Se realiza la firma electrónica en sesión iniciada por el Senador con nombre de usuario y contraseña previamente concertada, y envío de clave de un solo uso a su teléfono móvil, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.