ORDEN DEL DÍA:
Comparecencia de la Comisionada de Género y Presidenta de la Comisión de Mujer del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), D.ª Ana Peláez Narváez, a petición del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, para informar en relación con la materia objeto de estudio de la Comisión. (Número de expediente 715/000121).
Se abre la sesión a las dieciséis horas y cinco minutos.
La señora PRESIDENTA: Se abre la sesión.
Buenas tardes. Antes de dar comienzo a la comparecencia, vamos a aprobar el acta de la sesión anterior, celebrada el día 8 de marzo. ¿Puede entenderse aprobada por asentimiento? (Pausa.) De acuerdo, queda aprobada.
Pasamos, entonces, a la comparecencia de la comisionada de género y presidenta de la Comisión de Mujer del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, doña Ana Peláez Narváez, para informar en relación con la materia objeto de estudio de la comisión.
Le damos la bienvenida a la comisión y tiene la palabra.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Muchas gracias, señora presidenta.
Señorías, en nombre del Cermi, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, quiero
agradecer públicamente la deferencia que han tenido al invitarnos a estar hoy aquí con ustedes para presentarles, desde la perspectiva de la discapacidad, algunos asuntos relacionados con la temática que aborda esta comisión.
Pero antes de iniciar mi intervención, que espero que hayan recibido -si no es así, sepan que tenemos copias a disposición de sus señorías-, me gustaría llamar su atención sobre la proyección de un vídeo muy cortito en el que van a ver que una niña sin discapacidad resuelve perfectamente y de manera armónica en su vida el hecho de tener una madre con discapacidad. Veamos el vídeo. (Comienza la proyección del vídeo.)
Los derechos a fundar una familia y a la libertad de reproducción de todas las personas se recogen en importantes documentos internacionales sobre derechos humanos que han sido ratificados por nuestro país; derechos que también están recogidos en la legislación española. Sin embargo, desafortunadamente, tales derechos no siempre son aplicados en el ejercicio o en la posibilidad de desarrollar la paternidad y la maternidad por parte de las personas con discapacidad.
Lamentablemente, los prejuicios sociales que subyacen a la hora de conceder ese derecho fundamental a las personas con discapacidad hace que se tomen decisiones que, en lugar de respetar su situación y sus derechos, a veces van incluso en contra de su propio ejercicio. Y son especialmente las mujeres con discapacidad las que encuentran infinitas barreras a la hora de poder ejercer el derecho de ser madres y cuidadoras de sus hijos e hijas. La defensa de ese derecho es el motivo fundamental y el hilo conductor que va a guiar mi intervención aquí.
Aunque apenas se han realizado estudios sobre el ejercicio de la paternidad y maternidad en personas con discapacidad, los investigadores internacionales ya han subrayado el siguiente hecho: la escasa concesión de este derecho a las personas con discapacidad en cualquier parte del mundo.
Es importante señalar que los pocos estudios desarrollados en relación con este aspecto parten, lamentablemente, de un paradigma basado en el concepto rehabilitador y médico de la persona con discapacidad; un paradigma que, en todo caso, ya ha sido superado en la convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad que recientemente ha sido ratificada por nuestro país. Esas investigaciones, basadas en ese paradigma, se preocupan especialmente por si una mujer con discapacidad va a ser capaz de desarrollar adecuadamente un embarazo o por el miedo que en ocasiones expresa la sociedad ante el hecho de que la discapacidad de la madre o del padre sea transmitida al bebé que va a nacer.
Siempre se piensa en los muchos esfuerzos que van a tener que hacer los profesionales, en concreto los médicos, a la hora de afrontar estas situaciones, recomendándose en general las cesáreas. Realmente, existe el convencimiento social de que la maternidad y la paternidad en el caso de las personas con discapacidad va a suponer un esfuerzo importantísimo, sobre todo económico, y en muchas ocasiones se decide que las personas con discapacidad no sean padres y madres de manera biológica, y lo mismo sucede -y después lo comentaré- con la adopción. De hecho, incluso algunas de sus señorías me han comentado que ya han consultado algunos de los textos que hemos desarrollado al respecto. Ya saben que, evidentemente, se viene denunciando también por parte del Cermi esa práctica socialmente consentida, de esterilizaciones forzadas y abortos coercitivos, especialmente en casos de mujeres con discapacidad intelectual o enfermedad mental. Todo es por lo mismo, porque estamos partiendo de un modelo paradigmático que no se basa en la persona y no respeta directamente los derechos de las personas con discapacidad. Si fuese así, pensaríamos de otra manera, pensaríamos cómo podemos mejorar nuestras políticas dirigidas a las familias, para que consideren verdaderamente la posibilidad de ofrecer recursos a las personas con discapacidad cuando tengan problemas a la hora de afrontar sus derechos como padres o como madres. Ese sería el modelo esperable de una sociedad avanzada como la nuestra, de una sociedad que es pionera en muchos aspectos y en muchas políticas de discapacidad y que yo espero, deseo, y además estoy convencida de ello, que lo va a ser también en esta materia de aquí a unos años, que espero que sean pocos.
Eso, además, no pasa, porque siempre se ha simplificado bastante este discurso y se ha valorado el bienestar del menor. Y basándonos en el bienestar del menor estamos olvidando convenciones de derechos humanos, que después citaré, en las que efectivamente, se habla de la necesidad de considerar esa unidad familiar, ese vínculo materno filial para garantizar los derechos de la madre o del padre, pero también del niño y la niña, que igualmente tienen derecho a estar con sus padres y sus madres, aunque tengan alguna discapacidad, como le ocurre a mi hija.
Además, hay que decir aquí que existen una serie de barreras que están afectando mucho más a las mujeres con discapacidad a la hora de de poder asumir verdaderamente, en plenitud y en igualdad, las cuestiones de maternidad, las cuestiones derivadas de nuestras responsabilidades como madres; cuestiones relacionadas con el coste añadido que tiene la discapacidad para estas personas, por una serie de circunstancias, porque necesitamos más apoyo, porque necesitamos a veces materiales que son más caros y hay que comprarlos, porque muchas veces no podemos hacer uso de un autobús y necesitamos coger un taxi para poder ir a la consulta del pediatra, o necesitamos apoyos concretos en casa porque, a lo mejor, estamos en una silla de ruedas y no podemos mover ni manos ni piernas y tenemos que bañar a nuestros hijos. Pero esos recursos adicionales que los damos cuando hablamos de educación que, los estamos concediendo cuando hablamos de empleo, que los estamos concediendo cuando hablamos de utilizar un avión y garantizamos que haya asistencia en los aeropuertos para personas con discapacidad, no los estamos concediendo para el derecho fundamental de ser padres, de ser madres y ser responsables de nuestros niños y niñas.
El ejercicio de la crianza de los niños y de las niñas se ha puesto tantas veces en duda por parte de los profesionales cuando estos niños y niñas tiene como padres y
madres a personas con discapacidad, que no tiene ningún sentido. Si apelamos a la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de la Personas con Discapacidad, en su artículo 23 se especifica exactamente como primer derecho el de mantener nuestra capacidad de ser fértiles y de aportar a la sociedad y al mundo hijos e hijas que la sociedad necesita; pero también ahí, en esa convención y en ese artículo, se dice que hay que apoyar a esas familias, que hay que apoyar el desarrollo de ese vínculo entre hijos e hijas y padres y madres, y que no nos podemos olvidar de eso. No lo podemos hacer porque estaríamos vulnerando, como he dicho anteriormente, de manera terrible los derechos de las mujeres y de los hombres con discapacidad, pero también de sus hijos e hijas. Yo cuando venía hacia aquí pensaba que las personas que somos padres y madres, especialmente las madres, coincidiremos en que lo peor que nos puede pasar en nuestra vida es que nos quiten a nuestros hijos o a nuestras hijas. Que a una madre le quiten a su hijo o a su hija es terrible y eso, sin embargo, hasta ahora no se ha denunciado por el Cermi, seguramente porque tampoco las mujeres con discapacidad hemos llegado a las esferas donde se toman las decisiones para diseñar esas políticas. Nunca se ha hecho esa demanda, nunca se ha hecho esa denuncia de manera social. Y a mí me llama la atención que denunciemos infinitas cosas, que realmente se tienen que denunciar, sobre vulneración de derechos de personas con discapacidad, pero ¿cuándo defendemos, desde dónde, quién está tomando cartas en el asunto para hacer valer los derechos de una madre cuando se le retira a su hijo por los servicios sociales en los casos, por ejemplo, de acogimiento y de custodia, especialmente en mujeres con discapacidad intelectual o enfermedad mental, sin ningún tipo de evaluación previa, ni evaluación real y efectiva ni evaluación que considere que estamos separando a un niño de su madre porque esta tiene una discapacidad? Estamos metiendo a ese niño o niña en un servicio específico de menores o estamos concediéndole, incluso, el poder ir a otra familia en una situación de acogimiento definitivo. Acaso, los recursos económicos y personales que se destinan en esos servicios específicos, ¿no se podían reinvertir y redirigir para que esas madres puedan seguir ejerciendo ese derecho?
En los temas de adopción pasa algo parecido. La adopción internacional, hoy por hoy, es casi imposible de conseguir para muchas mujeres con discapacidad, especialmente para ellas, más que para ellos, porque aunque yo creo que incorporar la no discriminación por motivos de discapacidad en las adopciones internacionales fue un avance importantísimo que consiguió el Cermi, esos prejuicios que se tienen en relación con las personas con discapacidad hacen que no se las considere, que no se las tenga en cuenta y que su expediente pase al último lugar en una lista de posibles candidatos.
Me gustaría solicitar a sus señorías que incorporasen ese principio de no discriminación por razón de discapacidad en la legislación que ustedes están valorando, y que, además, fueran todavía algo más allá e incorporaran también la necesidad de esos apoyos que se necesitan para asegurar que realmente estamos actuando en igualdad de condiciones respecto a la población que no tiene discapacidad.
Uno de los argumentos que incluso a veces se ha utilizado en contra de las personas con discapacidad a la hora de ser padres o madres, de manera biológica o a través de la adopción, ha sido el uso que los padres y madres podrían estar haciendo de los niños y niñas como asistentes personales. De hecho -lo cito en mi intervención- hay una investigación de la Universidad de Berkeley donde se dice precisamente lo contrario. Los niños y niñas que viven en el seno de familias que son diversas, aprenden y asumen ese concepto y los hace socialmente mucho más competentes en sus clases, en sus entornos, en sus juegos, en los patios de recreo.
Me gustaría terminar haciéndoles especialmente receptores de una serie de recomendaciones que podrían, si ustedes las consideran, guiar algunos avances de lo que deberían ser políticas sociales y familiares que verdaderamente no discriminaran.
En primer lugar, revisar la legislación vigente y normativas sobre adopción y acogida de niños y niñas con discapacidad, niños y niñas cuyos padres y madres tienen discapacidad, especialmente intelectual o enfermedad mental, en el ámbito estatal y también en el ámbito de las comunidades autónomas, al objeto de proponer medidas de cambio a los órganos correspondientes en caso de discriminación.
En segundo lugar, impulsar la realización de una investigación de ámbito nacional en relación con la retirada o amenaza de retirada de bebés y de niños de padres y madres con discapacidad intelectual o especialmente con enfermedad mental.
En tercer lugar, sensibilizar a los profesionales de la sanidad, de la judicatura y de los servicios sociales de atención al menor y a la discapacidad y a todos aquellos que intervengan en los procesos de custodia y adopción sobre los derechos y capacidades de las personas con discapacidad en relación con el ejercicio de la paternidad y de la maternidad, bien sea biológica, o a través de la adopción o el acogimiento familiar, para que no se produzcan situaciones de discriminación.
En cuarto lugar, formar a los profesionales de la sanidad, la judicatura y los servicios sociales de atención al menor y a la discapacidad sobre los ajustes necesarios relacionados con la discapacidad en los servicios que proporcionen.
En quinto lugar, recoger datos estadísticos apropiados desagregados por discapacidad y otras variables relevantes y realizar investigaciones para guiar las políticas, la financiación y el desarrollo de servicios que apoyen el derecho a la paternidad y a la maternidad de las personas con discapacidad.
En sexto lugar, investigar y difundir las experiencias de la maternidad de las mujeres con discapacidad, que coadyuven a su correcta percepción social.
En séptimo lugar, impulsar el desarrollo de los servicios específicos de cuidadores de hijos e hijas, dirigidos a madres y padres con discapacidad.
Finalmente, en octavo lugar, impulsar la flexibilización de los sistemas de servicios, como por ejemplo los servicios de atención a los adultos y a los niños, ya que los servicios de atención a los niños suelen centrarse exclusivamente en evaluar las necesidades y el bienestar del niño y a ocuparse de su protección. Sin embargo, los servicios dirigidos a los adultos suelen centrarse únicamente en la prestación de servicios personales a los adultos con discapacidad. Por esa razón, es necesario buscar la existencia de servicios que integren las necesidades de todas las partes, tomándola además como una unidad única.
Señorías, espero que con mi intervención haya podido contribuir positivamente a los trabajos que tienen ustedes en la agenda y que tengan en cuenta estas recomendaciones para tomar sus decisiones.
Quedo, pues, a la espera de sus indicaciones. En todo caso, dejo a la presidenta la intervención que acabo de hacer.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Peláez.
Turno de portavoces. Vamos a cambiar un poco la dinámica que solemos seguir normalmente.
Tiene la palabra el senador Torres, del Grupo Parlamentario Mixto, y una vez que exponga las preguntas pertinentes, la señora Peláez le contestará. Seguiremos así con el resto de las preguntas.
El señor TORRES I TORRES: Muchas gracias, señora presidenta.
Buenas tardes, señorías.
Señora Peláez, en primer lugar, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto y en el mío propio quiero dar la bienvenida a la señora Ana Peláez Narváez a esta Comisión Especial de estudio de la problemática de la adopción nacional y otros temas afines del Senado.
Hoy tenemos el placer de contar con la comparecencia de la señora Ana Peláez, comisionada de género y presidenta de la Comisión de Mujer del Comité Español de Representantes de personas con discapacidad, más conocido por sus siglas Cermi. Muchas gracias por su intervención, señora Peláez, que, sin ninguna duda, nos servirá de gran ayuda en las conclusiones finales de esta comisión.
En los últimos años, los avances conseguidos para el tercer sector han sido muy significativos gracias a la labor de sensibilización y permanente reivindicación de todas las organizaciones de personas con discapacidad.
Me gustaría empezar mi intervención destacando una noticia publicada el pasado día 2 de marzo, según la cual el Cermi creará una red de defensa legal de la discapacidad que accione los mecanismos del Estado de derecho para extender la protección jurídica de las personas con discapacidad y sus familias. Esta red de trabajo, denominada Defensa Legal Discapacidad (DLD), actuará de acuerdo con el marco orientador que supone la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el resto de legislación aplicable en la materia. Con ello se pretende dar un paso más en la defensa de las personas con discapacidad contra situaciones de violación de derechos, discriminaciones, tratos desiguales e incumplimiento de normas. Mi enhorabuena, señora Peláez, por esta iniciativa.
Del mismo modo, la comparecencia de hoy de la señora Peláez, junto a la iniciativa de esta Comisión Especial de estudio de la problemática de la adopción nacional y otros temas afines pretende dar también un pequeño paso más en la defensa de las personas con discapacidad. Hemos de procurar promover la igualdad de oportunidades en su totalidad y en todos los ámbitos, garantizando siempre el ejercicio de los derechos civiles y sociales de las personas con discapacidad, así como sus derechos políticos y su participación en la vida política y social, facilitando los recursos asistenciales precisos, reconociendo sus capacidades y méritos y contribuyendo a una mayor visibilidad del sector.
Tiempo atrás se han dado situaciones en las que se han declarado no aptas para adoptar personas con algún tipo de discapacidad. Este hecho no debería inhabilitar la posibilidad de la adopción, pues en muchos casos no tiene por qué afectar a un adecuado desarrollo de la patria potestad y al cuidado del adoptado.
En su momento, el Cermi propuso con éxito que en la declaración de idoneidad se prohibiera la discriminación hacia las personas con discapacidad en lo que se refiere a la adopción internacional, lo que supuso otro avance en el reconocimiento de derechos hacia las personas con discapacidad que desean asumir la adopción de un hijo. Por ello, en el proceso de declaración de idoneidad se prohíbe cualquier discriminación por razón de discapacidad o cualquier otra circunstancia, salvo que se justifique de forma objetiva por el órgano competente la inaptitud de la persona con discapacidad para atender al menor. En esta comisión ya se ha planteado en varias ocasiones que la familia ha de ser el núcleo básico del desarrollo de la infancia y la adolescencia, y, por consiguiente, se ha considerado la importancia que conlleva el apoyo institucional hacia ellas.
La formación de las familias debería ser una pieza clave, ya que la obtención de idoneidad técnica ha de ir unida a que las familias valoren sus posibilidades como familias y como educadores. En este sentido, señora Peláez, le pregunto: ¿cree que sería necesario dedicar más recursos económicos y psicológicos? ¿Considera usted que existe un déficit en relación con los servicios médicos?
Es evidente que la finalidad en un proceso de acogimiento es establecer vínculos de filiación entre el niño y la familia acogedora, y para ello ambas partes han de estar suficientemente preparadas. En este sentido, el señor don Juan Carlos Castro Fernández, director gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, explicó una de las medidas resolutivas que se llevan a cabo en Aragón. En esa comunidad cuentan con un centro residencial específicamente destinado a menores cuyo objetivo es la preparación para el acoplamiento del menor en la nueva familia, una medida que consigue una mejor adaptación del niño.
Otra solución comentada en anteriores sesiones es la implantación de más juzgados de familia dotados de equipos psicosociales, así como la implantación de servicios específicos de inspección de los servicios de menores.
Señora Peláez, desde el punto de vista de la persona con discapacidad que desea asumir la adopción de un hijo, ¿qué otras alternativas y soluciones considera oportunas para conseguir un adecuado vínculo de filiación entre ambas partes?
En relación con los diferentes tipos de acogimiento que ya existen en distintas comunidades autónomas o bien se están empezando a plantear en esta comisión, se mencionó hace un par de semanas el acogimiento especializado, es decir, en unidad convivencial de acción educativa, UCAE, presente en el proyecto de llei dels Drets i les Oportunitats de la Infància i'l Adolescència pendiente de aprobación por el Parlament de Catalunya.
El acogimiento familiar especializado está dirigido a menores tutelados que requieren una atención más especializada, menores con necesidades educativas especiales por causas psíquicas, físicas o sensoriales, enfermedades crónicas o trastornos de conducta y grupos de hermanos. Este tipo de acogimiento requiere que uno de los miembros de la familia cuente con una titulación específica, formación y experiencia para atender las necesidades del menor. Actualmente, el departamento de acción social y ciudadanía está trabajando en un plan piloto para evaluar el funcionamiento de este tipo de acogimiento.
Señora Peláez, ¿cree usted que esta nueva modalidad de acogimiento es efectiva y supone una mejora para el sistema, promoviendo una cultura más responsable en la sociedad y aumentando la calidad de vida de los menores o, por el contrario, considera que se puede plantear algún otro tipo de acogimiento más específico para aquellos menores que tienen algún tipo de discapacidad? En este caso, además de lo que ya nos ha comentado en su intervención, ¿qué propone usted?
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, senador Torres.
Para contestar, tiene la palabra la señora Peláez.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Muchas gracias, señora presienta.
Señor Torres, muchísimas gracias por sus comentarios y aportaciones, que creo que son importantes.
Francamente, considero que al analizar la posibilidad de adopción de una persona con discapacidad lo primero que hay que garantizar es que todos los profesionales intervinientes en el proceso desde el primer momento, desde la primera entrevista, tengan claro que esa persona tiene los mismos derechos que cualquier otra para poder ser padre o madre, y sería erróneo que su silla de ruedas, su bastón o la ausencia de uno de sus miembros, por ejemplo, fuera una condición subliminal que estuviera pesando en su contra por parte del profesional, por mucho que tengamos una legislación -ojalá que también sea así en el caso de la adopción nacional- que dice que no se le discrimine. La principal discriminación se produce de manera casi inconsciente, porque se están aplicando los prejuicios que la sociedad tiene en relación con conceder a una persona con discapacidad el verdadero derecho a ser padre o madre.
Me pregunta usted si es necesario desarrollar y dedicar mayores recursos psicológicos y médicos. Señoría, como dije anteriormente, creo que es un error considerar a las personas con discapacidad desde el paradigma médico-rehabilitador. Sinceramente, no sé qué pinta aquí la medicina, si ustedes permiten la franqueza de mis palabras. La persona que está haciendo uso de su derecho a poder ser padre o madre adoptante, aunque tenga discapacidad, ya habrá analizado cómo va a resolver la situación si tiene un hijo. Por tanto, el mayor coste médico, sinceramente, no lo veo por ninguna parte.
Desde el principio he sido defensora -seguro que sus señorías también- del mantenimiento de la relación en la unidad familiar. Sus señorías consideran esos programas piloto según los cuales los niños con discapacidad necesitan ser acogidos por familias que al menos tengan una determinada titulación. Sinceramente, creo que no es necesario. Para tener a un niño acogido, un niño ciego, un niño en una silla de ruedas, no creo que la familia deba tener una diplomatura o una licenciatura en nada. Lo que se debe pedir a esas personas es que sean padres y madres, lo mismo que le pedimos a cualquier persona. Lo que han de tener es conciencia de las necesidades que van a tener sus hijos. Pero no creo que para acoger a un niño con discapacidad haya que tener una formación específica.
En este sentido, es una pena que, siguiendo este criterio, se esté poniendo tanta limitación para que los niños con discapacidad puedan ser adoptados. Mis padres no tienen ninguna titulación y miren ustedes dónde he llegado, si me permiten el ejemplo. No se necesita; sí se necesita una mente abierta, flexible, que acepte la diversidad. Eso es lo que se requiere de un padre y una madre, además de su responsabilidad en el cuidado de esos menores.
Por otra parte, en relación con el acogimiento, la práctica que se viene desarrollando en muchísimos casos es discriminatoria, se les retira la custodia a padres con discapacidad, especialmente intelectual o enfermedad mental. Desde nuestro punto de vista, en muchos casos se están produciendo situaciones terribles, sin seguirse ningún criterio realmente objetivo, contrastado, etcétera. Por ejemplo, el día 20 de diciembre, tuve una reunión con madres con discapacidad intelectual que me contaban el miedo que tienen de poder perder a sus hijos porque a lo mejor no los pueden ayudar con los deberes y si el niño no los lleva bien hechos, el colegio puede decir a los servicios sociales que no es una buena madre, una madre competente; o cuando a lo mejor van al parque y su hijo se aleja, le da miedo darle una voz para que vuelva por si eso puede ser valorado en su contra por los servicios sociales y le retiren este derecho. Estos casos han ocurrido. También
conozco a mujeres con discapacidad a las que se les ha quitado a sus hijos y solamente se les permite verlos media hora al mes y, como se las considera -entre comillas- peligrosas, con un guardia de seguridad armado.
En definitiva, todo esto no lo entiendo y menos aún cuando hemos aceptado el artículo 23 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, según el cual se tiene que respetar ese derecho. Por tanto, señorías, no me hablen de médicos, no me hablen de rehabilitadores, sino de cómo podemos hacer efectivo el derecho de esas personas a ser padres y madres, o el derecho de esos hijos, si son niños con discapacidad, a ser adoptados, y no pongan tantas exigencias a las familias que pueden acogerlos, porque así lo único que vamos a hacer es seguir manteniendo a estos niños en centros, en vez de apostar por un sistema inclusivo y generalizado.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Peláez.
Corresponde intervenir al Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió. Tiene la palabra la senadora Aleixandre.
La señora ALEIXANDRE I CERAROLS: Gracias, señora presidenta.
Es un placer tener a una luchadora como usted entre nosotros, en esta Casa, la suya, como representante de un núcleo importante de nuestra sociedad. Es cierto que no siempre los derechos que nos otorgan las leyes, en este caso nuestra Carta Magna o nuestros compromisos internacionales, se traducen en realidades, pero no sólo en el ámbito de la discapacidad, sino que este problema se encuentra en otros muchos ámbitos de la vida. En el caso de la discapacidad en estos últimos años estamos haciendo muchas cosas en todas las instituciones tanto públicas como privadas, lideradas por partidos de distinta ideología, como es habitual en democracia. Todos han tenido como único fin integrar a las personas con discapacidad en nuestra sociedad.
Más que en su intervención, ahora en el debate usted ha mezclado distintas cosas. Y estando de acuerdo en algunas cuestiones, me gustaría puntualizar otras. Por ejemplo, estoy totalmente de acuerdo en la necesidad de una evaluación de cada caso. Evidentemente, antes de separar a un hijo de sus padres deben ser totalmente evaluados, y quizá no una sola evaluación, sino varias a lo largo del tiempo. Una evaluación importante porque es muy doloroso para el padre o la madre, pero también para el niño sacarle de una familia en la que está bien. Y hay algo más importante que es el bienestar del niño, que a veces no siempre tenemos en cuenta. Aquí hemos intentado siempre cambiar la ley para dar mayor bienestar al niño.
En mi opinión, es muy distinta -quizá esté equivocada, no lo sé- la discapacidad física -que excepto en el caso de un gran discapacitado, y estoy hablando de grandes tetrapléjicos, no tiene por qué ser ningún impedimento, usted es un ejemplo de ello- de la discapacidad mental. La discapacidad mental o, mejor dicho, la incapacidad por motivos psiquiátricos es otra historia totalmente distinta. Y aquí sí creo que la medicina tiene mucho que decir, puesto que los enfermos psiquiátricos -y no estoy hablando de discapacidad, sino de enfermos psiquiátricos- necesitan tratamiento, de lo contrario, serán incompatibles, incluso, con su vida normal, con más razón para adoptar a un niño. Por tanto, hay que separar muy bien discapacidad física de la discapacidad mental y sus grados. Flaco favor le haremos a los demás, a los que sí pueden, incluyendo en el mismo grupo a alguien que puede acabar con problemas con estos niños, a los que todos estamos obligados a defender por ley y, muy especialmente, en esta Casa.
Estamos de acuerdo en que un niño discapacitado no tiene por qué tener a su lado a un titulado superior. Quizá sea cierto, pero ahora ya estamos pidiendo un mínimo de formación a los que están atendiendo a sus propios familiares, y no hablo solo de niños, sino de mayores. Es más, los padres con niños discapacitados nos exigen que se les ayude psicológica, económica y físicamente. Por tanto, la formación de estos padres sí es importante. Darles esta formación es una obligación, pero nosotros creemos que deben tenerla porque los que tienen hijos con discapacidad, que conocen esta situación mejor que nosotros, nos lo exigen.
Por tanto, estoy de acuerdo con algunas de las peticiones que usted nos ha hecho. Creo que podemos incluirlas perfectamente en la nueva legislación que pretendemos elaborar con las conclusiones de esta comisión. La frase sería: estamos de acuerdo en el principio de no discriminación por discapacidad, muy especialmente la física, en el caso de la discapacidad psíquica sería distinto, ante todo debe primar el bienestar del niño. Usted como madre debe saber que no hay nada más importante que el bienestar de nuestros hijos. Estoy convencida de que usted también lo sabe como nosotras, que también somos madres, porque todas de alguna manera en un determinado momento hemos sufrido una cierta discapacidad, nunca comparable con la suya, ni con su esfuerzo, ni con su gran valor, pero todas las madres en alguna ocasión hemos pensado si estábamos haciendo lo mejor por nuestros hijos. Por tanto, debería continuar luchando, pero, por favor, no nos diga que todos iguales porque si continuamos por ahí no lo podremos hacer demasiado bien.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, senadora Aleixandre.
Tiene la palabra la señora Peláez.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Muchísimas gracias, señora presidenta.
También doy las gracias a su señoría por sus reflexiones que, desde luego, tomo en consideración. Me parece fenomenal que realmente se pueda favorecer el asesoramiento a los nuevos padres y madres adoptantes de niños con dis-
capacidad que lo precisen. Sin embargo, ese nivel no es el que se comentaba anteriormente, es decir, tener una formación equis de un nivel determinado para ser un posible adoptante de un niño con una discapacidad, que yo comparto. Pero lo que sinceramente no comparto, basándome en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es su comentario en relación con las personas con discapacidad intelectual o psicosocial. Sería un retroceso que ustedes hicieran distingos entre personas con distintos tipos de discapacidades porque la convención no habla de ello y no hace ningún distingo. De entrada diré que no todo el mundo, ni entre las personas con discapacidad, ni entre las personas sin discapacidad, es apto para ser padres o madres. Eso sucede fuera y dentro de la discapacidad, pero creo que es una discriminación pensar que colectivos concretos como los de enfermedad mental o discapacidad intelectual no puedan acceder a esos derechos fundamentales. De lo que se trata, como he comentado en mi intervención, es de analizar qué tipos de apoyos requerirían esas personas -no todas, las que sí fueran aptas con esos apoyos- para garantizar el bienestar de todos. El bienestar del niño o de la niña, que yo no olvido nunca, pasa por estar con su padre o con su madre. Separarle y fijarse en el bienestar físico porque le pueda hacer algo es un error. Desde Cermi no entendemos por qué una persona con enfermedad mental con un tratamiento adecuado, con un informe positivo por parte de los servicios sociales correspondientes, no puede ejercer ese derecho de ser un padre o madre biológico o adoptante. ¿Por qué puede ser la discapacidad una condición para que se le retire directamente la custodia de sus hijos o hijas? Sinceramente, señorías -sigo ratificándome en mis palabras-, creo que hay que acudir al artículo 23 y, si no, a lo mejor España tendría que hacer alguna reserva en relación con ese artículo. Pero si no hay reservas, cumplámoslo, aseguremos con las políticas que tenemos y que somos capaces de diseñar que el ejercicio de ese derecho se hace de acuerdo con las garantías que se estimen conveniente, sobre seguridad, bienestar del niño, de la madre, de todo el mundo, pero para eso hay políticas y se pueden disponer servicios de apoyo complementarios que garanticen esa situación. Por tanto, creo que es un error hablar de diferencias entre distintos tipos de discapacidades.
Gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Peláez.
Por parte del Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés, tiene la palabra la senadora Burgués.
La señora BURGUÉS BARGUÉS: Muchas gracias, señora presidenta.
Buenas tardes, señora Peláez, quiero felicitarla por la labor que está haciendo a favor de la mujer, de la maternidad y la paternidad, y porque ha sido capaz de llegar a niveles de decisión que le van a permitir dar respuesta a las necesidades y a la nueva visión desde la perspectiva de género. Creo que solo llegando a estos niveles se puede intervenir. Por eso la felicito sinceramente.
También le agradezco su intervención porque nos ha hecho comprender esta nueva visión, ya que los prejuicios sociales nos influyen a todos; ha habido bastantes comparecencias y se han estudiando en la comisión diferentes puntos de vista, sin embargo, hasta ahora, el de las personas con discapacidad -al menos personalmente y así lo quiero decir- no lo habíamos tenido en cuenta; por tanto, considero que de esta forma completamos globalmente las aportaciones y los problemas.
Entiendo que cuando los niños o niñas son pequeños, aceptar con normalidad la diversidad dentro de la familia, de su entorno más próximo o en la escuela puede favorecer de adulto y durante toda su vida sus actuaciones, el valor de la igualdad y la no discriminación; por tanto, es un valor, una riqueza y no solamente una dificultad; evidentemente, se presentan dificultades pero hemos de ver la forma de superarlas.
Y en este sentido, en las diferentes comparecencias, tanto a nivel de asociaciones de padres adoptantes como de técnicos, etcétera se han pedido siempre apoyos para la familia biológica, para los padres o madres adoptantes o para las familias de acogida.
Ha solicitado usted mejorar las políticas a las familias con personas con discapacidad, y me gustaría que nos concretara un poco más en este sentido; ha mencionado el transporte -algo muy lógico en ese caso- y quisiera saber qué otras políticas podrían aportar soluciones a personas con problemas de discapacidad; políticas que en ocasiones no tenemos en cuenta pero que podrían ser útiles si las prestáramos la suficiente atención o si conociéramos las necesidades de estas personas.
Evidentemente, defendiendo siempre al menor frente a los derechos de los padres y madres, tanto biológicos como adoptantes, me pregunto si no sería necesario que asociaciones como la suya, Cermi, pudieran influir para que los jueces y las personas que han de tomar la última decisión sobre la concesión o no de adopciones o acogidas tuvieran en cuenta esta nueva visión porque ha costado muchísimo que prevalezca el interés del niño por encima del resto de intereses. Y me pregunto también si los jueces serán capaces de comprender este nuevo punto de vista, es decir, el derecho de las personas con discapacidad a poder ser madres y padres, que es un aspecto nuevo en esta comisión que considero muy importante.
Para finalizar, agradeciendo de nuevo su intervención, pienso que es obligatorio que en esta comisión trabajemos para tener en cuenta los derechos de las personas con discapacidad; no hace mucho que discutimos en Pleno y se aprobó por unanimidad una moción para que el Gobierno acelerara las modificaciones de las leyes que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad le obligan; por tanto, tendríamos que recoger como derecho este punto de vista del artículo 23 de dicha convención y tenerlo realmente en cuenta.
De nuevo quiero felicitarla por la labor que está realizando y espero que paso a paso, sin prisa pero sin pausa, vayamos logrando el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, senadora Burgués.
Vuelve a tener la palabra la señora Peláez.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Muchísimas gracias por sus comentarios y sus preguntas.
Señoría, hablaba usted de la necesidad de cambiar el punto de vista e incluso de una jurisprudencia que tome en consideración todas estas cuestiones y he de decirle que no hace mucho, en una sentencia de divorcio, precisamente por maltrato, un juez decidió dar la custodia de los hijos al padre, es decir, al agresor, porque consideraba que la madre, que estaba en silla de ruedas, no era capaz de asumir sus responsabilidades; además, por esa misma convicción, concedía al padre absolutamente todo: el coche, la casa, etcétera; en mi opinión, es fundamental que el nuevo modelo que aporta la convención sea compartido e interiorizado especialmente por los profesionales que intervienen en la toma de decisiones que vulneran extraordinariamente estos derechos fundamentales.
En la intervención que he preparado, también en el libro Maternidad y discapacidad, figura el caso de una decisión de la Generalitat Valenciana que en 2001 rechazó una adopción basándose en que la mujer sufría una insuficiencia renal, y, sinceramente, esto no tiene ningún sentido.
En relación con las políticas dirigidas a las familias me ha preguntado qué ejemplos podría citarles que tuvieran más en cuenta esta perspectiva, y he de decirle, señoría, que afortunadamente está ya muy generalizado el concepto del asistente personal; se entiende y se empieza a compartir el hecho de que, por ejemplo, una persona que no pueda mover los brazos necesite un asistente que le ayude a comer o a utilizar un ordenador en el trabajo, etcétera. Recuerdo que en un congreso celebrado en Valencia hace algunos años había una mujer de corta estatura, con grandes dificultades físicas, que traía una asistente personal específica para el cuidado de su hijo; esta señora no tenía brazos, por tanto, no podía abrazar ni coger a su niño pero tenía una asistente personal única y exclusivamente encargada de garantizar esa relación materno-filial; ese concepto del asistente de menores sitúa directamente a la madre o al padre con discapacidad en el puesto principal, porque no se trata de que alguien cuide a mi hijo sino de que un asistente personal me ayude a mí, como persona con discapacidad, a cuidarlo, poniéndome como padre o madre en primera persona; pero ese concepto no se ha barajado todavía, no se ha entendido, no forma parte de nuestras políticas aunque, sin duda alguna, podría resolver situaciones que hasta ahora no se solucionan salvo con la retirada de custodias.
Si realmente se trabajara en esa línea, no tanto en decir dónde está el bienestar del niño o de la niña sino en garantizarlo, pese a que su papá o su mamá sean personas con discapacidad, y comprobando directamente las barreras o dificultades de una persona, estaríamos haciendo valer la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y la flexibilidad de esas políticas estarían realmente en consonancia.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Peláez.
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el senador Bedera.
El señor BEDERA BRAVO: Muchas gracias, presidenta.
Bienvenida en nombre del Grupo Parlamentario Socialista a esta comisión. La verdad es que nos está aportando una visión de la problemática de la adopción y del acogimiento que no habíamos contemplado hasta ahora. Por tanto, le agradezco en nombre de mi grupo parlamentario que llame nuestra atención sobre la discapacidad, sobre todo porque hay un nuevo punto de vista después de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que España firmó en abril de 2008, siendo usted uno de los doce miembros que forman parte del comité de Naciones Unidas para el seguimiento de esa convención.
Efectivamente, usted está defendiendo la necesidad de que asumamos en este país el cambio de paradigma que se ha producido después de la ratificación por España, es decir, se ha pasado de entender la discapacidad desde un ámbito puramente sanitario, incluso con ciertos ribetes caritativos -por otra parte, algo que tiene mucho que ver porque así ha sido en todos los temas sociales, incluido el del acogimiento y el de la adopción-, a un modelo basado más en la defensa y en la protección de los derechos humanos, cuyo objetivo sea la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
Se ha producido un avance en este país, y no solamente después de la ratificación. Soy muy consciente de ello, porque fui ponente en el Congreso de los Diputados de la Ley de Adopción Internacional, y asumimos algunas enmiendas que propuso el Cermi modificando el artículo 10, con un punto 5 que establece que en el proceso de declaración de idoneidad se prohíbe cualquier discriminación por razón de discapacidad o cualquier otra circunstancia; por tanto, son pasos que se van dando.
Al hilo de todo esto, la primera pregunta en nombre de mi grupo parlamentario es la siguiente: ¿usted estaría satisfecha con que en la legislación que regula la adopción nacional y el acogimiento apareciera algún tipo de cláusula genérica de forma similar a la que aparece en la Ley de Adopción Internacional, impidiendo la discriminación en esta materia? ¿O usted va más allá y quiere un cambio en la normativa mucho más profundo?
La segunda cuestión que le quiero plantear -son tres solamente- es que yo, particularmente, lo confieso, había pensado en la discapacidad desde el punto de vista del menor discapacitado, es decir, la adopción o el acogimiento de menores discapacitados porque tenemos muy pocos datos. En varias ocasiones hemos manifestado en esta comisión que en las comunidades autónomas, que son las que deberían llevar este cómputo, no hay la suficiente transparencia que debería haber, y, por tanto, no tenemos
datos. Pero sí tenemos alguno, producto de algún trabajo, como es el caso del libro El Acogimiento familiar en España: una evaluación de resultados, de don Jorge Fernández del Valle, que compareció en esta comisión, que aporta el dato de que un 5,9% del conjunto de los acogimientos en España presenta algún tipo de discapacidad; curiosamente más del doble de acogimientos en familia ajena que en familia extensa.
Mi pregunta es, aunque supongo cuál es la respuesta por algunas de las cuestiones que ha planteado como posibles modificaciones, si tenemos la otra visión, no la del menor discapacitado que puede ser acogido o adoptado, sino la de los padres y madres discapacitados que solicitan acoger o adoptar menores. Al estar inmersa en esta materia, ¿conoce usted algún tipo de encuesta, de trabajo, de información sobre ello? Y digo que intuyo cuál es la respuesta puesto que en una de sus peticiones usted ha solicitado que se hagan estudios de esta naturaleza. Pero sería interesante saber cuántos padres discapacitados han solicitado un menor y si nos puede decir a cuántos se le han concedido y a cuántos no.
Tercera y última cuestión. Es un asunto complejo en el que me gustaría ser extraordinariamente escrupuloso. En esta comisión la expresión que más se ha repetido ha sido la del interés superior del menor. Usted nos acaba de hacer entrega de su libro, algo que le agradezco y que leeré con mucha atención, titulado: Maternidad y discapacidad. Pero, a raíz de su publicación, he podido acceder a alguna entrevista en la que ha hecho manifestaciones muy similares a las de hoy sobre la discapacidad mental.
Estamos de acuerdo en que debe cambiar este paradigma; estamos de acuerdo en la necesidad de preparar mejor a los profesionales que tienen que tomar, en ocasiones, decisiones muy importantes de cara a los menores y a los padres; estamos de acuerdo también en que hay instalado un cierto concepto negativo en la sociedad sobre la discapacidad. Usted lo ha comentado y nosotros no vamos a decirle que no, sino todo lo contrario; ahora bien, la pregunta sería: ¿dónde está el límite? Porque afirmaciones como las que he leído, donde usted dice: se trata, en todo caso, de defender un derecho, el de ser madre, que está por encima de cualquier condicionamiento impuesto por la discapacidad…, en este punto, como siempre, estamos en un conflicto de intereses.
En esta misma comisión se ha planteado el hecho de que el interés superior del menor tiene que estar por encima necesariamente al de los padres biológicos, cuando, por ejemplo -lo hemos hablado aquí manifiestamente-, en el caso de la drogadicción, ha habido afirmaciones, incluso en algunas sentencias, del tipo: no, es mejor que el menor vuelva con su madre porque seguro que la ayuda a curarse de la drogadicción. Esta es una afirmación muy fuerte, y no estoy comparando el caso de drogadicción -quiero que quede muy claro en el Diario de Sesiones- con la discapacidad, nada más lejos de nuestra intención.
¿Dónde cree usted que está el límite entre el derecho del padre o la madre biológica con una discapacidad mental, por ejemplo, y la garantía del interés superior del menor a ser atendido? Como siempre, los problemas son de fronteras. ¿Usted cree que ese derecho es universal? ¿O usted plantea que verdaderamente es la ley, en definitiva, un juez, quien debe manifestar, lógicamente con informes técnicos, lo que es mejor para el menor, porque alguien tiene que tomar esa decisión? Me gustaría que hiciera algún análisis en ese sentido porque es una cuestión que, al menos, a mi grupo parlamentario le preocupa, es decir, la existencia de esa garantía y el mantenimiento de los derechos de los padres biológicos discapacitados.
Le agradezco mucho que esté aquí. Consideramos que nadie mejor que usted por su trayectoria, que le avala desde hace mucho tiempo. Verdaderamente, si usted no hubiera estado aquí, nos hubiera faltado algo, la comisión hubiera quedado coja, a falta de un perfil que es sin duda interesante y muy importante de considerar.
Muchas gracias, presidenta.
La señora PRESIDENTA: Gracias, senador Bedera.
Tiene la palabra la señora Peláez.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Muchísimas gracias.
Gracias también, señoría, por darme la oportunidad, a través de su mención de agradecer una vez más públicamente la confianza que España ha depositado en mí, al proponerme como experto independiente en el Comité de seguimiento internacional de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Una experiencia que lleva a reconocer todos los avances sociales que se han producido en nuestro país en materia de discapacidad, a valorarlos y a ponerlos al servicio del comité, para que conozcan modelos como el nuestro: avanzados y comprometidos con el respeto hacia las personas con discapacidad. Decía al inicio de mi intervención que estoy segura de que, aunque hasta ahora no se haya abordado la maternidad y la paternidad, tanto biológica como adoptiva, o el acogimiento en lo que se refiere a las personas con discapacidad, este es el momento de hacerlo. Espero que España seguirá siendo la avanzadilla, seguirá llevando el estandarte del buen hacer, por su profundo respeto hacia las personas con discapacidad.
Paso a responder a las preguntas que me formulaba. Usted lo decía: lamentablemente, no tenemos datos sobre el número de niños y niñas con discapacidad adoptados. Tampoco disponemos de datos sobre el número de padres y madres con discapacidad que consiguen adoptar. Hasta ahora, se han recibido en el Cermi escritos y testimonios de personas que dicen sentirse discriminadas en el ejercicio de este derecho, por multitud de razones. En relación con la adopción, la discriminación se manifiesta de un modo muy subliminal, de modo que las decisiones resultan aceptables, salvo casos como el de la Generalitat Valenciana, u otras, que abiertamente dicen que no se concede la adopción por razón de discapacidad. Como digo,
las discriminaciones, por lo que nos dicen las personas con discapacidad, son mucho más sutiles: en la entrevista, en la credibilidad que se concede a la petición de adopción… Esto sucede cuando la mujer tiene discapacidad y se convierte en una barrera casi infranqueable cuando la pareja, el hombre y la mujer, tienen discapacidad. En ese caso, los prejuicios son el factor determinante que niega siempre la posibilidad de adopción, aunque no se apele expresamente a la condición de discapacidad. Las consultas, la manera de responder, el tipo de preguntas que se formulan incluso, dejan claro que el profesional no piensa que estas personas puedan llegar a ser adoptantes.
En cuanto a la cita del libro Maternidad y discapacidad, sobre hacer valer el derecho de las mujeres con discapacidad a la maternidad, quiero poner sobre la mesa una situación que forma parte de esa manera trasnochada de entender la discapacidad, que afecta a la vida de muchísimas mujeres. Sus señorías saben que denuncio continuamente la esterilización forzada de mujeres con discapacidad. Relatándolo de una manera simplificada, resulta que la ligadura de trompas en este caso incapacita a la mujer para el resto de su vida, puesto que tiene que producirse una decisión judicial previa de incapacitación. Así, la ligadura de trompas, que cualquier mujer puede hacerse, en el caso de mujeres con discapacidad a las que se les niega la posibilidad de la maternidad, condiciona a esta mujer, que ya no podrá votar, no podrá comprarse una casa o no podrá abrir una cuenta bancaria ni manejar su dinero, por ejemplo. Retirarle el derecho a mantener su fertilidad tiene todas esas consecuencias sobre sus derechos civiles, sobre sus derechos de ciudadana.
El interés del menor por supuesto que debe tenerse en cuenta, igual que el interés de la madre. Pero también he dicho en mi intervención que se trata de hacer evaluaciones individualizadas. No podemos tomar decisiones sobre la base de un determinado tipo de discapacidad. Seguramente habrá muchas mujeres con enfermedad mental que no puedan ser madres, que no deban. Igual que hay muchas mujeres drogadictas; y no quiero hacer una referencia desacertada. Del mismo modo, hay muchas mujeres que por ciertas razones, las que sean, no pueden ser madres y lo son. Por el interés del menor, permitimos, y me parece muy bien, que la madre que está en prisión pueda tener al niño con ella hasta los tres años. Eso se permite por el bien del menor. Pero en el caso de una mujer con discapacidad intelectual no le concedemos ese derecho. Por el interés del menor, no vaya a ser que le pase algo, es mejor que esté en otro sitio y que no vea a su madre más que media hora al mes y en compañía de un señor con pistola. A eso me refiero cuando digo, señoría, que tendremos que ver caso por caso; tendremos que ver lo que pasa caso por caso. Y cuando hablemos de discapacidad, tendremos que aplicar los mismos criterios que cuando hablamos de otros colectivos que suscitan en nosotros dudas sobre si actuarán adecuadamente o no con sus menores.
Yo les agradecería infinitamente, en nombre del Cermi, que esta comisión incorporase la no discriminación por razón de discapacidad en la ley que están tramitando. Efectivamente, como usted decía, harían ustedes un esfuerzo magnífico que sería muy reconocido por el sector al que represento, si además incorporaran en esa ley una provisión de apoyos para estos casos, con arreglo a la casuística que tiene la condición de discapacidad, ya sea de los padres y madres ya sea de los niños.
A los niños y niñas con discapacidad no me he referido, efectivamente. Tenía veinte minutos y hay que priorizar; y no es que no priorice para los niños, sino que para ellos hay mejores y mayores salvaguardadas. En relación, pues, con los niños y niñas con discapacidad, artículo 7 de la Convención: no pueden estar sometidos a ningún tipo de discriminación. Desde este punto de vista, si por las mayores exigencias que se ponen a las familias de acogida, o a los padres y madres adoptantes, estos niños van a estar más tiempo en entornos cerrados y segregados, estaríamos igualmente, señorías, ante un motivo de discriminación. No creamos que la razón de la discapacidad exige mucho más que a niños sin discapacidad. Por mi situación, como ustedes entenderán, conozco a muchos niños y niñas con discapacidad y a muchos padres y madres de esas personas con discapacidad, y como con los míos, estoy segura de que casi todos han tratado a sus hijos e hijas con discapacidad como a los demás. También aquí hay casos específicos, porque habrá niños que no solo tengan una discapacidad, sino que tengan una situación de enfermedad y tratamiento, y me parece fenomenal que esta legislación también haga esa provisión de apoyos y garantías de apoyos para las familias que lo precisen. Me parece fenomenal el asesoramiento psicológico y lo que se necesite, pero seamos flexibles en ese pensamiento, y en esa flexibilidad no discriminemos a nadie, tampoco a las personas con discapacidad, sean padres o madres adoptantes, biológicos o acogedores, o sean niños y niñas con discapacidad.
(El señor Bedera Bravo pide la palabra.)
La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra, señor Bedera.
El señor BEDERA BRAVO: Gracias, señora presidenta.
Es muy importante para esta comisión saber si tienen ustedes algún tipo de dato sobre padres y madres discapacitados que quieran adoptar o acoger y que no puedan hacerlo.
Simplemente era eso.
La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la señora Peláez.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Gracias, presidenta.
Señoría, le he comentado que, lamentablemente, no hay datos porque, además, esas situaciones muchas veces no se conocen, incluso porque en algunos casos, las propias personas con discapacidad evitan que se conozca.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Peláez.
Por último, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Popular, la senadora Ongil.
La señora ONGIL CORES: Muchas gracias, presidenta.
En nombre de mi grupo parlamentario, señora Peláez, quiero darle la bienvenida y agradecerle muy sinceramente todas las explicaciones y la información que nos está dando. A pesar de que pueda resultar reiterativa, también quiero, en nombre de mi grupo, felicitarla y darle la enhorabuena. Creo que es usted un ejemplo de superación y de lucha en defensa de los derechos de la mujer, y más concretamente de los derechos de la maternidad y de la paternidad de las personas con discapacidad. Creo que hoy estamos aprendiendo no solamente por la información sino también por el ejemplo claro de una persona que lucha de forma importante por algo en lo que cree y por lo que está haciendo una enorme labor.
El problema de intervenir en último lugar, como siempre, es que muchas de las cosas que yo hubiera querido decirle ya las han expuesto otros portavoces que han tenido el uso de la palabra anteriormente, cosa que en cierta manera también es lógico porque ya llevamos mucho tiempo trabajando y estudiando en esta comisión, pero, evidentemente, usted nos está dando una visión muy distinta de la que hasta ahora hemos podido tener.
Vaya por delante el convencimiento absoluto de que pensamos que las personas con discapacidad, por supuesto, tienen que tener plenos derechos. También creo que sería terrible tener en cuenta algunas de las medidas que usted ha propuesto -como ha dicho algún otro portavoz- a la hora de elaborar las conclusiones de esta comisión. Asimismo, coincido -y usted lo ha repetido ahora de manera muy explícita- en que habría que ver casos individualizados. En esta comisión venimos trabajando por el bien y por los derechos del menor, y por el bien del menor hay muchos casos, indudablemente, en que se toman decisiones respecto de personas que no tienen ningún tipo de discapacidad. Usted hablaba de cómo se le puede quitar un hijo a unos padres que tengan algún tipo de discapacidad y que no puedan disfrutar de estar con él, y ha puesto usted el ejemplo de una mujer que está en la cárcel a la que se le permite estar con el niño hasta los tres años y, sin embargo, a lo mejor a una persona con discapacidad se le retira ese hijo porque se cree que no va a estar bien atendido. Yo creo que lo fundamental, y es lo que hace la Administración, es velar por el bienestar del menor, al margen de que los padres tengan discapacidad o no, es decir, que ese niño esté bien atendido. Ahí es donde hay que intentar que por encima de todo ese menor tenga las mejores condiciones para poder vivir.
Yo le puedo decir que de forma muy cercana conozco a una familia cuyos padres tienen una discapacidad, sus hijas no y se han criado de una forma absolutamente normal. La relación de esas hijas con sus padres es admirable, e incluso a la edad adulta han servido de una ayuda importantísima a los padres cuando estos ya tenían una cierta edad. Por lo tanto, soy una absoluta convencida de que eso no es un impedimento, pero como bien decía también algún otro portavoz, creo que son casos individualizados. No sé de qué manera dentro de la legislación, en caso de proponer algún tipo de modificación en la ley, eso pudiera contemplarse, pero indudablemente son casos individuales.
Usted ha dicho que también a los menores con algún tipo de discapacidad se les pone algún tipo de traba por parte de la Administración. Yo le puedo hablar de lo que conozco, que es la Comunidad de Madrid, y hasta donde yo sé, le puedo decir que a ningún niño con una discapacidad y que esté con algún tipo de tutela por parte de la comunidad se le pone trabas para que sea adoptado o acogido. Desgraciadamente, lo que sí hemos podido comprobar es que es rara la familia a la que se le haya ofrecido algún niño con discapacidad y no haya puesto alguna traba. Le pongo como ejemplo que hace uno o dos años la Comunidad de Madrid empezó un programa de vacaciones en familia en el que cincuenta niños con algún tipo de protección pasaron los meses de vacaciones con familias. De estos cincuenta niños, tres tenían algún tipo de discapacidad, y ninguna familia quiso acogerlos, hasta que una familia concreta lo solicitó y acogió a los tres. Por lo tanto, a lo mejor todos tenemos que hacernos nuestro propio examen de conciencia y saber hasta dónde nosotros, como sociedad que somos y de la que formamos parte, queremos o hacemos lo imposible por incorporar a esos menores incluso para que formen parte de la sociedad en la que vivimos.
Ha hablado usted de sentencias injustas que alguna vez se toman. Yo creo que todos conocemos alguna sentencia injusta en el caso de menores, o al menos nos lo parece. Es más, como hablamos de menores, cabe señalar que incluso con padres sin ningún tipo de discapacidad algunas decisiones nos han parecido injustas.
Me gustaría hacer mención al asistente personal, sobre el que usted ha hablado, considero que en muchos casos resulta fundamental para las personas con algún tipo de discapacidad. Es verdad que quizá habría que ver la posibilidad de que las comunidades autónomas, que son las que tienen la competencia en esta materia, variaran el objeto o la labor de los asistentes personales con las personas con discapacidad. Coincido con lo que usted ha dicho sobre que, en el caso de que tengan hijos, no se trata solo de atenderlas a ellas sino de que les sirvan de ayuda en el cuidado de los niños.
Estaba repasando mis notas, y veo que ya se han dicho aquí muchas cosas que a mí, personalmente, me sirven de gran ayuda. Ha ofrecido mucha información sobre algunos aspectos, y tengo que reconocer, como ha apuntado el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, que yo también pensaba que la información iba a centrarse más en los menores con discapacidad, así que celebro que haya tenido en cuenta ambos puntos de vista: los menores y las personas con discapacidad, que, por supuesto, tienen el derecho a tener y a crear una familia.
En cualquier caso, le reitero nuestro agradecimiento en nombre del Grupo Parlamentario Popular.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA: Gracias, senadora Ongil.
Por último, tiene la palabra la señora Peláez.
La señora COMISIONADA DE GÉNERO Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MUJER DEL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) (Peláez Narváez): Muchas gracias, señora presidenta.
En primer lugar, quiero pedirles que no me vean a mí como un caso de superación personal porque no lo soy. Las personas que lo tienen verdaderamente peor son las que hoy no están aquí sentadas. Yo he tenido la inmensa suerte y el gran honor de estar aquí representándolas, pero lo que yo hago -y no es falsa modestia- no es nada comparado con el esfuerzo de superación que a veces supone la vida para muchas personas, entre otras cosas porque la sociedad no les concede el derecho de considerarlas iguales. Y uno esto con lo que usted decía, senadora.
Al hilo de su comentario sobre el rechazo que generó en las familias ese programa de vacaciones de verano en relación con la discapacidad, tengo que decir que creo que es fundamental que empecemos a trabajar todos para que la percepción de la discapacidad se entienda desde otra vertiente. No hay que verla desde una vertiente que ensalce de manera extraordinaria lo que se hace cada día, porque tiene el mismo valor que lo que ustedes hacen, sino desde una vertiente positiva que conciba la discapacidad como un valor más de la diversidad humana. Es necesario que se incorpore la discapacidad en la vida cotidiana de los medios de comunicación y, en general, en todo para que no sea entienda como un problema que surge en tu familia, sino simplemente como un aspecto más de la condición humana.
Ese es el principio fundamental que nosotros defendemos desde el Cermi y es lo que he intentado trasladarles en esta comparecencia. Doy infinitas gracias a todos los grupos por las intervenciones de sus señorías porque yo también me llevo el acervo de conocimiento que ustedes me han aportado. De hecho, me han sabido trasladar las percepciones y preocupaciones sociales que existen en la sociedad y que nosotros, como movimiento de personas con discapacidad, tenemos que conocer para encontrar vías de actuación y para proponer medidas y posibilidades de superación.
Ya termino, señora presidenta. Espero que tomen en consideración estas reflexiones y confío profundamente en que sabrán tomar medidas para que con la práctica legislativa les concedan las mismas oportunidades y derechos a todos los ciudadanos y ciudadanas de España.
Muchas gracias, por su tiempo y sus palabras.
La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Peláez, por su comparecencia.
Sin más, se levanta la sesión.
Eran las diecisiete horas y treinta y cinco minutos.