Elección y funciones

  • Elección


    La Presidencia del Senado es elegida en la sesión constitutiva de la Cámara por el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros.

    En el caso de que no se logre la mayoría absoluta en una primera votación, se realizará una segunda entre los Senadores que hayan empatado con el mayor número de votos o, en defecto de este supuesto, entre los Senadores que hayan obtenido las dos mayores votaciones, resultando elegido en esta segunda votación el Senador que obtenga el mayor número de votos (artículo 7 del Reglamento del Senado). 

  • Funciones


    En cuanto a sus funciones, y como máxima autoridad del Senado, ejerce la representación del mismo, asegura la buena marcha de los trabajos, convoca y preside el Pleno, la Diputación Permanente, la Mesa y la Junta de Portavoces, dirige y mantiene el orden del debate, vela por la aplicación del Reglamento, aplica las medidas de disciplina parlamentaria, interpreta el Reglamento y suple, de acuerdo con la Mesa de la Comisión de Reglamento, las lagunas de éste. La Presidencia ejerce además la autoridad suprema de la Cámara en el Palacio del Senado y en los edificios que dependen de éste, para lo que puede dictar las medidas necesarias y dar las órdenes oportunas para el mantenimiento del buen orden en su recinto (artículo 37 y siguientes del Reglamento del Senado)

    La Presidencia del Senado ostenta una importante posición en el protocolo del Estado, ya que es su cuarta autoridad tras S. M. el Rey y los demás miembros de la Familia Real, el Presidente del Gobierno y el Presidente del Congreso de los Diputados (artículos 10 y 12 del Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado.  )

    En la actualidad, preside el Senado el Excmo. Sr. D. Pedro Rollán Ojeda.