Real Decreto de 10 de mayo de 1919 disponiendo que las Cortes se reúnan en Madrid el día 24 de junio próximo
Última actualización 31/01/2020
(Para facilitar su accesibilidad, la transcripción del texto actualiza la ortografía y puntuación del original).
Usando de la prerrogativa que me compete por el artículo 32 de la Constitución de la Monarquía, de acuerdo con mi Consejo de Ministros; vengo en decretar lo siguiente:
Artículo 1.º. Las Cortes se reunirán en Madrid el 24 de junio próximo.
Artículo 2.º. Las elecciones de diputados se verificarán en todas las provincias de la Monarquía el día 1 de junio próximo, y las de senadores, el 15 del mismo mes.
Artículo 3.º. Por el Ministerio de la Gobernación se dictarán las órdenes y disposiciones convenientes para la ejecución del presente decreto.
Dado en Palacio a 10 de mayo de 1919. Alfonso. El presidente del Consejo de Ministros, Antonio Maura y Montaner.