Ir al Contenido (Presione enter)

19 MARZO 2024

XV LEGISLATURA

Preguntas frecuentes

Actividad parlamentaria

¿Cuáles son las principales funciones del Senado?

Las principales funciones del Senado son la legislativa, la presupuestaria y la de control del Gobierno. Además actúa como Cámara de representación territorial. Otras funciones relevantes son las relacionadas con la autorización de determinados tratados o convenios internacionales y con la designación de miembros de otros órganos.

¿Cuáles son las fases del procedimiento legislativo en el Senado?

El procedimiento legislativo es la sucesión de actos parlamentarios necesarios para que la Cámara apruebe una ley. Son elementos necesarios del mismo la publicidad, la posibilidad de formular enmiendas (sobre el conjunto o al articulado), el debate contradictorio y la votación. Se lleva a cabo en diferentes órganos: Ponencia, Comisión y Pleno.


En el Senado el procedimiento legislativo se desarrolla en el plazo de dos meses, que se reduce a veinte días naturales en caso de urgencia.


El detalle de los distintos tipos de procedimientos legislativos puede consultarse en la sección “Temas clave” del bloque “Conocer el Senado”.

¿Se pueden consultar las leyes que se están tramitando o que ya han sido aprobadas?

Desde la pantalla inicial de la página web es posible acceder directamente a toda la información relacionada con las leyes que se están tramitando en las Cortes Generales y las leyes que ya han sido aprobadas y publicadas en el Boletín Oficial del Estado.


En el apartado “leyes en tramitación” se muestra la relación de todas las iniciativas legislativas que han tenido entrada en el Senado y que todavía no han sido objeto de publicación en el BOE. Asimismo, se habilita un enlace a la página del Congreso de los Diputados para consultar las que se han presentado en esa Cámara y se encuentran todavía en el trámite de primera lectura.


Desde el título de la iniciativa se accede a una pantalla que muestra todos los documentos y publicaciones oficiales asociados a la tramitación, tanto en su paso por el Congreso como por el Senado, así como al detalle de las sesiones en las que se han debatido, incluido el vídeo de la sesión.


En el apartado “leyes aprobadas” se muestran las ya publicadas en el BOE ordenadas de la más reciente a la más antigua y se incluye un buscador por texto libre. Desde cada una de las leyes se puede consultar la tramitación completa de la iniciativa, así como la publicación de la norma mediante un enlace a la página web del Boletín Oficial del Estado.

¿Qué ocurre con las enmiendas y vetos aprobados por el Senado?

El Senado puede aprobar enmiendas (adiciones, supresiones o modificaciones concretas del texto tramitado) o vetos (que implican un rechazo de la totalidad). Las primeras requieren mayoría simple de votos, los segundos mayoría absoluta.


Las enmiendas o vetos aprobados por el Senado se remitirán al Congreso de los Diputados en cuyo Pleno se someterán a debate y votación. Las enmiendas del Senado se incorporan al texto definitivo de la ley si el Congreso las ratifica por mayoría simple. Los vetos del Senado pueden ser levantados por el Congreso si lo decide una mayoría absoluta dentro de los dos meses siguientes o una mayoría simple una vez transcurrido dicho plazo.

¿Qué ocurre si el Senado no aprueba enmiendas o vetos?

Si el Senado no aprueba enmiendas o vetos el proyecto queda definitivamente aprobado como ley. Se traslada entonces al Gobierno a efectos de su sanción y promulgación por el Rey y publicación subsiguiente en el Boletín Oficial del Estado.

¿Qué es la función presupuestaria? ¿Cómo se tramitan los Presupuestos Generales del Estado?

La función presupuestaria consiste en la aprobación de los ingresos y gastos del Estado para un año determinado. A ello se añade el control posterior de su ejecución.


Su elaboración y presentación es atribución exclusiva del Gobierno mientras que a las Cortes corresponde su examen, enmienda y aprobación. Las facultades de enmienda se hallan sometidas a estrictos requisitos. Si los Presupuestos Generales del Estado no se aprueban antes del 1 de enero de cada año, se consideran prorrogados los del año anterior.

¿En qué consiste la función de control e impulso político? ¿A través de qué procedimientos se ejerce?

La función de control e impulso político consiste en obtener información del Gobierno, someter a debate contradictorio su actuación e instarle a orientar su política en una determinada línea. En el Senado las iniciativas parlamentarias a través de las que se articula esta función son las preguntas, las interpelaciones, las mociones, las mociones consecuencia de interpelación, los debates sobre las comunicaciones e informes remitidos por el Gobierno, las comparecencias y las Comisiones de investigación y especiales.


El Senado no participa en las mociones de censura ni en las cuestiones de confianza.

¿Qué tipos de preguntas al Gobierno pueden formular los Senadores?

Las preguntas son iniciativas de control que pueden utilizar los parlamentarios para interrogar al Gobierno sobre cuestiones de su competencia. Las preguntas deben formularse mediante escrito dirigido al Presidente de la Cámara. Pueden ser de respuesta escrita o de respuesta oral, y ésta producirse en el Pleno o en Comisión. No se admiten preguntas de exclusivo interés personal de quien las formula o de cualquier otra persona singularizada, ni las que supongan consulta de índole estrictamente jurídica.

¿Cómo se tramitan las preguntas para su respuesta escrita por el Gobierno?

Las preguntas para su respuesta escrita por el Gobierno, que pueden contener más de una cuestión, se tramitan en su integridad por vía electrónica y se publican en la página web de la Cámara. El Gobierno debe remitir la respuesta dentro de los treinta días siguientes a su comunicación. Si el Gobierno no hace llegar la respuesta dentro de dicho plazo, el Senador interrogante podrá solicitar la inclusión de la pregunta en el orden del día de la sesión siguiente de la Comisión competente por razón de la materia, donde recibirá el tratamiento de las preguntas orales.

¿Cómo se tramitan las preguntas para su contestación oral en Pleno? ¿y las preguntas para su contestación oral en Comisión?

Las preguntas para contestación oral en Pleno han de contener la escueta y estricta formulación de una sola cuestión. La inclusión de las preguntas en el orden del día se efectúa mediante la aplicación de un sistema de cupo para cada Grupo parlamentario. Cabe la posibilidad de sustituir las preguntas presentadas por otras relativas a asuntos acordados en el Consejo de Ministros o por cuestiones de especial urgencia o actualidad. Las preguntas se formulan desde el escaño. En primer lugar interviene el parlamentario preguntante, que formula su cuestión para ser contestado por un miembro del Gobierno. A continuación, el parlamentario dispone de un turno de réplica y el miembro del Gobierno de un turno de dúplica. En el Senado cada uno de los intervinientes dispondrá de un tiempo de tres minutos en total para hacer uso de los dos turnos mencionados.


Las preguntas para su contestación oral en Comisión deben reunir los mismos requisitos que las preguntas orales en sesión plenaria, si bien no existen cupos y los tiempos de palabra son de mayor duración que en las de respuesta en Pleno. Sólo pueden comparecer para responder este tipo de preguntas los Ministros y los Secretarios de Estado.

¿Cómo se tramita una interpelación?

La interpelación es la iniciativa en virtud de la cual un parlamentario plantea una cuestión al Gobierno cuyo objeto debe versar sobre la política del Ejecutivo en asuntos de interés general. Una vez calificadas por la Mesa del Senado, la inclusión en el orden del día de las interpelaciones se efectúa, oída la Junta de Portavoces, de acuerdo con un sistema de cupo para cada Grupo parlamentario.


La interpelación se formula de forma oral por el Senador autor de la iniciativa y así es también respondida por un miembro del Gobierno. Si el interpelante no queda satisfecho por la respuesta del Gobierno podrá plantear una moción consecuencia de interpelación, que se debatirá en la siguiente sesión plenaria.

¿Cómo se tramita una moción?

Una moción es una iniciativa vinculada al control e impulso político, que se presenta con la finalidad de que el Gobierno formule una declaración sobre algún tema o remita a las Cortes Generales un proyecto de ley, o de que la Cámara delibere y se pronuncie sobre un texto de carácter no legislativo, debiendo ir acompañadas, en su caso, de una evaluación de su coste económico. Pueden ser presentadas para que su debate se produzca en una sesión plenaria o en una Comisión. En el debate intervienen, además del autor de la iniciativa, los representantes de los Grupos parlamentarios. Son objeto de votación.

¿Cómo se tramita una comparecencia?

Las Comisiones pueden reclamar, por medio del Presidente de la Cámara, la presencia de miembros del Gobierno para ser informados sobre asuntos de su competencia. Normalmente lo hacen a iniciativa de un Senador o de un Grupo parlamentario. Las comparecencias también pueden ser solicitadas por el propio Gobierno, autorizándolas la Mesa de la Comisión. Estas comparecencias se regulan en el artículo 66 del Reglamento del Senado. Además, las Comisiones pueden recabar la presencia de otras autoridades y funcionarios del Estado y de las Comunidades Autónomas, o de otras personas, para ser informadas sobre cuestiones de su competencia. En el debate intervienen, además el autor de la iniciativa, los representantes de los Grupos parlamentarios.

¿Qué información proporciona el Senado sobre la actividad internacional e institucional?

Desde la pantalla inicial se habilita un acceso directo a la actividad internacional del Senado, en la que se ofrece información sobre las distintas Asambleas y Conferencias Interparlamentarias, y sobre los Grupos de Amistad creados con Cámaras de otros países con los que el Senado mantiene una especial relación de colaboración.


Por otra parte, a través del calendario de actividades es posible consultar los viajes y visitas programados que tienen carácter internacional, así como la actividad institucional. Ambos tipos de actividades se destacarán en la zona dedicada a las noticias de actualidad cuando sean de especial relevancia.
 

¿Qué intervención tiene el Senado en los tratados y acuerdos internacionales?

La Constitución establece en sus artículos 93, 94 y 96.2 las modalidades de intervención de las Cortes Generales en la conclusión y denuncia de los tratados internacionales.


El procedimiento seguido con los tratados internacionales sigue las mismas fases básicas que los proyectos y proposiciones de ley. Su presentación corresponde siempre al Gobierno e intervienen el Congreso y el Senado.


En primer lugar, los tratados que se tramitan al amparo del artículo 93 de la Constitución, aquellos que atribuyen a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución (por ejemplo, los tratados de adhesión, ampliación o reforma de la Unión Europea) se tramitan por el procedimiento de las leyes orgánicas y, por tanto, requieren para su aprobación la mayoría absoluta del Congreso en una votación sobre la totalidad.


En segundo lugar, un amplio grupo de tratados recogidos por el artículo 94.1 de la Constitución requieren también la previa autorización de las Cortes Generales, pero expresada sin forma de ley y por mayoría simple de cada Cámara, interviniendo primero el Congreso y luego el Senado. Tal es el caso de los tratados de carácter político, militar, que afecten a la integridad territorial del Estado, a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I de la Constitución, que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública, o que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.


Concedida la autorización por las dos Cámaras se comunica al Gobierno, que a partir de ese momento puede proceder a su ratificación.


Finalmente, para los restantes tratados, no sometidos a régimen de autorización, la Constitución solo exige que las Cámaras sean informadas de su conclusión (artículo 94.2 de la Constitución y 146 del Reglamento del Senado).


La tramitación de la autorización en el Senado guarda similitud con el procedimiento legislativo, con algunas características singulares. La particularidad más destacada de los tratados tramitados al amparo de los artículos 93 y 94.1 es que no son susceptibles de enmienda. Únicamente pueden presentarse propuestas de no ratificación (que se sujetan a lo dispuesto para las propuestas de veto, lo que equivale a la necesidad de mayoría absoluta para su aprobación), de aplazamiento de ratificación o de reserva (estas últimas siempre que los tratados prevean esta posibilidad o que su contenido lo admita). Si se presentan se remiten a la Comisión de Asuntos Exteriores que eleva al Pleno un dictamen o propuesta razonada sobre si debe accederse o no a la autorización.


En los casos en que la decisión del Senado sobre la autorización difiera de la del Congreso de los Diputados debe constituirse una Comisión Mixta. El texto que ésta elabore se someterá directamente al Pleno del Senado, cuyo acuerdo se comunicará al Gobierno y al Congreso de los Diputados.


La Cámara, a propuesta de un Grupo parlamentario o de veinticinco Senadores, puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si un tratado o convenio sometido a su consideración es o no contrario a la Constitución. Acordado el requerimiento se suspende la tramitación hasta la decisión el Tribunal Constitucional.

¿Qué intervención tiene el Senado en la designación de miembros de otros órganos?

El Senado tiene encomendada la función de designar a miembros de otros órganos constitucionales del Estado. Las propuestas de nombramiento, de designación o de elección de personas se regulan en los artículos 184, 185 y 186 del Reglamento del Senado. El Senado, entre otros, propone la designación de cuatro Magistrados del Tribunal Constitucional, seis Vocales del Consejo General del Poder Judicial, y seis Consejeros del Tribunal de Cuentas, cuatro miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE y un miembro del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos. También nombra conjuntamente con el Congreso de los Diputados al Defensor del Pueblo.

¿Cuáles son las publicaciones oficiales y dónde encontrarlas?

En el ámbito parlamentario son publicaciones oficiales el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG), que a su vez tiene tres secciones (Cortes Generales, Congreso de los Diputados y Senado), y los Diarios de Sesiones.


El Boletín Oficial de las Cortes Generales –sección Senado- es la publicación oficial en que se reproducen los textos y documentos cuya difusión sea requerida por algún precepto del Reglamento de la Cámara, sea necesaria para su debido conocimiento y adecuada tramitación parlamentaria, o sea ordenada por la Presidencia del Senado. Se publica exclusivamente en formato electrónico a través de la web del Senado desde el 1 de enero de 2011 y está estructurado en seis apartados: iniciativas legislativas, mociones, autorizaciones, otras actividades parlamentarias, normas sobre asuntos parlamentarios y Administración del Senado.


En el Diario de Sesiones se recogen las transcripciones de las sesiones del Pleno de la Cámara, de la Diputación Permanente y de las Comisiones que no tengan carácter secreto. Reproduce las intervenciones de los oradores dejando constancia de las incidencias producidas y del resultado de las votaciones, en su caso.


Las publicaciones oficiales del Senado están accesibles desde la pantalla inicial de la página web del Senado dentro del bloque “Actividad parlamentaria”. Abarcan la actividad de la Cámara desde la Legislatura Constituyente en el año 1977. La página web ofrece, en relación con el Boletín Oficial de las Cortes Generales, sección Senado, la opción de búsqueda por texto, así como por fechas a través de un calendario; asimismo, se facilita la posibilidad de comprobar la autenticidad de las copias a través del código de verificación electrónica (CVE). Para acceder a las publicaciones oficiales del Congreso de los Diputados y de las Cortes Generales (también editadas exclusivamente en formato electrónico desde el 1 de agosto de 2012) se facilita el enlace a la página web del Congreso de los Diputados.


Las publicaciones oficiales del Senado durante el período histórico, que comprende los años 1834 a 1923, están accesibles desde el apartado “Archivo. El Senado en la Historia”.

Archivo

¿Cómo acceder al Archivo?

El acceso es libre y gratuito. Existen varios modos de acceso a los documentos del Archivo, entre los que destaca el canal electrónico, que permite a los ciudadanos interesados en obtener información, acceder a ella a través de la página web, ya que sus fondos están descritos y digitalizados. Además es posible solicitar información y documentos del Archivo a través de correo postal y electrónico, telefónicamente o de forma presencial. Los canales de acceso, así como las reproducciones del material custodiado en el Archivo, están descritos en la Carta de Servicios del Senado.

¿Qué documentación puedo consultar en el Archivo?

El Archivo comprende el fondo histórico, de 1834 a 1923, y el fondo actual, que comienza en 1977. Cabe destacar, en el periodo de 1834 a 1923, la colección completa de publicaciones oficiales y la serie de expedientes personales de Próceres y Senadores.


La página web posibilita a todos los ciudadanos la consulta de gran parte de los fondos del Archivo relacionados con la actividad parlamentaria y con los Senadores. El material audiovisual y fotográfico se irá incorporando a medida que avancen las tareas de catalogación.

¿Es posible consultar la composición del Senado en el pasado?

Sí. A través de la página web es posible consultar la composición del Senado y de sus órganos en pasadas Legislaturas. La información se ofrece agrupada en dos grandes periodos, el histórico, de 1834 a 1923, y el actual, que comienza en 1977.

¿Qué tipos de Senadores han existido en la historia constitucional española?

Prócer es la denominación que en el Estatuto Real (1834-1836) se daba a los miembros de la Cámara Alta, denominada entonces Estamento de Próceres.


Los Senadores vitalicios eran nombrados por el Rey para desempeñar el cargo hasta su muerte.


Los Senadores por derecho propio eran los que determinaban las diferentes constituciones por razón de sus especiales condiciones personales, independientemente de la voluntad de la Corona, como determinados miembros de la familia real, grandes de España y altos representantes del ejército, clero e instituciones del Estado.


Los Senadores designados eran elegidos por las diversas corporaciones civiles, políticas y religiosas para que las representasen en la Cámara.

¿Es posible obtener información sobre todos los que han sido Senadores a lo largo de la historia?

Sí. Es posible obtener información sobre todas las personas que han sido Senadores a través de varias vías. Desde la página inicial, en la zona de “Senadores”, y desde el apartado “Archivo. El Senado en la historia”.
 

Asimismo, es posible realizar consultas a través de los buscadores de la página.


El Archivo también contiene información de todos aquellos Senadores que no tomaron posesión, es decir, que fueron nombrados o elegidos pero no llegaron cumplir los demás requisitos para poder tomar posesión del cargo (no admitidos, fallecidos, etc.).

¿Es posible consultar los resultados electorales?

Sí. A través de la página web se ofrece información sobre los resultados de todas las elecciones al Senado que se han celebrado desde 1977.

¿Qué ofrece la sección “Biblioteca y recursos documentales”?

Las monografías y documentos que custodia el Senado configuran un patrimonio bibliográfico de gran valor cultural, que sirve de soporte para la realización de los trabajos parlamentarios. La Biblioteca contiene libros en soporte papel y electrónico organizados en dos fondos, antiguo y moderno; mapas, publicaciones periódicas del siglo XIX, manuscritos, partituras, láminas y grabados. Su fondo histórico está en proceso de digitalización.


Es posible realizar búsquedas en estos recursos a través del buscador general y de las bases de datos bibliográficas y documentales, de acceso gratuito.


Las bibliografías sobre temas relacionados con el Senado y los dossieres temáticos, que incluyen una selección de legislación, monografías y revistas, planes y estadísticas de los ámbitos autonómico, estatal y europeo, que están permanentemente actualizados y disponibles a través de la web del Senado.


En el Senado se compilan además, informaciones y documentación de la Unión Europea. Destaca la base de datos de iniciativas legislativas e informes de la Comisión Europea (documentos COM), que es complementada con las opiniones del Gobierno español y el seguimiento del estado de tramitación de cada uno de los proyectos legislativos. El Senado participa en la base de datos IPEX, que ofrece de la posibilidad de consulta centralizada acerca del control de los Parlamentos Nacionales sobre la política comunitaria de sus respectivos Gobiernos.


Asimismo, el Senado cuenta con dos bases de datos que permiten a los ciudadanos conocer las normas con rango de Ley autonómica y la actividad de los Parlamentos autonómicos: CALEX (Base de datos jurídica referida a las Comunidades Autónomas) y APCA (Base de datos de la actividad parlamentaria autonómica).


Para la consulta presencial se necesita disponer de una tarjeta de investigador.
 

Composición del Senado

¿Cuántos miembros tiene el Senado?

En la XII Legislatura el Senado tiene 266 miembros, de los que 208 son electos y 58 designados por los Parlamentos autonómicos.

¿Es fijo el número de Senadores?

No. Puede variar al alza o a la baja al cambiar el número de habitantes de las distintas Comunidades Autónomas, ya que los Parlamentos autonómicos designan un Senador fijo y otro más por cada millón de habitantes. La variación del número de Senadores se produce al principio de cada Legislatura (tras la celebración de elecciones generales) y se toma como referencia el censo de población publicado el 1 de enero del año en que se celebran las elecciones.

¿Existen cuotas por género?

Sí. La Ley electoral exige, desde la reforma de 2007, que cuando las candidaturas se agrupen en listas –que es lo más normal- las mismas deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres.
En la actualidad hay 97 Senadoras. Esta cifra no supone ciertamente una composición equilibrada respecto al total de miembros del Senado (266). La razón de este desfase radica, en gran medida, en el sistema electoral del Senado, que dificulta las candidaturas equilibradas, sobre todo en comparación con las del Congreso: los partidos y coaliciones suelen presentar tres candidatos en la mayoría de las circunscripciones, con lo que no puede garantizarse más que una candidatura a cualquiera de los sexos. Además, el elector puede dar sus tres votos libremente, por lo que la paridad dependerá también de su selección. 

¿Por cuánto tiempo se elige el Senado?

Por cuatro años, pero puede acortarse este plazo si el Presidente del Gobierno dispone la disolución anticipada.

¿Qué funciones tiene un Senador?

Todo Senador participa en las funciones del Senado previstas en la Constitución y en las leyes. Las principales son la legislativa, la presupuestaria y la de control del Gobierno.

¿Qué deberes tiene un Senador?

Los Senadores están obligados a presentar declaración de actividades y declaración de bienes y rentas. Asimismo deben prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y respetar el régimen de incompatibilidades. Por otra parte, tienen el derecho y el deber de asistir a las sesiones plenarias y a las de las Comisiones de las que formen parte.

¿Se pueden conocer las declaraciones de actividades de los Senadores?

Sí. Las declaraciones de actividades que deben formular los Senadores al inicio de su mandato, cuando se produzcan modificaciones en las situaciones declaradas y al perder la condición de parlamentarios, pueden ser consultadas por cualquier ciudadano a través de la página web, bien desde la ficha de cada Senador o bien desde la sección “Transparencia”.

¿Se pueden conocer las declaraciones de bienes y rentas de los Senadores?

Sí. Las declaraciones de bienes y rentas que deben formular los Senadores pueden ser consultadas por cualquier ciudadano a través de la página web, bien desde la ficha de cada Senador o bien desde la sección “Transparencia”.

¿Cuál es el régimen de incompatibilidades de un Senador?

Para garantizar la independencia de los parlamentarios en el ejercicio de sus funciones, la legislación electoral establece que determinadas profesiones o cargos públicos no se pueden ejercer simultáneamente con su cargo parlamentario. A tal efecto, al tomar posesión, los parlamentarios deben formular una declaración de actividades que es dictaminada por la Comisión que se ocupa de las incompatibilidades. En caso de que se aprecie alguna incompatibilidad, el afectado debe optar entre su escaño y la condición o puesto que determina la incompatibilidad. Asimismo, están obligados a comunicar cualquier alteración que se produzca en su situación durante la Legislatura.

¿Qué es la inviolabilidad parlamentaria?

Es una prerrogativa de la que gozan los parlamentarios en virtud de la cual están exentos de responsabilidad por las manifestaciones escritas y orales que realicen en el transcurro de una sesión parlamentaria, así como por los votos que puedan emitir en las decisiones parlamentarias en las que participen.

¿Qué es la inmunidad parlamentaria?

Es una prerrogativa en virtud de la cual los parlamentarios no pueden ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara solicitada mediante suplicatorio. Con esta exigencia la Cámara puede comprobar, sin entrar a juzgar el fondo de la cuestión -la comisión o no de un delito-, si tras la acusación contra un Senador o Diputado se oculta una persecución política. A tal efecto se sigue un procedimiento en el seno de la Cámara, con participación del afectado y que termina con la correspondiente decisión mediante votación secreta. Esta prerrogativa no se aplica cuando se trate de un delito flagrante.
 

¿Cuánto gana un Senador? ¿Cuál es su régimen de protección social?

Cada Senador percibe una asignación de 2.842,05€ al mes más una indemnización para los gastos que le origine la actividad de la Cámara de 1.840,60€ (877,78€ para los Senadores por Madrid). A lo anterior se añade el complemento por razón del cargo que ostentan y una serie de prestaciones que, al amparo del Reglamento del Senado, ha acordado la Mesa del Senado.


La protección social de los Senadores comprende el mantenimiento en alta de los mismos, a cargo de la Cámara, en el sistema de Seguridad Social, Clases Pasivas o Mutualidad obligatoria al que pertenezca cada uno de ellos.


Una vez producida la pérdida del mandato, tienen derecho a percibir una indemnización por cese (dado que no tienen derecho al subsidio de desempleo) que es en todo caso incompatible con cualquier otra percepción. Además, se hallan suspendidas las aportaciones al Plan de previsión social.


Asimismo, como consecuencia de las últimas modificaciones de la normativa correspondiente, se han derogado los complementos de pensión (con excepción de quienes ya hubieran devengado el derecho a percibirlos al finalizar la IX Legislatura); el mantenimiento en alta de la Seguridad Social de los ex-parlamentarios mayores de 55 años y la ayuda económica prevista para estos últimos; así como la prestación económica a favor del cónyuge viudo.


En la página web del Senado se publica la relación de perceptores de los complementos de pensión, ayudas e indemnizaciones, así como las cuantías de los mismos. Así, se encuentran permanentemente actualizados los datos relativos a las pensiones parlamentarias, al mantenimiento en alta en la Seguridad Social, a la complementación de ingresos, y a la indemnización por cese.


La información detallada sobre el régimen económico y protección social de los Senadores se puede encontrar en las secciones “Senadores” (dentro del bloque de “Composición y organización”) y “Transparencia” (dentro del bloque de “Relaciones con los ciudadanos”). También se ofrecen los conceptos y cuantías de las subvenciones a los Grupos parlamentarios.

¿Cómo encontrar información sobre un Senador? ¿Qué contiene su perfil?

En la sección “Senadores”, a la que se accede directamente desde la pantalla inicial, se pueden realizar consultas sobre la composición del Senado, atendiendo a los más diversos criterios: alfabético, geográfico, pertenencia a un Grupo parlamentario, composición de los órganos de la Cámara y cronológico. Desde el nombre de cada Senador es posible abrir su perfil o ficha personal.
La estructura de la ficha de un Senador presenta una parte fija, con los datos esenciales (nombre, circunscripción o designación, fecha de alta, Grupo parlamentario al que pertenece, Grupo territorial del que es miembro, formación electoral por la que se presentó a las elecciones y pertenencia a un partido político) y con los canales de participación con los ciudadanos que el propio Senador ha indicado (correo electrónico, perfiles en redes sociales y páginas personales o blogs).
El resto de la información en la ficha del Senador se muestra activando las siguientes pestañas: “Cargos en el Senado”, “Actividad parlamentaria” (que incluye las iniciativas de las que es autor), “Biografía”, “Declaración de actividades”, “Declaración de bienes y rentas” y, en su caso, “Otras Legislaturas en el Senado”.
 

¿Cómo contactar con un Senador?

Un ciudadano puede entrar directamente en contacto con un Senador a través del correo electrónico, de los mecanismos de participación, así como de las redes sociales a los que se puede acceder bien desde la ficha del Senador o bien desde la sección “Participa” de la zona de la página web dedicada a las relaciones con los ciudadanos.

¿Qué información se ofrece sobre los distintos órganos rectores del Senado?

Son varias las zonas de la página web desde las que se puede consultar información relativa a los órganos rectores del Senado: Presidente, Mesa y Junta de Portavoces.


A través del calendario de actividades se puede acceder a las convocatorias y agendas de todos los órganos.


Por otra parte, desde la sección dedicada a los órganos del Senado, cada uno de ellos tiene su propio espacio en el que se puede consultar su composición, actual y pasada, y obtener información sobre su funcionamiento y funciones.


Se ha desarrollado un sitio dedicado al Presidente desde el que se informa sobre su agenda, actividades, biografía y funciones. Los anteriores Presidentes también están presentes en esta zona de la página a través de la galería de retratos y enlaces a sus fichas con información biográfica y de actividad.

¿Qué funciones tiene el Presidente del Senado?

Entre las funciones del Presidente del Senado destacan las siguientes: ejercer la máxima representación del Senado, convocar las sesiones plenarias y presidirlas, dirigir sus debates, mantener el orden, pudiendo imponer sanciones y, finalmente, interpretar el Reglamento de la Cámara. Preside la Mesa, la Junta de Portavoces y la Comisión de Nombramientos.

¿Qué es la Mesa del Senado? ¿Cuáles son sus funciones?

La Mesa es el órgano rector de la Cámara compuesto por el Presidente, dos Vicepresidentes y cuatro Secretarios. Su elección para cada Legislatura tiene lugar en la sesión constitutiva de la Cámara. Sus competencias más importantes son de carácter parlamentario y administrativo.


Califica los escritos y documentos de índole parlamentaria, declara su admisión o inadmisión y decide el procedimiento de tramitación de las distintas iniciativas; asimismo, programa las líneas generales de actuación de la Cámara, fija el calendario de reuniones del Pleno para cada período de sesiones y coordina los trabajos de los distintos órganos del Senado, previa audiencia de la Junta de Portavoces. De acuerdo con el Presidente y oída la Junta de Portavoces, la Mesa fija el orden del día de las sesiones plenarias.


En el ejercicio de sus funciones administrativas la Mesa adopta cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen interior de la Cámara, así como aquellas que sean necesarias en materia de contratación y de régimen laboral, y aprueba el proyecto de presupuesto del Senado para cada ejercicio económico, dirige su ejecución y ordena los gastos.

¿Qué es la Junta de Portavoces? ¿Cuáles son sus funciones?

La Junta de Portavoces es un órgano integrado por el Presidente de la Cámara y por los Portavoces de los Grupos parlamentarios. A sus reuniones, además de los Portavoces, podrá asistir un representante del Gobierno.


En el Senado la Junta de Portavoces debe ser oída para la fijación del orden del día de las sesiones plenarias, que es determinado por el Presidente, de acuerdo con la Mesa; es oída con motivo de diversas iniciativas parlamentarias y respecto de asuntos relacionados con la organización interna de la Cámara, cuya resolución corresponde en general a la Mesa o a la Presidencia. Además, en la práctica, se ha convertido en un foro donde, bajo la autoridad del Presidente del Senado, se hacen sugerencias y observaciones sobre cualquier aspecto relacionado con el funcionamiento de la Cámara.

¿Qué es el Pleno? ¿Cuáles son sus funciones?

El Pleno es el órgano funcional de la Cámara formado por todos sus parlamentarios. El Pleno conoce de los asuntos más relevantes y en la mayoría de los casos tiene la última palabra en el debate y aprobación de las iniciativas que le son sometidas por las Comisiones para su consideración.


Entre las principales funciones del Pleno destacan las siguientes: aprobar vetos y enmiendas presentados en el Senado respecto a los proyectos y proposiciones de ley recibidos del Congreso, entre ellos el proyecto de ley de presupuestos generales del Estado; autorizar la ratificación de tratados y convenios internacionales; aprobar mociones; debatir preguntas e interpelaciones y elegir a los miembros de órganos constitucionales, como el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

¿Cuándo se reúne el Pleno?

El Pleno se reúne habitualmente dos semanas de cada mes, los martes y los miércoles y a veces los jueves, conforme a un calendario y orden del día previamente establecido.

¿Qué es la Diputación Permanente?

La Diputación Permanente es el órgano encargado de convocar sesiones extraordinarias y de velar por los poderes de la Cámara cuando no esté reunida o cuando la misma ha agotado su mandato o se halla disuelta y hasta que se constituya la nueva Cámara. La preside el Presidente de la Cámara y la integran un mínimo de 21 parlamentarios elegidos por los Grupos parlamentarios en proporción a su importancia numérica. Se constituye al principio de la Legislatura.

¿Qué es una Comisión? ¿Qué tipos existen y cuáles son sus funciones?

Una Comisión es un órgano parlamentario funcional compuesto por un número reducido de miembros de la Cámara en proporción al peso numérico de su Grupo en la misma, competente para determinadas materias, y que actúa en ocasiones como órgano preparatorio de la actividad del Pleno y en otros casos como órgano con competencias propias. Existen varios tipos de Comisiones: permanentes (legislativas y no legislativas); de investigación, especiales, y Comisiones Mixtas (Congreso de los Diputados-Senado). Son competencias destacadas de las Comisiones dictaminar textos legislativos y celebrar sesiones informativas con miembros del Gobierno, autoridades, funcionarios y otras personalidades, así como tramitar preguntas orales y mociones.

¿Cuántos miembros tiene una Comisión?

Las Comisiones no tienen un número igual de miembros. La regla general en la actual Legislatura es 26, número válido para la inmensa mayoría de Comisiones permanentes legislativas que se fija al inicio de la Legislatura. Estos miembros se distribuyen proporcionalmente entre los diversos Grupos parlamentarios. Otras Comisiones, como la de Comunidades Autónomas y las Mixtas, pueden tener más miembros, y otras, como la de Nombramientos, menos.

¿Qué es un Grupo parlamentario?

El Grupo parlamentario es una agrupación de parlamentarios en función de su adscripción política. Se constituyen en las Cámaras al inicio de cada Legislatura.


En el caso del Senado, cada Grupo parlamentario estará compuesto, al menos, de diez Senadores. Ningún Senador podrá formar parte de más de un Grupo parlamentario. Los Senadores que hayan concurrido a las elecciones formando parte de un mismo partido, federación, coalición o agrupación no podrán formar más de un Grupo parlamentario. Los Senadores que no se incorporen a un Grupo parlamentario de denominación específica pasarán a integrar el Grupo Mixto.
 

¿Qué funciones tiene un Grupo parlamentario?

El Grupo parlamentario desempeña un papel decisivo en la vida parlamentaria: es el titular del ejercicio de diversas iniciativas, como las proposiciones de ley y mociones; en los debates y deliberaciones participa en los turnos reservados a los Grupos parlamentarios mediante el Senador que libremente designa; desarrolla una labor de coordinación, reparto de funciones y disciplina de voto en relación con sus miembros; su Portavoz participa en la Junta de Portavoces.

¿Qué información se ofrece sobre los Grupos Parlamentarios?

Los Grupos parlamentarios y los partidos políticos, cuentan con un espacio en la página web desde el que se ofrece información sobre su composición y actividad y desde el que se abren canales de comunicación y participación con los ciudadanos, pues se ponen a su disposición sus correos electrónicos y perfiles en redes sociales.

 

¿Cuántos Grupos parlamentarios hay en el Senado?

En la actual Legislatura hay 7 Grupos parlamentarios: Grupo Parlamentario Popular en el Senado, Grupo Parlamentario Socialista, Grupo Parlamentario Unidos Podemos - En Comú Podem - En Marea,  Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV), Grupo Parlamentario Nacionalista Partit Demòcrata (PDeCAT-CDC) - Agrupación Herreña Independiente - Coalición Canaria (AHI/CC-PNC) y Grupo Parlamentario Mixto.

¿Qué datos ofrece el Senado sobre su Administración?

La página web contiene información sobre la organización de su Administración, sobre la selección de su personal y sobre aspectos económicos y de contratación. En concreto, facilita las siguientes informaciones:

  • En materia de organización es posible acceder a las normas que regulan el funcionamiento de la Secretaría General, sus funciones, los tipos de personal que trabajan en ella, las plantillas orgánicas y el organigrama.
  • En el ámbito de la selección del personal se publican todas las convocatorias de personal funcionario y laboral, ofreciendo al mismo tiempo información sobre las funciones de cada cuerpo o grupo profesional y los requisitos que se exigen para participar en los procesos. Esta información se completa con la relativa a la actividad de formación que se desarrolla en el Senado.
  • Por último, se publican las normas económicas y de contratación y, en la sección dedicada al perfil del contratante, toda la información de las licitaciones convocadas y adjudicadas.

¿Qué es la Secretaría General?

La Secretaría General es el conjunto de servicios administrativos que constituyen la Administración del Senado. Está configurada con criterios de estricta legalidad, imparcialidad y profesionalidad. Presta los servicios necesarios para que la Cámara pueda desempeñar sus funciones constitucionales. Se rige por las normas aprobadas por la Mesa del Senado, a la que está sometida en todo momento, y por el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Tiene a su frente al Letrado Mayor o Secretario General, designado por la Mesa del Senado, a propuesta del Presidente, entre funcionarios del cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, del que depende el personal de la Secretaría General, integrada por funcionarios de las Cortes Generales, contratados laborales del Senado y personal adscrito.

Conocer y visitar el Senado

¿Dónde resolver dudas sobre la historia, composición, funciones y procedimientos parlamentarios del Senado?

Para facilitar el conocimiento de la institución se han elaborado unas fichas temáticas sobre la historia constitucional del Senado, su composición, la forma de elección y designación de los Senadores, las funciones y los procedimientos parlamentarios. Un breve diccionario parlamentario y una selección de preguntas frecuentes se hallan disponibles en la zona superior de la página desde cualquier pantalla por la que se esté navegando.

¿Es posible solicitar una visita guiada al Senado? ¿Y asistir a una sesión plenaria?

Sí. La página web facilita la visita a la Cámara poniendo a disposición de los ciudadanos un formulario electrónico e información sobre cómo llegar al Senado y en qué va a consistir la visita. Lo mismo sucede si lo que se desea es asistir a una sesión plenaria.


Quienes no puedan desplazarse a la sede del Senado, podrán descubrir sus edificios a través de una visita virtual que muestra sus salas, obras pictóricas, esculturas y objetos decorativos.


En cuanto a las sesiones plenarias, éstas se emiten en directo a través de Internet y sus grabaciones pueden consultarse en cualquier momento una vez celebradas.

¿Qué ofrece la Tienda del Senado?

La Tienda del Senado es un lugar abierto al público en el que pueden encontrarse diversos objetos que reflejan motivos históricos, artísticos y simbólicos del Senado.


Dentro del apartado “El Senado abre sus puertas” (en el bloque “Conocer el Senado”) está la información necesaria para poder contactar con la Tienda y consultar el catálogo de productos disponibles.

¿Edita el Senado libros y folletos? ¿Cómo se pueden conseguir?

Sí, el Senado edita libros y folletos divulgativos.


El catálogo de publicaciones no oficiales del Senado se puede consultar en la página web en el apartado “Biblioteca y recursos documentales”, donde se facilitan los datos de contacto necesarios para que los usuarios interesados puedan adquirir las publicaciones disponibles.

Introducción

¿Cuáles son los objetivos de la página web del Senado?

La página web del Senado es el resultado de un proceso de renovación tecnológica y de cultura organizativa inspirado en el principio de apertura del Senado a los ciudadanos.

 

La página web del Senado mejora el diseño, la estructura de navegación y la presentación de la información sobre su actividad, composición y funciones. Asimismo, incorpora nuevos contenidos y herramientas para hacer efectivos los principios de transparencia, rendición de cuentas y participación, avanzando en un camino ya iniciado con la primera versión que entró en funcionamiento en 1997, caracterizado por ofrecer información fiable, exhaustiva y actualizada.

 

Con el objeto de responder a las nuevas demandas de transparencia, en la nueva página no sólo se ofrece información de calidad, presentada de forma comprensible, intuitiva y accesible, sino que se ofrecen canales de obtención de información y acceso a los servicios, y se facilita la reutilización de datos públicos. Un potente buscador permite encontrar información utilizando texto libre.

 

Para facilitar la participación de los ciudadanos se ponen a su disposición canales de comunicación con los Senadores, Grupos parlamentarios, Comisiones y la Administración parlamentaria. Otra novedad es la apertura de la cuenta institucional del Senado en las redes sociales Twitter (@SenadoEsp), Instagram (@Senadoesp), y Youtube (user/ElSenadoTV), con vocación de informar sobre la actividad de la Cámara y mantener un contacto directo con los ciudadanos respondiendo a sus sugerencias, dudas y solicitudes de información.

¿A quién está dirigida la página web?

La web del Senado está dirigida a todos los ciudadanos y utiliza un lenguaje claro y conciso para hacer comprensible la actividad parlamentaria. La navegación por la página es intuitiva y accesible, ofreciéndose en todo caso información fiable y veraz.


Los usuarios expertos en temas políticos y jurídicos y los investigadores podrán encontrar información exhaustiva sobre la actividad, tramitación de las distintas iniciativas, publicaciones oficiales, y sobre la composición de los órganos de la Cámara, tanto la referida al período histórico entre 1834 y 1923, como la posterior a 1977.


Para acercar la institución a un perfil concreto de usuarios, el integrado por niños y jóvenes, se han creado contenidos adaptados para la sección denominada “El Pequeño Senado”, con los que podrán familiarizarse con la institución a través de viñetas, juegos y test de conocimientos.

 

Sí. La página web ha sido desarrollada siguiendo las pautas definidas por el Consorcio para la World Wide Web (W3C) para obtener el nivel AA. Se ha hecho también un importante esfuerzo de formación para que la introducción de nuevos contenidos cumpla este nivel.


En todo caso, es posible que, sobre todo al principio, haya zonas o contenidos concretos que desatiendan algún aspecto de los citados estándares. El Senado se compromete a seguir trabajando para mejorar los niveles de accesibilidad.

¿Cuál es el nivel de transparencia de la página web?

La página web del Senado refleja el compromiso de la institución en materia de transparencia. Además de ofrecer una información fiable y exhaustiva, que permite el acceso a más de un millón y medio de documentos, ésta se presenta de forma comprensible y estructurada, permitiendo así una fácil localización. Para facilitar el acceso a la información existen canales de atención electrónica y telefónica.


Además de los contenidos relacionados con la actividad, composición, organización y funciones del Senado, la página hace pública información sobre los siguientes aspectos:

 

  • Régimen económico y de protección social de los Senadores, que incluye información sobre las retribuciones de los parlamentarios, las dietas e indemnizaciones que perciben, el régimen de transporte, el material tecnológico puesto a su disposición y las subvenciones a los Grupos parlamentarios.
  • Declaraciones de actividades y de bienes y rentas de los Senadores.
  • Información necesaria para poder presentarse y realizar el seguimiento de procesos de selección de personal, de selección de becarios o de participantes en seminarios de formación.
  • Contratación, a través del perfil del contratante, los procedimientos en curso y la contratación ya adjudicada con indicación del procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que se ha publicitado, la identidad del adjudicatario, e información sobre el sellado de tiempo.

 


El Senado, sensible a las crecientes demandas de transparencia, irá incorporando a través de la página web nuevas informaciones.  

¿Cómo encontrar información?

La estructura de la página web permite una navegación intuitiva desde la página de inicio a través de los cuatro grandes apartados en que se estructura su información: actividad parlamentaria, composición y organización, conocer el Senado y relaciones con los ciudadanos. Estas cuatro entradas permanecen siempre activas en la barra superior de navegación. Desde la cabecera también es posible consultar el mapa de la web y enlazar con sus contenidos.


Para facilitar el acceso a la información se ha desarrollado un buscador general cuya ventana de acceso se sitúa en la cabecera de la página y está, por tanto, permanentemente accesible desde cualquier sección por la que se navegue. Permite la búsqueda de cualquier información a través de la introducción de un texto libre.


Existen además canales de atención telefónica en la oficina de información y en las unidades responsables de la prestación de los servicios.

¿Se puede compartir la información de la web?

Sí. Una de las novedades que ofrece la nueva página web del Senado es la posibilidad de compartir la información entre usuarios. Conscientes de que la Institución tiene que formar parte del nuevo escenario de una “sociedad en la red”, se han trasladado a la página web las herramientas necesarias para ello. Los botones de enviar y compartir, que aparecen en la mayoría de las páginas del sitio web, permiten al usuario intercambiar la información en redes sociales como Twitter, Facebook o Tuenti.

¿En qué idiomas se puede consultar la web?

La página web del Senado se ofrece, además de en castellano, en diferentes versiones lingüísticas: en las lenguas que tienen carácter oficial en alguna Comunidad Autónoma y en inglés.


La navegación se realiza a través de toda la web en la lengua seleccionada, si bien algunos contenidos, como la información obtenida de las bases de datos del Senado, se muestran en castellano.


A través de la página web del Senado se pueden seguir las intervenciones que, de acuerdo con las previsiones del Reglamento de la Cámara se producen en las lenguas oficiales en alguna Comunidad Autónoma: es el caso de la primera intervención del Presidente electo en la sesión constitutiva, de las intervenciones que se produzcan en las sesiones de la Comisión General de las Comunidades Autónomas y de las que tengan lugar en el Pleno con ocasión del debate de las mociones.
 

También se pueden consultar en la web los Diarios de Sesiones del Pleno o de la Comisión General de las Comunidades Autónomas en los que quedan transcritas las intervenciones en la lengua en que se hayan producido, junto con su traducción al castellano.
 

De la misma forma, en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Senado, se publican todas las iniciativas presentadas, además de en castellano, en cualquier otra de las lenguas oficiales en las Comunidades Autónomas.
 

¿Es reutilizable la información que ofrece la página web?

Con carácter general, la información que se ofrece en la página web es pública y susceptible de reutilización.


La nueva web pone a disposición de los ciudadanos una versión de las Publicaciones Oficiales del Senado (Boletín y Diario de Sesiones) en formato XML.


En el futuro se ofrecerá la versión XML de otras informaciones como las listas de Senadores, de iniciativas, etc.

¿Cuáles son los canales de participación que abre la página web?

Uno de los objetivos de la nueva web es facilitar la participación de los ciudadanos. Para ello, se ponen a su disposición los canales de interacción de Senadores y Grupos parlamentarios (correo, blogs, redes sociales, páginas personales, etc.) y se facilita el contacto con las Comisiones y con diversas unidades de la Secretaría General.


El usuario también puede conectarse con las cuentas de Twitter, Instagram y Youtube de la institución desde los que se informará sobre la actividad de la Cámara y se responderá a las dudas y solicitudes de información que se formulen.


A los efectos de agrupar bajo un mismo acceso estos canales se habilita desde la pantalla inicial de la página una entrada única a través del botón “Participa”, situado en la zona dedicada a las relaciones con los ciudadanos.

¿Cómo localizar una iniciativa?

La página web ha sido pensada para mostrar al ciudadano de una forma rápida, fácil y comprensible toda la actividad que realiza el Senado.
El modelo de navegación permite a los usuarios llegar al corazón de la actividad parlamentaria, que es la tramitación de las diferentes iniciativas que llegan o se presentan en el Senado, desde varios sitios de la web:

  • Directamente, desde la pantalla inicial, será posible realizar búsquedas partiendo de un texto libre.
  • Desde la pantalla inicial se podrán consultar las leyes en tramitación y tramitadas, así como desde el menú de navegación lateral dentro de la sección de “Actualidad”.
  • Desde los órdenes del día de las Sesiones plenarias se podrán consultar cada uno de los asuntos tratados, oradores, vídeos, diarios de sesiones, resultados de las votaciones y textos aprobados. Asimismo, se podrá enlazar con toda la información de cada iniciativa.
  • Cada una de las Comisiones cuenta con un sistema de navegación local, similar al que se utiliza para acceder a la actividad del Pleno, desde el que podrán consultarse las iniciativas en tramitación y tramitadas.
  • En la ficha de cada uno de los Senadores existe una pestaña dedicada a su actividad parlamentaria, desde la que se pueden consultar las iniciativas que ha presentado. Una pestaña similar existe en la ficha de cada Grupo parlamentario del Senado, desde la que podrán consultarse las iniciativas de las que el Grupo es autor, así como las de los Senadores que forman parte del mismo.
  • Por último, se ha habilitado un buscador específico que permite localizar cualquier iniciativa en tramitación o tramitada, utilizando criterios cronológicos, de autor, de órgano competente para conocer del asunto y de tipología. Desde el resultado de la consulta será posible acceder a toda la información disponible de la iniciativa. 

El detalle de cada iniciativa se presenta con un mismo formato. En la cabecera se proporcionan los datos de identificación de la iniciativa, en la que se muestran su título y autor, situación, tipo de iniciativa, fechas de presentación y de calificación, número de expediente, procedimiento y órgano competente para su tramitación y la descripción de las áreas temáticas en las que se enmarca. También se incluye en la tabla el enlace “Documentos” que permite visualizar todos los escritos presentados asociados a la iniciativa, así como el enlace a los “Expedientes relacionados”, en el caso de que existan. En las iniciativas de Legislaturas anteriores se incluye también el dato de su número de archivo.
A continuación de los datos de cabecera se muestran todos los datos de tramitación, cuya complejidad varía en función del tipo de iniciativa. Los datos de tramitación se presentan por orden cronológico, e incluyen enlaces a todos los textos, publicaciones y vídeos que puedan existir de cada iniciativa.

¿Se pueden conocer cuáles son las iniciativas que ha presentado cada Senador? ¿Y cada Grupo parlamentario?

En la ficha de cada uno de los Senadores existe una pestaña dedicada a su actividad parlamentaria, desde la que se pueden consultar las iniciativas que ha presentado, con enlaces al expediente, al Diario de Sesiones y a los cortes de vídeo.


Una pestaña similar existe en la ficha de cada Grupo parlamentario del Senado, desde la que podrán consultarse las iniciativas de las que el Grupo es autor, así como las de los Senadores que forman parte del mismo.

¿Qué información de actualidad ofrece la página web? ¿Dónde consultar las noticias?

La pantalla inicial la página web da acceso directo a contenidos de actualidad.


Ocupa una zona destacada el carrusel de imágenes, asociado a un texto explicativo (slider), a través del que se comunican las noticias más relevantes.


El acceso a las “Noticias” proporciona información sobre la actividad del Senado y de la Administración parlamentaria que puedan resultar de interés para los ciudadanos, tales como la celebración de Jornadas de Puertas Abiertas o los procedimientos de selección de personal. A ello hay que añadir los accesos directos al calendario de actividades y a la agenda del día, que permiten consultar los órdenes del día de las reuniones, así como a la relación de las leyes en tramitación. La información se completa con las previsiones de emisiones en directo y la programación TV Senado.

¿Qué información se ofrece a través del calendario de actividades? ¿Es posible consultar los órdenes del día del Pleno y de las Comisiones?

Desde la pantalla inicial de la página web es posible acceder a un calendario de actividades interactivo que muestra las reuniones que se han celebrado o las previsiones de convocatorias, apareciendo sombreados en color rojo los días de Pleno y subrayados los días que contienen información sobre alguna actividad. Una vez seleccionado un día o una semana, se puede consultar la hora de la convocatoria, así como el orden del día de las reuniones del Pleno, de las Comisiones y Ponencias.


Otra vía para consultar la agenda del día es el botón de “Agenda” situado en la zona de actualidad de la pantalla inicial. Al lado de cada convocatoria se indica la vía de retransmisión que se va a utilizar (internet, satélite o fibra).


Además del calendario general de actividades, que permite la consulta de reuniones parlamentarias, actividad institucional e internacional, de la agenda del Presidente del Senado y de las convocatorias de ruedas de prensa, en distintas secciones de la página se puede acceder a calendarios interactivos por tipo de actividad (es el caso del Pleno y la Diputación Permanente o las publicaciones oficiales) o a los órdenes del día de las sesiones convocadas (en el apartado “Comisiones y Ponencias”).
 

¿Cómo seguir una sesión plenaria en directo? ¿Y la sesión de una Comisión? ¿Podrán guardarse y enviarse los cortes de vídeo?

Para facilitar el seguimiento de la actividad de la Cámara en tiempo real se crea la sección “El Senado en directo”.


Se podrán emitir a través de internet (streaming) hasta cuatro sesiones simultáneamente. La previsión de emisiones se podrá consultar con carácter previo en el apartado “Programación TV Senado”.


El sistema permite almacenar los cortes de vídeo en el disco duro del usuario en formato MP4.


Una vez finalizada la sesión, el acceso a los vídeos se puede realizar desde la consulta de la sesión plenaria o de Comisión, así como desde la concreta iniciativa que haya sido objeto de debate. Ello facilita la obtención de forma relacionada de toda la información generada en el debate de una iniciativa, ya que, junto con el vídeo, podrá accederse a los diarios de sesiones, a los resultados de las votaciones, a los textos aprobados y a toda la documentación relacionada con los asuntos tratados.


Cabe señalar, por último, que el Senado emite en abierto a través del satélite Hispasat (Frecuencia 11.972 en Vertical, Fec 3/4, Simbol rate 27.500).

Relaciones con los ciudadanos

¿Qué canales de participación se ponen a disposición de los ciudadanos?

Aprovechando las facilidades que la tecnología ofrece para la conexión con los ciudadanos, el Senado inaugura una nueva etapa con la creación de cuenta institucional en las redes sociales Twitter (@Senadoesp), Instagram (@senadoesp), y Youtube (user/ElSenadoTV), que permitirá una comunicación directa, continuada e inmediata con los internautas.
 

La comunicación directa con los Senadores y los Grupos parlamentarios se facilita a través de dos vías:

 

  • “Escribe a”: que se articula a través de un formulario que el ciudadano podrá enviar electrónicamente.
  • Acceso directo a sus perfiles en blogs y redes sociales, como Twitter, Facebook, Tuenti o Linked-in.


Ambos canales se pueden encontrar en la ficha de cada Senador y de cada Grupo parlamentario y, además, en el apartado “Participa”, que añade a los anteriores cauces la posibilidad de entrar en contacto con las Comisiones. A lo largo de la página se ofrecen datos de contacto para facilitar la comunicación con el ciudadano.

¿Existe una carta de servicios? ¿Qué compromisos adquiere el Senado en sus relaciones con los ciudadanos?

La Mesa del Senado, en su reunión del día 23 de octubre de 2012, aprobó, con el objetivo de mejorar los niveles de calidad en la gestión de los servicios que presta la Administración parlamentaria, la Carta de Servicios del Senado. La Carta informa a los ciudadanos sobre los compromisos de calidad que adquiere y sobre los derechos y obligaciones de los ciudadanos en sus relaciones con el Senado. Anualmente se realizará una evaluación cuyo resultado se publicará en la página web.

¿Por qué “El Pequeño Senado”?

El “Pequeño Senado” es el resultado del convencimiento de que un Senado para todos necesita acercarse a los más jóvenes.


Un gran número de niños y jóvenes están familiarizados con las nuevas tecnologías, tienen acceso a Internet en casa o en los colegios y lo utilizan como fuente de información, además de como canal de socialización, ocio y entretenimiento. Los aspectos informativo y lúdico se han integrado en el desarrollo de este apartado, con el objetivo de transmitir a los más pequeños conceptos como la democracia, el pluralismo político, la importancia del debate y de la negociación en la adopción de acuerdos, o el papel de las instituciones.

¿Qué es el derecho de petición y cómo puede ejercerse?

El derecho de petición es un derecho fundamental cuya titularidad corresponde a toda persona física o jurídica, con independencia de su nacionalidad, y que está recogido en los artículos 29 y 77 de la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica 4/2001.


Se puede ejercer de forma individual o colectiva y consiste en la facultad de dirigirse a los poderes públicos para, o bien poner en conocimiento de estos ciertos hechos, o reclamarles una intervención, o ambas cosas a la vez.


Para facilitar el ejercicio de este derecho se incluye un modelo de escrito para su presentación ante el Registro General del Senado de forma presencial o bien remitido por escrito. Deberán incluir la identidad del solicitante o solicitantes, nacionalidad, domicilio para la práctica de notificaciones, destinatario de la petición, así como su objeto.


Una vez presentadas las peticiones, serán examinadas por la Comisión de Peticiones. En el Informe que debe emitir en cada periodo ordinario de sesiones, que es objeto de consideración por el Pleno del Senado, figurará la decisión adoptada respecto a cada petición, con indicación, en su caso, de la autoridad a la que se ha remitido para su contestación. Las contestaciones que se reciban a las peticiones se trasladarán a sus autores.

¿Es posible formular sugerencias y quejas?

Sí. El Senado agradece cualquier observación que permita mejorar el contenido de la página web. Las sugerencias y quejas que se formulen serán analizadas y contestadas de forma motivada.

¿Quiénes pueden trabajar en el Senado?

Todas las personas que, previa superación de la oposición o proceso selectivo correspondiente, hayan sido nombrados funcionarios de las Cortes Generales o contratados como personal laboral del Senado. Asimismo, quienes siendo funcionarios de otras Administraciones, estén adscritos al Senado para ocupar determinados puestos de la plantilla orgánica, generalmente en el ámbito de la seguridad. Finalmente, el personal eventual, caracterizado por la relación de confianza que les une a los miembros de la Mesa de la Cámara o a los Senadores que los propongan.


La información sobre los distintos tipos de personal, los requisitos, las convocatorias y las principales fases de los procesos se publican en la zona “Trabajar y formarse en el Senado”, directamente accesible desde la pantalla inicial.

¿Existen becas de formación en el Senado?

La Mesa de la Cámara convoca anualmente becas en las especialidades de medios de comunicación y documentación. Los requisitos de las convocatorias se publican en la zona “Trabajar y formarse en el Senado”, directamente accesible desde la pantalla inicial.

¿Dónde encontrar información sobre los procedimientos de contratación en curso y adjudicados?

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el Senado difunde, a través de Internet, su perfil de contratante.


A través del “Perfil del contratante”, directamente accesible desde la pantalla inicial, se publica la información relativa a la contratación administrativa, incluidos los anuncios de licitación, los pliegos de contratación, las convocatorias de actos públicos de apertura de ofertas o la adjudicación de los contratos.

¿Cómo ejercitar los derechos relacionados con la protección de datos de carácter personal?

Los ciudadanos tienen derecho a ejercer los derechos de rectificación, oposición y cancelación reconocidos en la legislación sobre protección de datos de carácter personal, dirigiendo un escrito a la Secretaría General del Senado.