La iniciativa para proponer que el Senado aprecie la necesidad de que el Estado dicte leyes de armonización de las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 150.3 de la Constitución, corresponde al Gobierno, a la Comisión General de las Comunidades Autónomas o a veinticinco Senadores. Las propuestas deben indicar las materias a que se refieren y acompañar una memoria. Corresponde a la Comisión General de las Comunidades Autónomas elevar dictamen sobre estas propuestas. El debate en Pleno es semejante a los de propuestas de veto, con turnos de veinte minutos (artículo 141 RS).