un problema de racionalidad, y debemos conjugar ambas cosas. Nosotros pensamos que estamos en un Estado autonómico en el que la preeminencia está en manos de las comunidades autónomas, y por tanto, a la hora de considerar la creación de nuevos juzgados se debe tener en cuenta, como mínimo, ese criterio político, es decir, que se garantice que si existe una demanda en una comunidad autónoma, ésta realmente se cubra. Por ello, y aun estando lejos de nuestra adscripción política, hemos puesto el ejemplo de Navarra, pues no se trata de un tema de adscripción política, sino de concepción del Estado. Pensamos que en el Estado de las autonomías se debe actuar así.
En cambio, y por lo que se refiere a las provincias, consideramos que el proceso es distinto, pues en nuestra opinión debe primar dentro de cada comunidad autónoma el tema de aquellas plazas en las que hay una demanda social mayor, donde realmente existe la posibilidad de que se sustancien más casos. Nosotros no estamos a favor de que se creen, por ejemplo, siete juzgados de lo mercantil en la provincia de Barcelona, que es la demanda de la Generalitat, ni de que todo se concentre en la ciudad de Barcelona cuando resulta que seguramente hay un volumen de casos muy importante en la periferia de dicha ciudad y en una serie de ciudades también muy importantes, donde quizá deben radicar estos juzgados.
Incluso quizá sea más importante que dichos juzgados radiquen en alguna de esas ciudades que en otra capital de provincia, y no me refiero sólo a nuestra comunidad autónoma.
Es decir, que por un lado el criterio político debe ser el de las comunidades autónomas, y por otro, debe existir también un criterio de racionalidad. Evidentemente supongo que todos querríamos que en cualquier parte hubiera, con la máxima proximidad posible, un juzgado especializado, pero es evidente que existe un problema de economía. Así pues, en la medida en que la disponibilidad de medios lo permita, se debería tener en cuenta la demanda social.
Por lo que se refiere al uso de las lenguas cooficiales, es cierto que quizá ésta sea una cuestión que he sacado al margen del tema central objeto de esta comparecencia, pero quiero recordarles que el mismo nunca queda al margen, pues en toda actuación judicial se plantea este problema. En el momento en que se crean los juzgados de lo mercantil se convocan unas plazas, y en el concurso de la convocatoria de plazas de jueces no se tiene en cuenta esta cuestión. Esto es algo que sucede una y otra vez, y por tanto, desgraciadamente nos vemos obligados a jugar un papel que a veces también nos resulta molesto y que consiste en insistir siempre en las mismas cosas respecto de las lenguas cooficiales hasta el punto de que algunas de sus señorías pueden llegar a decir que ya estamos otra vez con el tema de las lenguas cooficiales. Pero, insisto, esto es algo de lo que no nos vamos a salvar si no damos a este problema una solución. Por ello agradezco las palabras del ministro en el sentido de reafirmar su posición, su convicción, su compromiso de promover la cooficialidad lingüística, porque en la medida en que este asunto se resuelva, dejaremos de hablar de él y quizá nos podremos concentrar en otras cuestiones más sustanciales respecto a la Administración de Justicia. Pero hemos de tener en cuenta que es básico que en la Administración de Justicia el uso de las lenguas esté bien regulado, entre otras cosas porque, por ejemplo, en la vida económica y mercantil en Cataluña es habitual el uso del catalán no sólo en la lengua oral, sino también en documentación escrita; por lo tanto, es importante que los jueces que vayan a ocupar estas plazas estén cualificados también en este terreno, es decir, que no sólo estén muy especializados en el Derecho Mercantil, sino que también deben poder acceder fácilmente al conjunto de la documentación procesal. Esto nos parece básico, por lo que esperamos resolverlo favorablemente para no tener que ser tan pesado por mi parte en este tema.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Bofill.
Señor Marín Rite, ¿quiere hacer uso de su turno?
El señor MARIN RITE: Brevísimamente, señora presidenta, un minuto.
El portavoz del Grupo Parlamentario Popular al final no ha podido evitar sacar a relucir ese impulso juvenil envidiable que atesora. Pero después de este reconocimiento quiero decirle dos cosas nada más y muy brevemente.
Una. Ningún afán de apropiación de ley, sencillamente quería poner de manifiesto que en la Ley Concursal trabajamos todos, que nos sentimos reconocidos en la ley, que también tuvimos discrepancias y que hicimos algunas aportaciones --las hizo esta Casa, como siempre, esta Casa que siempre mejora las leyes--. Le voy a poner un ejemplo muy breve. En el proyecto primitivo de la ley orgánica de acompañamiento desaparecía el artículo 260 del Código Penal, es decir, la ley se cargaba la insolvencia punible. Pues bien, desde aquí enviamos a los compañeros que estaban trabajando en el Congreso una petición de reflexión para que se tuviese en cuenta que cuando en todo el mundo --fundamentalmente en Estados Unidos y en Japón, debido a una serie de grandes escándalos en esta materia-- se estaban endureciendo las legislaciones correspondientes, aquí estábamos desarmándonos y quitando la insolvencia punible. Fue entendida esa reflexión que desde aquí se hacía, se llevó a la ponencia del Congreso y volvió a aparecer el artículo 260 del Código Penal. Quiere ello decir
que la insolvencia punible nos debe la vida, señor Conde.
Dos. En cuanto a lo del Pacto de Estado por la Justicia, algo le tengo que decir, muy poco, pero algo le tengo que decir después de escucharle a usted. Dice usted, ¿quién rompe los pactos? Podríamos hacer una comparecencia ilimitada en el tiempo, pero no podemos, porque además tenemos otra a continuación. ¿Quién rompe los pactos? Cuando un grupo político, estando la Justicia como está y porque está la Justicia como está, hace el esfuerzo y cumple con su obligación propiciando --porque se propicia desde el Grupo Parlamentario Socialista-- un Pacto de Estado por la Justicia, se firma y se empieza a trabajar bien en el pacto, y cuando luego el Gobierno envía a las Cortes importantes modificaciones de normas legales sin aviso, sin comunicación, sin acuerdo con el otro grupo, ¿quién está rompiendo el pacto? El que hace eso o el que dice que no está dispuesto a que eso ocurra? Ahí podríamos entrar en un larguísimo debate que no es mi intención, por lo que tan sólo quiero decir que esperamos que los juzgados de lo mercantil cumplan la función que la ley les señala y que yo estoy seguro absolutamente de que la Ley Concursal y las disposiciones que la acompañan van a ser desarrolladas con absoluta lealtad por parte del Gobierno.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Marín Rite.
Le voy a dar la palabra al señor ministro, recordándoles a todas sus señorías que estamos rompiendo el pacto de los tiempos. Además algunos senadores quieren hacer unas breves preguntas al ministro después.
Tiene la palabra, señor ministro.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): En el turno de cierre puedo permitirme señalar simplemente...
La señora PRESIDENTA: Señor ministro, cuando se termina con los portavoces es costumbre que los senadores que lo deseen formulen alguna pregunta concreta. En este caso hay tres senadoras y un senador que quieren intervenir, por lo que también le ruego brevedad.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Muy brevemente, simplemente deseo señalar que se me invita a reflexionar sobre las necesidades de la Administración de Justicia. Le aseguro, senador Conde, que desde que soy ministro de Justicia no hago otra cosa.
En cuanto a lo demás, ha hecho alguna consideración sobre la Ley Orgánica del Poder Judicial y si se ha cumplido o no, pero es en el siguiente punto del orden del día donde debemos concentrarnos sobre ese asunto.
Pero permítame, en aras de la solidaridad que anima, entre otros principios, la acción del Gobierno colegiado, que acuda en honor de la verdad a aclarar que ningún miembro del Gobierno ha acusado --como usted ha dicho, le estoy citando literalmente-- al anterior Gobierno de promover un golpe de Estado. No escuché la declaración en su literalidad, pero la he visto reproducida y dice que el embajador entonces destacado en Venezuela recibió instrucciones de apoyar el golpe, es decir, de apoyar el gobierno resultante del golpe, que no es lo mismo que promover.
Estoy obligado a decirlo para no dejar pasar por alto ciertas cosas que involucran el principio de solidaridad entre miembros del mismo Gobierno y, en todo caso, debemos remitirnos al ejercicio muy impecable, de buen estilo democrático de que ha hecho gala el ministro de Asuntos Exteriores quien, en cuanto se ha suscitado una reacción --bastante ostensible-- en la esfera de la política, él mismo ha solicitado comparecer ante el Congreso de los Diputados esta semana --por tanto, a la mayor brevedad-- donde ofrecerá una cumplida explicación de su declaración y de los apoyos con que cree contar para ello. Por tanto, vamos a respetar también al Parlamento en este punto, permitiendo que sea el ministro de Asuntos Exteriores quien ofrezca sus explicaciones ante la representación de la soberanía popular.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Voy a dar la palabra a la señoras --en este caso mayoría-- senadoras y al senador que así lo han solicitado, rogándoles brevedad y que se atengan a una pregunta o aclaración sobre los juzgados de lo mercantil.
Tiene la palabra la señora España.
La señora ESPAÑA MOYA: Muchas gracias, presidenta.
Ratifico las palabras de bienvenida de mi portavoz y le doy las gracias por su información.
En mi condición de senadora por Alicante, quiero aclarar que allí tenemos un juzgado de lo mercantil y la sección 8ª de la Audiencia Provincial, que es lo que se ha convertido desde el día 1 de septiembre en Tribunal de marcas. Usted ha dicho en su comparecencia que se va a crear un segundo juzgado de lo mercantil en el año 2005, pero tengo conocimiento de que los jueces alicantinos han advertido en un informe que en Alicante eran necesarios tres juzgados mercantiles como mínimo y que uno de ellos se dedicara exclusivamente a resolver los asuntos de marca comunitaria.
Por ello, quiero preguntarle sobre la posibilidad de un tercer juzgado de lo mercantil en la provincia de Alicante, basándome en este informe que está realizado por expertos. Asimismo, le pregunto sobre la carga de trabajo del juzgado de lo mercantil y del tribunal de marcas en concreto.
Nada más y muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, senadora.
La señora Vindel tiene el uso de la palabra.
La señora VINDEL LOPEZ: Muchas gracias, señora presidenta, atendiendo su ruego, seré muy breve.
He seguido muy atentamente las sucesivas intervenciones del ministro en esta sesión. Nos ha informado sobre los resultados de la Conferencia Sectorial en materia de Justicia, donde cada comunidad autónoma expuso la necesidad de sus respectivos órganos judiciales y nos ha dicho que es prácticamente imposible llegar a un acuerdo del cien por
cien sobre todo lo que se manifiesta en esa Conferencia Sectorial. Ya sé, señor ministro, que contra el vicio de pedir siempre está la virtud de no dar, pero me ha llamado mucho la atención lo que ha dicho su señoría: que han elevado al alza en un órgano judicial a una comunidad autónoma en concreto. Como me parece algo tremendamente extraordinario en el sentido más literal del término, le pregunto si es posible que me diga qué comunidad autónoma y qué órgano judicial ha sido.
Nada más y muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Vindel.
La señora Fernández Pardo tiene la palabra.
La señora FERNANDEZ PARDO: Muchas gracias, señora presidenta.
Señor ministro, he seguido con mucho interés su intervención y no he oído ni una sola referencia a los juzgados de lo mercantil de la comunidad autónoma por la que soy senadora, Asturias. Como hace escasamente quince días que recibí la contestación de su Gobierno acerca de las previsiones que, supuestamente, había con respecto a Asturias, y se decía que el segundo juzgado de lo mercantil no estaba confirmado, que se haría según la carga de trabajo, y a renglón seguido, en los mismos días se producía un debate en el que el propio consejero aseguraba que ese segundo juzgado de lo mercantil sería para Oviedo, me gustaría saber cuáles son exactamente esas previsiones, puesto que Gijón es la ciudad de Asturias que genera el 80 por ciento de la carga de trabajo, y como le digo, no sabemos concretamente a dónde se va a destinar.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Fernández.
Por último, tiene la palabra el senador Díaz Tejera.
El señor DIAZ TEJERA: Muchas gracias, señora presidenta.
En primer lugar, señor ministro, quiero manifestarle el entusiasmo y el «riquirraca» que profiere este senador al comprobar cómo la única causa general que a usted le interesa es la del interés público, el interés de España y de los pueblos que la configuran. Le animo a que siga acudiendo a todo tipo de instancias para divulgar y hacer didáctica la política y la gestión de lo público. Y deseo recordar que si el señor Rodríguez Zapatero tuvo que esperar tres años para ser entrevistado en la televisión pública, nos encanta que en tan sólo tres días haya sido entrevistado el señor Rajoy. Por eso nos encanta que usted siga acudiendo a debates plurales en esa televisión, que cada vez es más pública.
Por otro lado, la pregunta, como corresponde a un canario ejerciente, es la evaluación de usted y de su ministerio --si no está en condiciones de contestarme hoy por razones evidentes, en cualquier otro momento sería de agradecer que nos lo remitiera por escrito-- sobre la trayectoria y la práctica de los juzgados de lo mercantil en el archipiélago, en particular a la luz de esa peculiar gestión en que está incorporado el Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas respecto de la crisis de la Unión Deportiva Las Palmas. Pensamos que es un supuesto único en el conjunto de España que el señor Cobo Plana, magistrado titular de este juzgado, esté desempeñando esta función. Y no sé si esa realidad, inicialmente no prevista por el legislador, pudiera ser susceptible de inducir algún tipo de reflexión con respecto a la aplicación de la ley que hizo posible la creación de estos juzgados de lo mercantil.
Nada más, señora presidenta, le agradezco que me haya dado la palabra. Y subrayo que esto lo hago previa petición de autorización al señor portavoz del Partido Socialista, a quien le agradezco que le haya parecido oportuna mi intervención suscribiendo todas y cada una de sus manifestaciones, sobre todo con el particular señorío y estilo que le caracteriza.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Díaz.
Tiene la palabra el señor ministro, para cerrar definitivamente el debate de esta primera comparecencia.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Muchas gracias, señora presidenta.
Déjeme comenzar por celebrar esta técnica parlamentaria consistente en abrir turno libre, a fin de que los senadores presentes puedan plantear sus preguntas en vivo y en directo y sin ninguna preparación. Me recuerda al rito del ofrecimiento del turno de doctores en el acto académico de las lecturas de tesis doctoral, donde efectivamente a todos los doctores en la sala se les ofrece la oportunidad de pronunciarse sobre la tesis que se examina y de hacer sus consideraciones. No lo he visto en el Parlamento hasta la fecha, y creo que con todas las limitaciones con que se puede atender a cuestiones en vivo y en directo, sin tener la documentación, a los miembros del Gobierno y a los comparecientes en general no nos cabe sino prestarnos a intentar ser de ayuda en el atendimiento de las cuestiones que se nos plantean.
En primer lugar, Alicante. Efectivamente, el volumen de asuntos del Juzgado de lo Mercantil de Alicante hasta el momento no es muy elevado ni, por tanto, hay ningún indicio para la preocupación, doce asuntos ingresados en el mes de septiembre. Esto quiere decir que la demanda de atención especializada de lo mercantil resulta gestionable con los parámetros previstos. Es notorio que la Comunidad valenciana, también ejerciente de las competencias de que es titular en materia de Justicia, ha incidido fuertemente sobre la conveniencia de acompañar la dotación inicial con respecto de una especialización de lo mercantil de un juzgado en exclusiva en la provincia de Castellón. Y, efectivamente, en la previsión para el próximo año 2005 se acude al encuentro de esta demanda y se atiende. Por tanto, está previsto un crecimiento de la demanda en la Comunidad valenciana para la próxima anualidad presupuestaria en materia mercantil, de modo que se creará un juzgado especializado en Alicante y otro, efectivamente, en Castellón de La Plana, a requerimiento de la comunidad autónoma y aun en el reconocimiento, por qué no constatarlo, de que los parámetros cuantitativos objetivados
hasta el momento no hacen del todo honor a las cifras con que hemos estado trabajando de cara a la creación de este tipo de juzgados. Por tanto, hacemos un ejercicio de sensibilidad ante una demanda planteada por la Comunidad de Valencia, que ha manifestado su disposición a invertir, en acompañamiento de la inversión necesaria por parte del Ministerio de Justicia, lo necesario para que todas y cada una de las provincias, que son tres, cuenten, por tanto, con un órgano especializado. Pero déjeme que le diga que la creación del Juzgado de lo Mercantil en Alicante, adicional al que ya existe, permitirá atender perfectamente la primera instancia en relación con los asuntos que se llevan ante el Tribunal de Marca comunitaria. De manera que la atención que podrán recibir los asuntos de la demarcación valenciana, incluidos los asuntos comunitarios propios de la ubicación en esa sede de un tribunal de origen europeo o comunitario, de acuerdo con los actuales parámetros, aparenta idoneidad y suficiencia, sin presentar mayores problemas.
Esto me permite salir al paso de la cuestión planteada en la segunda pregunta. La senadora Vindel me interpelaba sobre qué comunidad autónoma es la que se ha visto acrecida con respecto de la demanda planteada. Pues es, precisamente, la valenciana. La Generalidad valenciana planteó una demanda de crecimiento de veinte unidades judiciales para el próximo año 2005, y se ha resuelto atender la creación de 21 órganos judiciales. Tuve oportunidad de visitar la Comunidad valenciana recientemente y allí lo expuse con detalle y, en concreto, son los siguientes: Juzgados de Instrucción, dos, uno en Elche y otro en Valencia; Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, dos, en Villarreal, y uno en cada una de las siguientes localidades, Alcoy, Denia, Ibi, Sueca, Lliria y Gandía; Juzgados de lo Penal, uno, en Valencia; Juzgados de lo Social, uno en Elche y otro en Valencia; Juzgados de Menores, uno en Alicante, uno en Valencia; Juzgados de lo Mercantil, uno en Alicante y uno en Castellón; Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, uno en Alicante y uno en Castellón; y Juzgados de Violencia sobre la Mujer --la prevista implantación que nos obliga a todos, de acuerdo con el trámite parlamentario de la Ley Orgánica de Medidas Integrales contra la Violencia de Género--, uno en Alicante y uno en Valencia.
Respecto a Asturias, la senadora Fernández preguntaba cuál era la perspectiva de creación de juzgados de lo mercantil en la demarcación asturiana. Y efectivamente, está prevista la creación de uno especializado en Oviedo. Y créame si le digo que lo que el Gobierno puede garantizar es el esfuerzo inversor y legislativo para la creación del respectivo juzgado, pero la ubicación no depende del ministro de Justicia, sino que se ha seguido el procedimiento descrito, creo recordar, en el artículo 169 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que de la evaluación de los parámetros, la Junta de Jueces eleva una petición a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, y la ubicación del juzgado es decidida a su vez por el Consejo General del Poder Judicial, sin intervención, por tanto, del ministro. En consecuencia, según mi conocimiento, la ubicación de este juzgado en Oviedo y no en Gijón no ha sido una decisión ministerial, sino que en ella han participado la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y el propio Consejo General del Poder Judicial.
Finalmente, en lo relativo a Canarias, visto el volumen de asuntos desde el principio se contó con un juzgado en Las Palmas de Gran Canaria y otro en Santa Cruz, resultando más activo el primero. La perspectiva o incidencia de esta provisión con respecto a los asuntos que importan al futuro de la Unión Deportiva Las Palmas, se me escapa en estos momentos.
Lo confieso con toda modestia, y espero que no me tome por imperdonable este defecto de información en asunto tan principal, pero le garantizo que por alguna vía podré completar la información acompañándola de la que en estos momentos está a mi alcance.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor ministro.
Con esta contestación damos por cumplimentada la primera de las comparecencias. Y antes de pasar a la segunda, vamos a conceder un minuto al señor ministro para que organice sus papeles. (Pausa.)
--PARA INFORMAR SOBRE LAS RAZONES QUE MOTIVAN AL GOBIERNO A MODIFICAR LA REGULACION DE LA LEY ORGANICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL, RESPECTO AL EJERCICIO ORDINARIO DE LA POTESTAD DE NOMBRAMIENTO DE CARGOS JUDICIALES ATRIBUIDO AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (711/000082).
La señora PRESIDENTA: Señorías, reanudamos la sesión. Pasamos al punto segundo del orden del día: comparecencia del señor ministro de Justicia para informar sobre las razones que motivan al Gobierno a modificar la regulación de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, respecto al ejercicio ordinario de la potestad de nombramiento de cargos judiciales atribuido al Consejo General del Poder Judicial. Es una comparecencia solicitada por el Grupo Parlamentario Popular.
Señor ministro, tiene la palabra.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Gracias, señor presidente, señorías.
Con la misma disposición que en la anterior comparecencia, acometo ahora este nuevo punto relativo a la iniciativa legislativa que tiene como objeto satisfacer un mandato parlamentario, una proposición no de ley que en su momento fue adoptada por el Congreso de los Diputados, suscrita por todos los grupos parlamentarios de la cámara, salvo por el Grupo Parlamentario Popular, que ha recibido en su tramite el impulso continuado de todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados, salvo el del Grupo Parlamentario Popular, y se sometió a votación el pasado jueves, como todos tenemos presente, en la que se computó en el registro de votos el apoyo favorable de todos los grupos parlamentarios salvo el del Grupo Parlamentario Popular. No subestimo, en absoluto, la importancia política del primer grupo de la oposición, pero subrayo que la mayoría
parlamentaria que impulsa esta iniciativa es holgada. Es un mandato al Gobierno en unos términos que me parecen congruentes y aceptables de acuerdo con la estrategia y los objetivos de la presente legislatura.
Tuve oportunidad de dar cuenta de ello en mi intervención en el Congreso de los Diputados el pasado jueves, precisamente en el acto de defensa del proyecto de ley previo a la votación y, desde luego, a todo lo largo del debate, que creo que fue muy ilustrativo, que sostuve en la tribuna del Congreso con los distintos portavoces y con el portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en materia de Justicia, el señor Astarloa. Pude subrayar allí que la iniciativa legislativa tenía varios objetivos, todos ellos congruentes con la estrategia del Gobierno, y todos ellos incardinados en el conjunto de objetivos que yo mismo, como ministro de Justicia, adelanté a las dos cámaras que constituyen el Parlamento: Congreso de los Diputados primero, Senado después. Ustedes recuerdan muy bien los objetivos: mejorar la capacidad de respuesta del sistema judicial, por tanto, ello pasa por incrementar la planta, y la formación y especialización de los magistrados que sirven a esa planta, además de, por supuesto, incrementar la dotación de la propia Fiscalía y los cuerpos de funcionarios que sirven a la Administración de Justicia, organizarlos mejor, modernizar el servicio, implantar nuevas tecnologías e introducir reformas orgánicas en materia judicial que potencien a los tribunales superiores de Justicia en descargo del Supremo y permitan al Poder Judicial, culminado por los tribunales superiores de Justicia y el Supremo, relacionarse mejor con el Tribunal Constitucional en la garantía de los derechos fundamentales de la ciudadanía, en definitiva, mejorando la satisfacción de la tutela judicial efectiva a la que tienen derechos los ciudadanos. Este era el primer objetivo. El segundo gran objetivo era extender derechos de ciudadanía, por tanto, introducir reformas en la legislación sustantiva con afán modernizador y de extensión de la igualdad con que los derechos son ejercidos por la ciudadanía, removiendo barreras y fronteras de discriminación. Y el tercer objetivo, que la Justicia sea una contribución estimable a la satisfacción de la demanda de seguridad, luchando contra el crimen en España y en Europa, una aportación también relevante a la construcción del espacio de libertad, justicia y seguridad, y sobre todo en la lucha contra el crimen organizado y contra el terrorismo.
Pues bien, yo diría que todos los puntos de la proposición no de ley que arrancó su trámite el 21 de septiembre, si no me falla la memoria, en el Congreso de los Diputados, son congruentes con estos objetivos que acabo de sintetizar porque se corresponden con los de mi mandato como ministro de Justicia y del conjunto del Gobierno. Por tanto, todos van a ser incardinados --espero antes que después-- en las iniciativas legislativas que adopte el Gobierno. Todos están en mi agenda, todos está puestos en el calendario, pero hay algunos que, por su caracterización más específica, resultan incorporables de inmediato y es posible satisfacer de inmediato. Uno de ellos es el que se refiere precisamente al de la credibilidad, la confiabilidad y, consiguientemente, el prestigio de los nombramientos en la cúpula judicial, en los órganos que están en la cúspide del sistema judicial. Este es un compromiso fácil de atender y a ello atendía el proyecto de ley que impulsó el Gobierno inmediatamente después y que comenzó su andadura parlamentaria el día 22 de octubre, por tanto, un mes después de la adopción de la iniciativa parlamentaria, y solo dos meses más tarde, el 25 de noviembre, se produjo su debate y votación en el Congreso de los Diputados.
Pues bien, para ello se puso en marcha un proyecto de ley orgánica desde el Consejo de Ministros que tenía tres objetivos: el primero, modificar el artículo 127 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativo a nombramientos, a producir por quien tiene la competencia para ello, que es el Consejo del Poder Judicial. La Constitución --habrá que recordarlo una vez más-- reserva al Consejo General del Poder Judicial funciones de naturaleza ejecutiva y, esencialmente, política. El Consejo General del Poder Judicial es, por tanto, un órgano político, un órgano constitucional de naturaleza política que, con una composición colegiada, por ser precisamente, además de colegiada, numerosa, es inevitablemente un órgano constitucional político, plural. Y evidentemente, la pluralidad en un órgano de 21 miembros tiene mayor cabida que en un órgano de tres miembros, que también puede ser colegiado --las secciones de la Audiencia Provincial pueden constar de tres miembros--, y lo normal es que se registre mayor pluralismo en un órgano de 21 miembros que en un órgano de tres. Por tanto, éste es un órgano político de composición plural. Y a la hora de adoptar decisiones políticas, porque políticas son las decisiones que la Constitución le encomienda --nombramientos, promoción, ascensos, es decir, escalafón de jueces, que en igualdad de méritos puedan ir unos por delante de otros en función de parámetros que tienen una cierta discrecionalidad política en su estimación; inspección y, consiguientemente, régimen disciplinario y sanción, que es la consecución del régimen disciplinario--, se la encomienda --digo-- a un órgano plural de 21 miembros que resuelve votando, y en la medida en que además, de acuerdo con su propio reglamento interno de funcionamiento, esas votaciones se producen con carácter secreto, es deseable que el legislador reflexione acerca de qué es lo que puede hacer para que la política de nombramientos en el Consejo General del Poder Judicial, que incide sobre la conformación de los órganos superiores del sistema de Justicia, refleje el valor del pluralismo, que es un valor superior del ordenamiento jurídico. Lo es --artículo 1.1 de la Constitución-- y, a mi juicio, es un valor trasladable, en su exigencia, al funcionamiento de todos los órganos constitucionales del Estado.
El pluralismo --lo subrayo siempre- no es un problema con el que haya que convivir, no es un mal en defecto de una imposible unanimidad, que sería lo deseable. No es así, es un valor superior. El pluralismo enriquece la democracia. Y el ideal de la Constitución no es que los ciudadanos piensen todos lo mismo. La Constitución exalta como un valor y una cosa deseable que no todos piensen lo mismo, sino cosas distintas y se expresen pluralmente. Por ello, el pluralismo --lo subrayo siempre-- no me parece pequeña cosa, es un valor. No es un mal que haya que manejar,
porque lo ideal sería la unanimidad, pero, como lamentablemente no se da, habrá que gestionar de alguna forma la disidencia o la discrepancia. No, la discrepancia es un valor, un valor superior del ordenamiento jurídico y su expresión es el pluralismo. Y eso es trasladable a todos los órganos.
Por tanto, es bueno que en el Consejo General del Poder Judicial haya sensibilidades y corrientes plurales y eso se refleje en su política de nombramientos, no solamente porque afectan a la judicatura, en la que hay pluralismo, sino sobre todo porque el Consejo sirve a una sociedad en la que hay pluralismo.
La idea es, por tanto, reforzar la credibilidad y el prestigio de esos nombramientos en atención también al valor superior del pluralismo, y el instrumento es una extensión de la mayoría para producir decisiones en determinados nombramientos: los relativos al Tribunal Supremo, a las presidencias de los tribunales superiores de Justicia, a las presidencias de salas del Tribunal Supremo y a los magistrados que entienden del control jurisdiccional sobre las actividades del Centro Nacional de Inteligencia, en garantía de los derechos fundamentales consignados en los párrafos segundo y tercero del artículo 18 de la Constitución, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica que se ocupó de este asunto en el año 2003. El instrumento es ampliar la mayoría con que esos nombramientos se producen desde la mayoría actualmente contemplada en la Ley a mayoría de tres quintos. Es una mayoría que encuentra aval en muchas referencias de la Constitución cuando se trata de producir nombramientos de un determinado nivel de legitimación. Y además tienen como punto de apoyo el que, dado que ningún grupo de los que expresan legítimamente el pluralismo político puede conseguir por sí solo tres quintos en una situación de representación pluralista, lo que subyace cuando se establece una mayoría de tres quintos para producir una decisión es un mandato, sea del constituyente, sea del legislador, de que esos grupos, que son expresivos legítimamente del pluralismo, se esfuercen por alcanzar un acuerdo, dialoguen entre sí, negocien previamente antes de llegar a la votación; de manera que parece razonable que los nombramientos al Tribunal Supremo y a las presidencias de los tribunales superiores de Justicia vengan acompañados de un diálogo previo a la votación y, si es posible, de una búsqueda activa de acuerdos antes de votar. ¿A qué objeto? Con la finalidad de que las votaciones que se produzcan reflejen equitativamente el pluralismo, que es un valor de la judicatura y de la sociedad a la que aquélla sirve.
Un segundo alcance del proyecto de ley que se impulsó desde el Consejo de Ministros es la modificación del artículo 200 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el cual se permite, también cumpliendo un mandato específico de la proposición no de ley de la que trae causa esta iniciativa, que los magistrados que han alcanzado la edad de jubilación en el Tribunal Supremo puedan seguir prestando servicios en la sala de la que han sido parte como magistrados eméritos hasta cumplir la edad de 75 años --lo dice la propia Ley Orgánica del Poder Judicial en el artículo 200--, siempre y cuando se encuentren en situación de prestar esos servicios, reúnan los requisitos legalmente establecidos, así lo soliciten y así se determine de acuerdo con las necesidades de refuerzo de la sala correspondiente.
El tercer punto de la proposición, como tuve oportunidad de explicar también, es relativo al artículo 335 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para reforzar el servicio de inspección del Consejo General, de modo que el titular del servicio de inspección sea magistrado del Supremo o, en el caso de no serlo, tenga una antigüedad de diez años en la categoría de magistrado y ostente categoría de magistrado del Tribunal Supremo mientras ejerce esa responsabilidad.
Creo que los tres alcances de la proposición de ley, como ven, son muy escuetos, muy razonables, se incardinan muy bien dentro del programa de Gobierno que hemos comprometido y además se articulan en un texto de muy reducidas dimensiones --apenas dos folios en el «Boletín Oficial del Congreso de los Diputados-- y, por tanto, por su simplicidad, podían someterse a tramitación y votación en unidad de acto, como así estimó la Mesa del Congreso, oída la Junta de Portavoces, de modo que el procedimiento que se le dio fue el de lectura única. Estos son los mimbres.
Y pienso que la decisión, como digo, que se contiene en el proyecto de ley, desde el punto de vista político, no solamente es legítima --no podía ser de otra forma- sino que además es congruente con un proyecto de fortalecimiento del crédito y del prestigio con el que actúan órganos importantes en nuestro sistema político y que, consiguientemente, afectan a órganos no menos importantes, como el Tribunal Supremo y tribunales superiores de Justicia de nuestro sistema jurisdiccional.
Pero es sabido --y, de nuevo, no quiero sustraerme a ello- que han sido objeto de polémica algunos aspectos de la iniciativa y se han expresado algunas objeciones, de las que salí al paso en mi primer turno de intervenciones en el Congreso de los Diputados.
La primera objeción era la relativa a la inconstitucionalidad, cuestión que, por cierto, tiene bastante presencia en el dictamen preceptivo, pero no vinculante, del Consejo General del Poder Judicial.
Para empezar, vuelvo a recordar que el dictamen del Consejo General del Poder Judicial contiene un voto mayoritario, como viene siendo habitual, con una mecánica ya muy reconocible, en el que se conglomeran los vocales que en su momento fueron propuestos por el Partido Popular, y un voto minoritario, respecto del que se pueden leer argumentaciones de muy distinto tenor a las del voto mayoritario, contradictorias en muchos puntos.
Pero en todo caso, déjeme que le diga que independientemente de lo que digan unos y otros, en el voto mayoritario y en los votos discrepantes o minoritarios, votos particulares de la minoría, lo cierto es que no tengo la menor duda de que no hay ningún asomo de inconstitucionalidad en el proyecto. Y prueba de ello es que, de forma increíble en un órgano que pretende tener autoridad jurídica, en la argumentación de inconstitucionalidad uno descubre todas las características del discurso apodíctico, que es el discurso que proclama una verdad supuestamente incontrovertible, pero no la demuestra en absoluto ni la pone en
evidencia porque inconstitucional sólo es lo que contradice la Constitución.
Hay muchas técnicas de interpretación constitucional y estoy familiarizado con todas ellas, pero mire por donde mire la interpretación constitucional no encuentro una sola vía que me permita concluir que hay algo de inconstitucional en este proyecto de Ley Orgánica, sencillamente porque no contradice en absoluto ningún principio de la Constitución, ni ninguna letra ni ningún precepto ni la interpretación literal de ningún precepto.
Por lo tanto, la argumentación de inconstitucional me parece de una inconsistencia difícilmente comprensible en un órgano que pretende y debe ejercer autoridad desde el punto de vista del razonamiento jurídico. Me la puedo explicar en clave política, pero incluso así me parece difícil de entender porque produce, a mi juicio, desautorización el ejercicio de una forma de argumentar directamente política en un órgano en el que a menudo se escuchan argumentos que execran de la política y que denuncian la politización del propio órgano. Me parece que es bastante ostensible de ganas de hacer política el que se utilice políticamente la argumentación de inconstitucionalidad sin ningún sustento jurídico, sin ningún sostén jurídico.
La segunda argumentación que escuchamos de manera bastante insistente era la que afectaba la independencia judicial. Y creo que cumpliendo con mi obligación salí al paso de un argumento que se escuchó aquí en el Senado:
que esta reforma hería de muerte la independencia judicial se llegó a decir. Esta argumentación política me parece absolutamente carente de fundamento porque la independencia judicial es el valor constitucional que debe predicarse del modo en que los órganos de justicia entienden de los pleitos de los que son competentes, de los asuntos de los que son competentes, de ningún modo se afecta a la independencia judicial configurando las distintas vías de acceso a la judicatura y no digamos ya de integración de los órganos judiciales desde quienes son ya miembros de la judicatura porque pertenecen ya a la carrera judicial.
Quiero decir con ello que no se puede sostener que de una modificación del modo en que el Consejo General del Poder Judicial provee los nombramientos de quienes ya están en la carrera judicial y plantean distintas candidaturas para integrar un determinado órgano jurisdiccional, pueda deducirse con posterioridad una afectación a la independencia con la que ese órgano judicial entenderá de los asuntos de que es competente, porque la independencia consiste en el conjunto de atribuciones, en el conjunto de atributos estatutarios de los miembros de la carrera judicial en el ejercicio de la jurisdicción, y la independencia en nuestro ordenamiento está plenamente garantizada, la independencia de los titulares de órganos jurisdiccionales, independientemente de cuales sean las vías por las que se accede a la judicatura o por las que desde dentro de la judicatura se accede a un determinado órgano de justicia.
Otra forma de razonar sería pretender que en Inglaterra los jueces no son independientes porque son designados por el Primer Ministro, por el Lord Chancellor, dependiendo de cual sea el nivel de jurisdicción; o pretender que nuestros jueces son más independientes que los de Bélgica, donde no existe Consejo del Poder Judicial; pero en España, tan sólo en España, sin necesidad de referencias de Derecho comparado, sería pretender que en nuestro sistema son más independientes los magistrados que el Consejo General del Poder Judicial designa para el Tribunal Constitucional porque son elegidos por tres quintos, que aquellos que designa para presidir la Audiencia Provincial de Alicante porque para esos por el momento sólo hace falta, y después de la reforma legislativa así seguirá siendo, mayoría simple. Ese no es un modo de razonar consistente.
Yo no puedo aceptar que sea más independiente el presidente de la Audiencia Provincial de Alicante en su función jurisdiccional que un magistrado que ha recibido una mayoría distinta en el momento de su encomienda o de su encargo jurisdiccional; porque lo importante para caracterizar la independencia son los atributos con los que se ejerce jurisdicción, que no existan presiones. Y subrayo, las presiones pueden provenir de muchas esferas, no sólo de la política, o de la política partidaria, o de la política representativa, también desde dentro de la judicatura, también se puede y se debe asegurar la independencia frente a los escalones sucesivos de la organización jurisdiccional o frente al propio Consejo General del Poder Judicial. También tenemos casos en la memoria de denuncias de atentados a la independencia, de presiones, de dimisiones o injerencias sobre la independencia ejercidas desde dentro del Consejo General del Poder Judicial. Y también frente a eso hay que estar permanentemente en guardia; como también tenemos que estar permanentemente en guardia frente a las presiones que contra la independencia judicial se ejerzan desde fuera de la política institucional, por ejemplo, de los medios de comunicación, que también pueden afectar fuertemente el modo en que los titulares de jurisdicción ejercen sus competencias en un momento determinado sobre los asuntos de los que deben entender. Por lo tanto, no creo en absoluto que esto afecte a la independencia judicial.
En tercer lugar, escuchamos también que era una alteración de las reglas del juego. Yo creo que no se le puede calificar así porque entrando en ese razonamiento tendremos que concluir en que lo que hace es fortalecer la posición de todos los grupos, porque permite precisamente que a través de una técnica legal se invite y se incentive el diálogo, la composición de acuerdos antes de producir la decisión, lo cual redundará en una mayor fortaleza de la credibilidad y de la confiabilidad, de la bondad y del acierto de la decisión.
Me da ocasión de recordar que en la legislatura anterior se produjo, de acuerdo con esa misma forma de razonar, una alteración de las reglas del juego y les diré cual está en el artículo 137 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Porque la Ley Orgánica 19/ 2003 modificó, con el sólo voto del Grupo Parlamentario Popular a este respecto --no contó con el apoyo de los demás miembros del Congreso--, el quórum constitutivo del Consejo General del Poder Judicial, en un sentido muy transparente. Hasta esa reforma que operó la Ley Orgánica 19/ 2003, por designio del Partido Popular, para constituir el Consejo del Poder Judicial hacía falta que asistieran tres quintos de sus miembros,
con lo cual, por lo menos, a quienes no estuvieran en la mayoría del Consejo General del Poder Judicial se les daba la oportunidad de obstar la constitución del órgano antes de resolver. A través de esa reforma se eliminó esa posibilidad, de modo que la misma mayoría que hay en el Consejo puede constituir el órgano y resolver por sí, y ante sí sin dialogar ni consultar ni negociar absolutamente nada; con lo cual bastan los votos de un mismo grupo compacto, de una misma mayoría mecánica para que el órgano se constituya inexorablemente y resuelva cualquier cosa, sin ni siquiera tener que invitar a dialogar a nadie sobre nada porque no son necesarios esos votos ni para que el órgano se constituya ni para que resuelva.
Por tanto, de acuerdo con esa misma forma de razonar, que no es la mía, se habrían alterado gravísimamente las reglas del juego porque se habría dejado completamente fuera de la cobertura del quórum constitutivo a los miembros de la minoría y se habría reforzado la posibilidad de que el mismo grupo decida cuando se convoca, se autoconvoque, acuda y resuelva sin haber hablado con nadie más.
Finalmente, escuchamos también dentro del argumentario que tuvimos ocasión de contradecir en la tribuna en la pasada jornada del jueves 25 de noviembre que con ello se estaba reforzando la capacidad de un determinado grupo, supuestamente el de la mayoría en esta Legislatura, el Grupo Parlamentario Socialista, de manejar la Justicia, de copar los órganos judiciales, de imponer su voluntad. Creo que esta argumentación desde el punto de vista aritmético no se sostiene. Sencillamente no se sostiene. Es evidente que no. Es evidente que el Consejo General del Poder Judicial es el que es y así va a seguir siendo hasta el año 2006, que culmina su mandato. Es evidente también que lo que hace la reforma es precisamente incentivar la necesidad de que los distintos grupos, sensibilidades y corrientes de opinión que legítimamente se dan cita en el Consejo tengan como mínimo que hablar antes de entrar a votar, máxime si las votaciones van en un número de cierta importancia. Y es evidente asimismo que el Grupo Socialista no puede resolver absolutamente nada por sí solo. No podría hacerlo ahora con la mayoría simple, y menos aún con una mayoría de tres quintos. De hecho, si algo cabe inferir políticamente es que en el patrocinio de esta iniciativa está asumido el razonamiento de que esta reforma va a producir igualmente efectos durante la próxima legislatura, en la que, como es lógico, la composición del Consejo General del Poder Judicial puede ofrecer un marco distinto del actual, es decir, puede haber una distinta correlación entre conservadores y progresistas o entre las distintas sensibilidades, como se las quiera denominar. Y digo esto sin ningún afán deslegitimatorio, porque creo firmemente en la bondad del pluralismo, y nunca he visto problemas por la asunción de que un órgano de 21 miembros puede congregar diferentes sensibilidades. Insisto en que no veo ningún problema de legitimación en el reconocimiento de esa cuestión de principios. Es el modo en que se ejerza esa capacidad de integración de pluralismo lo que puede resultar más o menos preocupante.
Por tanto, debo subrayar que esta reforma tiene una voluntad de permanencia, invita al diálogo, a través de éste, al acuerdo y, si es posible, también al consenso. Esa manera de actuar debe propender a reforzar la credibilidad y la confiabilidad tanto de las decisiones como de las personas que resulten beneficiarias de esas decisiones, que se refieren a nombramientos, una política distintiva del Consejo General del Poder Judicial que le atribuye la Constitución.
Así pues, considero que la reforma no favorece a ningún partido en particular; responde, eso sí, a una iniciativa planteada por la gran parte de los grupos parlamentarios --siete de los que actualmente tienen presencia en el Congreso, es decir, todos, menos el Grupo Popular--. E insisto en que ningún partido va a disfrutar de una mayoría determinante para resolver nada por sí solo; por el contrario, habrá que dialogar para intentar alcanzar decisiones. Y eso me parece bueno.
Por otro lado, creo que no tiene un objetivo circunscrito al actual dibujo de las mayorías y las minorías, sino que continuará teniendo proyección y permanencia en el futuro, de forma que eso se convertirá en una garantía para el Grupo Popular --será minoría en la situación que quede definida a partir de la próxima renovación del Consejo-- porque a partir de entonces la minoría también se verá fortalecida por esa incentivación de consenso promovida por la mayoría de tres quintos. De hecho, esa mayoría es congruente con muchas referencias del Derecho Positivo, porque por mayoría de tres quintos se elige por parte del Consejo General del Poder Judicial a los magistrados que van al Tribunal Constitucional y también a su presidente y su vicepresidente. También por mayoría de tres quintos eligen el Congreso y el Senado a los magistrados del Tribunal Constitucional en las cuotas que les corresponden en la integración de ese órgano. Y por mayoría de tres quintos se elige al Defensor del Pueblo.
En definitiva, a las pruebas me remito. La experiencia de los nombramientos por una mayoría de tres quintos de los magistrados del Tribunal Constitucional, lejos de haber resultado problemática para el funcionamiento de ese órgano, ha sido enormemente positiva. ¿O es que alguien no ha reparado en que los nombramientos del Tribunal Constitucional por parte del Consejo General del Poder Judicial normalmente no han sido objeto de ningún retraso o obstaculización, ni mucho menos el Consejo se ha visto impedido para tomar esa decisión precisamente porque la mayoría establecida fuera de tres quintos? Como digo, eso no ha sucedido, por algo muy simple: porque, precisamente por requerirse tres quintos, la mayoría y la minoría han dialogado con carácter previo antes de votar a los magistrados a los que se proponía para integrar el Consejo General del Poder Judicial. Eso ha dado lugar a una cierta apertura hacia el pluralismo interno del Consejo, de modo que, de dos magistrados que propone el Consejo General del Poder Judicial para integrar el Tribunal Constitucional, en cualquier situación, incluso con las más aplastantes mayorías absolutas por parte del Grupo Socialista en el Congreso y, por consiguiente, con su proyección en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquier situación, repito,
al Tribunal Constitucional han ido dos magistrados propuestos por el Consejo, uno, con una orientación más conservadora, y otro, con una orientación más progresista. Repito que eso ha sucedido precisamente porque se ha hablado de ello y porque la mayoría requerida era de tres quintos. Por tanto, existe una cierta distribución equitativa de la consideración de mérito y capacidad.
Finalmente, quiero salir al paso de la argumentación acerca de que con ello se pretende una caracterización partidaria o ideológica de los nombramientos en demérito del mérito y la capacidad. Pues bien, no es así de ninguna manera. No existe ningún razonamiento que haga plausible esa conclusión, ya que el mérito y la capacidad se deben probar en el expediente y es lo que legitima para la candidatura. Sin embargo, a partir de ahí también hay una valoración política, que se contiene en la votación secreta de los 21 vocales del Consejo General del Poder Judicial respecto de la aparente equidad del mérito y la capacidad, que determina hacia dónde se inclina la decisión. Pero creemos que no es razonable que se produzca una situación según la cual una misma mayoría, de manera cada vez más mecánica, sin dialogar ni negociar, decide todos los nombramientos y además hace exhibición de ello.
Por tanto, una vez más repito que considero razonable que las coordenadas legales hagan una apuesta por incentivar la búsqueda, a través de la conversación y el diálogo previos, de los acuerdos más amplios posible, de modo que esos nombramientos redunden en una mayor credibilidad y prestigio de los órganos de Justicia.
En resumen, creo que ésta es una buena y razonable iniciativa que no debería herir ni ofender a nadie. Por ello, cuando oigo decir que tras ella existe una cierta oposición a la actual composición del Consejo General del Poder Judicial creo que se está ocultando que, frente a la airada o indignada protesta ante la perspectiva de su modificación, existe una identificación también muy cerrada y ostensible respecto de quien se sitúa en esa crítica ante esta iniciativa en relación con la actual mayoría en el Consejo. Pero creo que si se dicen las cosas con claridad y se hacen con transparencia se pueden someter a un debate racional.
Para finalizar, como saben, esta iniciativa debió ser aprobada el pasado jueves en el Congreso de los Diputados. Obtuvo muchos más votos favorables que desfavorables; la mayoría con que se aprobó en términos aritméticos fue muy holgada, pero insuficiente para satisfacer el requisito constitucional de la aprobación por mayoría absoluta, exigido para las leyes orgánicas. Precisamente por ello, y salvando pulcramente cualquier objeción de procedimiento que hubiera podido interponerse de otro modo, el Gobierno ha resuelto esta misma mañana volver a impulsar el trámite legislativo para cumplir con escrúpulo con las formas democráticas. De nuevo va hacia delante el procedimiento, y será el Congreso de los Diputados el que entienda definitivamente de su aprobación.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor ministro.
Por el grupo parlamentario solicitante de esta comparecencia, tiene la palabra su portavoz, el senador Conde.
El señor CONDE BAJEN: Gracias, señora presidenta.
Señor ministro, si decíamos que la anterior comparecencia se había solicitado con carácter meramente informativo y que teníamos intención de que se desarrollara con amabilidad y espíritu constructivo, lamento decirle que no es el caso de ésta.
En esta segunda comparecencia no deseamos obtener información, porque disponemos de toda ella; y no es que nuestra actitud pretenda ser desagradable ni mucho menos descortés, pero sí será de absoluta divergencia y completa oposición a un proyecto del Gobierno que, tras grandes ideales, bajo una impresionante hojarasca de grandes palabras, oculta la pura y simple ambición, ya tradicional en el Partido Socialista, de posesionarse de cuanto órgano de poder exista en la sociedad española cada vez que considera que tiene la mayoría social bastante como para no dejar nada sin estar penetrado por el dicterio socialista. (Rumores desde los escaños del Grupo Parlamentario Socialista.) Y lo que digo se demuestra con los hechos, aunque genere algún tipo de protesta. Ha de recordarse que al poco de llegar el Partido Socialista al poder por vez primera, en 1982, inició ya la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin consenso alguno, sin acuerdo alguno, sin diálogo alguno, y al dictado y según el criterio exclusivamente del Partido Socialista. Ahora parece ser que ustedes son más diligentes en algunas cosas, y no han necesitado tres años para modificar las reglas de funcionamiento del Consejo; les han bastado sólo unos meses para hacer una nueva acometida sobre el Consejo General del Poder Judicial.
¿Qué tendrá la Justicia, que tanto le interesa someter al Partido Socialista? ¿Qué le preocupará tanto al Partido Socialista en relación con la Justicia como para que le interese ser imprescindible en los nombramientos de determinado tipo de órganos judiciales? Lanzo esta pregunta al aire, aunque su respuesta es muy sencilla para cualquier observador medianamente informado de la realidad política actual y de un pasado inmediato, aunque esperemos que no de un próximo futuro, que sería lo más preocupante.
Señor ministro, ha dicho usted que lo que anima a su Gobierno son grandes ideas: incrementar la planta judicial, modernizar el servicio, implantar nuevas tecnologías, mejorar la relación con el Tribunal Constitucional, mejorar los derechos de la ciudadanía, y la lucha contra el crimen. Y yo me pregunto: ¿qué tiene que ver todo esto con que los nombramientos de magistrados del Tribunal Supremo y presidentes de tribunales superiores de justicia se elijan por tres quintos o por simple mayoría en un órgano constitucional? Señorías, absolutamente nada. Esta es la hojarasca. Este es el follaje que pretende ocultar pura y simplemente un hecho obvio. Y es que entre los meses de diciembre y enero se va a producir cerca de una veintena de vacantes en el Tribunal Supremo y en las presidencias de tribunales superiores de justicia, y el Partido Socialista quiere llegar a tiempo para poder impedir que quien no sea de su agrado pueda ocupar semejantes plazas.
Se han querido convertir en imprescindibles para poder vetar a aquel que no sea de su gusto, de su agrado, de su
cuerda política. Eso es lo que sucede, pura y simplemente. Y eso es lo que explica el modo de proceder del Gobierno. Han actuado ustedes con una rapidez que me permito calificar de impúdica. Han sometido ustedes al Parlamento a un procedimiento legislativo insólito, no porque no esté en el Reglamento ni porque no se haya acudido al mismo en numerosas ocasiones, sino por la trascendencia que tiene en este caso concreto y, sobre todo, porque la urgencia está motivada para poder llegar a tiempo a cubrir determinadas vacantes judiciales.
No nos han privado incluso ustedes del ridículo del jueves pasado. Tanta urgencia del Gobierno socialista, y resulta que ni se presentan los miembros del Gobierno a un acto legislativo para llevar a cabo su pretendida reforma. Tengan en cuenta, señorías, que, al margen de la ausencia de algún otro diputado, la sola ausencia de los miembros del Gobierno motivaba el rechazo de su proyecto de ley, lo cual es sorprendente y demuestra por qué clase de Gobierno estamos siendo gobernados los españoles en este momento.
Señor ministro, usted afirma que la razón de ser de toda esta reforma es conseguir el prestigio de los nombramientos de los jueces y magistrados que han de proveer las plazas en el Tribunal Supremo y tribunales superiores de justicia. Pero, ¿acaso una decisión adoptada por simple mayoría desprestigia a quien es así designado? ¿Es que usted puede sostener en este momento y en esta sede que los nombramientos llevados a cabo por el Consejo, adoptados por simple mayoría, corresponde a personas sin prestigio? ¿Puede usted decir realmente que el modo de adoptar esa decisión desprestigia a quien recibió el nombramiento? Y si no puede decirlo respecto de éstos, ¿por qué ha de sentarse que sólo por una mayoría de tres quintos se obtendrá el prestigio de los nombramientos?
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): No he dicho eso.
El señor CONDE BAJEN: Señor ministro, ha dicho usted que el Consejo es un órgano político y aquí es donde, en mi opinión, deriva cierta confusión, no que usted tiene, sino que quiere trasladar a los ciudadanos, a los que pretendan informarse de los motivos del Gobierno en orden a esta reforma.
El Consejo es un órgano político, efectivamente, y usted confunde el acceso a la función de vocal del Consejo, es decir, la integración del órgano, con las decisiones del mismo. Ciertamente, para ser vocal del Consejo es necesaria una mayoría de tres quintos obtenida en las Cámaras, sin duda, pero una cosa es cómo se accede a ser vocal, que es una decisión exógena al Consejo, y otra es cómo se toman las decisiones en el seno del Consejo. Y la decisión de nombrar magistrados del Tribunal Supremo, aunque usted sostenga lo contrario, no es una decisión política.
El Consejo será un órgano político por su procedencia, pero las decisiones de éste no son políticas o, al menos, señor ministro, entendemos que no deberían serlo.
Pretende efectuar usted ciertos paralelismos como, por ejemplo, la mayoría exigible en el seno del Consejo para designar magistrados del Tribunal Constitucional. Y dice usted que si la decisión en el seno del Consejo para nombrar magistrados del Tribunal Constitucional ha de ser tomada por mayoría de tres quintos, ¿no será lógico que esa misma mayoría sea la imperante para designar magistrados del Tribunal Supremo? Y, señor ministro, permítame que le diga que ese argumento es falaz y engañoso, porque está usted confundiendo precisamente la mayoría necesaria para integrar un órgano constitucional con la mayoría necesaria para que ese órgano constitucional adopte sus decisiones en su propio seno.
Déjeme que le haga un paralelismo para demostrar mi argumento. Si los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos por mayoría de tres quintos, ¿tiene intención el Gobierno de modificar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional o la Constitución misma para que las sentencias de dicho Tribunal se dicten por mayoría de tres quintos de aquellos magistrados que compongan la Sala? ¿Es ésa la intención del Gobierno? ¿No comprende, señor ministro, que, efectivamente, una cosa es el modo de integración de un órgano constitucional y otra completamente distinta la mayoría necesaria para adoptar una decisión colegiada en el seno de ese órgano? Esto es evidente, señor ministro, y usted, que no es tonto en absoluto, más bien diría todo lo contrario, lo sabe perfectamente. Pero pretende engañar a la ciudadanía, revistiendo, como he dicho, de grandes ideales lo que no es sino una pura toma de control del Consejo del Poder Judicial porque ustedes, cuando se han considerado con mayoría suficiente, jamás han aceptado que haya ningún órgano político o social que no responda a su propio y particular criterio. Y además tienen urgencia, tienen prisa. Quieren llegar a los meses de diciembre y enero para cubrir precisamente unas determinadas plazas en el seno del Consejo.
Esta es la pura y simple verdad, y eso es alterar las reglas del juego, señor ministro.
Ustedes han sostenido siempre que el Consejo ha de adoptar las decisiones, respetando la mayoría social existente. Pero, ¿es que no se dan cuenta de que el Consejo del Poder Judicial no tiene que respetar la existencia de ninguna mayoría coyuntural en las Cámaras, sino que tiene su propia legitimación en su origen? ¿Es que no se dan cuenta de que cuando hay un mandato determinado por un cierto plazo de años lo que suceda por el camino es independiente de la legitimación que el órgano tiene? Señor ministro, el día 14 de marzo no empezó la historia para España. No hay que hacer un antes y un después del 14 de marzo en orden a atribuir legitimidad a los órganos políticos y constitucionales de España. No es admisible ese planteamiento suyo de que con ustedes comienza la historia.
Hay una historia anterior extraordinariamente legítima y legitimada por las decisiones que se adoptan con respeto a la normativa constitucional en España. Y ustedes no son capaces de admitir semejante cosa.
Por otra parte, cuanto más hablan ustedes, más razones nos dan. Señor ministro, en dos ocasiones, refiriéndose al grupo mayoritario y al minoritario en el Consejo, ha hablado del Grupo Socialista y del Grupo Popular. (El señor Ministro de Justicia, López Aguilar, hace signos negativos.)
Y, de momento, lo que digo es que en opinión de mi grupo no existe un grupo popular de vocales en el Consejo General del Poder Judicial, pero a reconocimiento de parte se exime de prueba, decimos los juristas. Si usted ya atribuye el carácter de socialista a lo que hoy es la minoría en el Consejo, no necesitamos hacer demostración alguna los que tomamos la palabra de contrario. Repito, a reconocimiento de parte se exime de prueba. Niego la existencia de ese grupo popular en el Consejo porque los vocales que componen la mayoría y los que componen la minoría recibieron ambos el voto del Grupo Popular.
He de hacer hoy, eso sí, una confesión. En aquella legislatura quebranté la disciplina de mi grupo y no voté a María Angeles García porque el sectarismo con el que se comportó esta señora, siendo fiscal jefe de Guadalajara, me impedía poder depositar un voto favorable para ella y me declaré objetor de conciencia en aquel caso. Pero, hecha esta excepción, tanto unos como otros, no son ni socialistas ni populares, sino que fueron propuestos y votados por mi grupo y por el suyo. Sin embargo, ahora ya se ponen etiquetas y apellidos a los unos y a los otros. Y pretenden adoptar esa mayoría de tres quintos, y afirman que nosotros rompimos las reglas del juego en el momento en el que se modificó el quórum de asistencia de vocales al órgano del Consejo para poder adoptar decisiones.
Señor ministro, ¿no se da cuenta de que la posibilidad de que una minoría bloquee el funcionamiento de un órgano por su mera incomparecencia es la demostración máxima del sentido antidemocrático; es la no aceptación de la decisión colectiva y colegiada; es la no asunción de que los menos pierden las votaciones; es la decisión de impedir el funcionamiento normal de un órgano constitucional? ¿Y no se da cuenta, señor ministro, de que la modificación de una norma que tienda a hacer imperar la democracia no sólo, no es antidemocrática, sino que es garantía de la democracia interna del órgano? ¿No se da cuenta de que ese argumento que usted está utilizando es también la demostración de cuál es la actitud antidemocrática de cierto grupo que solamente acepta las decisiones si son de su gusto y conveniencia y no se somete a lo que el resto en democracia: a que los más imponen su criterio a los menos? Señor ministro, ¿no se da cuenta de que su propio discurso resulta contradictorio? Resulta contradictorio cuando usted dice que el pluralismo no es solamente una palabra: es un valor constitucionalmente proclamado --y eso lo comparto con usted, señor ministro--, y al mismo tiempo dice que la Constitución exige el pluralismo y no la unanimidad; la Constitución valora que se piense de modo distinto y no impone la unidad de criterio. Pero, acto seguido, lo que ustedes hacen es imponer un criterio unánime en la adopción de decisiones en el Consejo. (El señor ministro de Justicia, López Aguilar: No.) Sí, señor ministro, porque el hecho de que exijan una mayoría de tres quintos con la actual composición del Consejo implica de modo necesario que se tome la decisión por unanimidad de los vocales del Consejo, habida cuenta de la descripción que usted ha hecho del Consejo. Lo ha descrito como un consejo compuesto por dos bloques uniformes y antagónicos; ésa es la descripción que usted ha hecho, y así constará en el «Diario de Sesiones». (El señor ministro de Justicia, López Aguilar: No.) Por lo tanto, cuando ustedes exigen esa mayoría de tres quintos, están exigiendo la unanimidad y van en contra de los principios que usted hoy sonoramente ha proclamado al comienzo de su intervención; van en contra del valor del pluralismo, de la posibilidad de que se piense de distinto modo y de que las decisiones se adopten por mayoría de votos, como es lo normal --e insisto en ello-- en toda democracia representativa.
Señor ministro, ¿tanto vale el criterio de los tres quintos? ¿Es tan imprescindible? Pues sean coherentes. Si vamos a imponer a los vocales del Consejo adoptar una decisión tal como el nombramiento de un magistrado al Tribunal Constitucional con semejante mayoría, ¿van a aceptar ustedes aprobar la ley que tal cosa dice por la misma mayoría? ¿Es que acaso la mayoría absoluta en ambas Cámaras van a ser suficientes para modificar la norma imponiendo una mayoría de tres quintos, mientras que aquí basta con una mayoría absoluta? ¿No se da cuenta, señor ministro, de la propia contradicción en los términos que ustedes tienen en su discurso? Nosotros --y es la razón de esta comparecencia, igual que lo fue de la interpelación que tuve oportunidad de hacerle en esta Cámara y de que iniciativas similares a éstas se estén haciendo en el Congreso de los Diputados- ya nos hemos resistido a que ustedes, como son más, impongan su criterio, pero no nos resistimos ni dejaremos de intentar explicar a la ciudadanía en cada ocasión y oportunidad que tengamos cuáles son sus verdaderas intenciones, sus concretas contradicciones en su discurso, los antagonismos en su propia ideación de la modificación legislativa y, en definitiva, el afán que tenemos por retirar toda esa hojarasca y dejarles a ustedes al desnudo. Queremos dejar desnudo el tronco de hojas para permitir ver a los ciudadanos qué es lo que ustedes quieren hacer: llegar a tiempo a la cita y cubrir entre diciembre y enero cerca de una veintena de plazas de jueces y magistrados según sus propios intereses o impidiendo que accedan aquellos que a ustedes no les interesan. Siguen ustedes en la tradicional intención del Partido Socialista de llegar al poder y posesionarse de los órganos de gobierno de la justicia.
Nada más, señor ministro, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Conde.
¿Algún otro portavoz quiere hacer uso de la palabra? (Pausa.) Señor Bofill, tiene la palabra.
El señor BOFILL ABELLO: Muchas gracias, señora presidenta.
En primer lugar, quiero manifestar que, al margen de otras consideraciones, sabe que cuenta con el apoyo de nuestro grupo para hacer prosperar esta reforma.
Nosotros creemos que, efectivamente, el Consejo General del Poder Judicial es un órgano político, pero no cualquiera. Por eso, consideramos que no se debe ver sometido al vaivén de la confrontación de los partidos políticos y a unas mayorías absolutas, como nos había acostumbrando
el Partido Popular en la anterior legislatura, de ahí la necesidad de algún sistema que pondere este abuso de la mayoría absoluta.
En ese sentido, nos parece bueno el modelo de los tres quintos para la elección y nombramiento de los presidentes de Sala, magistrados del Tribunal Supremo, etcétera, que son órganos fundamentales de nuestra administración de justicia. De hecho, es necesario que la pluralidad de nuestra sociedad esté presente, no sólo en el Consejo General del Poder Judicial, sino también en estos órganos judiciales, para que sus decisiones sean justamente ponderadas en relación a lo que es la realidad social del país.
La propia ley orgánica que determina la composición del Consejo General del Poder Judicial ya señala claramente en su exposición de motivos que la modernización de la justicia que demanda la sociedad española debe cimentarse en el consenso; un consenso que asegure que el poder judicial actúa como poder independiente, unitario e integrado regido por una coherencia institucional comúnmente aceptada que le permite desarrollar con la máxima eficacia sus funciones constitucionales.
Creo que la reforma planteada va en esta dirección y, por lo tanto, la valoramos positivamente. En este sentido, quiero recordarle al portavoz del Grupo Parlamentario Popular que no es una reforma exclusiva del Partido Socialista, más bien al contrario; el único grupo que se opone a la misma es el Grupo Parlamentario Popular, y por alguna razón será. Ni mucho menos creo que los demás grupos seamos unos simples acólitos del Partido Socialista, ya que estamos condicionando en muchos aspectos su acción de gobierno. Pero sí hay una historia anterior, la que explica que, en este caso, el Grupo Parlamentario Popular se encuentre en solitario, y es que ustedes en la legislatura pasada abusaron de su mayoría absoluta y ahora en el Consejo General del Poder Judicial, de una manera poco adecuada por lo que deben ser las características de un órgano judicial, se están reproduciendo unas mayorías sistemáticas --como ha señalado el ministro, mecánicamente-- que tienen un sesgo político. El hecho de obligar a que haya un debate dentro de este órgano, se tengan en cuenta todas las opiniones y se busque el consenso es una forma de evitar la excesiva politización de las decisiones del Consejo General del Poder Judicial y facilitar que sean más ajustadas a la pluralidad de nuestra sociedad.
Dicho esto, quiero plantear otras cosas, pero no me voy a extender.
Quiero recordar al señor ministro que quedan pendientes otras reformas en relación con el funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial que han de comprender, necesariamente, elementos como los que hemos señalado hoy que garanticen la neutralidad política y la independencia de este órganos. Asimismo, son necesarias otras reformas que ajusten su estructura a los requerimientos de un Estado compuesto como es el español.
Quizá no sea el momento de profundizar en ello, para no alargar la intervención, pero sí quiero hacer un último apunte. Desde nuestro grupo, pensamos que en este camino de democratización y adaptación de la administración de justicia a un Estado compuesto es necesario abordar en algún momento la descentralización territorial del Consejo General del Poder Judicial. Desde nuestro punto de vista, esta descentralización debería hacerse estableciendo, en casos como el de Cataluña, un consejo autonómico territorial que ejerza competencias delegadas del Consejo General y en cuyo nombramiento participe el gobierno autonómico. Aunque ya tendremos ocasión de hablar de ello, es bueno que estas ideas se vayan abriendo camino.
Muchas gracias, señor ministro.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Bofill.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Díaz.
El señor DIAZ TEJERA: Muchas gracias, señora presidenta.
En primer lugar, quiero manifestar el desagrado con el que habla este senador. No soy persona que le guste escuchar expresiones como las que he oído en el Pleno del Senado, y me refiero a la referencia a golpe de estado contra la justicia, porque me resulta hiriente en términos humanos y políticos.
Tampoco me ha gustado escuchar hoy esa insinuación de «pretende engañar».
Son expresiones más propias de otros ámbitos ajenos a una Cámara que se debe caracterizar por la reflexión, el sosiego, la mesura y la moderación de las expresiones que se usan. Se puede ser terriblemente duro, exigente y radical en las expresiones sin llegar a usar ese tipo de palabras que descalifican a su propio autor. Entre otras cosas, porque la Sentencia 106/1986 del Tribunal Constitucional ya ha aclarado los criterios de elección del Consejo General del Poder Judicial. Al comienzo de su exposición usted se ha referido a ello y ha hablado de los años ochenta, y ahí está la sentencia cuyo fundamento jurídico número 13 alude a la necesidad de mantener al margen de la lucha de partidos algunos ámbitos de poder, entre ellos el del Poder Judicial.
Es su propio Consejo General del Poder Judicial, con el voto establecido por la mayoría del mismo, el que usa la expresión herido de muerte. Tengo aquí este voto y se lo puedo entregar a usted. El mismo Consejo General del Poder Judicial. No estoy hablando de la minoría del Consejo en sus votos particulares, digo la mayoría quien alude a que el propio Consejo en la actual situación, por el fraccionamiento sistemático que tiene en la toma de posiciones, está herido de muerte y que de cada 10 decisiones, ocho siempre corresponden a las personas con la misma trayectoria y un mismo carácter asociativo, y eso induce a pensar. Podríamos hoy todos acordar que la situación actual del Consejo no es buena y no es buena para nadie y todos los servidores públicos deberíamos llegar a la conclusión de que esa situación no es buena. Y si el propio Consejo dice que no es buena, habrá que hacer algo. Podemos meter la cabeza bajo el ala y decir que no pasa nada o, por el contrario, encarar el asunto.
Esta es una propuesta --como muy bien ha dicho el señor senador-- que proponen siete grupos parlamentarios, con una inmensa pluralidad, con una inmensa diversidad política de itinerarios políticos y sociales de todos los que
lo integran. Luego resulta excesivo reducirla a la voluntad, al juicio de intenciones y a lo que aparece detrás de la norma o del proyecto de norma. Dice el artículo 3.1 del Código Civil, que usted conoce muy bien, que las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas. Pues bien, si la norma está ahí y usa las expresiones que usa, la evaluación que nos debe merecer como representantes electos de la población es evaluar lo que ahí está escrito.
Yo sé que usted en gran medida usa --y tengo todas las notas que usted ha ido desgranando en su intervención-- un esquema de intervención idéntico al que usa la mayoría del Consejo. De 40 páginas, señor Conde, y en cinco apartados distintos, sólo dos páginas se refieren a la cuestión jurídica de la constitucionalidad de la propuesta y el resto de las páginas están llenas de expresiones que no son jurídicas, que es lo que compete al Consejo General del Poder Judicial, sino que son expresiones como propuesta intempestiva, propuesta alarmante, propuesta que perturba el funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. En la página 7 dice: «energía potencialmente perturbadora». ¿Eso es Derecho? En la página 8 «... llama la atención el dramatismo con el que se invoca la necesidad de la reforma». ¿Eso es Derecho? En la página 9: «... que un cambio en el sistema de mayorías para la formación de la voluntad de sus órganos no puede ser calificado sino de intempestivo». ¿Eso es Derecho? Y lo propio del Consejo General del Poder Judicial, según el artículo 108, es hacer el análisis técnico-jurídico, propuestas técnicas que tienen que ver con el ejercicio de la jurisdicción en los diferentes órdenes jurisdiccionales.
Yo venía con un esquema para hacer un debate jurídico. El artículo 122.2, al que se alude en esas dos páginas de las 40 que he dicho, remite el constituyente al legislador orgánico para regular el Consejo General del Poder Judicial. No hay ningún comentario, no hay ningún artículo, no hay ninguna ley ni siquiera orgánica que plantee la imposibilidad de que el Poder Legislativo no pueda realizar la configuración normativa que estime oportuno el Poder Legislativo. En este caso no es el Poder Legislativo, es el poder prelegislador porque la iniciativa está en esos términos. Eso respecto al artículo 122.
En esas dos páginas hay una referencia al artículo 9.3, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, el último de los principios que predica el constituyente. Y cuando se plantea la interdicción de la arbitrariedad de nuevo se vuelve a plantear que hay una confusión ahí porque esa prohibición exacta se plantea en lo relativo a la relación entre el reglamento y la ley, pero no en relación a la libertad que tiene el órgano prelegislador, que tiene iniciativa, o el órgano legislador en el momento de configurar normativamente al Consejo como estime oportuno, según la pluralidad de las acciones políticas que lo configuran.
Iba a deducir de sus palabra su espíritu, si iba a ser constructivo o no, pero no hace falta deducir porque usted mismo --y así lo proclamó- ya manifestó que no tiene espíritu constructivo en esta intervención, por lo que habría que dejarla a un lado, ya que lo que uno pretende es construir conjuntamente con todos y con todas. Pero creo que es un tipo de pensamiento muy instalado en el pasado, con unas expresiones no propias del siglo XXI, sinceramente se lo digo y con todo respeto, y sobre todo instalado en la sospecha permanente. Si nos pusiéramos a su altura y dijéramos eso, que creemos que usted quiere nombrarlos a su gusto, si nos pusiéramos en la sospecha, en la inversa sería: ¿es que los demás no podíamos pensar que usted quiere nombrarlos a su gusto, como lleva haciendo todos estos años, de diez, ocho? Yo no me quiero poner a esa altura, porque estoy convencido de que a usted --a pesar de su estilo, a pesar de sus características, de su proclamación e incluso usted ha dicho que en este apartado no tiene espíritu constructivo--, estoy convencido de que a usted la pasión que le anima sigue siendo una pasión constructiva.
Calificar de impúdico algo que lo que quiere hacer es aumentar el grado de apoyo a la elección, no me parece de recibo por quienes reformaron el Código Penal de tapadillo. Reformar el Código Penal de tapadillo no es una buena forma, ni es un buen argumento, ni es ninguna fuente de autoridad moral para cuestionar ahora esta propuesta a la Cámara, que no es de tapadillo, sino con toda claridad, apoyada por siete grupos, con esta amplitud y con este debate.
No ha planteado el señor ministro --yo no lo he escuchado y apelo a la grabación que se está haciendo en estos momentos-- si en algún momento cuestiona el prestigio de ningún nombramiento por el margen de apoyo, usó incluso un argumento preciso y lo comparó con la elección, por ejemplo, de un presidente de audiencia provincial o una presidenta de Alicante y dijo que le parece, con toda corrección. Usted le imputa expresiones que él no ha usado. En absoluto se plantea que todo aquello que sea decidido por menos de tres quintos no tenga legitimación de origen. No es así.
Pero reconozca usted que si la legitimación de origen no es sólo la mitad más uno sino que es de tres quintos, la legitimación es mucho mayor.
Yo puedo entender que los presidentes de la audiencia provincial, porque es el funcionamiento ordinario, se planteen la elección por la mayoría de los presentes, por la mayoría simple. ¿Por qué razón ante decisiones de especial trascendencia, decisiones especialmente relevantes, a imitación del constituyente, para decisiones especialmente relevantes que son constitutivas del esquema vertebral de nuestro Estado, el Consejo General del Poder Judicial no puede hacer lo mismo? No es sólo la elección del presidente y vicepresidente del Consejo, no es sólo la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, porque se podría decir que son cuestiones «ad extra», exógenas --es una expresión que utilizó--, sino que «ad intra» también tiene tres quintos. ¿Cómo se acuerda el cese de los vocales si está incurso en una subcausa? Por tres quintos. ¿Cómo cree usted que «ad intra» se elaboran los reglamentos de personal o de organización o de funcionamiento? Por tres quintos. Es decir, el propio Consejo para decisiones especialmente relevantes ya tiene previsto en su propia ley orgánica
que algunas materias tienen que tener esa especial cualificación de la legitimación de origen.
Usted dice que la atención es colegiada, el ritmo general y no cita el artículo 26 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pero fue una reforma que antes citó el señor ministro. Cuando el año pasado, en el año 2003, en la Ley 19/2003 se planteó esa reforma de las reglas de juego lo que se pretendía era cambiar criterios de funcionamiento, y donde había mayoría absoluta se plantearon situaciones que en lugar de catorce, fueran once. El argumento que se plantea ahora no se reduce, sino que se amplía y tiene el compromiso que ha manifestado de manera reiterada --hoy también lo ha hecho aquí-- de que no sea sólo para esta legislatura, sino que en cualquiera de los casos es un compromiso que plantea para otras eventualidades futuras, sea cual sea la mayoría en cada uno de los momentos, con lo cual todo su razonamiento de la sospecha sería absolutamente justo si en otra legislatura usted viese que un ministro socialista plantea la reforma y vuelve a retomar esta posición.
Mientras no se plantee eso, creo que esa sospecha no tiene fundamento ni sustento alguno. Terminó ya, pues anteriormente cronometré el tiempo exacto que utilizó el señor portavoz del Grupo Parlamentario Popular, que fue desde las 13,40 a 13,55. Yo no quiero emplear tanto tiempo, pero sí al menos un cierto margen de consideración.
El fondo que subyace en esta cuestión es si es bueno o es malo para el prestigio de quienes están en el escalón superior de todo nuestro sistema jurisdiccional el que sean elegidos por tres quintos. ¿Es bueno o es malo? Esta es la pregunta básica.
Si me argumentase usted que es malo, y lo demuestra, yo no tengo ningún inconveniente en decirle: discrepo de ese criterio, pero es que no hay razón alguna. Yo desempeñé la función de Diputado del Común de Canarias, que es el nombre que tiene en Canarias el Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo en Canarias, el Diputado del Común, como la mayoría de los defensores autonómicos, excepto en alguna comunidad como la valenciana que es por dos tercios, en general es nombrado por tres quintos; para ejercer tal magistratura de opinión es importante que no sea sólo la mitad más uno, sino que se exigen tres quintos. Hay una cosa que usted no ha dicho pero que está en el criterio de la mayoría del Consejo y que me parece razonable. Dice la mayoría del Consejo: los tres quintos no garantizan el mérito y la capacidad. Es verdad, per se no garantizan mérito y capacidad, pero sí el forzarlo y provocarlo a debatir y a dialogar.
En la actualidad ha habido nombramientos --y puedo dar algunos de ellos- bastante escandalosos de personas muy atrás en el escalafón sin ninguna publicación, sin doctorados de ninguna naturaleza, para un cargo en la Audiencia Nacional, comparados con otros muy adelantados en el escalafón, con muchas publicaciones, con muchas sentencias y con un montón de doctorados y ganó el que tenía menos mérito. ¿Qué fundamento tenía? Ninguno. El provocar el diálogo, obligar a debatir y dialogar siempre es bueno.
Usted me podrá decir: también sería bueno que se motivaran los nombramientos. En eso coincido con usted, y lo han planteado en el Consejo General del Poder Judicial en el sentido de motivar los nombramientos, razonarlos e incluso plantear algunos criterios objetivos con antelación. Hoy por la mañana hemos estado discutiendo sobre el número de órganos jurisdiccionales para todas las provincias y territorios: municipios, partidos judiciales, agrupaciones o concejos, y al final siempre hay que responder a la presión que se recibe con indicadores objetivos. Lo mejor es establecer indicadores objetivos:
litigiosidad pendiente, litigiosidad que se espera y dinámica que se plantea en el orden jurisdiccional.
Por lo tanto, si es bueno tener indicadores objetivos en la creación de órganos jurisdiccionales, no parece adecuado que en el momento de la elección de cargos no tengamos algún indicador objetivo previo en torno al mérito y la capacidad, aparte de la obligación del nombramiento.
Sinceramente, como todos sus razonamientos han versado en torno al artículo 127, único artículo en el que usted se ha centrado, las otras reformas que se han planteado sobre el Centro Nacional de Inteligencia y la cuestión relativa a los magistrados eméritos no han sido abordadas, omito todo razonamiento suscribiendo lo que ha planteado el señor ministro.
En cualquier caso, sería bueno que el debate fuera en torno a la realidad presente. En Canarias hay una expresión que dice: ser «sajorí», ser mago, pitoniso, averiguar el futuro, instalarse en el mundo de Rappel. Pues bien, no es bueno ser sajorí y estar interpretando en términos psicoanalíticos cuáles son las intenciones ocultas, sino que debemos ver cuál es la realidad y como juristas interpretemos las normas según el sentido propio de sus palabras y el artículo 3.1 del Código Civil que antes he mencionado.
Gracias, señora presidenta. No he consumido los quince minutos que sí consumió el portavoz del Grupo Parlamentario Popular.
La señora PRESIDENTA: Cuando el tiempo esté tasado, se darán cuenta sus señorías de ello.
Muchísimas gracias por su brevedad.
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Gracias, señora presidenta.
Intervendré también en aras de la brevedad, del respeto debido al manejo del tiempo de los actos parlamentarios y a la agenda de cada cual porque, efectivamente, ha ido transcurriendo la mañana, es una hora muy avanzada y conviene ir llegando a conclusiones. Déjenme celebrar --como hice en el anterior trámite parlamentario en el que me ocupé de este asunto el pasado jueves en el Congreso de los Diputados-- la altura de este debate y el intercambio de opiniones que se escuchan. Créanme si les digo que disfruto cuando el Parlamento abre paso a un cierto intercambio de opiniones y expresa así el valor del pluralismo a través de la contradicción, de la contraposición nítida de puntos de vista.
Seguramente no será posible, dada la naturaleza de la acción política, la síntesis, y
no me parece mal que se escuchen tesis y antítesis, pero me veo obligado a aportar mi dosis adicional de racionalidad a la fundamentación y al buen sentido de una iniciativa legislativa en la que creo, no solamente por su origen, porque efectivamente está en disposición de los órganos constitucionales que tienen iniciativa --porque así se la da la Constitución-- administrar cuándo la ejercen.
Por lo tanto, el sentido de la oportunidad en política corresponde íntegramente a los órganos constitucionales a los que la Constitución les otorga la misma, como es el caso del Congreso de los Diputados, del Senado, del Gobierno, que son los que deciden la oportunidad política.
Frente a esos ejercicios absolutamente legítimos de iniciativas de interpretaciones en claves psicológicas, no caben dichas interpretaciones salvo que se esté dispuesto, en aras a la buena dialéctica, a resistir la argumentación en contrario, y quizá la contraposición negro sobre blanco del reverso de la propia forma de argumentar, ya que quien aduce argumentaciones de orden psicológico imagino estará también en disposición de resistirlas cuando les llega el momento.
Por ello, considero que la iniciativa política corresponde al Parlamento, que ha ejercitado a través de una proposición no de ley en la que mandata al Gobierno y éste responde. Frente a ello no cabe oponer desde el propio Consejo General del Poder Judicial argumentaciones de oportunidad política, porque no es ése el papel del Consejo. Cualquier ocasión es buena --lo he señalado más de una vez en el Senado-- para recordar que la competencia consultiva que corresponde al Consejo no se la da la Constitución, que ésta define al Consejo General del Poder Judicial como un órgano constitucional por su relevancia y político por su función; la competencia consultiva se la da la Ley Orgánica del Poder Judicial con carácter posterior. Evidentemente, no con la intención clara de que el Consejo se convierta en un contrapoder o en una instancia política contradictoria con la del Gobierno representativo, es decir, con la del circuito representativo, que es el que define la política en una democracia parlamentaria. Por lo tanto, no con la intención de legitimar al Consejo como una virtual tercera instancia o tercera Cámara con una composición política alternativa a la de la política representativa. No.
Se supone que el trámite consultivo tiene que tener esa función esencialmente técnica de poder aportar a través de sus servicios técnicos
--que los tiene y bien nutridos, un cuerpo numeroso de letrados y cualificado o por lo menos así debería ser-- argumentaciones jurídicas que sean útiles para el trabajo que corresponde a los órganos de la política democrática, a los órganos de la política representativa, al Parlamento y al Gobierno.
Pero resulta que, de forma nítida, en el Consejo General del Poder Judicial a menudo se producen informes que tienen una naturaleza marcadamente política, muy teñidos de valoraciones políticas. Considero que estoy en disposición de decir que, con todo el respeto que me merecen todas esas posiciones y sin ninguna descalificación de ningún tipo a las argumentaciones políticas, imagino que les cabe que estén en disposición de resistir las contraargumentaciones, los argumentos en contrario.
Por lo tanto, tanto la semana pasada en el Congreso, como en el Senado en una interpelación, que efectivamente interpuso su señoría, yo tuve la oportunidad de responder y me cabe afirmar que cuando se argumenta políticamente se tiene que estar en disposición de resistir la contraargumentación. Es así de simple. Por lo tanto, frente a los argumentos políticos del Consejo, se tiene que estar en disposición de resistir los argumentos políticos de quien tiene legitimidad para tomar iniciativas legislativas, ejercerlas y sacarlas adelante. Desde luego, algunos de los argumentos políticos del Consejo --que son abundantísimos en el informe específico a este proyecto de ley-- merecerían ser contestados punto por punto, empezando por el de la inconstitucionalidad, pero de forma muy particular el que afecta a la independencia judicial.
¿Por qué? Porque la independencia judicial es un valor importantísimo y creo firmemente en él. Para ser tomada en serio, la independencia judicial tiene que estar circunscrita al acto jurisdiccional por excelencia, que es el momento de entender del conflicto y resolverlo en Derecho. Es ahí cuando la independencia judicial cobra todo su valor, y es confundir las cosas pretender que la independencia judicial tiene que ver con el modo en que se configuran los órganos judiciales o el modo en que se accede a la carrera judicial. Esas argumentaciones son muy frecuentes en el debate, pero un acto parlamentario de cierta entidad como éste es un buen acto para decir esto que quizá no se puede decir en 59 segundos, porque es un argumento que hay que exponer de manera articulada, y es el de que no se puede afirmar bajo ningún concepto --es lo que quise decir antes y por eso usted traía a colación la legitimidad de los órganos jurisdiccionales-- que la independencia judicial se ve afectada por el modo en que se integran los órganos de Justicia o incluso por el modo en que se accede a la carrera judicial.
Hemos escuchado muchas veces, por ejemplo, que los jueces profesionales son los que acceden por oposición. Yo digo, no, de ninguna manera; jueces profesionales son los jueces que ejercen jurisdicción, independientemente de cuál sea el acceso a la carrera judicial. En este sentido, la ley puede apostar por distintas formas de acceder a la carrera judicial sin que ello afecte ni a la profesionalidad del juez ni por supuesto a los atributos de la independencia en el momento de dictar sentencia.
Por ello, creo que tiene la misma independencia, exactamente la misma el magistrado del quinto turno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que el magistrado que accedió a la plaza, porque tenía quince años de antigüedad en órganos civiles de jurisdicción y concursó a la plaza. La misma legitimidad tiene el que fue votado por mayoría simple, si ésa era la regla para acceder al órgano en su momento, que aquel que lo sea por mayoría de tres quintos, en su momento, si esa es la regla para decidir en el momento de tomar esa decisión. Lo que sí estoy en disposición de afirmar políticamente es que esa legitimación en ningún caso será menor.
¡En ningún caso será menor! Por tanto, creo que existe el razonamiento político de que, cuando se apuesta por extender la mayoría, se está apostando también por incentivar el procedimiento que conduce a un
acuerdo de mayor alcance, desde el punto de vista numérico o cuantitativo, que es el diálogo y la búsqueda activa de acuerdos.
Convendrá usted conmigo, señor Conde, que inevitablemente es más fácil prescindir de los demás cuando se tiene un grupo compacto, con una mayoría que por sí sola se basta, que cuando con ese grupo compacto que por sí solo no se basta es preciso alcanzar a otros grupos para poder producir una decisión, porque esto es lo que obligará a ese grupo a salir de sí mismo e ir a la búsqueda del otro, a hablar y a dialogar por lo menos; creo que esto es bueno cuando se trata de órganos jurisdiccionales tan cualificados como, por ejemplo, el Tribunal Supremo, por muchas razones, no sólo porque sea el superior en todos los órdenes de jurisdicción, que es lo que quiere la Constitución, sino también porque al Tribunal Supremo se llega no con un mandato temporal, sino con un mandato que se prolonga hasta el momento de la jubilación. Se llega al Tribunal Supremo como desembocadura de una carrera jerarquizada, piramidal, y es el último escalón de una vida de dedicación a la Justicia. Por tanto, es razonable que quienes accedan al Tribunal Supremo y ahí se quedan el resto de su vida profesional lo hagan con una especial legitimación, también desde el punto de vista de la búsqueda de acuerdos para producir la decisión por la que llegaron hasta ahí.
Las calificaciones de conservadores y progresistas son convencionales, y no me molestan. Existen distintas adjetivaciones para poder referirse, a efectos explicativos o gráficos, a actitudes o sensibilidades ante cualquier ámbito de la política. Yo creo que la política está revestida de dignidad; no execro de la política en ningún plano, en ningún orden de consideraciones. Provengo de la universidad y creo que en la universidad hay política, y se hace política universitaria, pero en todos los ámbitos: hay política para configurar el decanato de una facultad, hay política para decidir el rectorado de una universidad, hay política en un claustro, y es la política universitaria, y esa política hay que ejercerla con dignidad, y tiene que tener su belleza y ser explicada como tal a los ciudadanos. Por tanto, no execro de la política en ningún plano, tampoco de la política judicial, y el Consejo General del Poder Judicial hace política judicial.
En consecuencia, el modo en que se conforma un órgano de Justicia, también colegiado y muy numeroso, como es el Tribunal Supremo, es una decisión de política judicial, sin duda, y la decisión por la cual se prefiere un candidato a otro que pueda ser alternativo, o a una candidata que pueda ser alternativa a otra, es una decisión política, máxime en lo que pueda ser una aparente equidad de méritos, una aparente igualdad de idoneidad; no siempre es fácil dilucidar con criterio científico o técnico qué candidato es mejor que otro, porque por más que se objetiven los baremos, resultará que siempre es posible que al final la cualificación, desde el punto de vista objetivo, parezca la misma, no sólo en dos candidatos, sino en más.
Por tanto, la decisión final podrá ser política, tendrá naturaleza política, y no es malo que se presente como tal. Ahora, no dejo de señalar que resulta bastante chocante, llama bastante a la perplejidad que en determinados ámbitos de opinión se execre voluntariosamente de la política, pero luego se ejerza con avaricia, y se ejerce política avariciosamente; es muy frecuente en el ámbito de la política judicial que quienes presentan a la política como un ámbito indigno o infame la ejerzan, pero la ejerzan al límite de sus posibilidades, la reivindiquen y la reclamen para sí.
Creo que es bastante constatable a estas alturas que en el Consejo General del Poder Judicial, siendo un órgano plural, hay una mayoría que funciona de forma bastante sólida. Y ya que usted me invita, yo le diría, a efectos analíticos, que el registro de voto es mucho más mecánico en eso que se ha dado en llamar la mayoría conservadora, que la puede usted llamar mayoría moderada --y cualquier otra adjetivación serviría, porque en función del marco de análisis quizá los adjetivos pueden variar sin que eso sea relevante--, que funciona de forma bastante predecible, bastante mecánica, mientras que, si me lo permite, dado que usted me invita, le diré que desde el punto de vista de la minoría del Consejo los registros de voto son mucho más diversificados y plurales. No me parece mal, en todo caso, que el comportamiento de la minoría a esos efectos
--de un tiempo a esta parte, de los dos años y medio que lleva cumplidos el Consejo de su mandato de tres años-- sea mucho menos predecible que el de la mayoría.
Dado que usted es quien pone sobre la mesa de manera insistente el enfoque psicológico de cuáles serán las intenciones, déjeme que le diga que algo habría --de acuerdo con su propio razonamiento, no con el mío-- que sospechar de las motivaciones de quienes se oponen a esta modificación, porque imagino que en ese caso también habrá que explorar cuáles son las motivaciones por las cuales temen esta reforma los que vienen decidiendo, por sí, de manera mecánica, siempre los nombramientos sin contar con nadie más, y así lo vienen constatando en el registro de voto. Por ahí se explica bastante la resistencia que esta modificación ha obtenido, que, como digo, nace del Parlamento con toda legitimidad, tiene su punto de objeción por parte de una mayoría en el Consejo que es la que ha venido precisamente disfrutando de este statu quo, cuya modificación puede temer en lo inmediato.
Finalmente, déjeme que le diga también que yo nunca he visto ningún problema --y no me parece mal que así se explique a la ciudadanía-- en que un órgano plural tenga esa composición plural, que se pueda explicar tan plausible y tan razonablemente; no me parece mal que, de acuerdo con unas coordenadas, haya una mayoría conservadora y una minoría que tenga una configuración más plural o heterogénea, pero creo que está perfectamente al alcance del legislador intentar que determinados nombramientos tengan esa convocación, expresa en la ley, a que como mínimo se hable con carácter previo, y además creo que eso es funcional; por ello puse el ejemplo del Tribunal Constitucional.
Llama la atención que ciertos sectores de opinión, que se han esforzado mucho por equiparar el Tribunal Supremo al Tribunal Constitucional a todos los efectos, a efectos retributivos, estatutarios, los mismos componentes atributivos de dignidad institucional y de estatus, que han
reivindicado de manera muy insistente la referencia al Tribunal Constitucional, cuando se trata de la legitimación de la mayoría que decide ese nombramiento de repente cambien el discurso de manera tan ostensible, porque son tres quintos los que deciden los magistrados al Tribunal Constitucional; pero creo que además esa mayoría de tres quintos ha funcionado bien, precisamente porque nadie decide por sí solo, porque hay que hablar con carácter previo, y porque esa mayoría cualificada ha propendido a que, dentro del Consejo General del Poder Judicial, se busque un acuerdo y se obtenga. Al final, no existe ninguna experiencia de dos magistrados del Tribunal Constitucional que vayan por el Consejo General del Poder Judicial que sean exactamente del mismo color o de la misma extracción o de la misma procedencia; existe un cierto equilibrio de representación del pluralismo de las candidaturas en presencia y también de la sociedad a la que debe servir. A esos efectos, me parece que el ejemplo es bastante incentivador, es bastante positivo, y a mi juicio eso no tiene efectos negativos; los tiene positivos.
Por lo demás, senador Conde, creo que ha cargado la tinta en la descalificación de esta iniciativa diciendo que lo que existe es una voluntad de copar. Y ese argumento desde el punto de vista aritmético es forzado y artificioso porque, en primer lugar, una mayoría de tres quintos es menos fácil de copar que una mayoría simple para decidir, y a las pruebas me remito. Resulta que es en la actualidad cuando una misma mayoría es la que puede decidir, sin contar con nadie más; es en la actualidad donde los mimbres legislativos están dados para que sea una mayoría la que pueda copar todos los nombramientos, y si usted acusa al Grupo Parlamentario Socialista de querer copar nombramientos, en ese caso reviértase el argumento sobre sí mismo y lo que representa su grupo y sus posiciones. ¿Es que lo que usted pretende es que se mantenga el actual statu quo por el que, aritméticamente, resulta más fácil que un solo grupo cope todos los nombramientos? El argumento es fácilmente reversible. Por tanto, lo que se intenta es cambiar la cultura con la que el órgano actúa y produce sus decisiones.
No hay ninguna confusión en la regla de interacción del órgano con respecto del modo en que actúen los órganos jurisdiccionales, porque lo que nos está afectando no es el modo en que deciden los órganos judiciales, sino el modo en que se integran los órganos judiciales. Usted hablaba de la interacción del Tribunal Constitucional, y podemos hablar aquí de la interacción del Tribunal Supremo, que también es un órgano muy numeroso. Por tanto, no se trata de alterar el modo en que el Tribunal Supremo decide ni la independencia con la que, por supuesto, lo hace, sino el modo en que se llega al Tribunal Supremo. Creo que no tienen ninguna contraindicación negativa, por el contrario; puede tener efectos positivos en la medida en que pacifique el modo en que se compone el Tribunal Supremo, el modo en que se integra con personas de carne y hueso, con hombres y mujeres. En la medida en que tengan mayor aval por el órgano que lo decide, que es el Consejo General del Poder Judicial, esas decisiones tenderán a ser más pacíficas y a estar más legitimadas.
Creo que no hay ningún inconveniente en afirmar, como recordaba el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, que el Consejo General del Poder Judicial no es un órgano pacífico. No lo es. No hay ningún inconveniente. podemos decirlo y tenemos la obligación de hacerlo porque nos corresponde a nosotros la legislación relacionada con él, y que tiene problemas de producción de decisiones en ámbito interno que repercuten a menudo de manera negativa causando el deterioro del prestigio y la credibilidad del Consejo y de los órganos judiciales de los que entiende el Consejo a la hora de nombrar qué personas acceden a esos órganos judiciales o, en su caso, los presiden. Creo que es una reflexión perfectamente legítima y razonable que puede y debe abordar el legislador en el momento en que se lo proponga. Pero precisamente porque el Consejo General del Poder Judicial --y con ello apunto el último razonamiento-- puede tener esos problemas de funcionamiento en su seno, tengo que recordar que la legitimación para incidir sobre la configuración legislativa del órgano y sus decisiones corresponde enteramente al Parlamento. Esa es una cuestión que ya quedó despejada en los años ochenta. El otro día el portavoz del Grupo Parlamentario Popular se encrespaba porque yo refería esos precedentes de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Lo hice a estos efectos puramente analíticos y explicativos de recordar que ya hubo un momento en que el Consejo General del Poder Judicial disputó al legislador y al Gobierno la capacidad de decidir, a través de una ley orgánica, que es el instrumento que la Constitución mandata a este efecto, cuál iba a ser su composición, su organización interna o el método para la elección de sus vocales, reivindicando para sí esa atribución, y el Tribunal Constitucional despejó cualquier duda al respecto para aclararnos que el Consejo General del Poder Judicial no es un órgano de los jueces, no pertenece a los jueces, no representa a los jueces. Toma decisiones políticas sobre la judicatura y en materias que afectan a la carrera judicial y, por tanto, es perfectamente razonable --sí, perfectamente razonable-- que la composición del Consejo General del Poder Judicial y el modo en que decide no se vean afectados por lo que pueda ser el sentir mayoritario o dominante en la propia judicatura y tenga alguna conexión con el sentir mayoritario de la sociedad española, al que legítimamente dan expresión las cámaras y un Parlamento bicameral, un Parlamento que representa la soberanía popular. Es perfectamente razonable, y me pregunto cuántos años más tendrán que pasar para que cierto sector de opinión, que tiene presencia en ese mundo, llegue a asimilar un principio tan sencillo como éste. Porque no es su papel disputar decisiones de política judicial al Congreso, al Senado y al Gobierno, sino ejercer las funciones que la ley orgánica les atribuye en el marco que la ley orgánica establece, y la ley orgánica no la decide el Consejo, la decide este Parlamento y el Gobierno, impulsando iniciativas legislativas en el ejercicio de esa competencia que le da la Constitución. Este es un principio muy elemental, y estoy seguro de que resplandecerá cuando culmine la secuencia parlamentaria que deberá concluir con la aprobación de esta Ley Orgánica del Poder Judicial.
Finalmente, sólo deseo afirmar, como hice en el Congreso, que evidentemente, con esta ley orgánica, que tiene un objetivo muy escueto, de ninguna manera se da cumplimiento al programa de reformas organicojudiciales ni a las materias pendientes, ni siquiera a la totalidad de la proposición no de ley, porque hay otros puntos que tienen que ver con el refuerzo de la España autonómica en material judicial, con el refuerzo de las lenguas cooficiales, y con la necesidad de coordinar al Gobierno con las comunidades autónomas. En efecto, todos estos asuntos están en nuestra agenda y están siendo parte de nuestra acción política, pero por su alcance y por su dimensión de largo recorrido escapan a una respuesta de carácter específico como es este proyecto de ley que afecta, éste sí, a la cuestión de los nombramientos en el Tribunal Supremo que está incorporada al punto segundo de la proposición no de ley, del mismo modo que, en el punto primero, se mandata al crecimiento de la planta judicial, y creo que es respuesta de ello, en otro orden de consideraciones, el incremento a 250 nuevas unidades judiciales por las que ha apostado el Gobierno en su previsión presupuestaria para el año 2005. De manera que este proyecto de ley no hace todo el trabajo, no completa el programa, ni muchísimo menos. Está todo en la agenda. Vamos a continuar trabajando, y esperamos contar para ello con la colaboración de los grupos parlamentarios, y --lo dije en el Congreso y lo repito aquí de nuevo, en el Senado-- también con el Grupo Parlamentario Popular.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor ministro.
Pasamos a un turno de portavoces, pero deben ser muy breves, porque, además de que por la tarde tenemos tarea, el ministro también tiene asuntos ineludibles en su agenda.
Tiene la palabra el señor Conde.
El señor CONDE BAJEN: Gracias, señora presidenta.
Lo seré. Lo seré, pero no puedo dejar de hacer alguna manifestación sobre las palabras del portavoz accidental del Grupo Parlamentario Socialista, con las que se permitía emitir juicios sobre las expresiones que en su opinión pueden o no pueden decirse en esta Cámara por este portavoz, lo que atenta o deja de atentar contra la dignidad de la Cámara en opinión del portavoz accidental del Grupo Parlamentario Socialista. Yo me pregunto, señora presidenta, señorías, qué le hace pensar al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista que ha ganado por concurso-oposición la plaza de Catón el Censor en este Senado o que me convierta a mí en el Catilina particular del señor senador. ¿De dónde sale la arrogancia para venir a juzgar lo que se puede y lo que no se puede decir en la Cámara? ¿Qué papel de preeminencia pretende tener el senador...
La señora PRESIDENTA: Señor Conde, no pretendo alargar la cuestión, pero se expresa en unos términos... Lo acusa de arrogancia. El ha expresado su opinión. Lo que se puede y no se puede decir en esta comisión me corresponde a mí, es mi obligación. El señor senador ha expresado simplemente una opinión sobre lo que le gusta o no le gusta, por tanto, les ruego que no se dediquen esos adjetivos el uno al otro. Por favor, se lo ruego.
El señor CONDE BAJEN: Estaba diciendo, señora presidenta, estaba diciendo, señora presidenta, estaba diciendo, señora presidenta y seguiré diciendo, que de dónde saca el señor portavoz accidental del Grupo Parlamentario Socialista la facultad de venir a enjuiciar lo que corresponde o no corresponde decir en esta Cámara, y eso lo califico...
La señora PRESIDENTA: Señor Conde, lo llamo a la cuestión porque...
El señor CONDE BAJEN: Y al orden, señora presidenta, y si quiere me expulsa de la comisión. Está usted en su derecho.
La señora PRESIDENTA: Está muy exaltado, señor Conde.
El señor CONDE BAJEN: No, señora presidenta, hay cosas que no tolero, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: La comisión está discurriendo por los cauces normales, se está aviniendo a lo que esta Presidencia estima que se puede decir. Pero quiero decirle que no se ha arrogado ninguna competencia sino que ha expresado su opinión, como debidamente constará en el «Diario de Sesiones», señor Conde.
El señor CONDE BAJEN: Me habría gustado, señor presidenta, ver la misma diligencia de la presidenta saliendo en auxilio de este portavoz al que tiene el honor de dirigirse cuando ha utilizado expresiones similares el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. Lamentablemente, veo que la imparcialidad de la Presidencia se escora hacia la siniestra.
La señora PRESIDENTA: Señor Conde, ni tan siquiera una acusación de esa naturaleza va a impedir que sigamos el curso normal de la comisión.
El señor CONDE BAJEN: Como quiera la presidenta.
La señora PRESIDENTA: Por tanto, le ruego que se atenga a la cuestión.
El señor CONDE BAJEN: Como quiera la presidenta.
La señora PRESIDENTA: Le ruego que se atenga a la cuestión y siga su intervención.
El señor CONDE BAJEN: Sigo mi intervención. Seguiré mi intervención.
La señora PRESIDENTA: Adelante, señor Conde. Está en el uso de la palabra.
El señor CONDE BAJEN: Uno es libre mientras se sienta y se comporte como si fuera libre, y a mí la Constitución me concede el derecho, con arreglo al artículo 20, a expresar y difundir mis pensamientos, mis ideas y mis opiniones, y no voy a dejar de emitirlas porque haya un portavoz accidental del Grupo Parlamentario Socialista que considere que no se ajustan a lo que en su opinión debe ser el lenguaje y el verbo que hay que emplear en esta Cámara. Soy libre, me siento libre y me comportaré como libre, le guste o le deje de gustar al senador del Grupo Parlamentario Socialista o incluso a la Presidencia de esta comisión.
Entrando en más cuestiones, decía también el portavoz accidental del Grupo Parlamentario Socialista que yo razono políticamente y no jurídicamente, y que él venía aquí a hacer un análisis jurídico. Puede usted venir a lo que considerase más conveniente. Yo, al Senado, vengo a hacer política, mire usted. Yo, al Senado, vengo a razonar en política precisamente, porque para hablar en Derecho, lo hago a través de mis informes y mis escritos ante los tribunales de Justicia o a través de los dictámenes que emito en mi despacho, pero al Senado no vengo a hacer un análisis jurídico. Vengo a hacer un análisis político, que es la función que aquí estoy desempeñando.
Por otro lado, traer a colación el artículo 3 del Código Civil es, desde mi punto de vista, de aurora boreal. ¡De aurora boreal! Entre otras cosas, señor senador, porque no estamos hablando de Derecho vigente sino de algo que pretende serlo, de un proyecto de ley del Gobierno; por lo tanto, el hecho de hacer en esta comisión un análisis del artículo 3 del Código Civil, insisto, es de campanario.
Obviamente, lo que nos anima son los proyectos, los propósitos, las intenciones del Gobierno que propone un proyecto de ley y de los grupos que pretenden apoyarlo y, precisamente, eso es hablar de política, que es a lo que hemos venido o, por lo menos, a lo que yo he venido.
Señor ministro, yo no estoy haciendo una interpretación psicologista; no pretendo deducir del mero análisis de la psique del Gobierno --que, en modo alguno está a mi alcance--, cuáles son sus intenciones; me limito a analizar cuáles son los actos del Gobierno, las declaraciones del Gobierno, los tiempos del Gobierno, que son hechos objetivos. No son elementos de la psique ni son cosas inmateriales sino hechos y actos objetivamente contrastables, comprobables y valorables.
En este sentido, señor ministro, cuando digo que el procedimiento legislativo que ustedes han elegido revela una determinada intención, no estoy entrando en la psicología de nadie, estoy demostrando a través de los actos anteriores, coetáneos y posteriores --como usted sabe perfectamente, elementos fundamentales para hacer una adecuada valoración de la prueba--, qué es lo que el Gobierno pretende hacer. Por supuesto, cada uno tiene legitimidad para defender sus propias opiniones, pero si ustedes pretendieran establecer un nuevo procedimiento de provisión de plazas judiciales, con criterio intemporal, con criterio de deber ser, sin criterio de coyuntura política ni de urgencia ni de apremio sino con el de dotar a las instituciones de un determinado sistema de funcionamiento, ustedes no hubieran acudido al procedimiento de urgencia, a la lectura única y no hubieran celebrado un Consejo de Ministros extraordinario este lunes por la mañana. Señor ministro, todo eso no es intentar hacer psicologías del Gobierno, simplemente es constatar que ustedes quieren llegar a tiempo; tanta prisa pone de manifiesto que ustedes quieren llegar a tiempo, y yo me pregunto, ¿llegar a tiempo de qué? Llegar a tiempo de cubrir casi una veintena de plazas que hay vacantes --o las habrá--, en los dos próximos meses. Eso no es entrar en psicologías ni echar a nadie en un diván para que nos cuente sus ensoñaciones es, simplemente, constatar un hecho.
Señor ministro, yo no he hablado de copar mayorías --no sé de dónde ha sacado semejante expresión que, desde luego, no he pronunciado--, porque es más difícil copar una mayoría de tres quintos que copar una mayoría absoluta. Insisto en que no estoy hablando de copar mayorías en el seno del Consejo, estoy hablando del poder de vetar por parte de lo que usted ha denominado grupo socialista en el Consejo ante el nombramiento de determinados jueces y magistrados. Señor ministro, usted no lo recordará, pero podrá ver en el «Diario de Sesiones» que no sólo se ha referido a la minoría como progresista y a la mayoría como conservadora --que lo ha hecho--, sino que también ha denominado socialista, a la minoría del Consejo, y popular, a la actual mayoría, que incluso ha dicho que será minoría más adelante. Habrá sido un «lapsus linguae», o quizá no, pero eso es lo que usted ha dicho, señor ministro, no lo he dicho yo. Los adjetivos provocan un problema, porque el hecho de calificar a alguien de progresista o de conservador trasciende el mero elemento de partido
--tiene usted razón--, y puede hablar de una determinada concepción de la vida, de la sociedad o hasta del Derecho, pero adjetivos como socialista o popular son adjetivos partidarios si suprimimos el hecho del socialismo ya como ideología y lo circunscribimos a una mera denominación de partido; son elementos partidarios, señor ministro y, en cualquier caso, yo no hablaba de eso.
Insisto en que creo que ustedes quieren llegar a tiempo y que por ello andan con esas prisas y con esas urgencias. En mi opinión, señor ministro, no es admisible que una reforma de semejante calado se lleve adelante por el procedimiento que ustedes están pretendiendo utilizar; sobre todo, cuando se llenan la boca hablando del respeto a las minorías, del diálogo con las minorías pero, por lo visto, el grupo parlamentario al que tengo el honor de representar no es digno de respeto, no es digno de diálogo ni es digno de ser tenido en cuenta. ¡Qué curioso que a esa minoría socialista en el Consejo --según su propia expresión--, se le deba respeto y consenso y que, sin embargo, a la minoría popular en el Congreso de los Diputados y en el Senado, no se nos atribuya semejante privilegio! En fin, también es muy revelador de que hay cosas que valen siempre para ustedes y jamás valen para sus adversarios.
Muchas gracias, señor ministro y señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Conde.
Tiene la palabra el senador Díaz.
El señor DIAZ TEJERA: Gracias, señora presidenta.
Señor Conde, mi nombre es Arcadio Díaz Tejera. (El señor Conde Bajén:
Tomo nota.) No creo que en el Senado estemos en la Arcadia feliz --ni lo creo ni lo pretendo--, pero hay un término medio entre estar en la Arcadia feliz y el uso de expresiones que, desde mi punto de vista, no se deberían utilizar, como la de «cruzada contra los jueces», proferida por el señor Rajoy o «golpe de Estado contra la Justicia», proferida por usted en el Pleno del Senado o en el día de hoy, acusando al señor ministro de pretender engañar. Puede utilizar las expresiones que le parezcan más convenientes, pero usted mismo se estará calificando al hacerlo. ¡Allá usted! Lealmente, le tengo que decir que no es aconsejable usar esas expresiones, y créame cuando le diga que al Partido Socialista le va a venir bien para seguir ganando elecciones, porque ya me dirá usted si con el uso de expresiones como la de «cruzada contra los jueces» o «golpe de Estado», se va a ver reafirmado ese espíritu centrado o, por el contrario, cada vez queda más claro que cuando se rasca un poquito sale a la luz lo que está dentro, que es enormemente ilustrativo. (Risas.) En cualquier caso, cuando acabé mi exposición le dije que seguía entendiendo la buena voluntad de su exposición; presumo la buena voluntad de su exposición, que el análisis que hace está encaminado al bien del servicio público de la Justicia y que la ley sea lo mejor posible --en cuanto a contenido, técnica legislativa e incluso, terminológica-- pero, sinceramente, creo que no es bueno para el espíritu de una Cámara que se supone que es la más fría, la menos caliente de este sistema de bicameralismo desigual, más proclive a la reflexión, a la mesura, a la sensatez, al sentido común, e incluso a las buenas formas, el uso de expresiones como las de «golpe de Estado», «cruzada» y «pretender engañar».
Por eso, insisto en que es bueno que nos limitemos al análisis de las palabras exactas y de ahí cuando le he recitado, incluso con comas, el artículo 3.1 del Código Civil. Esto todavía no es una norma, es un proyecto y, por ello, hay que interpretarlo en función de lo que aparece escrito en el texto. Otra interpretación que vaya más allá del sentido propio de las palabras --y no voy a recitar de nuevo el artículo 3.1 del Código Civil--, ya no es un análisis que se ajuste a las palabras sino que estaremos entrando en el terreno de las intenciones; y, en términos psicoanalíticos eso es una proyección, un retrato o un autorretrato. En este sentido, le reitero que no es bueno que usted diga que la intención es una u otra porque, «sensu contrario», le puedo hacer la misma interpretación, pero como no quiero estar a esa altura, prefiero omitir tal razonamiento y no volverlo a reproducir.
Voy a usar expresiones que no tienen por qué entender todos los senadores porque a ninguno se le exige que tenga que ser jurista, pero como usted ha aludido en varias ocasiones a esta ciencia valorativa, me permito reafirmar la «autoritas» de origen --que no la «potestas»--, de los presidentes de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas --sea cual fuere la mayoría--, si se extienden los requisitos para el acceso. ¿Es bueno que los presidentes de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas sean elegidos por tres quintos, para el mismo origen y el ejercicio de tal función? Yo creo que es bueno. ¿Es bueno que los presidentes de sala y los magistrados del Tribunal Supremo sean elegidos por tres quintos, teniendo en cuenta que van a estar, como media, entre veinte y treinta años --y, en cualquier caso, siempre más de cuatro o cinco, aunque habría que ver la media del Tribunal Supremo? ¿Es bueno que para ejercicios de la función propia del Tribunal Supremo de unificar la interpretación doctrinal tengan esa legitimación de origen tan reforzado con tres quintos? Creo que sí es bueno. Y como sé que lo que le anima a usted, única y exclusivamente, es que la ley sea lo mejor posible y estoy convencido de que usted quiere que los magistrados del Tribunal Supremo sean los más cualificados, guiado sólo por el principio de mérito y capacidad y con una mayoría de consenso a la hora de su elección, creo que, en última instancia, animado por este espíritu constructivo --y aquí también hay un pequeño juicio de intenciones, que es incoherente y le pido disculpas--, apoyará finalmente esta ley.
Gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Díaz.
Señor ministro, usted cierra esta comparecencia.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (López Aguilar): Gracias.
Sin ánimo de reabrir el debate y, por tanto, no introduciendo ningún elemento nuevo ni adicional a los que ya venimos discutiendo, sí aportaré dos breves réplicas a las dos argumentaciones más insistentes que he escuchado por parte del portavoz del Grupo Popular.
La primera es relativa al manejo del criterio de oportunidad política que he reivindicado con total legitimidad para el Gobierno y para el Parlamento. Lo ha expresado cuando ha hecho esta crítica con respecto de lo que, a su juicio o interpretación, es premura, apremio o precipitación, en definitiva, la objeción relativa al procedimiento.
Creo que el procedimiento está a disposición de las mayorías parlamentarias, como, desde luego, el sentido y el manejo de la oportunidad lo es para el Gobierno. Ha sido --se lo recuerdo-- el propio Parlamento el que ha decidido el procedimiento. Ha sido la Mesa del Congreso de los Diputados, oída la Junta de Portavoces, ejerciendo las facultades que le da para ello el Reglamento del Congreso, con total legitimidad y escrupuloso respeto a las formas, la que ha decidido el procedimiento. A usted el procedimiento le parece objeto de discusión política, pero, con la misma transparencia que usted me exige, le invito a explicar por qué tiene tanta objeción al procedimiento.
Cuando usted pone ese procedimiento en conexión con los nombramientos pendientes de ejecución en los próximos meses y me acusa de tener interés estratégico en esos nombramientos, tendré el mismo derecho que usted tenía al exponer aquel argumento a manifestar, negro sobre blanco, que seguramente la objeción muy frontal, muy cruda y muy ruidosa que el Partido Popular ha hecho al
respecto tendrá algo que ver también, porque tiene la misma apreciación estratégica, respecto de los nombramientos en el Tribunal Supremo.
Sus intenciones son santas y las de cualquier otra esfera de la política, es decir, las de la instancia que corresponde a la mayoría parlamentaria, al conjunto amplio de grupos parlamentarios, siete --todos menos el Partido Popular--, la Mesa del Congreso, la Junta de Portavoces o, en su caso, el Consejo de Ministros, todas las demás son espúreas o están contaminadas, y la única santa --insisto-- sería la del Grupo Popular. Si usted cree que cabe denunciar el interés que tenga la mayoría parlamentaria con respecto de la importancia de las reglas con que se producen los nombramientos del Tribunal Supremo, porque tienen importancia los nombramientos en el Tribunal Supremo, déjeme que le diga que yo también tendré derecho a poner en valor, a identificar el interés que tiene el Grupo Popular en esos nombramientos, a la vista del ruido que ha hecho y la furia con que se ha opuesto a una modificación que no perjudica a ninguna minoría sino que, por el contrario, lo que hace precisamente es extender la dosis de acuerdo y la búsqueda activa de consenso, con lo que la mayoría de tres quintos puede sustentar esa decisión relativa al nombramiento.
Luego ha vuelto a insistir en la cuestión de la adjetivación. Y creo que utilizo, a efectos gráficos, adjetivaciones que son muy frecuentes en el lenguaje de la comunicación, en el lenguaje político y que ha traído a esta Cámara el propio presidente del Consejo General del Poder Judicial, quien utilizó esas adjetivaciones de conservadores y progresistas con total naturalidad.
Sé que, como toda adjetivación, tiene el riesgo de la simplificación y, consiguientemente, de no dar cuenta de la totalidad de la realidad y de su complejidad, pero lo que sí quiero manifestar es que ese no es el objetivo del modo en que relacioné esa adjetivación. El verdadero punto es una reivindicación de la dignidad, de la belleza y de la comprensión de la política. Efectivamente, hay política judicial y hay política en el Consejo General del Poder Judicial. Por tanto, con una adjetivación o con otra, podrá tener lugar esa explicación de las divisiones de voto.
Ahora bien, lo que sí señalo una vez más con toda claridad es que existe una identificación muy mecánica, muy reconocible --ahí esta la ejecutoria, el registro de votos-- entre la mayoría como ha venido comportándose en el Consejo y el grupo parlamentario del que trajo su origen la propuesta de nombramiento de los miembros de esa mayoría.
Me he expresado ahora con total precisión de forma intencionada, porque no he utilizado para nada la adjetivación popular y socialista para hablar de los vocales del Consejo sino del derecho de propuesta, que considero que es parte de la legitimación democrática de la elección de todos y cada uno de los vocales del Consejo, que está en el origen de dichos nombramientos. Hay un derecho de propuesta por parte de los grupos parlamentarios porque es así como se compone la mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado, con una propuesta de los grupos parlamentarios. A partir de ahí se intenta la integración de las variables hasta formar un conjunto de 20 hombres y mujeres idóneos para la función que deben elegir, a su vez, al número 21, que será el presidente del Consejo, asimismo por mayoría de tres quintos. Es tan simple como eso.
Resulta que efectivamente hay vocales que proceden de la propuesta que originariamente tuvo lugar en el Grupo Parlamentario Popular y creo que es bastante ostensible a estas alturas el mecanicismo con el que se identifican las actitudes, los comportamientos, los razonamientos y hasta los discursos de los miembros de esa mayoría que actualmente tiene el Consejo General del Poder Judicial con las posiciones que sustenta el Grupo Popular. Creo que esto es absolutamente transparente.
Por tanto, desde una reivindicación de la dignidad y de la belleza de la política, creo que, si alguien en un momento dado plantea al Grupo Socialista un análisis político de lo que está sucediendo, comprenderá como totalmente razonable que nosotros contrapongamos a ese análisis político la otra cara de la moneda. La única diferencia que quizás merece ser subrayada es la que me preocupo en poner de manifiesto, es decir, resulta que por parte de un sector del Consejo la política se explica con transparencia mientras que por la otra, por el contrario, de una manera que podría calificarse hasta cierto punto de farisea, se intenta encubrir con otras argumentaciones, con otras invocaciones de legitimidad diferentes a la política, acompañando incluso ese encubrimiento con una execración de la política.
Por tanto, pongo de manifiesto que no deja de haber una contradicción en el hecho de que determinadas instancias de opinión que execran de la política la practiquen de manera absolutamente avariciosa y con contundencia, al límite de lo posible. Por tanto, si existe política en un planteamiento, sin duda alguna también existe en el otro, pero llamemos a las cosas por su nombre.
Finalmente, la última argumentación es la relativa al diálogo con las minorías y la protección de las mismas. Creo que efectivamente esa es la intención. Todo lo que sea extender mayorías para decidir tiende a proteger, en principio, a las minorías. Y todo lo que sea reforzar las mayorías para poder decidir invita, para empezar, antes de ir a la votación, a explorar las posibilidades de conseguirla, porque de otra manera no llegaremos a ella.
Creo que esto se pone de manifiesto cuando el Gobierno socialista constata que, siendo el primer grupo de la Cámara, teniendo la primera representatividad de las elecciones del 14 de marzo y, consiguientemente, en el Congreso de los Diputados, no tiene por sí solo mayoría absoluta.
Precisamente por eso está obligado, por la aritmética y la fuerza de las cosas, a hablar con otros grupos parlamentarios y a conseguir apoyos adicionales a sus decisiones, y exactamente lo mismo sucede en otros ámbitos.
En definitiva, la orientación es indudablemente la de proteger y dialogar con las minorías. Y, desde luego, esto es lo que estamos haciendo y creo que se pone de manifiesto en la técnica parlamentaria. Yo estoy viendo en esta legislatura un Parlamento muy distinto al que padecí en la anterior, en la que fui elegido por primera vez diputado, miembro del Congreso, precisamente porque hay una mayor protección de las minorías y los turnos de palabra se
ejercen con mayor flexibilidad y elasticidad, y se ejercen réplicas y dúplicas, lo cual no me parece mal. Creo que es bueno que lo reconozcamos y llamemos a las cosas por su nombre.
Por el contrario, me parece estupendo que el Parlamento esté evolucionando hacia una protección más activa de las minorías. Y eso es lo que creo que debería producirse también en otros ámbitos. A ese respecto, creo que en el Consejo del Poder Judicial es bueno que se escuchen las opiniones de las minorías, que se las convoque para formar decisión y que se converse con ellas a la hora de decidir. Hay que tratar de evitar que se produzcan protestas, como ha ocurrido en muchos casos, precisamente porque no se estaba observando esa regla y se había llegado a un punto en el que una misma mayoría, por entenderse suficiente y por haber visto rebajado el quórum constitutivo para el órgano, precisamente como consecuencia de esa reforma del artículo 137 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, estaba todavía más fortalecida en su facultad de constituir por sí sola el órgano y resolver sin ni siquiera haber convocado a los demás. Es decir, desde el punto de vista del refuerzo de la cultura democrática y de la protección de las minorías no se puede objetar, y espero que vaya cundiendo en el ejercicio de las funciones del Consejo en lo que resta de su mandato que, como todo el mundo sabe, la Constitución establece en cinco años.
Muchas gracias, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor ministro por su comparecencia.
Señorías, suspendemos la sesión hasta las diecisiete horas.
Eran las quince horas y cinco minutos.
Se reanuda la sesión a las diecisiete horas y cinco minutos.
La señora PRESIDENTA: Señorías, se reanuda la sesión.
COMPARECENCIA DEL FISCAL GENERAL DEL ESTADO, EXCELENTISIMO SEÑOR DON CANDIDO CONDE-PUMPIDO TOURON:
--A PETICION DE DON JOSE JOAQUIN PEÑARRUBIA AGIUS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, PARA EXPLICAR LOS CRITERIOS SEGUIDOS A LA HORA DE PROPONER EL NOMBRAMIENTO DE TENIENTE FISCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA (713/000067).
La señora PRESIDENTA: Continuamos con el orden del día, dando, en primer lugar, la bienvenida al excelentísimo señor Conde-Pumpido, fiscal general del Estado. Desconozco cuántas veces ha acudido a esta Casa un fiscal general del Estado, pero, desde luego, en los ocho años que llevo aquí, ésta es la primera vez que tengo la oportunidad de asistir a una comparecencia suya ante la Comisión de Justicia, lo cual agradezco doblemente.
Tramitaremos, en primer lugar, la solicitud de comparecencia del señor Peñarrubia Agius sobre los criterios seguidos a la hora de proponer el nombramiento del teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Tiene usted la palabra, señor Conde-Pumpido.
El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Excelentísima señora presidenta, excelentísimas señoras y señores senadores, permítanme mostrar, en primer lugar, mi satisfacción y reconocimiento, tanto personal como en nombre del órgano constitucional al que tengo el honor de representar, por el hecho de ser recibido en esta Cámara.
La presencia del fiscal general del Estado en el Parlamento es signo destacable de la normalidad democrática, pero se viene materializando principalmente en el Congreso de los Diputados, sobre todo con ocasión de la presentación de la memoria de la Fiscalía General del Estado. Este ha sido el cauce tradicional por el que discurre la inestimable aportación crítica que, a través del prisma del pluralismo político, corresponde al Ministerio Fiscal recibir de los más directos representantes de la soberanía popular.
Es hora, sin embargo, de que este mismo Ministerio Fiscal, que ha seguido sin pausa, aunque no siempre sin dificultades, el paso de la consolidación democrática, asuma también como propio y exteriorice el otro eje fundamental del modelo de Estado diseñado en la Constitución Española de 1978: la diversidad territorial. Y no hay lugar más indicado para dejar constancia de esa voluntad que esta Cámara.
De este modo, como fiscal general del Estado y en una primera comparecencia ante el Senado, comparezco ante esta comisión, no sólo para hacer votos por el reforzamiento de los lazos institucionales con la Cámara Alta, sino para sumarme explícitamente a la visión cada vez más nítida de que el Senado está llamado a constituir la base de la articulación territorial del Estado, materia ésta que, por los motivos que más adelante expondré, interesa y afecta de modo especial al órgano constitucional que ahora me cabe el honor de dirigir.
Como saben, obedece también mi presencia ante sus señorías a la petición de comparecencia formulada por el señor Peñarrubia Agius. Permítanme que aborde este asunto en primer lugar. Aunque la lógica expositiva aconsejaría ir de lo general a lo concreto, la lógica parlamentaria relacionada con problemas de agenda del señor senador me aconseja la dinámica inversa que, por supuesto, hago mía. Lo hago, por otra parte, con la convicción de que no habrá perturbación alguna para el resto de sus señorías porque ello no afectará a la integridad, a la intensidad argumental o al orden razonable del resto de las cuestiones que pretendo someter a esta comisión.
Paso, pues, directamente a responder a la pregunta que, a través de su petición de comparecencia, tiene la atención de dirigirme el señor Peñarrubia. Me interroga su señoría sobre cuáles han sido los criterios aplicados a la hora de
formular la propuesta recientemente asumida por el Gobierno para el nombramiento de teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. En mi comparecencia del pasado 30 de junio ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, y a raíz de una pregunta similar referida a otros nombramientos y formulada por el Grupo Parlamentario Popular, tuve ocasión de glosar con carácter general ciertas ideas de principio que tendré mucho gusto en repasar sucintamente para sus señorías.
En realidad los criterios por los que me pregunta el senador son resumibles en uno solo: el estricto cumplimiento de las previsiones legales del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal sin otra finalidad que la de seleccionar a la persona más adecuada para el ejercicio del cargo que se ha de proveer.
En este sentido es conveniente recordar, aunque sus señorías lo sepan a la perfección, que una consolidada jurisprudencia sustancialmente derivada de la impugnación de nombramientos efectuados a propuesta de mi predecesor en el cargo ha venido a delimitar con extrema claridad las competencias, funciones y responsabilidades del Gobierno, del fiscal general del Estado y del Consejo Fiscal en materia de nombramientos discrecionales del Ministerio Fiscal. Se trata, según explica el Tribunal Supremo, de nombramientos basados en razones de confianza, la cual sólo puede apreciar la misma autoridad que verifica el nombramiento, en este caso el Gobierno de la nación a propuesta del fiscal general del Estado.
Ese hecho y la naturaleza de órgano meramente asesor, y no decisorio, que la ley atribuye en esta materia al Consejo Fiscal, suponen que cualquier propuesta está condicionada por el Consejo exclusivamente en los aspectos reglados del nombramiento, es decir, los requisitos de antigüedad profesional y antigüedad mínima del candidato, pero no se restringe ni limita la facultad del fiscal general del Estado para proponer al candidato que considere más idóneo entre los que reúnen, a juicio del Consejo Fiscal, estos requisitos legales. Ese es el marco jurídico tal y como lo ha establecido en términos prácticamente literales el Tribunal Supremo.
Dicho esto, me gustaría advertir algo que debe ser obvio: mi deber es proponer un nombramiento y ejercer mi responsabilidad, y no abdicar de ella en favor de terceros, sea el Consejo Fiscal, sean las asociaciones de fiscales o sea cualquier órgano de dentro o de fuera del ministerio público; y tampoco puedo aplicar otros criterios diferentes de los que en conciencia estimo que deben imponerse, por mucho que esta actitud me ahorrase críticas o me ahorrase la necesidad de dar explicaciones como las que gustosamente estoy dando en este momento.
Asumiendo, por tanto, esta tarea como propia e indelegable, desde mi acceso al cargo me pareció conveniente establecer y hacer públicas unas pautas generales que sirvan al propósito de dotar de la mayor transparencia y objetividad posibles mi actuación.
En primer lugar, pese a la doctrina jurisprudencial que he mencionado y pese a la práctica de épocas anteriores, sólo he propuesto y sólo propondré nombramientos que cuenten con un apoyo significativo en el Consejo Fiscal. Pero esto no puede significar --como ya he explicado-- una aceptación mecánica de las mayorías que se produzcan en el Consejo y ello porque, según acabo de subrayar, en ese caso estaría descargando en un órgano asesor una responsabilidad decisoria y porque precisamente esa función asesora cobra sentido en los argumentos que facilitan en apoyo de uno u otro candidato, pero no necesariamente en la aritmética del voto.
Esta aritmética no puede erigirse en una regla de decisión porque la composición electiva del Consejo Fiscal está hoy exclusivamente configurada a través de las asociaciones de fiscales y puede --y de hecho suele-- dar lugar a que los consejeros manejen, junto a los datos objetivos de mérito y capacidad, razones de afinidad o proximidad asociativa, ideológica o incluso personal, razones absolutamente legítimas desde luego pero ajenas a la estricta valoración técnico-profesional a la que antes me refería.
Por tanto, y en contra de lo que a veces se ha querido dar por sentado, vincular automáticamente la decisión del fiscal general al criterio del Consejo Fiscal no supondría sustituir un criterio subjetivo o político por otro más objetivo de contenido profesional, supondría suplantar el juicio de idoneidad que corresponde hacer al fiscal general por otro juicio que también es de oportunidad --el de la mayoría de los consejeros--, formado sobre bases y orientado a fines que, siendo legítimos, no han de coincidir necesariamente con la percepción que el fiscal general tiene de las necesidades que debe satisfacer el nombramiento que se decide. Tampoco un criterio aparentemente neutro --y subrayo el término aparentemente--, como pueda ser la antigüedad en el destino o en la carrera, sirve para resolver un nombramiento de estas características. De haber sido así el legislador habría optado por este sistema, como lo hace con carácter general para otros destinos de la carrera fiscal. Cuando acude a la técnica de la designación discrecional es precisamente porque la antigüedad no se estima por el legislador como un parámetro idóneo, como ha señalado el propio Tribunal Supremo.
De modo que una vez oída, y con la máxima atención, la opinión del Consejo Fiscal, el fiscal general está obligado a tomar en consideración, además de la experiencia, la formación y los apoyos asociativos de los candidatos, otros elementos de juicio o determinadas necesidades institucionales, como la de garantizar la promoción profesional de otras personas no pertenecientes a la asociación mayoritaria o atender otras sensibilidades sociales. Por ejemplo, he demostrado con hechos --y espero poder seguir haciéndolo-- mi convicción de que la presencia de la mujer en los cargos de responsabilidad del Ministerio Fiscal es inaceptablemente reducida. La excepcionalidad de esa situación podría justificarse hace unos años por razones de experiencia o antigüedad profesional, debido al acceso tardío de la mujer a las carreras judicial y fiscal como consecuencia de una legislación discriminatoria que hasta los albores de nuestra democracia impedía su ingreso, pero hoy ya no tiene razón de ser. La nómina de mujeres fiscales es sobradamente amplia y hay fiscales sobradamente aptas para desempeñar las más altas funciones del ministerio público, por ello permite con holgura --y yo afirmo que también
obliga-- a tomar en consideración la necesidad de equilibrar con arreglo a la realidad social una situación que a estas alturas puede concebirse como institucional e históricamente anómala. De ahí que entre los nombramientos que he tenido ocasión de proponer en mi corta singladura como fiscal general no sólo haya incorporado tres extraordinarias fiscales a la Fiscalía del Tribunal Supremo --el Tribunal Supremo es el órgano que representa la cúspide del Poder Judicial y los tres fiscales que he incorporado hasta la fecha son todos ellos mujeres-- y que por primera vez haya recaído el cargo de fiscal jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado en una mujer, sino que también he creído llegado el momento de proponer el acceso de otra, relativamente joven además pero de excepcional valía a mi juicio, a la cabeza de una fiscalía realmente importante por sus dimensiones y características, como es la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla, recientemente nombrada.
Centrada de esta manera con carácter genérico la cuestión, queda traducir estas consideraciones generales al supuesto por el cual el senador se interesa especialmente.
La vacante de teniente fiscal de Murcia contó con sólo dos candidatos, los dos tenían apoyos significativos en el Consejo Fiscal y eran los señores Martínez Abarca y López Bernal. Los dos son fiscales reputados y sólidos profesionales destinados desde hace muchos años en la propia Fiscalía de Murcia. Aunque la elección no era fácil --pues cualquiera que hubiese sido mi opción suponía forzosamente no elegir a un fiscal competente--, propuse al Gobierno el nombramiento de don Manuel López Bernal en atención a ciertas características distintivas de su largo historial profesional.
En primer lugar, se trata de un fiscal que inició su carrera en la Fiscalía de Barcelona que, como es notorio, ha sido y es, por su envergadura y por la compleja realidad a la que cotidianamente hace frente, una rigurosa y provechosa escuela que se caracteriza por facilitar a sus miembros una estricta formación --sobre todo cuando acceden a ella al comienzo de su carretera-- y un bagaje determinado por la aproximación directa e intensa a técnicas de tratamiento jurídico de los más graves y los más variopintos problemas a los que se puede enfrentar un fiscal.
En segundo lugar, debo destacar que posteriormente el señor López Bernal formó parte de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, lo que, como es obvio, además de presuponer determinadas condiciones profesionales justificativas de esta designación por mi antecesor, por quien ocupaba entonces el cargo que yo ocupo en la actualidad, debe ser un dato que también ha de ser valorado como una experiencia enriquecedora en el específico terreno de la orientación y de la dirección del Ministerio Fiscal. Hay precedentes inmediatos en los que mi antecesor, por ejemplo, tuvo en cuenta la condición de ex miembro de la Fiscalía General del Estado de la Secretaría Técnica para el nombramiento de fiscales jóvenes pero con muy buena formación, como por ejemplo el actual fiscal jefe de Madrid, el actual fiscal jefe de Badajoz o el fiscal jefe de Zamora. La Secretaría Técnica es el órgano de asesoramiento y apoyo directo del fiscal general y, por lo tanto, el hecho de trabajar en ella contribuye de una manera decisiva a configurar aspectos muy importantes del currículum de un fiscal con responsabilidades directivas, en particular la capacidad de asomarse hacia el exterior, de tomar el pulso a la sociedad y de traducir las inquietudes y las necesidades de los ciudadanos y de otras instituciones en actuaciones concretas del Ministerio Público.
Finalmente, el señor López Bernal venía desempeñando desde 1989 la condición de fiscal delegado de la Fiscalía Antidroga en la Región de Murcia. En el ejercicio de esta función especializada, voluntaria y
--todo hay que decirlo-- no suficientemente retribuida ni compensada, ha asumido durante este tiempo un importante volumen de trabajo en directa y difícil implicación con uno de los temas más sensibles a los que se enfrenta el Ministerio Fiscal, la lucha contra la droga, y lo ha hecho, según toda la información de que dispongo, con elevadas dosis de vocación profesional y dedicación personal y además con un apreciable índice de eficacia.
En fin, como le digo, los dos candidatos eran fiscales competentes, rigurosos y capacitados. El fiscal general tenía que adoptar una opción y en esa opción ha tomado en cuenta esta serie de circunstancias profesionales que, a mi entender, capacitan perfectamente al señor López Bernal para hacer frente a la responsabilidad para la cual el fiscal general del Estado estimó oportuno proponerle y para la cual el Gobierno de la nación estimó procedente nombrarle.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Conde-Pumpido.
Tiene la palabra el senador peticionario de la comparecencia, señor Peñarrubia.
El señor PEÑARRUBIA AGIUS: Muchas gracias, señora presidenta, no sólo por concederme la palabra, sino por la deferencia que ha tenido, que hago extensiva también al fiscal general del Estado, de incluir mi solicitud de comparecencia como punto primero del orden del día, habida cuenta de mi compromiso en otra comisión, para hacer compatible precisamente esa presencia.
Bienvenido, señor fiscal general del Estado, muchas gracias por sus palabras y por su tono. Estoy absolutamente convencido --lo dicho usted aquí esta tarde-- de que su presencia, además de obligatoria por tenerlo así establecido el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, obedece también a una disposición personal, manifestada en su comparecencia en el Congreso de los Diputados, de acudir a las cámaras cuantas veces lo estimen oportuno los parlamentarios, al imponerse un compromiso de transparencia y claridad --y estoy citando palabras textuales-- a la hora de justificar en función de su responsabilidad determinadas decisiones, sobre todo --añadía-- aquellos asuntos que puedan tener interés para la opinión pública.
Pero por esa misma o parecida razón, entenderá y comprenderá que como senador no pueda eludir aquellas cuestiones que afectan a mi circunscripción. Y créame si le
digo que el nombramiento que ha realizado de teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha sorprendido, y no poco, en el ámbito de la judicatura, en el de la propia fiscalía, en definitiva, en el mundo del Derecho. Porque no se discute aquí, señor fiscal general, la legalidad, ni siquiera, fíjese bien, la idoneidad; se discute la oportunidad. Y que conste --y yo sí lo voy a hacer-- que pretendo hacer abstracción de las personas.
Se sabe que el informe del Consejo Fiscal, siete frente a cuatro, no le vincula a la hora de tomar su decisión. Y no le vincula el hecho de que estuviese en franca minoría: siete vocales del Consejo Fiscal apostaron por el descartado y cuatro de ellos por el que usted ha propuesto al Gobierno para su nombramiento. Y le voy a decir más, se puede entender que en función de su responsabilidad y de sus competencias, haya tomado esa decisión. Pero no es lógico ni razonable que haya una contradicción y, si me lo permite, cierta incoherencia con lo que usted manifestó y consta en el «Diario de Sesiones» del Congreso de los Diputados. Porque
--y con esto termino señora presidenta-- usted afirmó el pasado día 30 de junio --cito palabras textuales--: «Me niego a suscribir una línea de nombramientos por cuya aplicación una parte muy importante de la carrera fiscal resultaría sistemáticamente preterida de los cargos responsabilidad, o al menos se encontraría en una situación de grave inferioridad. Me refiero --continuaba diciendo-- a los asociados que no pertenezcan a la asociación conservadora mayoritaria o al amplio número de fiscales que no están asociados, y que como independientes también deben ser respaldados por el fiscal.» Pues bien, el descartado, señor fiscal general del Estado, señora presidenta, señorías, no pertenece a ninguna de las dos asociaciones, y eso lo sabe usted. Y el nombrado pertenece a la Asociación Progresista de Fiscales, a la que posiblemente pertenecería usted, si perteneciera
--valga la redundancia-- a la carrera fiscal. En esta ocasión, el descartado es un fiscal independiente, y usted ha perdido --y créame que se lo digo sinceramente-- una oportunidad de oro para ser creíble, para hacer buenas las palabras que pronunció en el Congreso de los Diputados.
Nada más y muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Peñarrubia.
¿Señor Badía, quiere hacer uso de la palabra? (Pausa.) ¿Señor Bofill? (Pausa.) ¿Grupo Parlamentario Socialista? (Pausa.) Tiene la palabra el señor fiscal general del Estado.
El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor senador.
Obviamente, valoro su derecho a discrepar de la decisión adoptada. Como le digo, creo que he nombrado a un fiscal independiente porque para mi son independientes absolutamente todos los fiscales que intervienen en la función de defender la legalidad, sin tener en cuenta para ello que puedan pertenecer a una u a otra asociación profesional. Creo que he calificado siempre a los que no pertenecen a una u otra asociación, simplemente de fiscales no asociados, nunca de fiscales independientes porque independientes son todos. Es decir, no creo que la pertenencia a una o a otra asociación deba ser tampoco razón para excluir al fiscal más idóneo. Y en muchas ocasiones, en el nombramiento, por ejemplo, de mi máximo cargo de confianza, que es la fiscal-jefe de la Secretaría Técnica, he elegido a una fiscal no asociada, y en otras ocasiones opto por fiscales que, indudablemente, pertenecen a una u otra asociación.
Pero como usted habrá podido comprobar, cuando le he expresado las razones de mi nombramiento, me he remitido a aspectos exclusivamente técnicos de la trayectoria profesional del fiscal seleccionado.
Naturalmente, admito mi posibilidad de errar y puede ser que en algunos casos no acierte. En este caso, como usted sabrá seguramente, he visitado Murcia hace muy pocos días. He podido visitar la fiscalía y he tenido ocasión de relacionarme con los miembros de la carrera fiscal, y desde luego en lo que yo he podido comprobar, el nombramiento ha sido bien acogido.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Conde-Pumpido.
¿Quiere hacer uso de la palabra, señor Peñarrubia? Tiene la palabra.
El señor PEÑARRUBIA AGIUS: Muchas gracias, señora presidenta.
Lo de independiente o no asociado es una cuestión semántica. Usted me ha entendido perfectamente. Se niega por sistema a que le vincule el informe del Consejo Fiscal, porque siempre sería el de la asociación mayoritaria, y aquí se da el caso curioso de que había un no asociado que desde ese punto de vista tendría menos respaldos.
Usted ha hablado de su especialización como fiscal antidroga, y yo le he dicho que iba a hacer abstracción de las personas. Quiero seguir fiel a mi compromiso. Tengo recortes de prensa que no me gustaría tener que exhibir, incluso con notas en un sube y baja de la prensa murciana por declaraciones efectuadas en su labor de fiscal antidroga por el señor López Bernal. Un fiscal antidroga, que tiene como misión perseguir el delito, da lugar a un titular por aconsejar legalizar todos los estupefacientes para arruinar al narcotráfico. Estos son juicios de valor en boca de un fiscal. Me imagino que a usted no se le habrá ocurrido asistir a congresos de carácter partidista, no me refiero ya a los de tipo asociativo, sino a aquellos actos exclusivamente destinados a militantes y que se abren a unos pocos simpatizantes. Quizás lo que estemos haciendo sea primar una afinidad política. Le repito que quiero hacer abstracción de las personas, pero usted ha hecho una mención amplia a ambos. Consulte en los ambientes judiciales, en los ambientes de la fiscalía, en el mundo del Derecho --la señora presidenta, que es murciana, se sonríe--, consulte, porque, se lo digo sinceramente --y vuelvo a repetir que hago abstracción de ellos-- no había color, y usted ha perdido una gran oportunidad.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Peñarrubia.
Me sonrío porque hoy es un día alegre para esta comisión. Tenemos un orden del día muy completo e interesante.
¿Quiere añadir algo? (Pausa.).
--A PETICION PROPIA, PARA INFORMAR SOBRE EL CONTENIDO DE LA MEMORIA DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO Y PARA PRESENTAR LAS LINEAS BASICAS Y PREVISIONES DE ACTUACION DE LA MISMA Y DEL MINISTERIO FISCAL (713/000097).
La señora PRESIDENTA: Pasamos a continuación a sustanciar la segunda comparecencia. Es la que realizamos a petición del fiscal general del Estado para informar sobre el contenido de la memoria de la Fiscalía General del Estado y para presentar también las líneas básicas y previsiones de actuación de la misma y del Ministerio Fiscal.
Cuando quiera, puede hacer uso de la palabra.
El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Gracias, señora presidenta.
Como decía al comienzo, el otro motivo de mi comparecencia ante sus señorías es un intento de acercar al Senado la realidad del Ministerio Fiscal en una ocasión muy especial. Hace escasas semanas tuve el honor de elevar al Gobierno de Su Majestad, por primera vez, la Memoria Anual de la Fiscalía General del Estado. Su característica más relevante es la de tratarse de un documento de transición. Recoge, como es tradicional, un análisis de la evolución de la criminalidad en el ejercicio anterior, esto es, el año 2003, así como un resumen de la actividad orgánica y jurídica del Ministerio Público a lo largo de ese año. Se refiere, por tanto, a un período íntegramente transcurrido bajo el mandato de mi predecesor.
Se pueden extraer dos aspectos positivos de este dato. El primero, la continuidad institucional del Ministerio Fiscal, al margen de la persona que lo dirige, e incluso de la alternancia política natural en un proceso democrático. Los engranajes del Ministerio Fiscal funcionan de manera distinta, sin duda, según quién lo dirija, pero los ciudadanos pueden estar seguros de que no deja de funcionar en ningún caso.
El segundo aspecto positivo es precisamente que esa continuidad discurre por un marco institucional lo suficientemente flexible para permitir cambios sustanciales de fondo sin dañar las formas. En este sentido, esta primera memoria cobra especial trascendencia porque, además de servir al cometido que le corresponde, que es rendir cuentas y ofrecer a la sociedad un balance de actividad, fija el punto de partida de una nueva etapa. El hecho de haber tenido que analizar al detalle la instantánea del Ministerio Fiscal, tomada justamente antes de hacerme cargo de mi destino, ha constituido el mejor instrumento posible para el diagnóstico de sus problemas, y, en consecuencia, la ocasión idónea para concebir y para poner en marcha las propuestas de solución correspondientes. Por eso he creído oportuno al solicitar mi comparecencia en esta Cámara unir los dos aspectos de análisis, dar cuenta al mismo tiempo de la memoria de la Fiscalía General del Estado y de los proyectos del nuevo fiscal general.
Pasaré sin más preámbulos a examinar los datos más relevantes que arroja el balance del pasado y, al hilo del análisis de este pasado, trataré de describir las líneas generales de un proyecto de futuro que, pese a que solo han transcurrido poco más de seis meses desde mi acceso al cargo, creo que puedo decir que en buena medida ya están avanzando con decisión estas nuevas líneas.
No es preciso explicar las razones por las que, en primer lugar, centraré mi atención en el fenómeno terrorista. El estremecimiento del atentado del 11 de marzo no sólo sacudió al Ministerio Fiscal con la misma intensidad que al conjunto de la sociedad española sino que lo colocó, y soy plenamente consciente de ello, en la nómina de órganos e instituciones de los que esta misma sociedad espera una respuesta nítida y temprana. Aquel acto inhumano vino a oscurecer brutalmente un balance que, al término del año 2003, presentaba aspectos susceptibles de mover a cierto optimismo, aun cuando fuera con la máxima cautela que la experiencia nos ha enseñado a mantener. Me refiero a la evolución de la lucha contra el terrorismo de ETA que, según los datos aportados por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, continuaba arrojando a lo largo del ejercicio pasado, como ya había ocurrido en los dos años anteriores, el fruto esperado de un prolongado e intenso esfuerzo. Se redujo en un 40 por ciento respecto del año anterior el número de atentados. El número de heridos pasaba de 101 a 20, y las personas fallecidas como consecuencia de la acción asesina de los terroristas etarras solo fueron tres, cinco en el año 2002. Se detuvo y se puso a disposición judicial, a lo largo de 2003, nada menos que a 135 personas relacionadas con la banda armada.
Estos datos, partiendo de la base de que ETA hace daño siempre que puede y advirtiendo en todo caso que el único resultado admisible en democracia es el de cero atentados, cero heridos y cero muertos, coadyuva a asentar una sentimiento de esperanza, sentimiento de esperanza que se ha visto reforzado después por demostraciones de eficacia policial determinantes, según todo parece indicar, del descabezamiento de la organización y de la obtención de informaciones de considerable valor. Y me permitirán añadir a la lista de logros del Estado de Derecho algún otro episodio relevante como la llamada al desistimiento de la violencia que recientemente ha protagonizado un significativo grupo de presos etarras, aunque seguramente sea más acertado hablar de su desfallecimiento o extenuación.
La salvaje irrupción en escena del terrorismo de raíz fundamentalista islámica ha trastocado este horizonte de moderado optimismo. He sostenido y reitero que los instrumentos jurídicos ya disponibles dotan a la Justicia de un arsenal adecuado para hacer frente a esta nueva manifestación de irracionalidad y desprecio por la vida y los derechos humanos. Sin embargo, no debemos ocultar que las estrategias y las técnicas de investigación tienen que adaptarse a sus singulares características igual que la metodología
del proceso judicial y, en consecuencia, la labor del fiscal.
En ese sentido, he considerado necesario definir en general dos prioridades esenciales: la especialización de los fiscales de la Audiencia Nacional en materia de terrorismo islámico, que, además, tienen el encargo de asumir el despacho de los sumarios que se tramiten en relación con la actividad de esas organizaciones violentas, y el reforzamiento de los cauces de cooperación internacional, en particular con los Estados Unidos, con Francia y con Marruecos. A este último aspecto me referiré con detalle más adelante.
En el terreno de lo concreto, el pleno esclarecimiento de los hechos del 11 de marzo, la atención a las víctimas y a sus familiares y el enjuiciamiento de los responsables de la matanza en un plazo razonablemente breve constituyeron, como públicamente se ha puesto de manifiesto, la preocupación fundamental, y en este momento cotidiana, del Ministerio Fiscal. Esa preocupación se traduce en un seguimiento permanente y detallado por parte del fiscal general de las actuaciones judiciales a través de la información que puntualmente me facilita el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, y de contactos personales y directos con la fiscal adscrita al caso que, además, ha sido liberada del resto de sus funciones con el fin de que pueda dedicar todo su esfuerzo profesional a los objetivos que acabo de señalar.
Por otra parte, creí oportuno establecer desde el primer momento un sistema de trabajo que permitiese coordinar a nivel de Fiscalía la investigación de los hechos del 11 de marzo con la seguida por otro juzgado central a raíz del descubrimiento del piso de Leganés y el suicidio de sus ocupantes. Esa decisión se ha puesto de relieve en cuanto a su utilidad al ordenar posteriormente la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la acumulación de ambas causas.
Al mismo tiempo, la Fiscalía General del Estado se ha esforzado en colaborar con la comisión parlamentaria de investigación, aportando en un plazo récord una enorme cantidad de documentos cuando fue instado a ello, ha tratado de favorecer en lo posible la incorporación de datos obrantes en el proceso en la medida en que no comprometiesen el secreto sumarial, y ha ofrecido su apoyo y cobertura a la comparecencia del fiscal jefe de Asturias con el fin de aclarar la intervención del órgano que dirige en la investigación de la red de tráfico de explosivos presuntamente relacionada con la preparación del atentado. He impartido, además, instrucciones a dicho fiscal jefe orientadas a establecer en su ámbito territorial un régimen de control estricto de los explosivos empleados en la industria minera. Y, en fin, como con seguridad ya saben sus señorías, la semana pasada he autorizado la apertura de una investigación con el objeto de esclarecer hasta sus últimas consecuencias la no aportación al juez de una posible fuente de prueba.
Del mismo modo, otra de las vicisitudes relacionadas con esta causa, en concreto la revelación de que uno de los presuntos implicados en el atentado, luego fallecido en Leganés, había sido puesto en libertad pese a estar condenado por otros delitos, sin transcurrir el plazo máximo de prisión provisional mientras estaba pendiente de resolver un recurso de casación, me ha llevado a impartir una instrucción originariamente dirigida al fiscal jefe de la Audiencia nacional, pero que luego he extendido, por su aplicabilidad general, a la totalidad de los fiscales jefes; instrucción que tiene por objeto que en estos supuestos de pendencia de la casación los fiscales jefes vigilen cuidadosamente el transcurso del plazo de prisión provisional advirtiendo con antelación suficiente su expiración al teniente fiscal del Tribunal Supremo, de modo que, en el futuro, no se vuelva a producir una situación semejante a la ocurrida.
La intención de no extenderme más allá de lo razonable me impide entrar en una examen detallado de otros pormenores. Espero que, con lo dicho, sirva para hacer bien patente la idea de que este fiscal general no escatimará ni un solo esfuerzo ni personal ni de la institución que dirige a la hora de plantar cara con todas las armas del Estado de Derecho al fenómeno terrorista cualquiera que sea su origen y su forma de manifestarse.
A continuación, me gustaría hacer un repaso, forzosamente más sucinto, de otras realidades delictivas cuya evolución en el último año puede merecer, a mi juicio, especial atención. Sin embargo, en este momento tengo que repetir, muy a mi pesar, un ritual que mis predecesores se han visto forzados a convertir en tradición: la advertencia a sus señorías de que los datos acerca de la evolución de la delincuencia que contiene la Memoria Anual de la Fiscalía General del Estado han de ser leídos con la reserva que impone su limitada fiabilidad. La estadística fiscal apunta, sin duda, tendencias y, por tanto, en algo ayuda a decidir prioridades, pero no con la precisión y el rigor que serían deseables.
Es, en efecto, defectuoso el sistema de obtención de la información, que ni siquiera en ocasiones procede directamente de la Fiscalía sino de fuentes policiales o de los registros de asuntos de los juzgados, cuya exactitud también resulta insuficiente. Son defectuosos los procedimientos de ordenación de esos datos, que no cuentan con un sistema de tratamiento informático adecuado y uniforme y es defectuoso el posterior análisis de la información obtenida, históricamente llevado a cabo por cada fiscal jefe sin directrices homogéneas ni objetivos definidos.
Mi voluntad, sin embargo, es romper esta tradición, trabajar para que a lo largo de mi mandato esta constatación periódica de insuficiencia se convierta en objetivo prioritario de eficacia, que creo sobradamente justificado por la transcendencia político-criminal que, pese a sus carencias, adquiere año tras año la estadística de la Fiscalía General.
La necesaria implantación del sistema de información del Ministerio Fiscal, al que me referiré más tarde, y la simultánea racionalización de los procesos de obtención y análisis de datos conforme a criterios debidamente definidos deberán permitir que, a ser posible, el próximo año y, si no, en los siguientes ejercicios, dada la complejidad del sistema, la incertidumbre estadística pase a ocupar definitivamente un lugar en la memoria --en este caso, en la memoria con minúscula-- del Ministerio Fiscal Español. Este objetivo, sin embargo, únicamente podrá lograrse --y quiero subrayar esto-- en el caso de que la Fiscalía General
del Estado pueda obtener para ello el imprescindible apoyo presupuestario que depende de sus señorías.
Hechas estas advertencias, paso a señalar algunas cifras más significativas. En el año 2003 se tramitaron en España 4.671.260 diligencias previas por delito, 3.727 sumarios ordinarios, 561 procedimientos de jurado y algo menos de 585.000 juicios de faltas.
Interesará saber a sus señorías que el nuevo procedimiento de juicios rápidos permitió la tramitación de 54.816 diligencias urgentes, con un elevadísimo nivel de conformidad por parte de los acusados, puesto que, de 30.951 acusaciones formuladas, en 22.559 casos no fue necesaria la celebración de juicio.
El análisis comparativo de estas cifras arroja una imagen de estabilidad, con cierta tendencia a la baja en el índice de procedimientos por delitos en torno al uno por ciento.
Hay algunas materias, sin embargo, en las que lamentablemente no se aprecia esta reducción, por ejemplo, en el ámbito de la violencia en el entorno familiar. En este punto, para ser breve, insistiré en algunas ideas muy sencillas, que espero que transmitan la honda preocupación del fiscal general y la firme voluntad de no cejar en la batalla que la sociedad española ha decidido inequívocamente plantear a la violencia doméstica y, muy en particular, a la violencia de género.
En el año 2003 se produjo un incremento de más del 20 por ciento de los procedimientos en este tipo de delitos. Se alcanzaron 12.132 diligencias previas y además 7.525 juicios de faltas. No deseo abrumar con cifras, solamente espero haber concluido con este apartado.
Este incremento habrá contribuido sin duda a la reforma de los tipos penales operados durante el año 2003, que convirtió en delito algunas conductas que antes estaban tipificadas como falta, y, con seguridad, también ha sido determinante el progresivo afloramiento de situaciones que antes no eran objeto de denuncia, lo que posiblemente se ha favorecido por la mayor sensibilidad social y legislativa en esta materia.
Esta realidad legislativa justificaría por sí misma la mayor atención del Ministerio Fiscal. Esta preocupación ya se ha reflejado durante el año 2003 en una serie de instrucciones y circulares y en el año 2004 la primera reunión de la Junta de Fiscales de Sala convocada por mí como fiscal general y la primera instrucción que he dictado han sido para el reforzamiento de las medidas cautelares en materia de violencia doméstica y, específicamente, de violencia de género.
Esta valoración de la estadística y de la reacción institucional del fiscal debe ir acompañada de una consideración de fondo: desde la profunda convicción de que la violencia familiar y de género solo puede ser atajada en su raíz a través de la prevención, que es tanto como decir de la educación en la igualdad y en la consecuente eliminación de la discriminación sexista, que constituye su caldo de cultivo, el Ministerio Fiscal quiere ser protagonista --y así lo viene demostrando-- de uno de los frentes esenciales de la guerra declarada por el conjunto de la sociedad a este tipo de comportamientos vejatorios e incompatibles con el más elemental concepto de la dignidad humana. Si el Derecho Penal conserva su función de prevención general y especial, no hay duda de que la intervención del Ministerio Público en este ámbito es aceptada por nuestro sistema como un instrumento idóneo para la protección del más débil.
Por ello, sin entrar en análisis de opciones concretas de política legislativa que no me corresponde hacer, he reiterado, sin embargo, la expresión de un juicio positivo acerca del proyecto de ley orgánica integral de medidas contra la violencia de género. Dicho proyecto fue informado favorablemente por el Consejo Fiscal, que formuló algunas propuestas de mejora técnica que creo relevantes, e incluye una importante aportación de carácter organizativo para las fiscalías al prever la creación de fiscales delegados, cuya coordinación a nivel nacional permitirá un mejor cumplimiento de las tareas que acabo de enumerar. Hace unos días se ha celebrado en esta capital una reunión de todos los fiscales de violencia de género precisamente con el fin de evaluar la incidencia de la entrada en vigor de la ley y para diseñar la mejor adaptación estructural y organizativa de las fiscalías a las nuevas secciones de violencia doméstica.
Pues bien, he de mostrar mi preocupación, trasunto de la que con frecuencia me manifiestan los propios fiscales, acerca de la eventual reproducción de un fenómeno que lamentablemente ellos y, a través de los mismos, los órganos judiciales y el conjunto de los justiciables vienen sufriendo desde hace años, al paso de las numerosas reformas legislativas en las que se han dado más competencias y responsabilidades al Ministerio Público, sin crecimiento proporcional de dotaciones personales y materiales. Una vez más, con ocasión de la citada ley integral, los datos publicados avanzan previsiones presupuestarias para la creación de órganos judiciales, dotación de equipos técnicos, forenses, etcétera, y solo un significativo silencio acerca del simultáneo incremento de efectivos y de medios para quien, como acabo de explicar, aparece en el propio texto de la ley como un agente esencial en la aplicación de la misma.
El incremento general de plazas de fiscal previsto para el próximo año, aunque sea el más amplio de los últimos ejercicios, no puede estimarse suficiente para resolver esta nueva demanda, ni el mismo razonamiento se aplica, con lógica, a los órganos judiciales, respecto a los cuáles no se explica que, por el hecho de que se vayan a ampliar las plazas el próximo año, ya no es necesario prever una dotación presupuestaria en la Ley de Violencia de Género --existe esa previsión específica de creación de nuevos órganos--, como tampoco parece coherente que la generosa previsión de ampliación de la planta fiscal, sin duda demostrativa de la sensibilidad del Gobierno ante la necesidad de compensar una previa situación de insuficiencia, vea ahora neutralizado y frustrado su efecto paliativo por una nueva descompensación, que además se genera en un ámbito de actividad absolutamente prioritario.
El fiscal general y el Ministerio Fiscal, en su conjunto, confía en que la sensibilidad del Gobierno y la de las Cortes, que trasluce el texto del proyecto de ley integral, no se
quede en su letra sino que se extienda la eficacia en su aplicación, la cual pasa directa e inexorablemente por la adecuada dotación de medios humanos y materiales.
En el ámbito de los problemas planteados por la inmigración, quiero centrarme en uno de los múltiples componentes de este complejo problema, que viene determinado por el ingreso irregular en territorio nacional de menores de edad, principalmente de origen magrebí. El año pasado la Fiscalía General del Estado dictó la instrucción 3/2003, que desde su publicación fue objeto de fuerte controversia, porque a juicio de diversas organizaciones e instituciones, incluido el Defensor del Pueblo, podía erosionar alguno de los principios fundamentales que incluso a nivel internacional exigen que cualquier norma aplicable a una situación de posible riesgo para un menor convierta el interés del menor en el elemento primordial y en el límite irrenunciable de su actuación.
La propuesta de asimilar a los menores de más de 16 años que llegan a España en busca de un medio de vida a los emancipados conforme a las normas de nuestro Código Civil suscitó un amplio rechazo en amplios sectores jurídicos y sociales al que el fiscal general no puede permanecer indiferente.
En un principio consideró oportuno, antes de revisar esta instrucción, incluir el tratamiento de esta cuestión en el marco más amplio de una reflexión general sobre la materia de la inmigración. Pero en este momento a la vista de la redacción de un nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería que probablemente requerirá una mayor atención por parte del Ministerio Fiscal he estimado conveniente, a petición de una serie de instituciones, entre ellas el Defensor del Pueblo o el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, proceder a la revisión de esa instrucción y, por ello, anuncio que acabo de firmar una nueva instrucción que deja sin efecto la adoptada por mi predecesor en esta materia de menores extranjeros.
Es importante la actividad que ha venido realizando también el Ministerio Fiscal a través de la Fiscalía Antidroga. En el ámbito de esta materia continuaremos naturalmente en la misma intensidad y rigor, teniendo en cuenta los intereses de los drogodependientes ya que la nueva regulación del Código Penal prevé precisamente la posibilidad de adoptar medidas concretas con respecto a ellos.
Pero en este ámbito de la actuación de la Fiscalía Antidroga me interesa destacar la actuación que se está realizando contra el blanqueo de dinero, que está muy vinculada con los problemas de corrupción de carácter internacional y de la delincuencia organizada en el ámbito de nuestro país. La alarmante proliferación de ramificaciones de bandas mafiosas dentro de nuestras fronteras debe obtener una respuesta nítida del Ministerio Fiscal. Por ello, en este punto les expreso mi voluntad de aprovechar el potencial de la Fiscalía Anticorrupción reforzando, si es necesario, su marco competencial para lo cual ya hemos comenzado a trabajar con el fiscal jefe de esa Fiscalía.
En este mismo sentido voy a proceder a designar delegados de la Fiscalía Anticorrupción en algunas de las provincias especialmente afectadas por la delincuencia organizada como son Málaga, Alicante, Baleares, Las Palmas de Gran Canaria y Tenerife, y al nombramiento de un segundo delegado en Barcelona, nombramientos que se efectuarán en el próximo Consejo Fiscal señalado para el día 15 de diciembre.
Otra materia a la cual el Ministerio Fiscal está prestando especial atención es la de los delitos contra el medio ambiente. Con este propósito he dispuesto la designación en las fiscalías de Galicia y Extremadura de fiscales especialistas en incendios forestales y he participado, además, en las reuniones sectoriales que tienen lugar con el Ministerio de Medio Ambiente sobre esta materia.
He firmado un convenio con la Junta de Andalucía, precisamente para la especialización de los fiscales medioambientales y hemos creado una red de fiscales medioambientales en toda la comunidad autónoma de Andalucía, una materia en la que me he dirigido también a otras comunidades autónomas con el fin de extender este mismo criterio. Precisamente el próximo miércoles celebraremos en el Ministerio de Medio Ambiente una reunión con los respectivos Ministros de Justicia y Medio Ambiente que tiene por objeto diseñar la red especializada de fiscales medioambientales para toda España.
Un impulso semejante pretendo imprimir al tratamiento penal de las conductas delictivas relacionadas con la siniestralidad laboral. España es uno de los países europeos con una tasa mayor de accidentes de trabajo, lo que nos sitúa en un lugar impropio de un Estado económica y socialmente desarrollado. Estas tasas de siniestralidad, la alta cifra de muertes y la habitual gravedad de las lesiones producidas revelan a todas luces la evidencia de una alta cifra de infracciones graves de las más elementales normas de seguridad que, sin embargo, contrasta con un número relativamente escaso de procesos judiciales por delitos contra los derechos de los trabajadores.
Es una preocupación antigua como jurista la que me ha llevado a convertir esta materia en una de las metas de mi gestión como fiscal general.
Entiendo que la función preventiva de Derecho Penal, puede y debe desempeñar en este ámbito un papel determinante, transmitiendo con claridad la idea de que la vulneración flagrante de las medidas de seguridad laboral no puede tener como única consecuencia un coste económico que, en definitiva, permita a los infractores calcular en términos de rentabilidad la persistencia de una conducta criminal que pone en riesgo la vida y la integridad de los trabajadores. Es preciso adoptar medidas dirigidas a obtener una respuesta penal ágil, segura y contundente.
La Fiscalía General está decidida a dar la vuelta a esta situación. Igual que en materia de medio ambiente, he firmado un convenio con la Junta de Andalucía que establece un sistema de intercambio de información con la Administración responsable de la Inspección de Trabajo y asegura la formación especializada, asesoramiento técnico y medios materiales a los fiscales.
A raíz de esta experiencia inicial me he dirigido a los presidentes de las comunidades autónomas de Galicia, de Cataluña y del País Vasco, así como a los fiscales jefes de los respectivos tribunales superiores de justicia para extender
esa iniciativa a sus territorios, y pretendo hacerla extensiva en un futuro próximo a todo el territorio nacional.
Por este mismo camino la Fiscalía General está participando con el Consejo General del Poder Judicial en un protocolo de actuación coordinada aplicable en el Principado de Asturias que implica a todos los intervinientes, jueces, fiscales, policías, inspectores de trabajo, y ha cursado invitaciones al presidente del Consejo General del Poder Judicial y al secretario de Estado para la Seguridad con el propósito de iniciar inmediatamente conversaciones dirigidas a la implantación generalizada y uniforme de un modelo análogo de coordinación investigadora.
Tengo la esperanza, y así se lo he trasladado al excelentísimo señor Ministro de Justicia, de que entre las plazas de las que podrá disponer en el próximo año el Ministerio Fiscal una de ellas sea destinada como fiscal de sala a la coordinación de una red de fiscales especialistas en siniestralidad laboral en todas las fiscalías, siguiendo el modelo de integración vertical que anteriormente apunté.
He querido dejar para el final, y no por su menor importancia, sino todo lo contrario, para poner en ello mayor énfasis, el aspecto de la consolidación institucional y orgánica, incluida la inaplazable tarea de la modernización del Ministerio Fiscal y, en particular, de la Fiscalía General del Estado.
En este campo hay mucho por hacer y ,en particular, hay mucho a lo que debemos dedicar nuestro esfuerzo. Considero que la formación de los fiscales ha de constituir el pilar fundamental sobre el que han de asentarse la eficacia y el rendimiento social de un Ministerio Público moderno, propio del siglo XXI.
Hemos aprobado ya el plan de formación para el próximo año y me satisface constatar la apertura de la Dirección del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia a una mayor presencia de la Fiscalía General en el diseño, en la programación y la ejecución de los planes formativos.
Ahora bien, he de llamar la atención de su señorías acerca de la necesidad de asumir que la formación de los fiscales no puede ser una preocupación privativa de la Fiscalía General o del Centro de Estudios Jurídicos, sino que debe serlo de todos los ciudadanos y sus representantes. Sólo en la medida en que se asegure una debida actualización de conocimientos y técnicas de trabajo podrán los miembros del Ministerio Fiscal garantizar un nivel aceptable de eficacia a la hora de encarar los retos, cada vez más difíciles, que presenta una sociedad en constante y compleja evolución.
Me permitirán, por ello, dirigir a esta Cámara, apelando a esa ineludible responsabilidad colectiva, una petición concreta: la proposición de ley de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo aspecto más conocido era la modificación del quórum para la designación de magistrados del Tribunal Supremo y de presidentes de tribunales de justicia, proposición de ley que fue aprobada mayoritariamente en el Congreso, que luego fue asumida como proyecto por el Gobierno, que el jueves pasado decayó, pero que hoy ha sido reiterada en el Consejo de Ministros, contemplaba en su redacción original una previsión de fortalecimiento, con la consiguiente traducción presupuestaria, del sistema de formación de los fiscales. Esa proposición fue aprobada, pero esta directriz no fue luego concretada materialmente en el ámbito presupuestario. Insto, por tanto, a las fuerzas políticas presentes en esta Cámara, a que si lo tuviesen así por conveniente, hiciesen posible este propósito de mejorar sustancialmente la formación de los fiscales mediante la correspondiente enmienda que incremente con este fin el presupuesto del Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia, que es el órgano que tiene encomendada dicha formación, no específicamente la Fiscalía General del Estado, pero sí el Centro de Estudios Jurídicos dependiente de Justicia.
No voy a hacerme eco de la gravísima desproporción de medios que en materia de formación separan a los jueces de los fiscales. Prefiero iluminar la faz positiva de esta realidad y destacar que en este momento estamos ya iniciando una fecunda labor de colaboración precisamente para en este terreno mejorar la formación de todos los integrantes en la actuación del Poder Judicial.
En el ámbito exterior, en el ámbito de la cooperación internacional, la Fiscalía General del Estado va a poner una especial atención. No sólo por el hecho de que nos enfrentamos con una materia como es el terrorismo internacional al cual no se puede enfrentar la Fiscalía si actúa exclusivamente en el ámbito de nuestro territorio, sino también porque el resto de la delincuencia, el ámbito de la delincuencia organizada, el ámbito de la globalización de la actuación criminal , nos lleva a la conclusión de que sin una adecuada cooperación internacional la Fiscalía General del Estado en nuestro pequeño territorio no va a ser suficientemente eficaz. En el escenario europeo proseguimos, por tanto, con el desarrollo de la red de fiscales de cooperación judicial internacional. Así, he tratado de reforzar las relaciones de la Fiscalía General del Estado con Eurojus, disponiendo a este efecto el nombramiento de la fiscal jefe de la Secretaría Técnica como corresponsal nacional en materia de terrorismo de Eurojus. Durante el mes de mayo asistí a la reunión de presidentes del Tribunal Supremo y fiscales generales de la Unión Europea, con especial provecho en el establecimiento de lazos del máximo interés para nuestra actuación, y en octubre tomé parte en la reunión bianual de Eurojustice que tuvo lugar en Dublín. En el marco de esa cooperación directa, el Ministerio Fiscal Español va a proveer la incorporación de un fiscal español a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y los Crímenes de Guerra de Bosnia-Herzegovina.
Volviendo a la esfera procesal, la orden de detención europea se ha consolidado como un mecanismo de probada utilidad. La Memoria de 2003 anticipa datos correspondientes a 2004 que nos colocan a la cabeza de la utilización de la euroorden en la Unión Europea.
Me he referido hace unos instantes, al hablar de terrorismo, a la adopción de iniciativas a nivel internacional, algunas de las cuáles, muy importantes, ya han cuajado. Pasado mañana tendrá lugar en la Fiscalía General del Estado una reunión a la que asistirán, entre otros, representantes del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y del FBI, con objeto de perfilar los detalles de ese trabajo conjunto.
También con Francia hemos constituido un equipo de cooperación internacional, que ya está trabajando. Y hemos tomado parte en las conversaciones establecidas con las autoridades de Marruecos para mejorar el convenio bilateral de extradición. Por otro lado, esta misma mañana, Lord Carlile, responsable en materia de terrorismo en el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, ha estado en la Fiscalía General del Estado con el fin de equiparar y coordinar las prácticas españolas y británicas en ese campo.
Igualmente, mantenemos y potenciamos la cooperación con Iberoamérica, lo que se traduce en diversos proyectos, entre los cuáles cabe destacar la participación en el programa de implementación institucional del Ministerio Público boliviano o la colaboración con la Fiscalía del Ecuador, con fiscales especialistas en violencia doméstica y protección de menores. Y recientemente he asistido en Cartagena de Indias a la constitución de la red de cooperación judicial iberoamericana, IberRED, importantísimo proyecto cuya génesis y desarrollo se debe en buena medida al trabajo de la unidad de apoyo de la Fiscalía General del Estado de España.
Toda la actividad aquí descrita, responde, como es evidente, a las características y funciones de una institución que pretende significarse por su dinamismo, su vocación de propiciar mejoras útiles para la Administración de Justicia y, tal como nos encomienda la Constitución, para la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley; ley que, como ya dije durante mi comparecencia en el Congreso, no sólo es el único límite a la acción del Fiscal General, con exclusión de cualquier otra servidumbre o dependencia, sino que además es el objetivo e impulso de su actuación como marco y soporte de una concepción activa de la misión del fiscal, orientada en los términos exactos que define el artículo 9.2 de la Constitución: remover los obstáculos que se opongan a la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos.
Podría seguir cansando a sus señorías con una amplia exposición sobre el conjunto de la Memoria, de lo que ha sucedido a lo largo de 2003 y los proyectos de la Fiscalía General del Estado, pero, para no extenderme más, prefiero darla por terminada en este punto, tras haber expresado en líneas generales la evolución de la delincuencia.
Un órgano de la especial relevancia del Senado, que representa precisamente la articulación territorial de España, puede hoy contar con la presencia del Fiscal General del Estado, quien se pone a disposición de sus señorías para cualquier cosa que pudiera proporcionarles.
Muchas gracias por su atención.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor fiscal general del Estado.
Abrimos el turno de portavoces, de menor a mayor.
Veo que el señor Badia acaba de ausentarse.
Por tanto, en nombre de Entesa Catalana de Progrés tiene la palabra el señor Bofill.
El señor BOFILL ABELLO: Gracias, señora presidenta.
Buenas tardes, señor fiscal general del Estado. Bienvenido a esta Cámara.
Aunque sea con unos meses de retraso, permítame que le manifieste la satisfacción de mi grupo, Entesa Catalana de Progrés, por su nombramiento, que ha representado un cambio sustancial en la actitud y la sensibilidad de la Fiscalía General del Estado hacia cuestiones fundamentales para la salvaguarda de las libertades y los derechos de los ciudadanos, y muy particularmente en lo que se refiere al reconocimiento efectivo de la pluralidad del Estado y la profundización de la construcción del Estado autonómico.
Hemos tenido la oportunidad de leer algunas de sus declaraciones, de gran interés, por lo que paso directamente a hacer referencia a una serie de cuestiones concretas. En primer lugar, quisiéramos saber las medidas que prevé adoptar el Ministerio Fiscal para promover el uso de las lenguas cooficiales, y en particular de la lengua catalana. En este sentido, nos gustaría conocer su opinión sobre la proposición de ley de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentada por el Parlamento de Cataluña, y en trámite en el Congreso de los Diputados, con la finalidad de regular como un requisito el conocimiento del catalán y del Derecho Civil propio por parte de los jueces y magistrados y el conjunto del personal de la Administración de Justicia que ejerza en una comunidad autónoma que la tengan como lengua oficial.
Asimismo, quisiéramos conocer sus líneas de actuación en lo que se refiere a la necesaria reforma de la estructura judicial para adaptarla a los requerimientos de un Estado compuesto como es el Estado español, en sintonía con el proceso de descentralización de carácter federalista que se ha producido en los ámbitos propios de los poderes Legislativo y Ejecutivo, con la constitución y consolidación de cada vez mayores competencias para las comunidades autónomas.
Por nuestra parte, creemos que debemos tener una Fiscalía de rango superior propia de la comunidad autónoma, independiente de las fiscalías provinciales, que debería intervenir en su organización territorial y provisión.
En otro orden de cosas, quisiéramos saber cuál es la posición de la Fiscalía General respecto de la necesaria y justa revisión de los sumarios de carácter político del régimen franquista, con el fin de elaborar una ley que anule los consejos de guerra franquistas y responda así a las innumerables peticiones de anulación de esos juicios sumarios, y sirva también para restituir toda la dignidad de las víctimas más emblemáticas de esa represión, como el presidente de la Generalitat de Cataluña, Lluis Companys, o Blas Infante.
Relacionado en el orden de estos principios, con esta reclamación esencial de justicia histórica para las víctimas del franquismo, está el necesario cambio de criterios de la Fiscalía General sobre la persecución de crímenes contra la Humanidad en países en donde aún no se garantiza el ejercicio elemental de los derechos humanos y las libertades democráticas. En concreto, quisiéramos saber cuáles son los criterios de la Fiscalía General sobre los sumarios que se siguen en la Audiencia Nacional por delitos contra la humanidad, de persecución universal, cometidos en Chile, Argentina, Guatemala y Perú.
Por suerte, en nuestro país hoy en día la conculcación de los derechos humanos es marginal, y proviene fundamentalmente de grupos terroristas.
Nos felicitamos por su actuación en esta lucha en defensa de la libertad y la democracia.
Hablando de forma más prosaica, nos interesaría conocer su posición ante la persecución de los delitos contra la propiedad intelectual; concretamente, si piensa dictar alguna circular a los fiscales sobre los criterios de persecución penal de los delitos contra los derechos de autor para que quede excluida la persecución penal de las copias privadas, que entre la juventud son muy habituales.
Volviendo a nuestra realidad diaria, de carencias e insuficiencias en el funcionamiento de nuestros órganos judiciales, no podemos pasar por alto la formulación de la necesidad de incrementar las plantillas de fiscales en Cataluña. Usted ya se ha referido a que el incremento previsto para el próximo ejercicio no era suficiente. Pues bien, queremos insistir en que en Cataluña, según los datos que nos proporciona la Consejería de Justicia, esas plantillas son insuficientes. Concretamente, se indica la necesidad de incrementar las plantillas en esa comunidad en 68 fiscales:
47 en Barcelona, seis en Tarragona, dos en Lleida y 13 en Gerona.
Evidentemente, con estos déficit es difícil que podamos asegurar un funcionamiento eficaz de la Administración de Justicia.
De nuevo le felicito por su nombramiento, y sólo me queda pedirles disculpas, ya que posiblemente tenga que ausentarme de la sala en algún momento por deber asistir a la reunión de la Comisión de Interior para defender una moción que mi grupo ha presentado allí.
Gracias, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Marín Rite.
El señor MARIN RITE: Gracias, señora presidenta.
Señor fiscal general del Estado, comienzo mi intervención dándole la bienvenida a esta comisión en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, bienvenida que no quiero que sea sólo una expresión más o menos protocolaria, sino que demuestre nuestra sincera y real satisfacción por su presencia.
Como no podía ser de otra forma, le he escuchado con la máxima atención, y con la misma atención he leído el completo desarrollo de su comparecencia en el Congreso de los Diputados. Por tanto, tengo una idea bastante amplia de los objetivos de la institución y las prioridades que el nuevo Fiscal General del Estado, como es su obligación, marca a la institución que preside.
Señor Fiscal, aunque la referencia en el orden del día a la memoria del año 2003, desde el punto de vista parlamentario nos podía dar pie a efectuar reflexiones críticas sobre la actuación del señor Fiscal General del Estado anterior, no vamos a hacer una crítica del mismo, por varias razones: en primer lugar, porque, como usted ha dicho antes, es usted quien está presente en este momento, no el anterior Fiscal, y no sería elegante por nuestra parte criticarle y, en segundo lugar, porque en sus últimas comparecencias, tanto en el Senado como en el Congreso de los Diputados, ha hecho usted una intervención fundamentalmente de futuro. Ha realizado una apuesta de lo que debe hacer la Fiscalía General del Estado, el Ministerio Público, en el futuro. Ha marcado usted sus prioridades y los objetivos de la misma.
A pesar de esta dejación de derecho de crítica, después de la actuación del Fiscal General del Estado que le precedió en los últimos años, me voy a permitir afirmar que oírle hablar a usted de la defensa dinámica de la legalidad, que va más allá de la mera defensa formal, procurando que la misma suponga avances ciertos en la remoción de los obstáculos que se opongan a la libertad y a la igualdad de los individuos y de los grupos
--cito textualmente--; oírle hablar a usted del sometimiento a la crítica social y política; oírle hablar a usted del Ministerio Público como eje central del Estado de Derecho; del fiscal defensor de los menores, de los discapacitados, de las mujeres sometidas a la violencia de género, de los discriminados por una u otra razón, de los excluidos en definitiva, social, política y económicamente; oír hablar a un fiscal que no sólo acusa sino que defiende a los que sufren esas desigualdades, créame, señor Fiscal General del Estado, que oírle hablar de estos asuntos después de la etapa anterior nos llena de una real y sincera satisfacción.
Señor Fiscal General del Estado, comparto prácticamente todo lo que usted ha manifestado y, por tanto, me voy a limitar a algunos aspectos que considero tiene sentido comentar. El señor Fiscal General del Estado ha hablado del Ministerio Fiscal desde un punto de vista orgánico, organizativo, etcétera. Este ministerio es un gran desconocido para la sociedad en general, que sabe de su existencia casi exclusivamente a través de películas, donde la figura del fiscal aparece totalmente desfigurada, mistificada y muy alejada de lo que significa , sobre todo en la línea que hemos manifestado anteriormente, reproduciendo sus palabras. No sé si este desconocimiento se debe al propio sistema de organización del Ministerio Fiscal, a nuestra falta de tradición democrática, o se inscribe en el poco conocimiento que nuestro pueblo posee de las instituciones, aunque en el caso del Ministerio Fiscal este desconocimiento se acentúa bastante.
Con frecuencia nos preocupa la transparencia como forma de ejercer las funciones públicas sin ocultar a los ciudadanos nada que éstos deban y tengan derecho a saber. Y es buena esta preocupación, pero, señor fiscal ¿no debería preocuparnos también el desconocimiento de la institución? ¿No es cierto que sólo se aprecia lo que realmente se conoce? Y las instituciones, entre otras cosas, deben perseguir el aprecio de los ciudadanos. ¿No sería posible, señor Fiscal General del Estado, dentro de esos convenios con distintas comunidades autónomas a los que usted ha hecho referencia hace unos momentos , incluir programas destinados a favorecer el conocimiento del Ministerio Público, de ese fiscal que además de ejercer la acusación, cosa que debe hacer, está preocupado por hacer efectivos los derechos de los ciudadanos, por hacer realidad la libertad y la igualdad y por defender a los más desprotegidos? Una de las herencias más importantes que debemos dejar a las generaciones
futuras es el medio ambiente. Cuanda cometemos un delito vemos sus efectos ahora, pero se prolongarán en el tiempo hacia ese mundo natural que legaremos a las generaciones futuras. Sinceramente, pienso que el Ministerio Fiscal ganaría enormemente en el aprecio de los ciudadanos si fuera más conocido.
Señor fiscal, este portavoz conoce los esfuerzos de su señoría en favor de la jurisdicción universal, que también ha comentado, para determinados delitos. No sé si ha llegado a su conocimiento --si no es así, le puedo informar y así estableceremos una doble vía de información-- que la pasada semana, en el Senado, se alcanzó un acuerdo de una extraordinaria importancia en el trámite del proyecto de ley orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, en el sentido de que todos los grupos parlamentarios, preocupados, como no podía ser de otra manera, por esa lacra terrible que representa un auténtico paradigma de la violencia de género, que trata de entregar a la mujer al posible y futuro marido, al que ni siquiera conoce, mutilada previamente, algo tan tremendo que afecta a millones de mujeres, todos los grupos --digo-- apoyamos una proposición de ley en el Congreso para incluirla dentro de los delitos de jurisdicción universal.
Esta tramitación se producirá en breve y, al estar apoyada por todos los grupos parlamentarios, puede augurársele un final feliz.
Me gustaría conocer su opinión en esta materia porque sería muy interesante con el fin de apoyar esta acción.
Señor fiscal, usted ha hablado --y pude leer con detenimiento su intervención-- del presupuesto en el Congreso de los Diputados. La verdad es que no me ha quedado claro y, por tanto, le pregunto: ¿Quiere usted decir al hablar de presupuesto propio que en los Presupuestos Generales del Estado, dentro de la Sección 13, Ministerio de Justicia, el programa Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, se debe separar? ¿Se refiere en otro caso a una mayor autonomía de gestión presupuestaria? ¿Se refiere usted a ambas cosas? Me gustaría conocer su opinión, porque me resulta llamativo oír hablar al señor Fiscal de presupuesto propio, pero, sin duda, tendrá una explicación clara y suficiente.
Por último, me gustaría referirme a algo que me ha llamado poderosamente la atención. Ya me ocurrió cuando leí el debate del Congreso y me ha vuelto a pasar ahora, porque usted lo ha repetido. Me refiero a las deficiencias del sistema informático del Ministerio Fiscal. Estando en el momento en que nos encontramos, conocer que no se pueden comunicar unas fiscalías con otras porque poseen sistemas diferentes, que no puede haber comunicación de unas comunidades autónomas con otras porque los sistemas son distintos, es realmente alarmante. Le hemos oído hablar, con toda razón, de la necesidad de cooperación, sobre todo en la persecución de determinados delitos como el terrorismo, el tráfico de drogas, etcétera; la necesidad de documentación, a través de los ministerios públicos y policías de otros países, pero si el instrumento informático con el que se cuenta es de esa naturaleza, la situación es realmente preocupante. Me gustaría que el señor Fiscal nos aclarara algo más esta cuestión.
Entendemos que esta situación, que hace difícil la comunicación informática, debe ser corregida con prontitud.
En cuanto a los objetivos generales y a las prioridades que ha señalado el señor fiscal general del Estado, estamos de acuerdo. Nos ha parecido de gran interés poder tratar con usted, aunque sea de esta manera tan esquemática y simple, sobre el funcionamiento de la institución, los avances de la jurisdicción universal, el presupuesto propio y esas diferencias informáticas que nos preocupan tanto como a usted.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Marín Rite.
Por el Grupo Parlamentario Popular, va a hacer uso de la palabra el señor Nogueira.
El señor NOGUEIRA POL: Muchas gracias, señora presidenta.
Buenas tardes, señor fiscal general del Estado. Antes de nada, quiero reiterar la bienvenida y el saludo del Grupo Parlamentario Popular, al que en este momento tengo el honor de representar. A título personal, también quiero reconocer mi satisfacción por dirigirme a un paisano, ya que siempre es importante para nuestra tierra gallega que alguien ocupe un cargo de alto calado como es el de fiscal general del Estado.
Dicho eso, señor fiscal general, quiero mostrar, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, al que represento, la colaboración que en todo momento va a encontrar por parte de mi grupo en el ejercicio de su función. Entendemos el funcionamiento de la justicia como algo clave en un Estado de Derecho y fundamental para el desarrollo de una democracia, por lo tanto sepa que en el Grupo Parlamentario Popular encontrará la colaboración necesaria en el desempeño de su función.
Derivado de esa colaboración que estamos manifestando al fiscal general, solicitamos que en los temas fundamentales de justicia alcancemos el consenso; consenso que en la legislatura pasada se logró a través del pacto sobre la justicia llevado a cabo a instancia, en un primer momento, del Grupo Parlamentario Popular, aunque, por desgracia, no dio los frutos debidos, probablemente por causas no imputables a dicho grupo.
He seguido con atención el desarrollo de su intervención y he echado de menos el modelo de Fiscalía que se quiere en este país; es decir, si el fiscal debe ser o no instructor. Si lo tiene a bien, quisiera que nos diera su opinión respecto a lo reseñado.
Entiendo que cualquier modificación --y también solicito del fiscal general su opinión al respecto-- de la función del fiscal en cuanto a si debe seguir o no una pauta de instrucción, puede realizarse en un proyecto más ambicioso, cual es una nueva ley de enjuiciamiento criminal.
Me pregunto si en esa nueva ley de enjuiciamiento criminal se puede concretar, con más exactitud y base normativa, la función de la Fiscalía en este país.
Señor fiscal general del Estado, igual que en la legislatura pasada se acometió, y creo que con éxito, la reforma a través de una nueva Ley de Enjuiciamiento Civil que ponía
fin a la anterior, del siglo XIX, y, dado que en este momento, pese a las reticencias iniciales sobre su funcionamiento, entendemos que es positiva, ¿por qué no aventurarnos? Pido aquí el apoyo, igual que se hizo en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de los demás grupos parlamentarios para sacar, de una vez, una ley procesal criminal. Con una nueva ley de enjuiciamiento criminal, señor fiscal general, se evitarían los parches que tiene la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal debido a las constantes modificaciones a las que se ve sometida en cada legislatura, por no decir en cada año. Supongo que estará de acuerdo con el senador que le habla en que los parches en una ley, sobre todo si es del calado e importancia de una ley procesal, al final, no son buenos, realmente son perjudiciales para el desarrollo de la ley y el funcionamiento diario de los juzgados y tribunales de este país.
¿Qué quiere el Grupo Parlamentario Popular del Ministerio Fiscal y de su fiscal general? Que se siga luchando contra aquellas actuaciones merecedoras de reproche penal y, en consecuencia, de persecución legal; sin duda, se trata de temas que ya se han manifestado en esta comisión por parte de algún portavoz de otro grupo parlamentario. Hay que luchar contra el terrorismo y las mafias organizadas que día a día van implantándose, por desgracia, en nuestro territorio. Por supuesto, también hay que tener en cuenta la violencia doméstica, la corrupción, el medio ambiente o la propia seguridad ciudadana. Todos estos temas deben ser, al parecer del Grupo Parlamentario Popular, objeto de preocupación para la Fiscalía General y deben ser combatidos con los medios que el Estado de Derecho y el Derecho Penal ponen para ello.
Señor fiscal general, el terrorismo debe tener tolerancia cero en este país. Tolerancia cero. Debemos, no sólo luchar contra los que se consideran autores materiales, sino contra aquellas personas físicas o jurídicas que, aun no siendo autores directos, legitiman, amparan o justifican el mismo. La persecución del Ministerio Público, por tanto, contra estos hechos debe ser contundente.
La violencia de género preocupa y mucho al Grupo Parlamentario Popular, y nunca estará todo hecho mientras en este país exista una sola mujer fallecida, lesionada o vejada. Hasta ese momento no estará todo hecho en este país. Nosotros entendemos que nadie debe hacer bandera de esta lucha; ésta debe estar consensuada e impulsada por todos los grupos parlamentarios. El señor fiscal general ha hecho referencia en su exposición a que no sólo el Derecho Penal es importante para luchar contra esta lacra, y nosotros entendemos que debe haber medidas legislativas fuera del Derecho Penal que ayuden también a impedir esta lacra social que vive este país.
Asimismo, quiero trasladarle una serie de preguntas que, no por ser más domésticas, dejan de ser importantes. He escuchado con atención que ha designado fiscales especializados en algunas comunidades autónomas, por ejemplo en la gallega, para tratar sobre incendios forestales, delincuencia ambiental o delitos contra la integridad de los trabajadores. Mi pregunta es: ¿Tiene en mente el fiscal general del Estado la creación de fiscalías centrales sobre estos temas y otras materias que requieran especialización? Otra pregunta que quiero trasladar al fiscal general tiene que ver con que en algún momento --y corríjame si me equivoco o no tengo la razón-- he escuchado su intención de crear una oficina de asistencia al fiscal general del Estado en su propia sede. También, he oído que la creación de esa oficina de asistencia ha generado cierto recelo en sectores de la carrera fiscal en torno al papel que debe desempeñar la Secretaría General Técnica, formada, como bien sabe el fiscal general, por fiscales de carrera y con unas competencias muy definidas en el actual estatuto.
Mi pregunta es la siguiente: ¿va a cubrirse la oficina, en caso de que se cree, con personal ajeno a la carrera fiscal? ¿Su creación implicará el cercenado de las competencias de la Secretaría General Técnica bien en la norma bien en la práctica cotidiana? Ante la posible creación --y es otra pregunta-- de una justicia de proximidad que resolviese, entre otros, juicios de faltas sin intervención del Ministerio Fiscal, algunas de las asociaciones más representativas de fiscales no han mostrado una aparente oposición, ¿tiene el fiscal general del Estado una opinión al respecto? Asimismo, también es conocedor el fiscal general de que vivimos en un tiempo en el que parecen concentrarse grandes espacios judiciales, como la Ciudad de la Justicia de Valencia o proyectos similares en otras ciudades. Ante una hipotética asunción de la instrucción por el Ministerio Fiscal, ¿qué opción se plantea en torno a la distribución geográfica de sus efectivos? Me refiero a la posibilidad de potenciar los grandes espacios, mantener el actual sistema de partidos judiciales o dar mayor protagonismo a las actuales adscripciones territoriales.
Quisiera también solicitar del compareciente su opinión sobre la posibilidad de crear una fiscalía especializada en accidentes de circulación. Como muy bien sabe el fiscal general, hoy los accidentes de tráfico, por desgracia, conllevan un número muy importante de muertos y de lesionados en este país. Mi pregunta es: ¿sería necesaria una especialidad de una fiscalía en asuntos de accidentes de circulación? En este ámbito quisiera trasladarle al fiscal general una preocupación derivada de la profesión que uno ejerce día a día y que puede ver en los juzgados y tribunales de este país; me refiero a los accidentes de circulación. Quizá el Ministerio Fiscal da demasiado rápido el visto bueno al paso de diligencias previas a juicios de faltas. Quizá en muchas ocasiones el Ministerio Público tendría que pararse más antes de dar ese visto bueno, porque muchas veces quizá debería pasar no de previas a faltas, sino de previas a procedimiento abreviado.
Hablamos, como le decía, de temas domésticos, pero no por ello dejan de tener importancia. He leído algunas reformas que en la memoria proponía el compareciente en relación con algunos artículos del Código Penal y cierto es, y así hay que decirlo, que muchas veces el fiscal general tiene razón en esas reformas. Me refiero, por ejemplo, a la excusa absolutoria, me refiero a que en esos momentos no hay delito derivado de la excusa absolutoria. Pueden darse estafas millonarias entre parientes, entre cónyuges, que no
tienen reproche penal al entrar en efecto la excusa absolutoria. Se podría limitar la excusa a un montante económico, se podría decir que no existiera un perjuicio notable a la persona perjudicada, al sujeto pasivo del delito. Probablemente sea un asunto que las Cámaras, el Congreso de los Diputados y después el Senado, debiesen debatir.
Toda la razón tiene también el fiscal general a la hora de plantear las reformas en el Código Penal referentes al artículo 295, en relación a que la empresa pueda ser perjudicada y, por lo tanto, tenga legitimación activa a la hora de presentar una querella o una denuncia. Es decir, que el perjuicio no sea sólo para los socios de la sociedad o terceras personas. Lógicamente, la que mayor perjuicio pueda tener en un momento determinado es la propia empresa, y no darle la posibilidad de ser sujeto pasivo y, en consecuencia, de que pueda tener legitimación activa, creemos que es un error. Evidentemente, el artículo 467 también debe ampliarse a la figura del graduado social.
Tengo más dudas --y yo sé que el fiscal general del Estado lo defiende en su memoria-- en la utilización de la vis física para las intervenciones corporales. Quizá también derivado de cierta deformación profesional y de ser un defensor a ultranza del derecho de defensa, veo que la obligatoriedad y poder intervenir coercitivamente en esos casos puede estar rozando la violación del derecho de defensa, como le he dicho.
Leí con atención --como decía-- la parte final de la memoria presentada al inicio del año judicial y quisiera, ya para finalizar, señalar algunas características que en ella pude observar para mostrar bien mi conformidad bien mi disconformidad. Estoy totalmente disconforme con una circular y no le puedo decir ahora el número de la misma, no sé si es la 2/2003, en relación con la asistencia letrada del 775.2, en relación con el 520.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Dice la fiscalía en su memoria que está en contra de la intervención de letrado en comisaría antes de prestar declaración ante el instructor policial. La fiscalía, porque la ley lo ampara en el 775.2, sí está a favor de la intervención de letrado una vez haya declarado el detenido o se hubiese negado a declarar ante el instructor policial, dejándolo para su declaración ante el juez.
Esto es una paradoja, señor fiscal general, y se lo voy a explicar y me lo va a entender porque yo sé que usted es profundamente constitucionalista y profundamente respetuoso con el derecho de defensa.
El habitual, la persona a la que habitualmente detienen, la persona que es conocida en las comisarias, en las dependencias policiales, sabe que cuando llega allí no va a declarar y se va a entrevistar posteriormente con su letrado, en la misma comisaria y antes de subir a las dependencias judiciales, a los efectos de que el letrado en el ejercicio de su derecho de defensa, asista y asesore a esa persona detenida. La persona que nunca ha estado detenida no tiene esa posibilidad porque probablemente nadie le dice que después de prestar declaración o no prestarla en dependencias policiales puede hablar con su abogado. Hay una disfunción difícilmente entendible. Las defensas, los letrados que comparecen en las dependencias policiales no son ONG, no van allí sólo para ver que no le pegan, que afortunadamente desde hace muchos años en este país se dejó de hacer eso, sino que están para algo más, están para asesorar y están para ejercer el derecho de defensa. Por lo tanto, un abogado que está sentado en una dependencia policial puede y debe asesorar a la persona que está detenida incluso antes de prestar declaración en la policía. Y se lo digo porque en su circular la Fiscalía General del Estado se muestra completamente opuesta a esto que le estoy señalando.
Quisiera recordar al señor fiscal general tres requisitos para el indulto. El fiscal general sabe que la fiscalía juega un papel importante en los informes favorables o desfavorables en los indultos. El primer requisito es el arrepentimiento, que la persona que solicite el indulto se arrepienta del hecho delictivo por el cual ha sido condenado por una sentencia firme. Evidentemente, aparte del arrepentimiento, lo que no puede poner en duda es la realidad y la veracidad de los hechos probados en esa sentencia; segundo, la satisfacción de las responsabilidades civiles a que ha sido condenado, o por lo menos intención objetiva de satisfacer las responsabilidades civiles y, tercero, solicitar el perdón del ofendido.
Por lo tanto, quisiera trasladarle al fiscal general del Estado y al Ministerio Fiscal que no se olviden nunca de estos requisitos que jurisprudencialmente han sido exigidos para la concesión de la gracia del indulto. Se lo digo porque encima de la mesa de su despacho posiblemente tenga la solicitud del indulto del que últimamente estamos oyendo hablar en todos los medios de comunicación; cuando tenga encima de la mesa la solicitud de indulto del señor Vera, le rogaríamos desde el Grupo Parlamentario Popular que comprobara si se han cumplido estos tres requisitos.
Por supuesto no voy a entrar ni en el fondo ni en la libertad que tiene el Ministerio Fiscal para decidir al respecto. Lo único que le solicitaríamos desde el Grupo Parlamentario Popular es que observe si se han cumplido, como he señalado, estos tres requisitos de la Ley de indulto; ley que, vaya por delante, quizá sea el momento en que todos tengamos que plantearnos su reforma, pues ya ha cumplido y sobrepasado los cien años.
Podríamos hablar más sobre la Memoria de la Fiscalía pero, probablemente y con toda la razón, la señora presidenta llamaría la atención a este senador.
Permisos penitenciarios. Probablemente necesitemos regular o modificar los permisos penitenciarios en delitos tales como puedan ser los de índole sexual que pueden originar --que han originado y así los conocemos todos los presentes-- problemas de delincuencia a posteriori por aquellos que están beneficiándose de los mismos. Probablemente tengamos todos que replantearnos las circunstancias de los permisos en este tipo de delitos y me gustaría saber que opina el fiscal general respecto de esta problemática.
Nada más me resta que reiterar lo que al principio de mi intervención he manifestado, que es la colaboración que va a tener en todo momento por parte del Grupo Parlamentario Popular en el desempeño de su función.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Nogeira.
Tiene la palabra el señor Fiscal General.
El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Tengo que comenzar mi intervención agradeciendo a sus señorías las aportaciones que han realizado, que para mí han resultado de un enorme interés y, como tuve ocasión también de expresar en el Congreso, después de toda una vida dedicada al mundo del Derecho y a la Administración de Justicia, tener la ocasión de escuchar la opinión de los representantes del pueblo español en un lugar tan caracterizado como es la Comisión de Justicia del Senado, para mí es un honor y, en este caso, también representa una verdadera satisfacción intelectual.
Va a resultar muy difícil que pueda responder a todas las cuestiones que han suscitado sus señorías, pero trataré de hacerlo, en la medida de mis posibilidades, porque considero que el sentido de esta intervención es precisamente el de la colaboración y el del diálogo institucional.
Comenzaré contestando al senador señor Bofill, que ha planteado una serie de cuestiones que para mí tienen un enorme interés desde la perspectiva de la articulación territorial del Ministerio Fiscal. Es cierto --por no extender excesivamente mi intervención-- que existe una serie de cuestiones que me hubiese gustado preguntarles a sus señorías que sin embargo han quedado de alguna manera sin desarrollar, pero siempre he pensado que tendría ocasión de hacerlo, por lo menos de enunciarlas, precisamente al responder a sus intervenciones.
A mi entender, el Ministerio Fiscal tiene una articulación en este momento que no responde al sistema constitucional en el que es fundamental la constitución del Estado de las Autonomías. Por lo tanto, su articulación, si bien responde a un principio de unidad de actuación y dependencia jerárquica y, tal y como está en la Constitución, siempre tiene que tener efectivamente esta unidad que garantiza la seguridad jurídica --hay que tener en cuenta que la intervención del Ministerio Fiscal es fundamentalmente en materia penal y procesal penal, en esta materia no existen ordenamientos jurídicos autonómicos, el ordenamiento jurídico es único y de alguna manera el Fiscal también debe interpretarlo con una óptica única--, también lo es que, sin embargo, debe adaptarse a esta nueva articulación territorial del Estado.
En esta materia, es mi deseo mencionar que estamos planteando una circular o instrucción para que dentro del marco reglamentario y estatutario actual y sin esperar a una modificación se vaya produciendo una adaptación a esta nueva articulación territorial. He dado instrucciones a todas las fiscalías de todos los tribunales superiores de Justicia que he visitado, en primer lugar, para que se trate de diferenciar lo que es la figura del fiscal del Tribunal Superior de los diversos fiscales de las audiencias provinciales. En el futuro, eso para mí debería conllevar el que, de la misma manera que existe un presidente del Tribunal Superior de Justicia, y eso no excluye la existencia de un presidente de la Audiencia Provincial, para separar precisamente esta doble articulación exista también un fiscal de la Audiencia Provincial diferenciado del fiscal del Tribunal Superior de Justicia. En cualquier caso, he dado instrucciones para que se vaya articulando, dentro de lo posible, esta diferenciación entre ambas figuras.
He dado también instrucciones a los fiscales de los tribunales superiores de Justicia para que potencien la relación con las cámaras legislativas de cada comunidad autónoma y, de la misma manera que como fiscal general del Estado comparezco ante el Congreso y el Senado, comparezcan con ocasión de la elaboración de la Memoria del territorio ante el órgano autonómico parlamentario. Así se ha hecho ya en Andalucía; así se ha hecho ya en Cataluña; así lo hemos pactado también en mi visita a Extremadura entre el fiscal del Tribunal Superior de Justicia y el presidente de la comunidad extremeña y en general esa instrucción se está tratando de llevar a efecto por parte de los fiscales en Valencia, en Galicia y en las demás comunidades donde efectivamente pueda realizarse.
He tratado de potenciar también el conocimiento de los idiomas autonómicos, que considero un mérito especialmente cualificado para el desempeño de aquellas funciones en las que yo puedo valorar ese mérito, como son los nombramientos de carácter discrecional. En el primer nombramiento que he hecho para el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de una comunidad autónoma con lengua propia, que ha sido el nombramiento del fiscal jefe de la Fiscalía de Galicia, he seleccionado a un fiscal que no solamente tiene un amplio conocimiento de la lengua de la comunidad sino que, además, se ha caracterizado precisamente por apoyar la normalización lingüística y es líder en la utilización de la lengua autonómica dentro de la administración de Justicia de la comunidad autónoma gallega. Así lo tendré en cuenta en todos los nombramientos de especial responsabilidad que se refieran a esos territorios. Dentro de las diversas posibilidades de que podamos disponer, el fiscal que tenga esa representación debe utilizar de manera adecuada y suficientemente fluida la lengua propia de la comunidad.
En estos días vamos a proceder al informe de una modificación reglamentaria relativa al personal de las Fiscalías, en las que informaremos favorablemente de la propuesta que nos ha hecho llegar el Ministerio de Justicia para que se modifique ese reglamento y el conocimiento de las lenguas autonómicas se haga constar como mérito no solamente para los fiscales sino también para el personal de la fiscalías.
Por tanto, en esa materia efectivamente mi idea, sin entrar en temas legislativos, que no me corresponden y sobre los que prefiero no pronunciarme, es decir, sobre las proposiciones legislativas que corresponden al Parlamento, pero en lo que cabe al ámbito de responsabilidad del Ministerio Fiscal, del fiscal general del Estado, sí voy a potenciar desde luego una mayor compenetración de lo que es la articulación del fiscal general del Estado con la articulación territorial del Estado, y sobre todo también con el respeto a la cultura y a la lengua propia de cada una de las comunidades.
Me planteaba su señoría en segundo lugar el tema de la recuperación de la memoria histórica en relación con las víctimas de las condenas injustas, realizadas con posterioridad
a la Guerra Civil. Indudablemente yo he expresado ya mi idea de que esto debe de venir por la vía de una disposición de carácter general; que no me parece procedente que individualizadamente los tribunales de justicia en este momento vayan a proceder a una revisión caso a caso de esas sentencias, por la vía del proceso de revisión, porque para ese proceso habría que modificar previamente legislativamente los cauces, ya que si no no ofrecería un camino apropiado para ello. Y, por otra parte, podría resultar también una situación de desigualdad, porque sería difícil abarcar en realidad la totalidad de los casos. Por eso en mi entender debe haber una recuperación de la dignidad y del carácter moral que debe venir con una disposición de carácter general que pueda abarcar todos los supuestos. Esa sería mi posición, naturalmente respetando cualquier otra.
Su señoría va a un punto que para mí tiene un especial interés, desde mi perspectiva como jurista, que es la posición en relación con la justicia universal. Como magistrado del Tribunal Supremo he defendido un entendimiento amplio de las disposiciones que en la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que en determinados delitos de lesa humanidad, de delitos que afectan al conjunto de la humanidad debe potenciarse la actuación en materia de justicia universal. En consecuencia, he estado trabajando para conocer en el caso más significativo, que es en este momento el que se encuentra en la Audiencia Nacional, y relativo concretamente a la represión en la época de la dictadura chilena, que posiblemente va a celebrarse sobre el 15 de enero del año próximo, y saber cuál iba a ser el criterio del Tribunal Supremo en cuanto a la jurisdicción española. Pronunciado el Tribunal Supremo en sentido positivo, he dado instrucciones a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que se formule una pretensión acusatoria, entendiendo que en esta materia, una vez que existe ya un criterio del Tribunal Supremo que justifica la intervención de la jurisdicción española, la posición del Ministerio Fiscal debe ser activa, y en este sentido se ha procedido a la designación de una nueva fiscal sobre esta materia, precisamente con la finalidad de que siga un criterio más acorde con sus propias convicciones, y posiblemente, si tiene oportunidad procesal de hacerlo, en la primera que tenga para ello expresará ese criterio acusatorio.
Me plantea seguidamente su señoría otro tema también para mí muy interesante, que es cuál va a ser la posición del Ministerio Fiscal en materia de propiedad intelectual. La Fiscalía General del Estado editará en el momento en que así lo podamos hacer una instrucción en esta materia. En este momento, dada la importancia de la renovación que se ha producido del Código Penal, que ha entrado en vigor el 1 de octubre, la Fiscalía General del Estado está concluyendo la redacción de una circular sobre todos los aspectos de la parte general del Código Penal que han sido modificados, y seguidamente iremos avanzando sobre los problemas de la parte especial más relevantes. Uno de los problemas sobre los que yo creo que la Fiscalía debe pronunciarse es éste, pero precisamente para no dilatarlo más he tenido la oportunidad de hacer ya un pronunciamiento personal, la pasada semana, en unas jornadas que se han celebrado en la Ciudad de la Justicia de Valencia, precisamente dirigidas a jueces y fiscales, y en las que como fiscal general del Estado, también con la colaboración de la Sociedad General de Autores y Editores de España, que era una de las coorganizadoras de la reunión, expresé unas líneas generales. Estas líneas generales para mí se centran en que debe actuar el Ministerio Fiscal de oficio, promoviendo la persecución de los procedimientos y con la máxima contundencia en aquellos supuestos en los que se trate de criminalidad organizada, que en esta materia ya está muy desarrollada, porque hay que tener en cuenta que allí donde se encuentra una mercancía prohibida la criminalidad organizada inmediatamente tiene su entrada, y efectivamente existe esa criminalidad, y en todos aquellos supuestos a los que se refiere al Código Penal, que es en los supuestos en los que se actúe con ánimo de lucro, y por tanto en aquellos casos en que se actúe con ánimo de lucro la Fiscalía General del Estado actuará con la máxima contundencia. Pero también he podido expresar en esas jornadas que el ánimo de lucro debe ser entendido en sentido estricto, en sentido propio; no puede extenderse ese criterio del ánimo de lucro para hacer una concepción de lucro indirecto, como se denomina en algunas ocasiones, y que permitiría una criminalidad excesiva de comportamientos que en la sociedad se consideran usuales, y que cualquiera de nuestros hijos adolescentes desarrolla en el ámbito privado, sin que realmente se ocasione un daño de carácter significativo que implique la intervención del máximo instrumento de que dispone el Estado, que es la pena, para intervenir en esa materia.
Por tanto, yo dije en esas jornadas que el Derecho Penal no es un bastón; es un bisturí, por tanto un instrumento de precisión, y debe actuar con precisión para sancionar con contundencia las conductas que lo merecen, pero no debe de pretender utilizarse el Derecho Penal de una manera absolutamente generalizada para resolver cualquier problema, y desde luego nunca fuera de lo que la sociedad, de manera generalizada, estime como comportamientos que no son verdaderamente criminales. Esas serían las líneas generales que he marcado en estas jornadas, y que haremos llegar a todos los fiscales a través de la página web, de la que desde hace poco tiempo disponemos en la Fiscalía; es un instrumento de modernización que hasta ahora no había estado a nuestro alcance, pero en este momento podemos comunicarnos ya con los fiscales a través de esa vía.
Finalmente me hablaba su señoría del incremento de las plantillas para Cataluña. Indudablemente el esfuerzo que el Gobierno ha hecho para poder disponer en el próximo año de un incremento de plantillas significativo, de 135 plazas, es digno de toda alabanza, teniendo en cuenta que durante los últimos años se venían incrementando veinte plazas anuales. Por ello, 135 plazas significan una multiplicación importante de las posibilidades.
Dado que vengo visitando la mayor parte de las fiscalías, he visitado prácticamente todas las fiscalías de los tribunales superiores de Justicia de España en estos seis meses, le puedo decir sin embargo que si debiese atender a las necesidades que cada una de esas fiscalías me transmite, resultaría absolutamente insuficiente este número tan importante de plazas. Yo creo que podemos disponer de un incremento considerable
para Cataluña, pero no podrá alcanzar esa cifra señalada por los fiscales catalanes, porque hoy mismo se hablaba de que se pretende la creación de 86 plazas para Madrid, y realmente si quisiésemos atender a una u otra cosa no quedaría nada para el resto de España.
Creo que es necesario también dedicar una parte de ese incremento a potenciar los órganos centrales y las fiscalías especializadas, en la medida en que se trata de diseñar precisamente un ministerio fiscal que tenga una mayor especialización por materias, y por tanto que no sea exclusivamente importante la distribución territorial, sino que también sea importante la especialización, y a ella vamos a dedicar algunas de esas plazas. En cualquier caso, lo que sí le puedo asegurar es que he visitado ya la Fiscalía de Barcelona en varias ocasiones en estos seis meses. He estado reunido recientemente con el fiscal jefe de Tarragona, que me ha trasladado también esa misma necesidad, que además allí se vive de una manera acuciante. Por tanto, es una necesidad que conocemos y a la que trataremos, dentro de nuestras posibilidades y en relación con las que nos permita el Ministerio de Justicia, de dar una satisfacción.
Con ello creo que he dado respuesta a las cuestiones más relevantes que me había propuesto el señor senador, y paso a las que me plantea el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, señor Marín Rite. Su señoría me ha hecho unas sugerencias que hago mías, y además lamento decirle que no le reconoceré derechos de autor específicos, y, por lo tanto, que no tendrá la posibilidad de percibir por ello derechos de propiedad intelectual. Si me lo permite, haré mías sus ideas, en el sentido de potenciar el conocimiento de la sociedad del Ministerio Fiscal, a través de los convenios con las comunidades autónomas o del propio Ministerio de Justicia.
En ese sentido, creo que esta misma mañana he firmado una solicitud al Ministerio de Justicia para que nos proporcione el mínimo presupuesto necesario --y con esto enlazaría con la cuestión presupuestaria--, precisamente para hacer un estudio de percepción interna y externa del Ministerio Fiscal, desde el punto de vista de los ciudadanos y de los propios fiscales. Nos hemos puesto en contacto con Metroscopia --una entidad que se dedica a esta materia--, y con algún sociólogo de especial cualificación para realizar esta tarea, que el Consejo General del Poder Judicial --que dispone de presupuesto propio-- ha venido realizando desde hace muchos años, lo que le ha permitido tomar una serie de decisiones que son muy relevantes.
No se puede actuar sobre el Ministerio Fiscal con una concepción personalista o sobre una serie de ideas que uno se ha ido forjando y que es posible que no coincidan con la percepción de los ciudadanos; en una sociedad democrática tenemos que saber cómo ven los ciudadanos el Ministerio Fiscal, qué desearían que hiciese el Ministerio Fiscal y, en consecuencia, si no conocemos estos datos, realmente es muy difícil actuar con acierto. Pues bien, nos hemos puesto en contacto con esta entidad para que realice este estudio y, al mismo tiempo, nos hemos dirigido al Ministerio con la finalidad de que lo sufrague.
En este punto voy a enlazar con la cuestión que antes señalaba: ni siquiera contamos con la posibilidad de hacer un estudio sobre cómo percibe la sociedad al Ministerio Fiscal porque la Fiscalía General del Estado carece de la mínima instrumentación presupuestaria incluso para hacer un folleto. En este sentido, por ejemplo, hemos mantenido contactos internacionales con la institución del Ministerio Fiscal portugués o con la institución del Ministerio Fiscal de Colombia y yo no he podido disponer simplemente de un folleto para entregarles que explique lo que es el Ministerio Fiscal español porque la Fiscalía General del Estado carece de presupuesto y tiene que planteárselo al Ministerio de Justicia y esperar a que éste acceda a esta petición. Asimismo, tampoco disponemos de documentación básica sobre acuerdos internacionales en idiomas como el inglés o el francés porque carecemos de intérpretes y de presupuesto para realizar una traducción. Parece que ésta es una cuestión doméstica y nimia, pero enlaza con el tema que tan acertadamente me ha sugerido.
¿Qué es lo que plantea la Fiscalía General del Estado cuando habla de un mínimo de autonomía presupuestaria? Pues bien, exactamente las dos cuestiones que usted ha planteado. Por un lado, que en la articulación presupuestaria del Ministerio de Justicia, y en el capítulo correspondiente, estuviese individualizado lo que el Estado español dedica al Ministerio público, de tal manera que en un momento determinado, con la máxima transparencia y claridad, pudiésemos solicitar determinadas líneas de actuación preferente, que tuviesen su repercusión presupuestaria y, al mismo tiempo, pudiésemos dar cuenta de cómo el Ministerio Fiscal ejercita la labor que se le ha encomendado. Si no existe una individualización, una percepción de lo que representa para los ciudadanos el Ministerio público, es muy difícil evaluar después sus resultados. Además, esto responde a una serie de acuerdos de carácter internacional, y en la Unión Europea, con el fin de individualizar y singularizar, dentro del ámbito presupuestario, las partidas correspondientes al Ministerio público. Naturalmente, ese presupuesto para el funcionamiento ordinario del Ministerio público, de gastos de personal, de medios, etcétera, la Fiscalía General del Estado no pretende incorporarlo ni que sea un presupuesto propio sino que estaría encuadrado en el ámbito del Ministerio de Justicia, administrado y gestionado por el éste.
Por otro lado, planteábamos que la Fiscalía General del Estado, como sede central, dispusiese de una mínima entidad presupuestaria para atender determinadas necesidades de carácter genérico, como las que antes he señalado, porque incluso cuestiones nimias de funcionamiento se ven a veces dificultadas, pese a la buena disposición del Ministerio de Justicia, por el hecho de que la Fiscalía General del Estado, como tal, carezca de alguna posibilidad presupuestaria para llevarlas adelante.
Además, dado que no existe una individualización de las partidas destinadas a la Fiscalía General del Estado y quedan englobadas en los gastos generales de la Administración de Justicia, nos encontramos con que muchas veces, en la realización efectiva del presupuesto, la mayor presión de alguna otra institución hace que en la práctica sea el Ministerio Fiscal el que quede relegado. Creo que quizá con esta explicación haya podido aclarar cuál es nuestra pretensión. Insisto en que no
se trata de autonomía presupuestaria en el sentido de disponer absolutamente del presupuesto del Ministerio Fiscal sino de una singularización y, al mismo tiempo, de la disponibilidad de un mínimo de funcionamiento.
Naturalmente, los planteamientos del portavoz del Partido Popular, al que hago llegar mi satisfacción por encontrarnos en este ámbito, han sido tan amplios que me va a resultar casi imposible hacerme cargo de todas las cuestiones que se han planteado.
Nos ha hablado --y a mí me ha parecido muy interesante porque no he tenido ocasión de citarlo--, del modelo de fiscal instructor para el futuro.
Coincido absolutamente con su señoría en que es necesario reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En las anteriores legislaturas se han ido reformando las leyes de procedimiento, tanto la civil como la administrativa, la laboral e incluso la militar y, sin embargo, seguimos con la misma Ley de Enjuiciamiento Criminal, no ya del siglo pasado sino del anterior, y no debemos continuar en esta situación. Cualquiera que sea el modelo que se establezca debe incluirse dentro de una reforma global de la Ley de Enjuiciamiento Criminal porque ésta no debe ser continuamente parcheada, ya que hasta el parcheo tiene un límite.
En este sentido, ¿cuál es mi criterio? Mi criterio es que la reforma se debe efectuar por consenso, ya que los problemas son fundamentalmente técnicos y no políticos. Debemos construir un modelo de articulación del proceso penal en el que exista un cierto acuerdo entre las grandes fuerzas políticas porque no tiene mucho sentido que ese modelo vaya a ser modificado, dependiendo del momento político. Partiendo de esa idea, el criterio fundamental es que hay que establecer una norma que responda a los criterios dogmáticos más modernos y, al mismo tiempo, que cuente con el consenso social y político suficiente.
¿Hasta dónde debe llegar la posición del Ministerio Fiscal en relación con esa norma? Creo que está claro que el Ministerio Fiscal debe potenciar su intervención como en la instrucción. El Ministerio Fiscal debe ser, por lo menos, el que lleve la iniciativa en la instrucción porque en un modelo acusatorio la iniciativa debe ser de quien ejercita la acción penal y, por tanto, el juez debe tener un papel más arbitral, manteniendo el equilibrio entre las partes y garantizando los derechos fundamentales de todos los ciudadanos. Yo veo, por tanto, al juez más en un papel de juez de garantías; yo le llamo juez de la instrucción, en el sentido de que más que juez de instrucción, sea un juez que de alguna manera mantenga el respeto a los derechos fundamentales y la igualdad entre las partes a lo largo de toda la instrucción, y el fiscal que lleve la iniciativa.
A mi entender, para ello no es necesario llegar a una trasmutación de papeles, que el fiscal haga lo que hace actualmente el juez, porque llamándole por otro nombre, llegaríamos a la misma situación. Se trata fundamentalmente de que el fiscal lleve la iniciativa, sea el que tenga el papel fundamental en la instrucción y que el juez pase un papel arbitral. ¿Cómo se determinaría en el aspecto de la distribución territorial? Ahí hay que adelantar mucho porque dependerá de cuál sea el papel final al cual se le atribuya. Mi idea es que tampoco sería necesario establecer fiscales de instrucción en cada partido judicial, sino que a ser posible, hoy, que los desplazamientos son mucho más sencillos y la organización es fundamentalmente trabajo colegiado mediante grandes unidades de instrucción, se trabaje colectivamente en lugares como la Ciudad de la Justicia de Valencia. Acabo de visitarla y la verdad es que es una obra impresionante y ya nos gustaría poder disponer en Madrid de una cosa parecida y no tener a los fiscales agrupados. (La señora Vindel López: La tendremos.) Esperemos que sí. En este momento yo les puedo decir que he visitado la Fiscalía de Madrid y me gustaría hacerlo algún día en compañía de algunos senadores porque realmente los fiscales están agrupados de doce en doce en un solo despacho. La verdad es que hay que ver un despacho para doce para conocerlo.
Con respecto a los demás temas que me plantea son tan extensos que no creo que pueda dar respuesta a todos. Sobre una justicia de proximidad, indudablemente a mí me gustaría que en esa justicia de proximidad hubiese fiscales también. Las materias de faltas tienen a veces una especial relevancia. He dado instrucciones al fiscal que va a colaborar en la comisión que en este momento está trabajando sobre esta materia de que si se hace una justicia de proximidad, si están también unos fiscales que se ocupen de la misma.
En cuanto a la creación de fiscalías centrales para todas las materias a las que antes me hacía referencia, yo entiendo que más que una fiscalía central, que sería concentrar en Madrid excesivamente el número de fiscales, porque siempre se tiene tendencia a ir a la capital, lo fundamental, por lo menos el modelo al que aspiro como fiscal general del Estado, es que existan servicios en cada una de las provincias --servicio de violencia doméstica o secciones de medio ambiente, de inseguridad laboral o de drogas, de anticorrupción, de delitos económicos-- y que todos estos servicios especializados en cada territorio sean coordinados por un fiscal en la Fiscalía General del Estado que actúe por delegación del fiscal general. De tal manera que tendremos unas fiscalías especializadas, pero no concentradas, como hoy es la fiscalía antidroga, que está concentrada en Madrid, sino que serían unas fiscalías dispersas.
En ese sentido yo también comparto la preocupación por los accidentes de tráfico y por los delitos relativos a la circulación. En este momento es una materia tan extendida que es difícil pensar en la creación de una fiscalía especializada para ello, pero sí es una materia sobre la que la Fiscalía General del Estado va a reflexionar porque es un tema que también se me ha planteado en el Congreso de los Diputados y que yo entiendo que hay materias que están produciendo un número de víctimas muy elevadas y sobre las cuales es necesario reaccionar. Quizá la reacción más importante en esta materia, que son fundamentalmente imprudencias, y no actos dolosos, sea una actuación de carácter preventivo, más que de carácter penal, pero también el Derecho penal tiene que tener su papel en este tema.
Otra cuestión que me había planteado se refería a la unidad de apoyo.
Este tema no afecta en absoluto a las competencias de la Secretaría Técnica, además sería también
por parte del fiscal general un poco absurdo, teniendo en cuenta que la Secretaría Técnica es precisamente el órgano de confianza del fiscal general del Estado, el único órgano que designa absolutamente a todos sus miembros y que son cargos absolutamente de confianza. Por lo tanto, naturalmente no voy a limitar ni cercenar las competencias de la Secretaría Técnica que es un órgano que es esencial dentro del Ministerio Fiscal y que está fundamentalmente integrado por técnicos, es decir, por fiscales, técnicos en Derecho Penal y en Derecho Procesal-penal, que es lo que son los fiscales.
La unidad de apoyo es un órgano que más bien es de carácter administrativo, y es lo que le falta al Ministerio Fiscal en este momento. Es que el Ministerio Fiscal --antes señalaba las deficiencias en materia de informática o en materia de estadística-- tiene la competencia de presentar ante Su Majestad El Rey y después ante las Cortes la Memoria de la Fiscalía con las estadísticas de la delincuencia y en la Fiscalía General del Estado no disponemos de un mínimo servicio estadístico, sólo disponemos de fiscales que tienen una gran conocimiento y que se esfuerzan, pero que no son especialistas en materia de estadística y, sin embargo, tenemos que confeccionar la estadística de la delincuencia sin expertos en esa materia. Tenemos que confecccionar el modelo de funcionamiento de toda la unidad informática de todas las fiscalías de España porque así como en otros temas hay una competencia de cada una de las comunidades autónomas, en esta materia está legalmente determinado que el sistema informático sea único y, sin embargo, no disponemos de técnicos informáticos en la Fiscalía General del Estado.
Tenemos que distribuir las necesidades de plazas que se nos reclama de funcionamiento de todas las fiscalías y no disponemos de técnicos en gestión de personal. Por lo tanto, la unidad de apoyo, que ya está diseñada por sus señorías a través de la reforma que se hizo del Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal --por lo tanto, es un mandato del legislador--, esa unidad de apoyo la queremos poner en funcionamiento mediante la intervención de funcionarios que no sean fiscales, sino que nos aporten conocimientos en otras materias. Nos hemos dirigido al Ministerio de Justicia y de momento estamos todavía esperando para la puesta en marcha de esa unidad de apoyo, y yo tengo una gran confianza en que podamos ponerla en funcionamiento.
Quizá habría muchos otros temas que tratar, pero terminaría con la paciencia de sus señorías, si pretendo agotarlos y, por lo tanto, prefiero no agotar los temas y no agotarles a ustedes.
Muchas gracias, señora Presidenta.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Fiscal General del Estado.
¿Algún portavoz quiere intervenir? (Pausa.) No.
¿Hay algún senador o senadora, que no haya intervenido, que quiera hacer alguna pregunta al señor fiscal general del Estado? (Pausa.) Tiene la palabra el senador Díaz.
El señor DIAZ TEJERA: Muchas gracias, señora presidenta.
Pido disculpas a todos y a todas porque no es mi voluntad ser sujeto activo de ningún hecho delictivo relativo a la integridad psíquica de los presentes y mucho menos del excelentísimo señor fiscal general del Estado. Pero sería por mi parte incurrir en un delito de lesa anticanariedad si no aprovecho como canario el que está usted para poder formularle alguna pregunta. No voy a hacer ninguna consideración al respecto porque suscribo íntegramente todas las expresiones, las ideas y las propuestas que ha utilizado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, que me representa, y magníficamente en esta comisión, pero sí quiero realizar algunas consideraciones y preguntas en mi condición de canario, y las hago a toda velocidad porque quiero respetar el cansancio y que sé que la presidenta quiere que formulemos preguntas.
Yo representaba a la red judicial europea en Canarias hasta hace algún tiempo y en muchas ocasiones trabajé con el fiscal que hacía esas funciones en el ámbito de lo que es el Ministerio Fiscal en el archipiélago, un fiscal al que le encargaban también los asuntos que suponían asuntos de partidas contables y lo que eran conceptos, subconceptos, programas, capítulos, en fin, toda la jerga del ámbito presupuestario. Era el señor Valentín Ruiz. En muchas ocasiones él me describía que los problemas no eran sólo relativos al ámbito de la Unión Europea o relativos a lo que es el continente latinoamericano, sino al continente que está a 60 millas del archipiélago; me refiero a lo que era Marruecos, a lo que es el Africa subsahariana y a los problemas que se plantean con respecto a los menores --como usted lo planteó, lo menciono yo también-- que vienen ya no sólo en pateras, sino en algunos de los antiguos barcos carboneros, etcétera, que se están reparando en las costas del Africa más cercana al archipiélago. Ahí se plantean problemas respecto a la edad real --de ahí el estudio de la densidad de los huesos que tienen que hacer los forenses a ese respecto-- y ahí había un problema en relación a que en muchas ocasiones al Ministerio Fiscal le interesaba la sustitución de la pena de privación de libertad, por la de expulsión del territorio español. Ese era un asunto que tuvimos que abordar algunos fiscales, algunos magistrados de lo penal, tratando de ver la forma de que no se interesaran tanto a eso porque cuando se accedía a esa petición, semanas más tarde volvías a ver al mismo sujeto realizando la misma actividad. La pregunta es si esa propuesta que realizó algún magistrado de lo penal con algún fiscal adscrito a su juzgado es una práctica que el señor fiscal general del Estado considera conveniente extender al conjunto del archipiélago como instrucción a los fiscales a través del fiscal jefe, don Vicente Garrido, relativa a no plantear la sustitución de la pena de privación de libertad por la de expulsión del territorio nacional por lo que le acabo de decir. Es una pregunta muy concreta de tipo técnico que le hago por si tiene a bien acusar recibo de la misma.
Un segundo aspecto en torno a la siniestralidad laboral es que el problema, en gran medida, se plantea en el ámbito de la obtención de la prueba por parte de los inspectores
de Trabajo. Hay problemas de coordinación entre la jerga del ámbito del Derecho del Trabajo y la jerga profesional del ámbito del Derecho Penal, y si no es menester un previo acuerdo en cómo hacer las cosas, las actas de las inspecciones dan pie a sanciones laborales, pero con dificultades en el ámbito del Derecho Penal. Esta es una sugerencia en relación a algunas de las posiciones mantenidas por el fiscal que en Canarias lleva muchos años trabajando este asunto, que es Luis del Río, de los pocos fiscales canarios que ha estado muchos años trabajando en el ámbito de la siniestralidad laboral.
Un tercer aspecto, y acabo, es el de las 250 plazas jurisdiccionales y las 135 fiscales previstas para el próximo año. También el próximo año se plantea, señor fiscal general del Estado, la modificación de la Ley de Planta y Demarcación Judicial. Le quería hacer dos sugerencias: primero, que sería bueno que de alguna forma consiguiéramos como algo automático y casi mecánico que la creación de un nuevo órgano jurisdiccional con la plantilla de funcionarios y funcionarias adscritos a dicho órgano tuviera una traducción también en el ámbito de la plantilla del Ministerio Fiscal, me refiero a islas como Fuerteventura o Lanzarote, porque por mucho fortalecimiento que hagamos del destacamento, por ejemplo, que radica en Puerto del Rosario, si se crea el partido judicial de lo que es Tuineje y Pájara, plantea problemas de desplazamientos con una hora en coche, etcétera. Lo digo porque si esa cultura la incorporamos al Ministerio de Justicia, cuando se creen órganos jurisdiccionales tiene usted que pensar que tiene también que ampliar la plantilla del Ministerio Fiscal, porque si no, se intensifica el uso y abuso de la plantilla del Ministerio Fiscal.
Acabo con el cuarto y último punto. Me gustaría que me explicara lo de las dos plazas creadas en la Fiscalía Anticorrupción adscritas a las dos provincias, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife. He advertido que en los lugares donde se crea están vinculados al ámbito del turismo: Baleares, la costa Mediterránea y Canarias. Le pregunto si el hecho del movimiento turístico y la población flotante, etcétera, han sido algunos de los factores o hay otros que se le escapan a este senador.
En cualquier caso, muchas gracias por estar aquí y por la pasión que le sigue caracterizando como jurista y como demócrata.
Gracias, señora presidenta.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Díaz.
Señor Fiscal, con este turno cerrará la comparecencia, por tanto, si quiere puede añadir algo en relación a lo que ha dejado pendiente antes puede hacerlo.
El señor FISCAL GENERAL DEL ESTADO (Conde-Pumpido Tourón): Muchas gracias, señora presidenta, y muchas gracias a todos los senadores por su atención, sobre todo a los que han sido capaces de estar aquí hasta este momento.
Agradezco mucho la intervención del senador canario, con el cual me une una larga amistad y un largo compañerismo en cuestiones relativas a la Justicia.
Me permitirán que altere el orden de las preguntas porque una de ellas es precisamente una de las cuestiones por las cuales más ha luchado el fiscal general del Estado desde que ha llegado a la Fiscalía, y sobre la cual todavía no he logrado convencer a mi querido amigo, Juan Fernando López Aguilar, ministro de Justicia, que es precisamente la de la equiparación de las plazas, la necesidad de que cada órgano jurisdiccional que se cree con competencias en materia que afectan al Ministerio Fiscal --no me estoy refiriendo, por ejemplo, a la creación de una Sala de lo Contencioso-administrativo, o de un Juzgado de lo Social o de lo Mercantil, sino a cada vez que se cree un órgano jurisdiccional, un Juzgado de lo Penal o una Sala de lo Penal en un determinado territorio-- lleve consigo la paralela creación de los órganos del Ministerio Fiscal, de la misma manera que no se crea un órgano jurisdiccional sin pensar en que se crea también el secretario y el personal del órgano, que se piense también en la necesidad de la creación del fiscal para ese órgano, porque si no, hay una falta de paralelismo, y nos vamos a encontrar con que, efectivamente, hay unas necesidades, que también se han destacado, de plantilla del Ministerio Fiscal, y la creación de 250 nuevos órganos nos va a conducir a una nueva situación de precariedad. Por tanto, así lo he expresado de manera escrita al Ministerio de Justicia, así lo estamos reiterando y, aprovechando la sugerencia del senador, insistiremos en el futuro para que siempre estas plazas lleven consigo el paralelo.
Los demás asuntos que me plantea son también de mucho interés. ¿Por qué para Canarias se van a designar dos fiscales el 15 de diciembre, contando ya con la posibilidad de las plazas que vamos a disponer para el próximo año? De momento la designación es de fiscales que ya están allí destinados, pero en el futuro pensamos objetivamente dar unas plazas a Canarias para este buen funcionamiento.
La Fiscalidad Anticorrupción es un órgano que dispone de unos medios de investigación que no tienen otras fiscalías, y hoy en día hemos podido comprobar, a través de las informaciones que nos llegan de los órganos policiales competentes especializados, la enorme penetración de la criminalidad organizada en España, criminalidad organizada que está muy relacionada precisamente con la corrupción, porque las transferencias de fondos deben ser perseguidas de una forma muy similar. Por tanto, estimo que la Fiscalía Anticorrupción debe extender sus competencias también a materia de criminalidad organizada. Pues bien, los informes de los organismos especializados en materia de criminalidad organizada nos dice que aquellos lugares donde el desarrollo del turismo ha potenciado una población extranjera abundante y además permite una fluctuación de personas, de inversiones y de gastos que son más difícilmente controlables, es donde está penetrando más la criminalidad organizada y donde se están produciendo más problemas de corrupción. Por tanto, en el contacto con el grupo Greco de la Unión Europea hemos tratado de individualizar el lugar donde están los problemas y dar una solución precisamente en ese lugar. Son las Islas Baleares, Canarias, Málaga, Alicante, los lugares donde este problema se plantea más y por eso lo hemos iniciado.
Originariamente, el proyecto del fiscal general del Estado es designar un fiscal anticorrupción para Canarias, con sede en Las Palmas. Las peculiaridades de la insularidad nos llevaban a comprender que era necesario situar uno en Las Palmas y otro en Tenerife, porque si no podría generar algún tipo de problemas. Esa es la razón.
De las otras dos cuestiones que me ha planteado, una se refiere a los menores extranjeros. El problema es muy complejo, como le digo acabamos de redactar una nueva circular que corrige los criterios de las anteriores y creo que así podremos encontrar una solución a dicho problema.
En cuanto a la terminología utilizada en materia de siniestralidad laboral, es verdad que existe una discordancia entre la perspectiva de la Inspección de Trabajo y la perspectiva de los tribunales. Precisamente por ello estamos estableciendo este protocolo en Asturias, pero tenemos la idea de generalizarlo. Este protocolo entre el Consejo General del Poder Judicial, las autoridades laborales y la Fiscalía General del Estado trata precisamente de unificar estos criterios.
Como le he dicho, hemos suscrito un convenio con la Presidencia de Andalucía, mañana precisamente me desplazo a Sevilla para firmar un tercer convenio en materia de violencia doméstica y tendremos en Andalucía las tres secciones de violencia doméstica, de seguridad laboral y de medio ambiente. Por tanto, en este momento podemos decir que Andalucía es avanzada, por lo menos en la materia que se refiere al Ministerio Fiscal. Creo que con este convenio que tratamos de generalizar se resuelven los problemas de comunicación entre las autoridades laborales y las autoridades del Ministerio Fiscal.
Con ello creo que he respondido a todas las preguntas y concluyo mi intervención con un agradecimiento final a todos los senadores.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias a usted, señor Conde-Pumpido por esta su primera intervención en la Comisión de Justicia del Senado. A ustedes, señorías, comunicarles que hemos agotado el orden del día y que levantamos la sesión, recordándoles que tenemos una comisión el día 21, lo digo para que vayan haciendo sus previsiones. Tendremos sesión por la mañana y otra por la tarde. Por la mañana a las 10 y media se debatirán mociones y por la tarde, a las cinco de la tarde, habrá control al Gobierno.
Se levanta la sesión.
Eran las diecinueve horas y treinta minutos.