La iniciativa para proponer que el Senado aprecie la necesidad de que el Estado
dicte leyes de armonización de las disposiciones normativas de las Comunidades
Autónomas, según lo previsto en el artículo 150.3 de la Constitución, corresponde al
Gobierno, a la Comisión General de las Comunidades Autónomas o a veinticinco
Senadores. Las propuestas deben indicar las materias a que se refieren y acompañar
una memoria. Corresponde a la Comisión General de las Comunidades Autónomas
elevar dictamen sobre estas propuestas. El debate en Pleno es semejante a los de
propuestas de veto, con turnos de veinte minutos (artículo 141 RS).